Transparencia del sector de hidrocarburos en Bolivia

05 May 2014

La cualidad de “transparente” hace referencia al objeto o ser que permite ver a través de él/ella, ver con claridad lo que existe dentro. Lo que es un deber ético para las personas se constituye en una de las características definitorias de un Estado democrático. Se trata de la obligación legal de hacer visibles ante la ciudadanía los actos, procedimientos, y la gestión de los bienes y servicios públicos.

La transparencia de la cosa pública no puede ser entendida como un desprendimiento gracioso del gobernante, sino como un auténtico deber inherente a la acción de gobernar. Ello cobra sentido si recordamos que el gobierno democrático y la administración pública reciben mandatos populares para gestionar temporalmente los bienes y recursos que pertenecen soberanamente al pueblo.

En septiembre y octubre de 2003, se vivió en Bolivia la denominada Guerra del Gas, una cruenta y masiva movilización social que clamaba por la recuperación de la soberanía del pueblo sobre los hidrocarburos, y la no exportación de gas natural boliviano por un puerto de Chile. El hecho derivó en decenas de civiles muertos por la represión estatal, la renuncia y huida del país del entonces presidente Gonzalo Sánchez de Lozada, y la convocatoria a un Referéndum popular sobre la política energética del país realizada por el nuevo presidente.

Uno de los principales detonantes de la “Guerra del Gas” fue el régimen de secreto y los criterios contrarios al interés colectivo con los que el sector de hidrocarburos fue manejado por varios gobiernos de corte neoliberal desde mediados de los 80 hasta inicios de la década del 2000. La confidencialidad de las negociaciones sobre un proyecto de exportación de gas natural a EE.UU. vía Chile, hechas a espaldas de la población; y la suscripción de contratos petroleros (contratos de riesgo compartido) con cláusulas inconstitucionales y en desmedro de los intereses colectivos, entre otros factores, atizaron la indignación social y la movilización.

En mayo de 2005, se aprobó una nueva Ley de Hidrocarburos (vigente hasta la fecha) que incorporó el principio de transparencia en la gestión pública del sector de hidrocarburos. En el marco de esa norma se firmaron en 2006 nuevos contratos para la exploración y explotación de hidrocarburos (Contratos de operación) que reemplazaron a los antiguos y leoninos contratos de riesgo compartido. A diferencia de sus antecesores, los nuevos contratos fueron aprobados por el Congreso Nacional y divulgados en páginas web oficiales y de organizaciones de la sociedad civil.

Pese a estos claros avances, de modo incongruente con el principio de transparencia contemplado por la nueva ley, los contratos de operación vigentes mantienen un resabio de los antiguos contratos: la incorporación de una cláusula de confidencialidad que debe cumplir el contratista petrolero en relación a la información que genere  en el desarrollo de sus operaciones. Tal parece que los bolivianos no hemos aprendido las lecciones que dejó la “Guerra del Gas” sobre la insostenibilidad de la confidencialidad vinculada a bienes de naturaleza pública como son los hidrocarburos.

La reserva o confidencialidad es admisible de modo excepcional, por ejemplo, en relación al secreto industrial sobre métodos o procesos de producción especiales, pero no puede convertirse en la regla, mucho menos cuando el bien objeto del contrato corresponde al dominio soberano del pueblo, ya que en virtud a este dominio, los ciudadanos tienen la facultad de conocer plenamente sobre la administración de este bien.

En enero de 2009, los/as bolivianos aprobaron en Referéndum popular el texto de la nueva Constitución Política del Estado, la cual asume a la transparencia como un valor central del Estado boliviano y como un principio de la administración pública. Asimismo, reconoce el derecho de acceso a la información de la población boliviana sobre las cuestiones públicas.

Previamente, en agosto de 2007, se aprobó la Ley de Desarrollo Sostenible del sector de Hidrocarburos, misma que obliga a la empresa estatal petrolera YPFB a publicar semestralmente información relacionada con los contratos de operación como las medidas de protección al medio ambiente y las inversiones realizadas para cada campo petrolero.

Es de suma importancia que los actores estatales del sector petrolero, en cumplimiento de las normas constitucionales y legales del país, generen información clara, completa, actualizada y desagregada sobre el sector petrolero, que permita a la población ejercer sus derechos de acceso a la información, de participación en la gestión pública y control social sobre estos bienes públicos que son esenciales para el desarrollo social y económico del país.

AIDA trabaja para fortalecer la gobernanza ambiental y promover la participación ciudadana en el continente americano. El acceso a la información pública sobre la gestión ambiental del sector de hidrocarburos es la llave que permite una participación ciudadana significativa en la prevención o mitigación de los impactos generados por las industrias extractivas.

Sobre el autor

Ariel Pérez Castellón

Retrato de Ariel Pérez Castellón

Ariel Pérez Castellón es abogado ambientalista boliviano y fue asesor del Programa de Agua Dulce de AIDA. Estudió la licenciatura en Derecho en la Universidad Católica Boliviana. Se especializó en Gestión Ambiental Metropolitana, y Derecho de Petróleo y Gas Natural en la Universidad de Buenos Aires. Además, es profesor de derecho ambiental y derecho de hidrocarburos. En los últimos 15 años, ha trabajado en varias ONG nacionales e internacionales y, como investigador independiente, en temas vinculados a las industrias extractivas, los derechos de los pueblos indígenas, y la buena gobernabilidad en las políticas públicas en Bolivia, Argentina y en proyectos regionales en países andinos.