Bogotá, Colombia. Al resolver la demanda de nulidad interpuesta por la Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Norte —coadyuvada por la Corporación Podion, AIDA y las clínicas jurídicas de la Universidad Javeriana y la Universidad de los Andes—, el Consejo de Estado ratificó la legalidad de la reglamentación —contenida en el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014— para la exploración y explotación de yacimientos no convencionales de hidrocarburos mediante fracking o fracturación hidráulica.
En el marco del litigo, existía una moratoria judicial al fracking en Colombia desde 2018, cuando el alto tribunal suspendió preventivamente la reglamentación con base en el principio de precaución y por la falta de certeza sobre los riesgos de daños irreversibles que la técnica implica para el ambiente, el clima y las personas.
La sentencia del Consejo de Estado deja viva la reglamentación del gobierno y levanta la moratoria, pero no exonera a las autoridades nacionales y locales de proteger el ambiente y respetar los derechos fundamentales de la población a tiempo de consolidar la política minero energética.
“El Consejo de Estado ha emitido una decisión contraria a los hechos probados en el litigio; desconociendo el peritaje realizado por la Universidad Nacional de Colombia, el informe de la comisión de expertos, el concepto de la Procuraduría General de la Nación y el resto de pruebas documentales y textos científicos que evidenciaron la necesidad de prohibir esta técnica en virtud del principio de precaución”, señaló Juan Pablo Sarmiento, abogado demandante del caso. “Además del principio de precaución, el fallo desconoce los compromisos climáticos internacionales de Colombia y el principio de solidaridad intergeneracional pues ignora los derechos fundamentales de las generaciones futuras”.
El fracking ha sido valorado por académicos y científicos nacionales e internacionales como una técnica experimental que amenaza el aire, el agua, la salud humana, la participación democrática, el tejido social y la cultura, los sistemas de conocimiento tradicionales, la biodiversidad y, en el largo plazo, la estabilidad económica, sismica y climática. Además, es una técnica que genera contaminación atmosférica debido a emisiones de metano (CH4); un gas potente cuyo potencial de calentamiento es entre 84 y 87 veces mayor que el dioxido de carbono (CO2) en una escala de 20 años.
“En América Latina y en el mundo, muchos países han prohibido el fracking por sus impactos en el ambiente y para precautelar los derechos humanos”, afirmó Yeny Rodríguez, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), parte del equipo litigante. “La sentencia del Consejo de Estado en Colombia es regresiva y va en contra los avances internacionales en materia ambiental, climática y de derechos humanos”.
Lizeth Gómez, abogada de la Corporación Podion, consideró que el levantamiento de la moratoria judicial al fracking “deja abierta la posibilidad de avanzar con este tipo de proyectos”, cuyos contratos estaban suspendidos. “Es necesario que el fracking cuente con licencia social porque varias regiones del país han sido consideradas como potencial para la implementación de esta técnica”.
De su lado, Juan Felipe García, abogado de la Clínica en Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana dijo que el Consejo de Estado “perdió una gran oportunidad para robustecer, por la vía judicial, una regulación que múltiples expertos consideraron débil para proteger el ambiente y la salud pública”. Añadió que “está en manos del gobierno nacional y del Legislativo garantizar a la sociedad la protección del principio de precaución y la participación democrática en materia ambiental”.
Silvia Quintero, asesora jurídica de la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de Los Andes, aclaró que la decisión del máximo tribunal administrativo del país “no es una carta abierta para realizar fracking en Colombia. “El gobierno debe garantizar integralmente el derecho a la participación y a la vocería de las comunidades en la toma de decisiones acerca de los proyectos que puedan generar impactos ambientales en sus territorios, así como la seguridad y protección de las y los líderes ambientales que defienden sus territorios”.
Juan Pablo Sarmiento, [email protected], +573005514583
Yeny Rodríguez, AIDA, [email protected], +573107787601
Juan Felipe García, Clínica en Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana, [email protected], +573125588889
Lizeth Gómez, PODION, [email protected], +573176430036