El Acuerdo de Escazú reconoce el derecho del público de acceder a la información ambiental, definida como “cualquier información escrita, visual, sonora, electrónica o registrada en cualquier otro formato, relativa al medio ambiente y sus elementos y a los recursos naturales, incluyendo aquella que esté relacionada con los riesgos ambientales y los posibles impactos adversos asociados que afecten o puedan afectar el medio ambiente y la salud, así como la relacionada con la protección y la gestión ambientales”.
Los datos sobre los subsidios que se otorgan a la pesca califican como información ambiental y deben ser públicos. Ello se debe a que las pesquerías marinas son un recurso natural y a que los subsidios pesqueros son parte de la gestión ambiental, entendida como el conjunto de actividades humanas que tienen el objetivo de ordenar el ambiente mediante instrumentos legales, administrativos y económicos.
Los subsidios pesqueros son contribuciones financieras, del Estado al sector pesquero, que proporcionan algún tipo de beneficio con el objetivo de aumentar las ganancias. Son subsidios perjudiciales o negativos cuando disminuyen artificialmente los costos de operación, generando sobrecapacidad y sobrepesca. Entre ellos están los subsidios a la gasolina, aquellos dirigidos a la modernización de la flota y las ayudas para el pago de planillas y otros costos de operación.
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