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Frenando la expansión del fracking en América Latina

Fracking es la abreviatura de fracturación hidráulica, un proceso usado para extraer petróleo y gas natural de reservorios históricamente inaccesibles.

El fracking ya se ha extendido en el Norte global, pero en América Latina recién comienza. Los gobiernos le están abriendo sus puertas sin entender sus impactos y riesgos, y sin consultar a las comunidades afectadas. Muchas comunidades se están organizando para prevenir o detener los impactos del fracking, los cuales afectan sus derechos humanos fundamentales. Pero en muchos casos necesitan apoyo técnico y legal.

 

¿Qué es exactamente el fracking y cuáles son sus impactos?

Un pozo recto es perforado en la tierra a gran profundidad. Luego la perforación da una curva y gira horizontalmente, creando un pozo en forma de L. El fluido del fracking —una mezcla de agua, químicos y arena— es bombeando dentro del pozo a muy alta presión, fracturando las capas de la roca de esquisto por encima y debajo del pozo. El gas o petróleo atrapado en la roca sube a la superficie junto con el fluido.

La sopa química —ahora contaminada también con metales pesados e incluso elementos radioactivos subterráneos— es vertida frecuentemente en estanques sin revestimiento. Puede filtrarse en acuíferos y desbordarse hacia arroyos, envenenando fuentes de agua para personas, agricultura y ganadería. El gas también puede filtrarse de la roca fracturada hacia acuíferos. Como resultado, el agua que fluye de grifos domésticos puede arder en llamas. Otros daños documentados incluyen agotamiento de suministros de agua potable (por todo el fluido), contaminación del aire por la perforación y las plataformas de bombeo, grandes emisiones de metano que agravan el calentamiento global, terremotos y daños a la salud que incluyen cáncer y defectos congénitos.


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Tunuyán, Mendoza, Argentina

La búsqueda internacional de justicia de las comunidades Mapuche en Mendoza, Argentina

En un contexto de crisis climática mundial que ha profundizado las desigualdades existentes en América Latina, las comunidades del pueblo Mapuche en Mendoza, Argentina, enfrentan múltiples amenazas que incrementan su vulnerabilidad climática y lesionan sus derechos.Una de estas actividades es la fractura hidráulica o fracking, un método de extracción de hidrocarburos ampliamente relacionado con impactos socioambientales. En Argentina, es empleado de forma extendida en el megaproyecto Vaca Muerta, emplazado en un territorio de aproximadamente 30,000 km², considerado la segunda reserva mundial de gas y la cuarta de petróleo no convencionales.Una porción significativa de Vaca Muerta se encuentra en territorio mendocino, donde el megaproyecto abarca 8,700 km². En esta provincia, las comunidades Mapuche enfrentan además un complejo entorno político que pone en riesgo sus derechos territoriales e incluso su identidad. A esto se suman políticas públicas a nivel nacional que van en detrimento de los derechos indígenas en el país. Lo anterior responde a la intención de despojar a las comunidades de sus tierras para facilitar el avance del fracking y de otras actividades extractivas.Ante este panorama, el pueblo Mapuche no está dispuesto a ceder en la defensa de sus derechos, sus modos de vida y su integridad territorial.La Organización Identidad Territorial Malalweche —que representa a más de 20 comunidades del pueblo Mapuche en la provincia de Mendoza— ha recurrido a diferentes organismos internacionales para denunciar y visibilizar la crítica situación, así como buscar justicia. Este proceso de denuncia internacional incluye comunicaciones a la Relatoría Especial de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas y de ambiente y derechos humanos, así como la presentación de un escrito legal (amicus curiae) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el marco de la opinión consultiva sobre emergencia climática y derechos humanos.  Las múltiples afectaciones del frackingLa extracción de petróleo y gas mediante fracking en Vaca Muerta se realiza sobre territorios ancestrales del pueblo Mapuche. El fracking es una técnica extrema de extracción que implica mayores impactos al ambiente, incluyendo mayores emisiones de gases de efecto invernadero. En las provincias de Neuquén y Río Negro, donde la explotación de Vaca Muerta se encuentra más extendida, los daños graves al ambiente y la población se están produciendo hace más de 10 años y continúan en aumento.Para las comunidades Mapuche, los impactos del fracking van más allá de los daños físicos al entorno. Las actividades extractivas en sus territorios erosionan su capacidad de autodeterminación y afectan profundamente su bienestar psicológico y espiritual porque su relación con la tierra es fundamental para su identidad y cultura.Si bien el fracking en territorio mendocino está en una etapa inicial, con pocos pozos activos, las empresas y la provincia tienen planes de incrementarlo, a lo que se suma el crecimiento sostenido de la actividad en toda Vaca Muerta. Para ello necesitan mayores extensiones de terreno y disponibilidad de grandes cantidades de agua. En el contexto descrito, prácticas tradicionales como la trashumancia —un tipo de migración estacional en la que los pastores trasladan sus animales entre zonas de pastoreo en diferentes épocas del año— están gravemente amenazadas.El crecimiento de estas actividades, en el contexto actual de crisis hídrica y climática que atraviesa la región, aumenta la vulnerabilidad de estas comunidades y compromete su capacidad de seguir viviendo de manera sostenible en su entorno natural. Menores garantías para los derechos humanosComo estrategia para expandir la ocupación de territorios mapuches con actividades extractivas como el fracking, se han adoptado medidas regresivas que degradan el marco de protección de los derechos indígenas en Mendoza y en todo el país.Una de ellas es la declaración aprobada en marzo de 2023 por la Cámara de Diputados de Mendoza que cuestiona el estatus de los mapuches como pueblos originarios argentinos. Esto ha generado preocupación sobre las posibilidades de reconocimiento de sus derechos territoriales y el aumento de los desalojos que ya sufren.Además, a nivel nacional, se impulsan medidas complementarias que facilitan el desarrollo de actividades extractivistas por encima de los derechos humanos de los pueblos indígenas. Entre ellas está el cierre por decreto del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, cuya misión era la promoción de políticas y medidas orientadas a una sociedad libre de discriminación. Esta medida implica un debilitamiento de la protección institucional de los derechos humanos.De manera similar, el gobierno anunció el cierre del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, dedicado a la promoción y defensa de los derechos de los pueblos indígenas. Aunque la medida no se ha concretado, se eliminó su autonomía funcional y se eliminaron las áreas destinadas al reconocimiento de las comunidades y regularización de sus territorios. En la práctica, estas medidas impiden que estos pueblos ejerzan el derecho constitucional a sus tierras ancestrales.Aunado a ello, se derogó la Ley 26160, que suspendía los desalojos de pueblos indígenas mientras tramitaran su regularización territorial. La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, argumentó que no pueden existir leyes perpetuas que impidan los desalojos, pues "no puede haber derecho a usurpar". Los desalojos violentos contra comunidades originarias ya comenzaron.  Acciones internacionales de defensaEn respuesta, las comunidades Mapuche de Mendoza han mostrado una enorme capacidad de organización y resistencia. Han accedido a instancias internacionales para exponer su situación y exigir medidas concretas de autoridades locales y nacionales. Un ejemplo clave son las comunicaciones enviadas a las Relatorías de la ONU sobre los pueblos indígenas y de ambiente y derechos humanos para denunciar la persecución política y violaciones a sus derechos territoriales, enfatizando la complacencia de las autoridades con los intereses extractivistas. Estas denuncias se han centrado en la defensa de sus derechos frente al avance del fracking y otras actividades extractivas.Adicionalmente, las comunidades fueron parte del proceso de la opinión consultiva mediante la cual la Corte Interamericana de Derechos Humanos esclarecerá las obligaciones de los Estados del continente para proteger los derechos humanos ante la crisis climática.La Organización Malalweche presentó un escrito legal (amicus curiae) y su representante dio testimonio en una audiencia pública ante el tribunal internacional para evidenciar que la extracción de hidrocarburos mediante fracking y la minería metalífera que se realiza en sus territorios limita sus capacidades de resiliencia frente a la crisis climática y profundiza la grave situación de escasez hídrica en la zona, poniendo en riesgo su supervivencia.Las comunidades Mapuche de Mendoza también dieron propuestas concretas de acción. Demandaron su inclusión en todos los procesos de consulta y toma de decisiones que afecten sus territorios, conforme al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Destacaron la importancia de incorporar su sabiduría tradicional en el desarrollo de políticas públicas para beneficiar a las comunidades indígenas y contribuir a soluciones más efectivas y sostenibles frente a los desafíos ambientales globales.Además, solicitaron la intervención de organismos multilaterales para exigir al Estado argentino garantizar la consulta previa, libre e informada y fortalecer los organismos nacionales encargados de proteger los derechos de los pueblos indígenas.  Estas acciones de resistencia, respaldadas por organizaciones que defienden los derechos humanos y el ambiente, buscan garantizar no solo la protección de los territorios ancestrales del pueblo Mapuche, sino también su derecho a vivir en paz, con dignidad y en armonía con su entorno natural. Su fin último es asegurar la autodeterminación de los pueblos indígenas, permitiéndoles gestionar sus tierras y recursos según sus cosmovisiones, profundamente conectadas con la conservación.El reconocimiento de los derechos de las comunidades Mapuche, que incluye el cese en sus territorios de actividades extractivas como el fracking, es esencial para proteger su cultura, salud y subsistencia. Con su sabiduría ancestral, ofrecen un camino hacia el combate efectivo de la crisis climática, hacia un futuro más justo y sostenible.  

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Mendoza, Argentina

Preocupa a organizaciones que máximo tribunal de Mendoza rechace su participación en litigio sobre fracking, pero acepte la de la industria petrolera

Las diferencias de tratamiento por parte de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza ocurrieron en el marco de una demanda acerca de la autorización del fracking o fractura hidráulica para explotar petróleo y gas de la formación Vaca Muerta en la provincia argentina. Mendoza, Argentina. Organizaciones de la sociedad civil lamentan la negativa de parte de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza a recibir información sobre los impactos perjudiciales de la extracción de hidrocarburos mediante fracking para los pueblos indígenas y el ambiente en Mendoza. La corte rechazó la participación de siete organizaciones —entre ellas una organización del pueblo indígena Mapuche y organizaciones argentinas e internacionales de protección ambiental y de los derechos humanos— en un litigio que afectará la regulación de la industria de los hidrocarburos en la provincia.En cambio, el tribunal mostró una marcada preferencia hacia la industria de los combustibles fósiles, habiendo permitido la participación de varios grupos que representan los intereses de empresas petroleras en la misma causa judicial sin objeción alguna.El tribunal está considerando una demanda sobre la autorización de la fracturación hidráulica o fracking (por su nombre en inglés) para explotar petróleo y gas de la formación Vaca Muerta en el territorio mendocino. Aunque el fracking todavía no ha sido utilizado ampliamente en Mendoza, esta técnica ha supuesto riesgos para la salud y la seguridad pública en otros países debido a sus graves impactos en el ambiente.Las organizaciones buscaron participar en el litigio bajo la figura de "Amigos del Tribunal" (o amicus curiae), una práctica común en varios países y que se encuentra regulada por la ley mendocina, que permite a personas no vinculadas con un caso judicial compartir información con los tribunales en causas que afectan al interés público.Uno de los miembros disintió de la decisión de la corte, criticando que esta resolución "se aleja de las exigencias de escucha que claman atención del juez en la resolución de causas de indubitable interés social, tal como la que aquí tramita". Además, el magistrado puntualizó que “[l]as entidades que solicitan a esta corte se les otorgue participación como amicus poseen vasta experiencia y especialización en temas ambientales”.Hasta el momento, la Suprema Corte ha rechazado las intervenciones de las siguientes organizaciones: Organización Identidad Territorial Malalweche (Mendoza), Xumek (Mendoza), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS, nacional), la Asociación Interamericana para la Defensa Ambiental (AIDA, internacional), el Centro para el Derecho Internacional Ambiental (CIEL, internacional), Earthjustice (internacional) y el Environmental Law Alliance Worldwide (ELAW, internacional). Declaraciones de las organizaciones Ana Laura Piccolo, directora ejecutiva de XUMEK:"Desde Xumek nos preocupan los reiterados rechazos a la participación de organizaciones de la sociedad civil, a través de la figura del ‘Amigo del Tribunal’ por parte de la Suprema Corte provincial. Las organizaciones que nos presentamos para colaborar contamos con reconocida trayectoria en la materia de la causa y realizamos nuestros aportes desde una perspectiva seria y objetiva, conforme los conocimientos y experticia técnicos y jurídicos que poseemos. Además, hemos participado como amicus curiae en numerosos planteos jurisdiccionales tanto en el ámbito local como internacional".   Ñushpi Quilla Mayhuay Alancay, abogada responsable del Área de Pueblos Indígenas de XUMEK:"Tal como ha sido expresado en el voto en disidencia, desoír todas las voces de la sociedad civil en casos que revisten una elevada complejidad social afecta el diálogo entre la justicia y la ciudadanía, debilitando los procesos democráticos en causas de interés social en donde se pueden ver afectados los derechos humanos de la sociedad". Erika Schmidhuber, abogada del CELS:"Consideramos esencial que la provincia cumpla con los estándares internacionales de derechos humanos sobre la consulta libre, previa e informada a pueblos indígenas por proyectos de desarrollo en su territorio ancestral, sin importar que tengan o no un reconocimiento jurídico sobre tal territorio. El Estado argentino ya fue condenado internacionalmente por no cumplir con estos estándares. Es menester que la corte mendocina evalúe los argumentos que hemos presentado en tanto dan cuenta de las obligaciones que Mendoza debe cumplir". Jacob Kopas, abogado de Earthjustice:"La amplia evidencia científica procedente de otros países ya ha demostrado que el fracking conlleva graves riesgos de contaminación, en particular por la filtración de sustancias químicas tóxicas en los acuíferos y otros recursos de agua cercanos. Es fundamental que la Corte Suprema de Mendoza tome en consideración esta experiencia junto con los elogios que ya ha recibido sobre el fracking por parte de grupos que lucran con la extracción petrolera". Sofía Barquero, abogada del Programa de Ecosistemas de AIDA:"Nuestro interés en este caso surge del deseo de garantizar que la protección ambiental y los derechos de los pueblos indígenas sean parte integral de cualquier decisión que pueda afectar a estas comunidades. En ese sentido, hacemos un llamado respetuoso a la corte para que reconsidere su decisión y permita la inclusión de las voces de la sociedad civil en este proceso judicial. Confiamos en que la corte tomará en consideración la importancia de escuchar a todas las partes interesadas en este caso". Upasana Khatri, abogada del CIEL:"El fracking plantea peligros a largo plazo para el medioambiente y la salud que duran mucho más que la producción. Es esencial que la corte escuche a los expertos de la sociedad civil sobre la evidencia de tales daños y el deber legal de prevenirlos —no solo a los actores de la industria con intereses en la producción de combustibles fósiles — para asegurar una decisión informada sobre los riesgos y la regulación del fracking en Mendoza".Contactos de prensaOrganización Identidad Territorial Malalweche, Werken Gabriel Jofre, +54 2604592679XUMEK Asociación para la promoción y protección de los derechos humanos, Ñushpi Quilla Mayhuay Alancay, +54 9 2616807798CELS, Martina Noailles, [email protected], +54 9 11 6562-6566AIDA, Víctor Quintanilla, [email protected], +521 5570522107Earthjustice, Jacob Kopas, [email protected], +1 5862924603CIEL, oficina de prensa, [email protected] 

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Ciénaga de Paredes, Magdalena Medio, Colmbia

Corte Constitucional de Colombia confirma la violación del derecho a la consulta previa en proyectos piloto de fracking en el Magdalena Medio

El alto tribunal constató la violación del derecho a la consulta previa, libre e informada de la comunidad afrodescendiente Afrowilches en el trámite de licenciamiento ambiental de los proyectos piloto Kalé y Platero en Puerto Wilches.   Bogotá, Colombia. En su sentencia T-514 de 2023, publicada el pasado martes, la Corte Constitucional de Colombia constató la violación del derecho a la consulta previa, libre e informada de la comunidad afrodescendiente Afrowilches en el trámite de licenciamiento ambiental de los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII) Kalé y Platero en yacimientos no convencionales (1) del municipio con el uso de la técnica de fracking. Con esta decisión, el alto tribunal resolvió dos acciones de tutela —una por vulneración del derecho a la participación interpuesta por varias organizaciones  de campesinos, pescadores, mujeres, jóvenes y sindicatos de Puerto Wilches; y otra por violación del derecho a la consulta previa, interpuesta por La Corporación Afrowilches con representación de la Corporación PODION y el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR)— para proteger los derechos a la participación ambiental y a la consulta previa de las comunidades locales que podrían verse afectadas por la implementación de los PPII. Ambas tutelas fueron respaldadas mediante escritos legales (Amicus Curiae) por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Earthjustice, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana. Las organizaciones firmantes celebramos que la Corte concluyó que la comunidad Afrowilches logró probar "la existencia de la afectación directa e intensa que sufriría sobre su territorio por el desarrollo, implementación y ejecución de los PPII". Además, el tribunal encontró que la ejecución de estos proyectos piloto perturbó aspectos de la organización interna, cultura y espiritualidad de la comunidad afrocolombiana y que podría afectar en forma directa el entorno ambiental en que se desenvuelve su existencia y formas de vida. En su fallo, la Corte indicó que "no cuenta con los elementos que le permitan llegar a la conclusión de que los PPII no serán ejecutados" pues no existe un acto definitivo y conclusivo acerca de la ejecución de los mismos. Por ello, aunque actualmente están suspendidos, el tribunal señaló que su pronunciamiento aún es necesario ante el riesgo de que los proyectos puedan ser reanudados en el futuro.   No obstante, las organizaciones manifestamos nuestra preocupación dado que el tribunal declaró improcedente la solicitud de amparo de los derechos a la participación en materia ambiental de campesinos, pescadores, mujeres y otros habitantes del municipio que se verían afectados. En las tutelas, se alegó que la realización de los PPI de fracking en la zona de influencia de las ciénagas de Paredes y Yarirí —entre otros cuerpos de agua— fueron autorizadas de manera unilateral por el gobierno nacional, sin tener en cuenta los planes de vida, preocupaciones y necesidades de las comunidades residentes. Con este fallo, la Corte continúa avalando la toma de decisiones ambientales sin un verdadero "control democrático" y a partir de meros procesos de socialización de decisiones en los que se desconoce el derecho humano a la participación ambiental efectiva, contenido en diversos tratados internacionales. "Expertos indican que no hay ninguna evidencia de que el fracking pueda ser practicado de una forma que no implique amenaza para la salud humana", aseguró Rosa María Mateus, abogada del CAJAR. En el fracking se utilizan cargas explosivas y se inyectan líquidos con gran cantidad de químicos muy contaminantes a muy alta presión para liberar gas y petróleo. Por eso, la técnica ha generado preocupación por la posible filtración de gases y por la contaminación del agua para uso humano y agrícola, así como del aire, en las áreas de las operaciones, entre otros riesgos. "Este fallo es el resultado del proceso de resistencia territorial y la amplia movilización de las y los wilchenses que denunciaron hace más de tres años el avance de los pilotos de fracking sin licencia social, sin participación y consulta, sin enfoque de género, y en un contexto de graves amenazas a las personas defensoras ambientales que se oponían a los proyectos", se señaló desde la Corporación PODION. Por su parte, Yeny Rodríguez, abogada sénior de AIDA, dijo que la sentencia "constituye un hito para la región, pues el máximo tribunal reconoció que los procedimientos ambientales y regulatorios relacionados con la acción climática y la transición energética deben ser justos y garantizar la participación democrática y el derecho a la consulta previa de comunidades afrodescendientes e indígenas". Las organizaciones firmantes invitamos al Estado colombiano a que, en cumplimiento de esta sentencia, adopte medidas que permitan proteger de forma definitiva los proyectos de vida de las comunidades del Magdalena Medio, la fauna y la flora, las ciénagas, caños, ríos y demás humedales de esta región megadiversa de Colombia.   (1) Yacimientos de hidrocarburos que se encuentran en rocas de baja porosidad y permeabilidad, que se extraen mediante técnicas no convencionales como el fracking. Contactos de prensa: Ximena Ordoñez, PODION, [email protected], +57 3176430036 Prensa CAJAR, [email protected], +57 321 3819733 Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107 Julián Trujillo G., Clínica Jurídica U.Javeriana, [email protected], +57 3123615473  

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