Por Sandra Moguel, asesora legal de AIDA, @sandra_moguel
Los tratados de libre comercio favorecen el intercambio de productos y servicios entre los Estados que los firman. Sin embargo, en ocasiones pueden contribuir también al deterioro ambiental. Por ello, estos tratados incluyen, en su mayoría, cláusulas ambientales.
La Comisión de Cooperación Ambiental (CCA) es una instancia amparada en el Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) —convenio paralelo al Tratado de Libre Comercio de América del Norte, celebrado entre Estados Unidos, Canadá y México—, que busca —entre otras cosas— la cooperación para el fortalecimiento y mejora de la política regional y la legislación ambiental, el incremento del cumplimiento y aplicación de las normas ambientales, así como la promoción de la transparencia y la participación de la sociedad en esa tarea.
El cumplimiento de la ley en el marco del acuerdo
Las actividades dirigidas a la aplicación de la ley son parte de las facultades de todo Estado. Las leyes imponen una relación bilateral entre el Estado y los gobernados, donde el primero hace cumplir la ley a través de conciliaciones, acciones de reparación y remediación, inspecciones o incluso mediante el empleo de la fuerza.
El Artículo 5 del ACAAN contiene medidas de México, Estados Unidos y Canadá para conseguir el apego a las normas como la difusión pública de información sobre incumplimiento; el uso de licencias, permisos y autorizaciones; el inicio oportuno de procedimientos judiciales o administrativos para procurar sanciones o soluciones adecuadas en casos de violación de leyes y reglamentos ambientales; el establecimiento de cateos, decomisos y detenciones administrativas; o la expedición de resoluciones administrativas, incluidas las de naturaleza preventiva, reparadora o de emergencia.
En cuanto a los ciudadanos o gobernados, aunque no pueden aplicar la ley por sí mismos, sí pueden jugar un rol importante en el monitoreo del cumplimiento legal. El Artículo 14 del ACAAN establece las llamadas peticiones ciudadanas, herramienta por la cual cualquier persona u organización sin vinculación gubernamental —que tenga pruebas de que México, Estados Unidos o Canadá estén incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental—, puede denunciar el hecho ante el Secretariado de la CCA.
El Secretariado (el máximo órgano de la CCA) recibe la petición y verifica que cumpla con las directrices. Si así lo confirma, considera luego si el caso amerita una respuesta del Estado miembro al que se hace referencia. Recibida la respuesta, el Consejo decide si se elabora un expediente de hechos: una investigación detallada que toma en cuenta los datos técnicos y científicos disponibles para el público, o provistos por las personas u organizaciones interesadas, así como por expertos independientes.
Una confirmación de las faltas
El expediente de hechos no contiene una calificación acerca de los argumentos de los peticionarios, ni recomendaciones de la CCA. Se trata de una investigación pormenorizada que es de interés de las personas involucradas y que servirá para la toma de decisiones. Puede desencadenar por ejemplo reformas legales o la mejora de políticas públicas en materia ambiental, o generar comités multisectoriales para el monitoreo o discusión de ciertos temas en ese rubro.
El valor de la petición ciudadana
A través de las peticiones ciudadanas, el ACAAN busca promover la participación pública, algo novedoso entre los tratados y convenios existentes entre los tres países. Se ha fortalecido la actuación de los grupos ambientales y respetado los límites establecidos en el ACAAN al no aceptar peticiones que vayan en contra la aprobación legislativa de leyes y reglamentos.
La forma en que se aplica la ley no siempre satisface a los ciudadanos. Los Estados miembros pueden ver en la petición ciudadana la forma en la que las personas esperan que se aplique la ley o se ejecuten las acciones gubernamentales. Esto ya es un valor en sí mismo. Las peticiones son efectivas para movilizar la opinión pública debido a que los solicitantes agotaron previamente los recursos internos, es decir que presentaron acciones legales ante tribunales nacionales. Así, las peticiones son fuente de retroalimentación para los programas de inspección, vigilancia o de toma de decisiones gubernamentales.
Según el registro de peticiones ciudadanas, a la fecha se presentaron 82 peticiones ciudadanas: 31 en contra de Canadá, 10 en contra de Estados Unidos y 41 en contra de México. De las mismas, sólo se han autorizado y publicado 18 expedientes de hechos.
Usando el instrumento
AIDA, junto con su socio Earthjustice y en representación de 10 organizaciones de la sociedad civil, presentó el 11 de abril una petición ciudadana a la CCA. En la misma se asevera que el Gobierno mexicano no aplicó su legislación ambiental al evaluar el impacto ambiental de mega resorts en ecosistemas sensibles del Golfo de California. La petición fue recibida bajo el nombre de Desarrollo turístico en el Golfo de California.
Es necesario fortalecer varios aspectos de las peticiones ciudadanas, sin embargo, a través de este recurso, se incrementa la legitimidad de la participación ciudadana en la política de Norteamérica. El ACAAN es un instrumento que pretende coadyuvar en la aplicación de la legislación y mejorar la normatividad ambiental en México, Canadá y Estados Unidos. Las peticiones ciudadanas son un mecanismo bien definido para crear nuevas relaciones políticas y sociales entre los tres países. Mediante ellas, la ciudadanía pueda externar sus puntos de vista y preocupaciones sobre algún problema ambiental, o acerca del incumplimiento de normas ambientales.