Evaluación de Impacto Ambiental, necesaria para un consentimiento informado

05 December 2013

En enero de 2009, la Corporación Muriel Mining se instaló en el departamento de Chocó, Colombia, para comenzar el proyecto Mandé Norte de exploración y explotación de cobre, oro, molibdeno y otros minerales. Lo hizo sin haber informado y consultado de manera adecuada a los grupos étnicos directamente afectados.

La consulta no fue previa porque inició en 2006, un año después de que el contrato de concesión minera fuera adjudicado a la empresa. Además, varias de las comunidades afectadas no fueron invitadas al proceso y las que sí participaron del mismo no estaban representadas por las autoridades tradicionales. A pesar de la objeción manifestada por pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas, la consulta se dio por concluida en agosto de 2008. Todo esto ocurrió en el difícil contexto del conflicto armado colombiano.

La Comisión Intereclesial de Justicia y Paz interpuso una acción legal de tutela contra el proyecto minero y AIDA contribuyó a la misma con una intervención donde argumentó que sin una Evaluación de Impacto Ambiental que analizara impactos ambientales y sociales —como ocurrió con Mandé Norte—, las comunidades no tienen fundamentos para dar o negar su consentimiento a proyectos que les afecten, tal como exige el derecho internacional.

Al pronunciarse sobre el caso, la Corte Constitucional de Colombia ordenó en la Sentencia T-769 de 2009 suspender las actividades de exploración y extracción, así como el otorgamiento de licencias en el marco del proyecto; rehacer la consulta previa para cumplir con los estándares internacionales y colombianos; y realizar estudios de impacto ambiental adecuados. AIDA elaboró una ficha resumen que facilita la comprensión de la sentencia.

El fallo sentó un precedente clave al incorporar y reconocer, por primera vez y de forma específica, el derecho de los grupos étnicos al consentimiento libre, previo e informado. Fue un avance en el reconocimiento de los derechos de los grupos étnicos en Colombia.

El Ministerio del Interior y la compañía minera solicitaron la nulidad de la sentencia constitucional. AIDA intervino para defender el dictamen ante las solicitudes de nulidad. Así también lo hicieron la Comisión Colombiana de Juristas, Dejusticia, y las universidades Harvard y Diego Portales. Estas intervenciones rindieron fruto y, el 12 de marzo de 2012, la Corte Constitucional confirmó su decisión sobre Mandé Norte.

De haberse concretado, el proyecto minero habría generado impactos ambientales y sociales en la biodiversa región del Chocó, entre ellos afectaciones a cultivos, animales, ríos y un lugar sagrado indígena: el cerro “Careperro”. Ello habría significado un impacto físico y cultural en los pueblos indígenas y la pérdida de las economías tradicionales, base del sustento de las comunidades del lugar.

En AIDA trabajamos por el respeto al derecho al ambiente sano y a los derechos humanos de comunidades y grupos étnicos frente a poderosos intereses como los de la minería a gran escala.

Sobre el autor

Dena DeBry

Retrato de Dena DeBry

Dena DeBry es especialista en artes y diseño web. Ella dirige Buttonwillow Six, una compañía de desarrollo web. Antes de crear su propia empresa, Dena trabajó para la Biblioteca de Arte de la Universidad de Standford. Tiene una Maestría en Diseño de Impresiones del Instituto Pratt y un Bachillerato en Bellas Artes y Filosofía de la Universidad de California Santa Cruz.