El Supremo Tribunal de Brasil ordenó la adopción de una serie de medidas para contener los contagios y las muertes por COVID-19 entre la población indígena del país. El dictamen responde a la demanda presentada por la Articulación de Pueblos Indígenas de Brasil (APIB) y por algunos partidos políticos. En ella denuncian el incumplimiento de preceptos constitucionales y abogan por la adopción de mayores medidas gubernamentales para combatir la propagación del nuevo coronavirus entre los pueblos indígenas.

El gobierno no ha garantizado el aislamiento de las comunidades étnicas ya que en sus territorios se están llevando a cabo actividades extractivas. Quienes trabajan en esos emprendimientos representan un factor de contagio al ingresar a las zonas indígenas. Además, la población indígena es afectada por la insuficiente red hospitalaria y por la falta de acceso a información oportuna, como la referida a las pruebas de detección del virus y a los protocolos para funerales.

"Los pueblos indígenas son especialmente vulnerables a las enfermedades infecciosas, para las cuales tienen una baja inmunidad y una tasa de mortalidad superior al promedio nacional. Hay indicios de una expansión acelerada de COVID-19 entre sus miembros y la alegación de que no son suficientes los esfuerzos del gobierno por frenar su propagación", señala el fallo firmado por Luís Roberto Barros, magistrado del Tribunal.

Las medidas determinadas por el Tribunal incluyen la instalación de barreras sanitarias para proteger a los indígenas que no tienen contacto con el mundo exterior y a quienes han estado en contacto reciente con la sociedad; la creación de una "sala de situación" con la participación de miembros del gobierno, la APIB, la Fiscalía General y la Defensoría Pública del Gobierno Federal; la elaboración en un plazo de 30 días de un plan para enfrentar la enfermedad en los pueblos indígenas, en el que participen las propias comunidades y el Consejo Nacional de Derechos Humanos. Ese plan debe incluir esfuerzos para controlar la entrada de intrusos en las tierras indígenas.

Finalmente, el Tribunal ordenó que todos los indígenas —incluidos quienes viven en zonas urbanas— queden cubiertos por el Subsistema de Atención de la Salud Indígena, que solo ha prestado asistencia limitada a indígenas que viven en las zonas demarcadas.

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