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Amazon Watch / Maíra Irigaray

Barragem de Belo Monte no rio Xingu: 10 anos de impactos na Amazônia e de busca por reparações

A usina hidrelétrica de Belo Monte causou um desastre ambiental e social no coração da Amazônia: um dos ecossistemas mais importantes do planeta.

Essa situação só piorou desde que a usina começou a operar em 2016. A busca por justiça e reparação para as comunidades indígenas e ribeirinhas afetadas continua até hoje.

Em 2011, a Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) concedeu a essas comunidades medidas de proteção, que até hoje não foram totalmente implementadas pelo Estado brasileiro.

E, desde junho daquele mesmo ano, a CIDH mantém um processo contra o Estado por sua responsabilidade internacional no caso.

A CIDH pode encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, que tem o poder de emitir uma sentença condenatória contra o Estado brasileiro.

 

Após 10 anos de operação da usina hidrelétrica e mais de 15 anos de violações de direitos humanos documentadas, é hora da justiça ser feita para as comunidades afetadas.

Leia a carta aberta das organizações que levam o caso à CIDH

 

Contexto

A usina hidrelétrica de Belo Monte — a quarta maior do mundo em capacidade instalada (11.233 MW) — foi construída no rio Xingu, no estado do Pará, norte do Brasil.

Foi inaugurada em 5 de maio de 2016, com uma única turbina. Naquela época, 80% do curso do rio foi desviado e 516 km² de terra foram inundados, uma área maior que a cidade de Chicago. Desse total, 400 km² eram de mata nativa. A usina começou a operar em plena capacidade em novembro de 2019.

Belo Monte foi construída e é operada pelo consórcio Norte Energia S.A., composto principalmente por empresas estatais. Foi financiada pelo Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), que aportou ao consórcio 25,4 bilhões de reais (aproximadamente US$ 10,16 bilhões), o maior investimento de sua história. Portanto, o BNDES também é legalmente responsável pelos impactos socioambientais associados ao projeto hidrelétrico.

Décadas de danos ambientais e humanos

As violações dos direitos humanos e a degradação da Amazônia remontam ao início do projeto. Em março de 2011, a Norte Energia iniciou a construção da barragem sem consulta adequada e sem o consentimento prévio, livre e informado das comunidades afetadas.

A construção levou ao deslocamento forçado de mais de 40.000 pessoas, rompendo laços sociais e culturais. O plano de reassentamento em Altamira — cidade diretamente afetada pelo projeto hidrelétrico — incluía moradias na periferia da cidade, sem serviços públicos adequados, moradias dignas para as famílias reassentadas e moradias diferenciadas para aqueles pertencentes a comunidades indígenas.

A operação da barragem de Belo Monte impôs uma seca permanente e artificial na Volta Grande do rio Xingu, agravada pelas secas históricas na Amazônia em 2023 e 2024. Como resultado, a morte de milhões de ovos de peixe foi documentada por quatro anos consecutivos (de 2021 a 2024) e, nos últimos três anos, não houve migração de peixes rio acima para desovar e se reproduzir. Assim, a pesca artesanal, principal fonte de proteína para os povos indígenas e comunidades ribeirinhas, foi severamente afetada: o consumo de peixe caiu de 50% para 30% do total de proteínas consumidas, sendo substituído por alimentos processados. Em suma, houve um colapso ambiental e humanitário que resultou no colapso da pesca como modo de vida tradicional, insegurança alimentar e falta de acesso à água potável para milhares de famílias, empobrecimento e doenças.

Além disso, a construção da barragem aumentou o desmatamento e intensificou a extração ilegal de madeira e a insegurança em terras indígenas e tribais, colocando em risco a sobrevivência dessas comunidades. Outra consequência foi o agravamento da pobreza e dos conflitos sociais, bem como a sobrecarga dos sistemas de saúde, educação e segurança pública em Altamira, cidade considerada a mais violenta do país em 2017, onde houve aumento do tráfico de pessoas e da violência sexual. Também foram registrados casos de violência contra defensores de direitos humanos envolvidos no caso.

Em 2025, durante a 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), realizada no Brasil, o Ministério Público Federal classificou os danos causados ​​por Belo Monte como ecocídio.

A busca por justiça e reparação

Ao longo dos anos, o Ministério Público Federal do Pará, a Defensoria Pública e organizações da sociedade civil impetraram dezenas de ações judiciais em tribunais brasileiros para contestar as diversas irregularidades do projeto, bem como seus impactos. A maioria das ações permanece sem solução, algumas há mais de 10 anos.

Essas ações não obtiveram sucesso porque o governo federal tem reiteradamente anulado decisões favoráveis ​​às comunidades afetadas, recorrendo a um mecanismo pelo qual o presidente do Supremo Tribunal Federal pode suspender uma decisão judicial com base unicamente em argumentos genéricos como "interesse nacional" ou "ordem econômica".

Diante da falta de respostas eficazes em nível nacional, a AIDA — juntamente com uma coalizão de organizações aliadas — levou o caso à Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) e, em 2010, solicitou medidas cautelares para proteger a vida, a integridade e a saúde das comunidades indígenas afetadas.

Em 1º de abril de 2011, a CIDH concedeu essas medidas e solicitou ao Estado brasileiro a suspensão das licenças ambientais e de quaisquer obras de construção até que as condições relativas à consulta prévia e à proteção da saúde e integridade das comunidades fossem atendidas.

E, em 16 de junho de 2011, apresentamos uma denúncia formal à CIDH — juntamente com o Movimento Xingu Vivo Para Siempre, a Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira, a Diocese de Altamira, o Conselho Missionário Indígena, a Sociedade Pará de Defesa dos Direitos Humanos e a Global Justice — contra o Estado brasileiro por sua responsabilidade internacional nas violações de direitos humanos contra os povos afetados neste caso. A denúncia foi apresentada em dezembro de 2015.

Em 3 de agosto de 2011, a CIDH modificou as medidas cautelares para solicitar — em vez da suspensão de licenças e obras — a proteção dos povos que vivem em isolamento voluntário, a saúde das comunidades indígenas e a regularização e proteção das terras ancestrais.  

Situação atual

As medidas de proteção concedidas pela CIDH permanecem em vigor, mas o Estado brasileiro não as cumpriu integralmente, relatando apenas ações genéricas. As comunidades documentaram as contínuas violações de seus direitos. A situação que motivou o pedido dessas medidas — o risco à vida, à segurança e aos meios de subsistência das comunidades — persiste e se agravou com a usina hidrelétrica operando em plena capacidade e com as recentes secas extremas na Amazônia.

Além do ocorrido em Belo Monte, existe o risco de maiores danos sociais e ambientais decorrentes da implementação de outro megaprojeto de mineração na Volta Grande do Xingu. Lá, a empresa canadense Belo Sun pretende construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil.

Os impactos sinérgicos e cumulativos da usina e da mina não foram avaliados. O Estado excluiu povos indígenas, comunidades ribeirinhas e comunidades camponesas do processo de licenciamento ambiental do projeto. Apesar disso, dos protestos indígenas e de outras irregularidades em torno do projeto, o governo do estado do Pará autorizou formalmente a mina em abril de 2026.

Belo Monte, assim como outras usinas hidrelétricas, agrava a emergência climática ao gerar emissões de gases de efeito estufa em seu reservatório. Além disso, é ineficiente diante das secas prolongadas e intensas causadas pela crise, pois perde capacidade de geração de energia.

O caso perante a Comissão Interamericana

Em outubro de 2017, a CIDH anunciou que decidiria conjuntamente sobre a admissibilidade (se o caso preenche os requisitos para admissão) e o mérito (se houve, de fato, violação de direitos humanos) da denúncia internacional contra o Estado brasileiro.

Quinze anos após a apresentação da denúncia, as comunidades afetadas e as organizações que as representam ainda aguardam essa decisão. Caso a CIDH conclua que houve violações de direitos humanos e emita recomendações que o Estado brasileiro não cumpra, poderá encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, cujas decisões são vinculativas.

Uma possível decisão da Corte Internacional de Direitos Humanos neste caso estabeleceria um precedente jurídico regional em relação aos direitos dos povos indígenas e ribeirinhos, à participação pública em megaprojetos e à responsabilidade do Estado no contexto da crise climática. Isso é particularmente relevante à luz do Parecer Consultivo nº 32 da Corte, que reafirmou as obrigações dos Estados de proteger pessoas e comunidades em todo o continente da emergência climática. 

 


Organizaciones respaldan a defensores del arrecife veracruzano

Envían escrito con argumentos técnicos y jurídicos para apoyar la demanda contra la modificación de los límites del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV). El sitio sirve de barrera natural contra tormentas y huracanes; su protección está respaldada por obligaciones internacionales del Estado mexicano.  Veracruz, México. Seis organizaciones de la sociedad civil presentaron ante un tribunal de justicia un escrito (amicus curiae) con argumentos jurídicos y técnicos para fortalecer la demanda de amparo interpuesta contra el decreto por el cual la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) modificó y redujo los límites del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV), decisión que pone en riesgo la conservación del sitio catalogado como humedal de importancia internacional. El escrito fue presentado al Juzgado Tercero de Distrito de Veracruz el pasado 25 de abril  por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), la Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos (Litiga OLE), SENDAS, POBLADORES, y la Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental (LAVIDA). El Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV) fue declarado Área Natural Protegida (ANP) en 1992 para —entre otras cosas— salvaguardar la diversidad genética de las especies que alberga, asegurar el aprovechamiento racional de sus recursos y favorecer el estudio del ecosistema y su equilibrio. En 2004, fue inscrito como humedal de importancia internacional en la Lista Ramsar. En el escrito se resalta la importancia de proteger el SAV para la región y el país. “Los arrecifes de coral son barreras naturales contra grandes olas y tormentas, así ocurrió en Veracruz en 1992 con el paso del huracán Karl; proveen además abundante pesca e información valiosa para la investigación médica; permiten actividades recreativas; y ayudan a mantener la biodiversidad marina”, explicó Sandra Moguel, asesora legal de AIDA. Por otro lado, se argumenta que el decreto de modificación de los límites del PNSAV no sólo es una amenaza a la biodiversidad de la zona sino que además viola el derecho humano al ambiente sano e incumple las obligaciones internacionales que el Estado mexicano tiene de proteger ese ecosistema. “La población del lugar queda más expuesta a sufrir los impactos de huracanes y otros fenómenos climáticos pues el decreto deja por fuera del área protegida arrecifes (los de Punta Gorda y la Bahía de Vergara) que sirven de protección natural contra esos embates”, afirmó Xavier Martínez Esponda, director regional del CEMDA para el Golfo de México. Asimismo, las organizaciones sostienen en el escrito que el decreto vulnera normas nacionales y tratados internacionales. Entre ellos está la Convención para la Protección de la Flora, Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América, según la cual los límites de los parques naturales sólo pueden ser modificados en los Estados Parte por autoridades legislativas y la CONANP no lo es. El decreto también infringe la Convención Ramsar porque la modificación del polígono del PNSAV, parte de los Sitios Ramsar, no siguió el procedimiento establecido por ese tratado intergubernamental para la protección de los humedales de importancia internacional. Finalmente, el escrito pone de manifiesto que el decreto de la CONANP es una medida regresiva porque va en contra de los beneficios de protección ambiental conseguidos tras la creación del área protegida en 1992. “Retrocesos como éste pueden ocasionar daños irreversibles”, sostuvo Moguel.

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De la frustración a la esperanza: Viendo la luz en los rostros de las víctimas

Por María José Veramendi Villa, abogada sénior de AIDA, @MaJoVeramendi  Tengo que confesar que a veces me frustro. Me ocurre cuando intento explicar que el trabajo que hacemos los abogados y abogadas que litigamos casos de violaciones de derechos humanos no siempre produce resultados inmediatos, que se trata de luchas a largo plazo en busca de justicia para las víctimas y cambios profundos en los Estados y en nuestras sociedades.  Es frustrante ver que agendas orientadas hacia una supuesta protección de los derechos humanos se ven influenciadas por intereses políticos. Es frustrante la falta de recursos para llevar y atender los procesos, y lo son también las largas esperas, la injusticia o la justicia que tarda. ¿Qué hacer en esos momentos de desilusión? Mi respuesta es volver a los orígenes, a lo básico, a la razón de ser de nuestra lucha y compromiso: las víctimas. A fines de marzo tuve la oportunidad de conocer en Washington D. C. a dos luchadores por las causas de sus comunidades, los brasileños Alaíde Silva y Josías Manhuary Munduruku. Ellos viajaron varios días desde Buriticupú (estado de Maranhão) y Jacareacanga (estado de Pará), respectivamente, para participar en una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y presentar información sobre cómo los jueces brasileños aplican una ley de la dictadura que viola su derecho al acceso a la justicia. Esa ley, denominada “Suspensión de Seguridad” (“Suspensão de Segurança”),  permite al gobierno federal solicitar la suspensión de decisiones judiciales favorables a los derechos de los pueblos indígenas y de otras comunidades frente al desarrollo de controversiales megaproyectos —como la represa hidroeléctrica Belo Monte— con base en supuestas amenazas a la seguridad nacional y al “orden social y económico” del país. En la audiencia, Josías, líder indígena del pueblo Munduruku (compuesto por 118 aldeas y 11,000 habitantes), denunció que el gobierno brasileño planea construir un complejo hidroeléctrico en el río Tapajós y sus afluentes sin haberles consultado ni obtenido su consentimiento previo, libre e informado.  El proyecto, reveló, amenaza con traer impactos devastadores a sus tierras y la sobrevivencia de su pueblo y cultura.  Finalmente, explicó cómo un juez revocó una decisión judicial favorable a su pueblo y permitió que el proyecto continúe en abierta violación a sus derechos. “Queremos respeto a nuestro territorio, a nuestro río, a nuestros lugares sagrados, a nuestro cementerio; ¡y queremos ser consultados!”, demandó Josías. Por su parte, Alaíde denunció que el proyecto de duplicación de la línea de Ferrocarril de Carajás (EFC), a cargo de la empresa minera Vale, está afectando a 1,7 millones de personas en 27 municipios de los Estados de Maranhão y Pará, y en al menos 100 comunidades indígenas, afrodescendientes, campesinas y urbanas asentadas en las márgenes de la EFC.  La actual línea de ferrocarril tiene casi 900 kilómetros y conecta las minas de Carajás en el estado de Pará con la Terminal Marítima de Ponta da Madeira en el estado de Maranhão. Es utilizada para transportar hierro, manganeso, cobre y carbón. Con la ampliación, Vale duplicará 115 kilómetros de la línea férrea para aumentar el volumen de transporte y el flujo de minerales. Entre los impactos denunciados por Alaíde están las molestias causadas por el crujir de la línea férrea y por la bocina del tren, el atropello de personas y animales, y el desalojo de comunidades, aldeas y familias sin una justa indemnización. Alaíde detalló cómo la empresa minera aterroriza a la población, coopta líderes, intimida a los habitantes y espía a los movimientos sociales, todo para satisfacer sus intereses. Al igual que en el caso de las hidroeléctricas del río Tapajós, aquí también se aplicó la Suspensión de Seguridad para revocar una decisión favorable a las comunidades. El fallo en cuestión ordenaba a la empresa suspender la construcción de la obra y realizar un Estudio de Impacto Ambiental con un análisis pormenorizado de todas las comunidades afrodescendientes e indígenas existentes a lo largo de la EFC.  El argumento para revocarlo fue que la suspensión de la obra afectaba los intereses económicos del Estado. Los casos expuestos ante la CIDH son sólo dos ejemplos de la aplicación de la Suspensión de Seguridad. Como ellos, hay muchos más en los que los derechos de las comunidades y personas afectadas por grandes proyectos de “desarrollo” son reducidos a una categoría inferior bajo argumentos ficticios de interés económico, seguridad y orden público. Esperamos y confiamos que acciones como las mencionadas permitan visibilizar los impactos que la aplicación de la Suspensión de Seguridad tiene en los derechos humanos de cientos de personas y comunidades, y consigan que los organismos internacionales hagan un llamado al cambio a Brasil. Gracias a todos los que trabajaron intensamente para que la audiencia fuese posible. Gracias a los colegas en Brasil sin cuyo trabajo y compromiso el viaje de Josías y Alaíde no hubiese sido posible. Y gracias a esos dos luchadores brasileños por brindarme una lección de vida que hace que la niebla de la frustración se despeje y que el sol se asome nuevamente. Este texto lo dedico a mi querido excolega Joelson Cavalcante, quien dejó este mundo recientemente para convertirse en un ser de luz. Con él visité por primera vez el río Xingú, en el Amazonas brasileño, y nunca olvidaré su felicidad y gran sonrisa cuando, tras un año fuera de su país, pudo bañarse en esas aguas. En su memoria, la lucha continúa.

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Lo que el Ministerio de Ambiente de Colombia NO ha dicho sobre Santurbán

Por Carlos Lozano, asesor legal de AIDA, @CLozanoAcosta Texto pubpcado originalmente en Tío Conejo, blog sobre medio ambiente de La Silla Vacía El lunes 31 de marzo, la Ministra de Ambiente, Luz Helena Sarmiento, anunció en Bucaramanga haber decidido ya la depmitación del páramo de Santurbán. Sarmiento no exppcó con exactitud qué determinación tomó. Y hay que decir que la depmitación no ha sido adoptada por acto administrativo y, por lo tanto, jurídicamente no existe. En torno a Santurbán se ha producido uno de los confpctos ambientales más visibles en los medios de comunicación colombianos, incluyendo a La Silla Vacía. La importancia de este ecosistema, ubicado entre los departamentos de Santander y Norte de Santander, radica en que, además de albergar biodiversidad estratégica y de contribuir a la mitigación del cambio cpmático, es fundamental para la provisión de agua en el área metropoptana de Bucaramanga. De los proyectos mineros propuestos en el páramo, Angostura, de la empresa Eco Oro (antes Greystar), ha sido el más polémico. Inicialmente, la firma canadiense quería  hacer una mina de oro a cielo abierto, pero no obtuvo la pcencia ambiental requerida. Sin embargo, Eco Oro busca desarrollar una nueva propuesta minera, esta vez subterránea. Esa operación se encuentra principalmente en el área de un título minero específico: el número 3452, según la Agencia Nacional de Minería. Buena parte de ese título se superpone al páramo de Santurbán, como se ve en el siguiente mapa. El área en rojo corresponde al título, mientras las áreas en verde y azul son páramos: La decisión sobre la depmitación no ha sido comunicada de la mejor manera. La nota de prensa emitida por el Ministerio no dice mucho y tampoco lo hacen las notas pubpcadas por diferentes medios tras el anuncio. El Ministerio no entregó registro escrito de la determinación, la cual tampoco estaba disponible en el sitio web de la entidad al momento de redactar este texto. Otros aspectos todavía desconocidos son los estudios técnicos que sustentan la depmitación, las conclusiones de las mesas de trabajo que se reapzaron previamente a la misma y el borrador del acto administrativo mediante el cual será adoptada la medida. El Gobierno pubpcó un mapa que no dice mucho, entre otras cosas porque sólo da cuenta del área depmitada en  Santander. Todo lo anterior imppca que la sociedad colombiana no tiene certeza sobre el alcance de lo decidido. Sin embargo, de los registros de prensa se puede entender que: La depmitación "está psta", pero no será adoptada jurídicamente hasta dentro de tres meses. El área depmitada es de (¿al menos? ¿máximo?) 44 mil hectáreas. Las empresas mineras con título minero y pcencia ambiental podrán quedarse en el páramo hasta que terminen la operación permitida en la pcencia. Las empresas cuyos títulos quedan dentro del páramo, pero que no tienen pcencia ambiental, tendrán que irse.   Esos datos no son suficientes para hacer un balance completo de la depmitación. Por eso, Tío Conejo tiene ciertas preguntas que por razones de interés púbpco el Ministerio de Ambiente debería responder: ¿Cuál es el área total de la depmitación de Santurbán en los dos departamentos? El gobierno dice que cuadruppcó el área protegida, es decir, que pasó de las 11 mil hectáreas del Parque Natural Regional a 44 mil luego de la depmitación. Técnicamente, eso es cierto. Pero también se puede ver de otra manera: de ser esa la extensión máxima, la depmitación habría dejado por fuera 38 mil de las 82 mil hectáreas que Santurbán abarca según el Atlas de Páramos (2007) elaborado por el Instituto Humboldt. Es crucial tener un pronunciamiento oficial sobre la extensión total del área depmitada tanto en Santander como en Norte de Santander. ¿El proyecto Angostura va o no va? La empresa le ha dicho a sus accionistas (en inglés) y a los mercados que, hasta que la decisión no se adopte oficialmente y mientras no les entreguen las coordenadas de la depmitación, "aquí no ha pasado nada". La ministra sostuvo que depende de la empresa decidir si le sirve quedarse bajo las nuevas condiciones que, de nuevo, no se conocen del todo. A pesar de lo anterior, es al Estado a quien le corresponde en última instancia resolver la legapdad de un título minero que atraviesa el páramo de Santurbán. ¿Qué uso le dio el Ministerio de Ambiente a los estudios técnicos sobre la depmitación suministrados por el Instituto Humboldt? ¿Los tuvo en cuenta en su totapdad? ¿los "engavetó"? ¿Por qué no los ha querido entregar a las organizaciones de la sociedad civil que los han sopcitado? Si se apartó total o parcialmente de lo que ellos dicen ¿cuáles fueron los criterios para hacerlo así? Sin las respuestas a dichas interrogantes, no es posible decir que el Ministerio de Ambiente está depmitando Santurbán de cara al país. Las comunidades, las empresas, las autoridades locales y la ciudadanía en general tienen derecho a saber con precisión qué fue lo que se decidió y cómo se hizo. En cuestiones de participación ambiental, el proceso es tan importante como el resultado. El debate no puede ser zanjado a puerta cerrada en un hotel de Bucaramanga. Es posible que la decisión es (o será) tan buena como para recibir el apoyo del movimiento ambiental. No se sabe. Sin el cuadro completo, el Ministerio podría estar perdiendo la oportunidad de sumar respaldos a una decisión potencialmente positiva. Según le contaron a Tío Conejo, no es cierto que los ambientapstas, en general, no quisieron asistir a las mesas de sociapzación de la depmitación de Santurbán. Algunas organizaciones intentaron infructuosamente ser invitadas. La convocatoria no fue suficientemente amppa y las conclusiones de las mesas no han sido comunicadas adecuadamente.

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