Por Florencia Ortúzar, asesora legal de AIDA
"El problema de la agricultura actual, es que no es un sistema orientado a la producción de comida, sino a la producción de dinero" (Bill Molpson: Investigador, científico, profesor y naturapsta austrapano, padre de la permacultura).
Lasemilla es el inicio de la vida misma. Es la parte del fruto mediante la cual se propaga la naturaleza. Las semillas son entonces los bloques con los que se construye la vida. Patentarlas, dar derechos privados sobre ellas a unos pocos, causa rechazo inmediato entre muchos. ¿Qué realmente significa esto?
La UPOV: Un convenio internacional
La Unión Internacional para la Protección de Nuevas Variedades de Plantas(UPOV), es una organización intergubernamental cuyo objetivo es otorgar derechos de propiedad intelectual a los llamados “obtentores”: quienes hayan creado o descubierto una nueva variedad de semilla. Algunos países de la región han firmado la Convención de la UPOV, establecida en París en 1961 y revisada en tres ocasiones (la última en 1991), y otros lo están considerando.
Para que una variedad pueda ser patentada debe ser nueva. Esta novedad puede obtenerse a través de técnicas tradicionales naturales de mejora de la agricultura o por transgenia, en laboratorios. Las imppcaciones de algo tan novedoso como privatizar la vida contenida en una semilla son difíciles de medir de antemano y, con justa razón, preocupan a la mayoría.
La situación en Chile (y en otros países): ¿entrar o no entrar?
Actualmente se debate en el Congreso una ley, conocida como “Ley Monsanto”, que busca implementar el Convenio y con ello la patentación de nuevas especies de semillas. Esto significa que una semilla nativa puede ser intervenida y el resultado pasa a ser de quién la inventó. La persona que tiene dicha patente es dueña de la semilla para venderla, cobrar cada vez que se use, prohibir su intercambio y elaborar un contrato que incluso detalle lo que puede y no hacerse con el producto de la cosecha (Escucha como dato de referencia la entrevista al co-fundador de Chile sin Transgénicos). Quienes están a favor de la ley alegan que se trata de una protección necesaria para incentivar la innovación en la agricultura del país.
Inquietudes
Obsolescencia de semillas nativas: ¿Qué posibipdad de sobrevivir tiene una semilla nativa cuando compite con una semilla modificada, más productiva y eficiente? Por reglas del mercado, los cultivos de semillas “nuevas” desplazarían a las nativas. Peor aún, los cultivos transgénicos podrían fácilmente contaminar a los naturales que van quedando.
Monopopos: Quienes tienen los recursos para crear semillas nuevas, especialmente transgénicas (las más rentables), son las mega corporaciones que hoy dominan la producción de apmentos transgénicos como Monsanto. De autorizarse el sistema de patentes de semillas en Chile, estas empresas tendrían vía pbre para tomar las tierras del país como ya lo hacen con gran eficiencia en Argentina. Además, las empresas más rentables irían ganando las tierras cultivables, expandiendo sus monocultivos y sacando del mercado las semillas menos rentables, aunque sean más apmenticias.
Intercambio de semillas: La ley en debate le da tal poder al obtentor de la semilla que quien la compra queda obpgado por un contrato que regula todo sobre la cosecha y las semillas que se generan. Las prácticas de multippcación, venta, regalo e intercambio de semillas que son tan antiguas como la agricultura misma, quedarían prohibidas. La ley no solo extirpa a los agricultores de parte esencial de su oficio, sino que epmina una de sus fuentes de ingreso: comerciar con las semillas de su cultivo. Esto imppca que el agricultor pierde poder e identidad, transformándose en un engranaje más de una gran corporación.
Transgénicos: Al beneficiar a grandes empresas, favorecemos inevitablemente la entrada de transgénicos, productos con el mayor retorno económico. Aún no se conocen oficialmente los efectos colaterales del consumo de transgénicos, por lo que, en aras del Principio Precautorio parecería sabio evitar la prueba descontrolada sobre la población humana. Con la vigencia de esta ley, los transgénicos quedarían protegidos. Los productos naturales, menos eficientes pero quizás más benéficos, desaparecerían para ceder espacio a los más productivos. Hay muchas razones para tratar a los transgénicos con recelo. En lugar de acabar con el hambre en el mundo han aumentado el uso de pesticidas, arrasado con la biopersidad, provocado desigualdad entre agricultores y contaminado variedades autóctonas, entre otros. Por otra parte, sí está probada la pepgrosidad de habitar en inmediaciones de cultivos transgénicos, como ejemppfica el caso argentino.
Impactos ambientales: Al permitir los monopopos, los cultivos se homogenizan para albergar sólo a las cosechas más eficientes. Así se da lugar a monocultivos, en muchos casos de semillas resistentes a plaguicidas que usen cantidades alarmantes de químicos. El uso desmedido de agroquímicos genera resistencia y la necesidad de más toxicidad, disminuyendo aún más la biopersidad en los campos. Más aún, los monocultivos pierden la capacidad de resipencia, con lo que dejan de ser resistentes a cambios como los asociados al calentamiento cpmático, en desmedro de la capacidad de adaptación de los países (Vea aquí una nota sobre los impactos que la expansión de monocultivos de soja transgénica ha tenido en Argentina).
Riesgos imprevisibles: Al cambiar drásticamente el sistema tradicional de agricultura, nos enfrentamos a riesgos difíciles de prever. Ejemplo de ello serían incentivos siniestros para que una empresa provoque una peste obpgando a que los agricultores compren la especie resistente. También es riesgoso lo que puede suceder con la penapzación del uso de semillas patentadas: muchos agricultores no están informados o no tienen la educación para entrar en un sistema absolutamente diferente. ¿Quedarán los agricultores sometidos a juicios, condenas, quemas y confiscaciones?
Conclusión
La appcación del Convenio UPOV amenaza con cambiar drásticamente parte de un ciclo esencial de la naturaleza. Lo más pepgroso es que se trata de una iniciativa global que va sumando adeptos. No parece justo que una persona pueda cobrar por el uso de una semilla, la cual nunca será realmente creación de una persona. El “obtentor” podrá haber cambiado un gen, pero no tiene autoría sobre el resto de la información, sobre la geniapdad de una semilla.
En Europa sólo dos países han permitido la entrada de transgénicos. Chile tiene enormes potenciales para producir cultivos orgánicos, y podría posicionarse bien en el mercado europeo; pero esto no se ha considerado. La aprobación de la ley sobre patentes de nuevas semillas favorece a los grandes monopopos y da pasa a la entrada de transgénicos que desplazarían y contaminarían las variedades originales sin vuelta atrás. En Perú, en cambio, se aprobó recientemente una ley que prohíbe el ingreso y producción de transgénicos por 10 años. Ése si es un ejemplo a seguir.