Si fuera Estado, ¿obedecería sólo cuando me guste o me convenga? | Interamerican Association for Environmental Defense (AIDA) Skip to content Skip to navigation
11 de Febrero de 2013

Por Astrid Puentes Riaño, co-directora de AIDA, @astridpuentes

En 2012, Colombia y Guatemala recibieron importantes sentencias de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), respectivamente. Ambos Estados están en desacuerdo con las decisiones, la primera por diferendo limítrofe y la segunda por violaciones a derechos humanos por masacres y desapariciones durante los años 80, y por ello amenazaron con incumplirlas o reinterpretarlas.

¿Estarán perdiendo fuerza el derecho internacional y sus cortes y disminuyendo la voluntad de los —o de algunos— Estados para acatar los fallos? O ¿se estarán volviendo demagógicos los gobiernos y para complacer a algunos, amenazan con incumplir las sentencias internacionales? Estas reacciones evidencian que estamos ante una parte de ambos escenarios, los dos igualmente preocupantes. Espero que los gobiernos y los Estados analicen la situación y rectifiquen.

2007: “Lo que defina la corte de La Haya, lo respetamos totalmente”, ¿y ahora?

En noviembre de 2012, la CIJ decidió el conflicto limítrofe por las Islas de San Andrés y Providencia, los cayos y el mar territorial, entre Colombia y Nicaragua. Aunque la Corte le dio la razón a Colombia en la mayoría de los puntos, redefinió el límite del mar territorial dando a Nicaragua una importante franja marina, hasta el momento colombiana.

Esto fue lo que más trascendió en Colombia y generó una dura reacción en algunos sectores, quienes exigieron al presidente Juan Manuel Santos incumplir la decisión. Incluso el ex presidente Álvaro Uribe dijo que “Colombia no debe acatar el fallo”, aunque en 2007, siendo Presidente prometió a Daniel Ortega, su par nicaragüense, respetar “totalmente” la decisión, cualquiera que fuera.

La rebeldía contra la CIJ llegó a tal punto que Colombia anunció su retiro del Pacto de Bogotá: el tratado firmado en 1948 para solucionar pacíficamente controversias entre estados. Es irónico que el país donde se firmó el Pacto se retire del mismo para evitar que se cumpla. Esto además no tiene efectos prácticos a futuro. Colombia renuncia también a la tradición de respeto a las normas internacionales. ¿Habría entonces que cambiarle de nombre al Pacto?

Corte IDH: Guatemala violó derechos humanos para construir la represa Chixoy

La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó en septiembre de 2012 una sentencia contra Guatemala por la violación de derechos humanos derivada de la masacre a la comunidad de Río Negro, realizada durante los años 80 para construir la represa de Chixoy. En consecuencia, la Corte ordenó a Guatemala investigar los hechos y sancionar a los responsables; indemnizar a los familiares de las víctimas; y mejorar la infraestructura de la comunidad afectada por los hechos, entre otras cosas.

Tres meses y otras dos sentencias condenatorias de la Corte IDH después, el Gobierno guatemalteco publicó un acuerdo “reinterpretando” la voluntad del Estado, y en consecuencia, desconociendo las sentencias referidas ahechos ocurridos antes de 1987, es decir, prácticamente todos los cubiertos por las tres sentencias. Tras grandes presiones internas y externas de persos sectores, incluyendo la propia Procuraduría de Guatemala, el gobierno echó para atrás este acuerdo y por ende se presume que reitera su voluntad de cumplir.

Dura lex, sed lex (Dura es la ley, pero es la ley)

Jurídicamente, rechazar el resultado de estas cortes es inviable, dado que ambos Estados han reconocido su jurisdicción (autoridad) para decidir sobre casos relacionados con dichos países y las circunstancias que se discuten. Los Estados pueden arrepentirse de que las cortes decidan, pero esto tiene una consecuencia futura. La razón es obvia: todos los Estados que pierdan una decisión buscarían excusas para incumplirla, justamente como hacen ahora Colombia y Guatemala.

Desde el punto de vista político, los Estados pueden negarse a cumplir. Sin embargo, ello viola la buena fe de las partes, elemento fundacional del derecho internacional que garantiza que los Estados que se someten a ciertas reglas tengan la expectativa cierta que sean cumplidas, sin discriminación respecto de quién se trate. Después de todo, es algo esencial en la existencia del derecho que evita arbitrariedades y la solución de controversias por la fuerza. Al final, se trata de la protección que tenemos todos: Estados y ciudadanos.

Por ello, el mensaje que mandan los gobiernos de Colombia y Guatemala (que afortunadamente rectificó) es peligroso porque incluso cuando estos Estados necesiten protección frente a posibles agresiones o malos entendidos con otros Estados, habrán perdido su autoridad para recurrir al derecho internacional en su defensa. 

De otra parte y según estas reacciones, los ciudadanos podríamos obedecer las normas y las decisiones de los jueces sólo cuando éstas favorezcan nuestros intereses. Así, podría comenzar a pagar los impuestos que me parezcan justos y a pararen los semáforos cuando lo considere conveniente. Sin duda, esto suena extremo, pero interpretar o rechazar la decisión de una corte internacional, que es la suprema autoridad en la materia, me parece igualmente extremo.  

Celebro que Guatemala haya retrocedido en su decisión y reconocido su error. Entiendo que las violaciones a derechos humanos por las que se le condenó son duras y vergonzosas para el país. Justamente ahora tienen la oportunidad de admitirlo y remediar la situación, demostrando que los años de impunidad para estas violaciones han terminado.

En cuanto a Colombia, espero que después de la aparentemente patriótica reacción al anunciar el retiro del Pacto de Bogotá, el gobierno de Santos recapacite y decida continuar honrando la tradición y el Pacto que lleva su nombre. Ojalá haga un balance de lo que perdería el país al rechazar la decisión y busque alternativas, en el marco de las normas, para proteger a las comunidades afectadas con la decisión de la CIJ.

Mi postura puede explicarse quizás porque soy abogada y tengo el hábito de pensar que todo se debe resolver mediante las normas, pero me parece la decisión más inteligente y más honrosa que se puede tomar.

Sobre el Autor

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Astrid Puentes

Astrid Puentes Riaño fue una de las dos Codirectoras Ejecutivas de AIDA (2003-2021) y responsable de los esfuerzos legales y del manejo de la organización. Astrid es colombiana y cuenta con amplia experiencia vinculando la protección ambiental, los derechos humanos y el cambio climático, impulsando justicia climática como eje central. Por más de veinte años ha trabajado en litigio en interés público, especialmente con respecto a la relación entre derechos humanos, ambiente y cambio climático. Ella tiene un LL.M. (Maestría en Derecho) en Derecho Comparado de la Universidad de Florida, una Maestría en Derecho Ambiental de la Universidad del País Vasco, y obtuvo su grado como abogada de la Universidad de los Andes, Colombia. Astrid también ha impartido clases y seminarios en derechos humanos, ambiente y cambio climático en varias instituciones incluyendo American University en Washington, Estados Unidos y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

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