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Amazon Watch / Maíra Irigaray

Barragem de Belo Monte no rio Xingu: 10 anos de impactos na Amazônia e de busca por reparações

A usina hidrelétrica de Belo Monte causou um desastre ambiental e social no coração da Amazônia: um dos ecossistemas mais importantes do planeta.

Essa situação só piorou desde que a usina começou a operar em 2016. A busca por justiça e reparação para as comunidades indígenas e ribeirinhas afetadas continua até hoje.

Em 2011, a Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) concedeu a essas comunidades medidas de proteção, que até hoje não foram totalmente implementadas pelo Estado brasileiro.

E, desde junho daquele mesmo ano, a CIDH mantém um processo contra o Estado por sua responsabilidade internacional no caso.

A CIDH pode encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, que tem o poder de emitir uma sentença condenatória contra o Estado brasileiro.

Consulta o expediente de fatos do caso

 

Após 10 anos de operação da usina hidrelétrica e mais de 15 anos de violações de direitos humanos documentadas, é hora da justiça ser feita para as comunidades afetadas.

Leia a carta aberta das organizações que levam o caso à CIDH

Leia nosso comunicado à imprensa

 

Contexto

A usina hidrelétrica de Belo Monte — a quarta maior do mundo em capacidade instalada (11.233 MW) — foi construída no rio Xingu, no estado do Pará, norte do Brasil.

Foi inaugurada em 5 de maio de 2016, com uma única turbina. Naquela época, 80% do curso do rio foi desviado e 516 km² de terra foram inundados, uma área maior que a cidade de Chicago. Desse total, 400 km² eram de mata nativa. A usina começou a operar em plena capacidade em novembro de 2019.

Belo Monte foi construída e é operada pelo consórcio Norte Energia S.A., composto principalmente por empresas estatais. Foi financiada pelo Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), que aportou ao consórcio 25,4 bilhões de reais (aproximadamente US$ 10,16 bilhões), o maior investimento de sua história. Portanto, o BNDES também é legalmente responsável pelos impactos socioambientais associados ao projeto hidrelétrico.

Décadas de danos ambientais e humanos

As violações dos direitos humanos e a degradação da Amazônia remontam ao início do projeto. Em março de 2011, a Norte Energia iniciou a construção da barragem sem consulta adequada e sem o consentimento prévio, livre e informado das comunidades afetadas.

A construção levou ao deslocamento forçado de mais de 40.000 pessoas, rompendo laços sociais e culturais. O plano de reassentamento em Altamira — cidade diretamente afetada pelo projeto hidrelétrico — incluía moradias na periferia da cidade, sem serviços públicos adequados, moradias dignas para as famílias reassentadas e moradias diferenciadas para aqueles pertencentes a comunidades indígenas.

A operação da barragem de Belo Monte impôs uma seca permanente e artificial na Volta Grande do rio Xingu, agravada pelas secas históricas na Amazônia em 2023 e 2024. Como resultado, a morte de milhões de ovos de peixe foi documentada por quatro anos consecutivos (de 2021 a 2024) e, nos últimos três anos, não houve migração de peixes rio acima para desovar e se reproduzir. Assim, a pesca artesanal, principal fonte de proteína para os povos indígenas e comunidades ribeirinhas, foi severamente afetada: o consumo de peixe caiu de 50% para 30% do total de proteínas consumidas, sendo substituído por alimentos processados. Em suma, houve um colapso ambiental e humanitário que resultou no colapso da pesca como modo de vida tradicional, insegurança alimentar e falta de acesso à água potável para milhares de famílias, empobrecimento e doenças.

Além disso, a construção da barragem aumentou o desmatamento e intensificou a extração ilegal de madeira e a insegurança em terras indígenas e tribais, colocando em risco a sobrevivência dessas comunidades. Outra consequência foi o agravamento da pobreza e dos conflitos sociais, bem como a sobrecarga dos sistemas de saúde, educação e segurança pública em Altamira, cidade considerada a mais violenta do país em 2017, onde houve aumento do tráfico de pessoas e da violência sexual. Também foram registrados casos de violência contra defensores de direitos humanos envolvidos no caso.

Em 2025, durante a 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), realizada no Brasil, o Ministério Público Federal classificou os danos causados ​​por Belo Monte como ecocídio.

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

A busca por justiça e reparação

Ao longo dos anos, o Ministério Público Federal do Pará, a Defensoria Pública e organizações da sociedade civil impetraram dezenas de ações judiciais em tribunais brasileiros para contestar as diversas irregularidades do projeto, bem como seus impactos. A maioria das ações permanece sem solução, algumas há mais de 10 anos.

Essas ações não obtiveram sucesso porque o governo federal tem reiteradamente anulado decisões favoráveis ​​às comunidades afetadas, recorrendo a um mecanismo pelo qual o presidente do Supremo Tribunal Federal pode suspender uma decisão judicial com base unicamente em argumentos genéricos como "interesse nacional" ou "ordem econômica".

Diante da falta de respostas eficazes em nível nacional, a AIDA — juntamente com uma coalizão de organizações aliadas — levou o caso à Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) e, em 2010, solicitou medidas cautelares para proteger a vida, a integridade e a saúde das comunidades indígenas afetadas.

Em 1º de abril de 2011, a CIDH concedeu essas medidas e solicitou ao Estado brasileiro a suspensão das licenças ambientais e de quaisquer obras de construção até que as condições relativas à consulta prévia e à proteção da saúde e integridade das comunidades fossem atendidas.

E, em 16 de junho de 2011, apresentamos uma denúncia formal à CIDH — juntamente com o Movimento Xingu Vivo Para Siempre, a Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira, a Diocese de Altamira, o Conselho Missionário Indígena, a Sociedade Pará de Defesa dos Direitos Humanos e a Global Justice — contra o Estado brasileiro por sua responsabilidade internacional nas violações de direitos humanos contra os povos afetados neste caso. A denúncia foi apresentada em dezembro de 2015.

Em 3 de agosto de 2011, a CIDH modificou as medidas cautelares para solicitar — em vez da suspensão de licenças e obras — a proteção dos povos que vivem em isolamento voluntário, a saúde das comunidades indígenas e a regularização e proteção das terras ancestrais.  

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

Situação atual

As medidas de proteção concedidas pela CIDH permanecem em vigor, mas o Estado brasileiro não as cumpriu integralmente, relatando apenas ações genéricas. As comunidades documentaram as contínuas violações de seus direitos. A situação que motivou o pedido dessas medidas — o risco à vida, à segurança e aos meios de subsistência das comunidades — persiste e se agravou com a usina hidrelétrica operando em plena capacidade e com as recentes secas extremas na Amazônia.

Além do ocorrido em Belo Monte, existe o risco de maiores danos sociais e ambientais decorrentes da implementação de outro megaprojeto de mineração na Volta Grande do Xingu. Lá, a empresa canadense Belo Sun pretende construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil.

Os impactos sinérgicos e cumulativos da usina e da mina não foram avaliados. O Estado excluiu povos indígenas, comunidades ribeirinhas e comunidades camponesas do processo de licenciamento ambiental do projeto. Apesar disso, dos protestos indígenas e de outras irregularidades em torno do projeto, o governo do estado do Pará autorizou formalmente a mina em abril de 2026.

Belo Monte, assim como outras usinas hidrelétricas, agrava a emergência climática ao gerar emissões de gases de efeito estufa em seu reservatório. Além disso, é ineficiente diante das secas prolongadas e intensas causadas pela crise, pois perde capacidade de geração de energia.

O caso perante a Comissão Interamericana

Em outubro de 2017, a CIDH anunciou que decidiria conjuntamente sobre a admissibilidade (se o caso preenche os requisitos para admissão) e o mérito (se houve, de fato, violação de direitos humanos) da denúncia internacional contra o Estado brasileiro.

Quinze anos após a apresentação da denúncia, as comunidades afetadas e as organizações que as representam ainda aguardam essa decisão. Caso a CIDH conclua que houve violações de direitos humanos e emita recomendações que o Estado brasileiro não cumpra, poderá encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, cujas decisões são vinculativas.

Uma possível decisão da Corte Internacional de Direitos Humanos neste caso estabeleceria um precedente jurídico regional em relação aos direitos dos povos indígenas e ribeirinhos, à participação pública em megaprojetos e à responsabilidade do Estado no contexto da crise climática. Isso é particularmente relevante à luz do Parecer Consultivo nº 32 da Corte, que reafirmou as obrigações dos Estados de proteger pessoas e comunidades em todo o continente da emergência climática. 

 

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Informe sobre la situación de La Oroya (Perú): cuando la protección de los inversores amenaza los derechos humanos

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) presentó un balance del polémico caso de contaminación industrial. Huancayo, Perú. La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) presentó un informe sobre la situación de La Oroya, ciudad ubicada en la región andina central de Perú y que constituye un caso polémico de contaminación industrial originada por un complejo metalúrgico polimetálico que opera en el lugar desde 1922.   Durante décadas, la población de La Oroya ha estado expuesta a altos niveles de contaminación del aire debido a las emisiones tóxicas del complejo que incluyen plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre. A mediados del 2000 La Oroya fue identificada como una de las 10 ciudades más contaminadas del mundo.   Según estudios independientes, en este sitio, el 97% de los niños y niñas de entre 6 meses y 6 años, y el 98% de los infantes que tienen de 7 a 12 años, presenta aún hoy niveles elevados de plomo en la sangre. El porcentaje llega al 100% en La Oroya Antigua, la zona de la ciudad más próxima al complejo. Los efectos de la intoxicación por plomo son irreversibles.   Doe Run Perú, subsidiaria de la empresa norteamericana Doe Run Company, comenzó a operar el complejo tras su privatización en 1997. Tanto la empresa como el Estado peruano han incumplido sus obligaciones para prevenir el impacto ambiental y respetar los derechos humanos de la población de La Oroya. Ante ello, en 2005, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y otras organizaciones solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) medidas de protección para las personas cuya salud estaba en grave riesgo por la contaminación en la ciudad. El 31 de agosto de 2007, la CIDH ordenó al Estado la adopción de medidas para proteger la salud, integridad y vida de un grupo de residentes de La Oroya.   Las medidas cautelares obligan al Estado peruano a otorgar un diagnóstico médico especializado a los beneficiarios, así como tratamiento médico especializado y adecuado a quienes, con base en el diagnóstico, se encuentren en peligro de daño irreparable a su integridad personal o a su vida.   Asimismo, desde 2007, está en curso ante la CIDH una demanda contra el Estado peruano por la violación a los derechos humanos derivada de las emisiones tóxicas del Complejo Metalúrgico de La Oroya (CMLO). Las víctimas de este caso y a su vez beneficiarias de las medidas cautelares son representadas por AIDA, APRODEH, Earthjustice y el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA).   “AIDA lleva más de una década trabajando y dando seguimiento a la situación en La Oroya.  Durante estos años hemos podido constatar la gravedad de los daños a la salud de los que han sido víctimas los pobladores de La Oroya a causa de la contaminación a la que han estado y continúan estando expuestos. En esa medida, el Estado debe asumir sus obligaciones y cumplir a cabalidad las medidas cautelares de la CIDH, las cuales están vigentes”, dijo María José Veramendi, asesora legal de AIDA.   Por otro lado, padres de niños y niñas con alto nivel de plomo en la sangre intentaron obtener la reparación de los daños mediante una acción colectiva en Estados Unidos (Missouri), donde se encuentra la empresa matriz del complejo: el Grupo Renco.   A finales de 2010, Renco inició un arbitraje internacional —alegando la violación de sus derechos como inversor extranjero, garantizados por el Tratado de Libre Comercio entre Perú y Estados Unidos— y pidió una compensación de 800 millones de dólares. “La empresa no sólo negó los impactos en los ciudadanos y trató de eludir su responsabilidad, sino que, ante las protestas, siguió una campaña de estigmatización y ataques contra los que trataban de defender sus derechos”,afirmó Souhayr Belhassen, presidente de la FIDH.   Este caso ilustra el conflicto entre el derecho internacional de los derechos humanos y la protección de los inversores. También resalta la estrategia jurídica de las empresas presuntamente involucradas en violaciones de derechos humanos que buscan evadir su responsabilidad y negar el derecho de las víctimas a la reparación. El informe de la FIDH, titulado Complejo Metalúrgico de La Oroya: Donde la inversión se protege por encima de los derechos humanos, incluye una serie de recomendaciones dirigidas a las autoridades peruanas y a la empresa involucrada.   AIDA y APRODEH, como organizaciones que representan a las víctimas de La Oroya ante el Sistema Interamericano, agradecen a la FIDH y consideran que el informe es una importante contribución para visibilizar cada vez más las graves violaciones de derechos humanos que sufren los pobladores de La Oroya quienes todavía esperan que el Estado reconozca su responsabilidad y haga justicia. Del mismo modo, el Arzobispado de Huancayo, cuyo rol en la defensa del derecho a un ambiente sano en La Oroya ha sido fundamental, estima que el informe constituye un gran aporte a su labor. Vea la versión en PDF del informe.  

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La petición ciudadana y la aplicación efectiva de la legislación ambiental en el ACAAN

Por Sandra Moguel, asesora legal de AIDA, @sandra_moguel  Los tratados de libre comercio favorecen el intercambio de productos y servicios entre los Estados que los firman. Sin embargo, en ocasiones pueden contribuir también al deterioro ambiental. Por ello, estos tratados incluyen, en su mayoría, cláusulas ambientales.    La Comisión de Cooperación Ambiental (CCA) es una instancia amparada en el Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) —convenio paralelo al Tratado de Libre Comercio de América del Norte, celebrado entre Estados Unidos, Canadá y México—, que busca —entre otras cosas— la cooperación para el fortalecimiento y mejora de la política regional y la legislación ambiental, el incremento del cumplimiento y aplicación de las normas ambientales, así como la promoción de la transparencia y la participación de la sociedad en esa tarea. El cumplimiento de la ley en el marco del acuerdo Las actividades dirigidas a la aplicación de la ley son parte de las facultades de todo Estado. Las leyes imponen una relación bilateral entre el Estado y los gobernados, donde el primero hace cumplir la ley a través de conciliaciones, acciones de reparación y remediación, inspecciones o incluso mediante el empleo de la fuerza.  El Artículo 5 del ACAAN contiene medidas de  México, Estados Unidos y Canadá para conseguir el apego a las normas como la difusión pública de información sobre incumplimiento; el uso de licencias, permisos y autorizaciones; el inicio oportuno de procedimientos judiciales o administrativos para procurar sanciones o soluciones adecuadas en casos de violación de leyes y reglamentos ambientales; el establecimiento de cateos, decomisos y detenciones administrativas; o la expedición de resoluciones administrativas, incluidas las de naturaleza preventiva, reparadora o de emergencia. En cuanto a los ciudadanos o gobernados, aunque no pueden aplicar la ley por sí mismos, sí pueden jugar un rol importante en el monitoreo del cumplimiento legal. El Artículo 14 del ACAAN establece las llamadas peticiones ciudadanas, herramienta por la cual cualquier persona u organización sin vinculación gubernamental —que tenga pruebas de que México, Estados Unidos o Canadá estén incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental—, puede denunciar el hecho ante el Secretariado de la CCA. El Secretariado (el máximo órgano de la CCA) recibe la petición y verifica que cumpla con las directrices. Si así lo confirma, considera luego si el caso amerita una respuesta del Estado miembro al que se hace referencia. Recibida la respuesta, el Consejo decide si se elabora un expediente de hechos: una investigación detallada que toma en cuenta los datos técnicos y científicos disponibles para el público, o provistos por las personas u organizaciones interesadas, así como por expertos independientes. Una confirmación de las faltas El expediente de hechos no contiene una calificación  acerca de los argumentos de los peticionarios, ni recomendaciones de la CCA. Se trata de una investigación pormenorizada que es de interés de las personas involucradas y que servirá para la toma de decisiones. Puede desencadenar por ejemplo reformas legales o la mejora de políticas públicas en materia ambiental, o generar comités multisectoriales para el monitoreo o discusión de ciertos temas en ese rubro. El valor de la petición ciudadana A través de las peticiones ciudadanas, el ACAAN busca promover la participación pública, algo novedoso entre los tratados y convenios existentes entre los tres países. Se ha fortalecido la actuación de los grupos ambientales y respetado los límites establecidos en el ACAAN al no aceptar peticiones que vayan en contra la aprobación legislativa de leyes y reglamentos. La forma en que se aplica la ley no siempre satisface a los ciudadanos. Los Estados miembros pueden ver en la petición ciudadana la forma en la que las personas esperan que se aplique la ley o se ejecuten las acciones gubernamentales. Esto ya es un valor en sí mismo. Las peticiones son efectivas para movilizar la opinión pública debido a que los solicitantes agotaron previamente los recursos internos, es decir que presentaron acciones legales ante tribunales nacionales. Así, las peticiones son fuente de retroalimentación para los programas de inspección, vigilancia o de toma de decisiones gubernamentales. Según el registro de peticiones ciudadanas, a la fecha se presentaron 82 peticiones ciudadanas: 31 en contra de Canadá, 10 en contra de Estados Unidos y 41 en contra de México. De las mismas, sólo se han autorizado y publicado 18 expedientes de hechos. Usando el instrumento AIDA, junto con su socio Earthjustice y en representación de 10 organizaciones de la sociedad civil, presentó el 11 de abril una petición ciudadana a la CCA. En la misma se asevera que el Gobierno mexicano no aplicó su legislación ambiental al evaluar el impacto ambiental de mega resorts en ecosistemas sensibles del Golfo de California. La petición fue recibida bajo el nombre de Desarrollo turístico en el Golfo de California. Es necesario fortalecer varios aspectos de las peticiones ciudadanas, sin embargo, a través de este recurso, se incrementa la legitimidad de la participación ciudadana en la política de Norteamérica. El ACAAN es un instrumento que pretende coadyuvar en la aplicación de la legislación y mejorar la normatividad ambiental en México, Canadá y Estados Unidos. Las peticiones ciudadanas son un mecanismo bien definido para crear nuevas relaciones políticas y sociales entre los tres países. Mediante ellas, la ciudadanía pueda externar sus puntos de vista y preocupaciones sobre algún problema ambiental, o acerca del incumplimiento de normas ambientales. 

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A dos años de las medidas cautelares para Belo Monte, Brasil sigue sin responder y la construcción y sus impactos avanzan…

Por Astrid Puentes Riaño, co-directora ejecutiva de AIDA, @astridpuentes Nunca olvidaré el 1o de abril de 2011. Tenía ocho semanas de embarazo y había terminado mi trabajo de las sesiones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Iba en un bus de Washington a Nueva York para visitar a una prima y aproveché que tenía acceso a internet para seguir trabajando. De repente: ¡BOOM! Recibí el correo de la CIDH informándonos que habían otorgado las medidas cautelares en favor de comunidades indígenas afectadas por la construcción de la represa Belo Monte en el río Xingú, Amazonas de Brasil. La CIDH solicitó al Gobierno de Brasil suspender cualquier permiso y obra relacionada con la represa Belo Monte hasta que se garantizara la protección de los derechos de las comunidades indígenas afectadas, incluyendo aquellas en aislamiento voluntario. Fue una decisión difícil, pero fundamentada en la información enviada por AIDA y nuestros colegas, y en la que proporcionó el Gobierno brasileño a la CIDH. Han trascurrido dos años desde entonces y deseo compartirles las 10 cosas que considero más importantes sobre lo sucedido con las medidas cautelares y con las miles de personas afectadas por la represa: 1. Reacción de Brasil ante la OEA. Ésta fue sorpresivamente fuerte. El Gobierno de Brasil tildó la decisión de “injustificable”, retiró su candidato a la CIDH, a su embajador ante la OEA y dejó de enviar sus aportes anuales a ese organismo. Al considerar que no había claridad en los procesos de medidas cautelares, comenzó un proceso para “fortalecer” el Sistema Interamericano (más información abajo). Hoy las cosas se han calmado. Aún no hay embajador/a ante la OEA, pero Brasil propuso un nuevo candidato a la Comisión para estas elecciones y prometió aumentar sus aportes financieros a la OEA. 2. Autorización y construcción de la represa. En junio de 2011, el gobierno autorizó la obra con más de 60 condiciones ambientales y de protección a comunidades indígenas. Pese a ellas, el permiso ignoraba la solicitud de la CIDH. La construcción hoy ha avanzado aproximadamente 30% y las condiciones no se han cumplido. Lo que sí es visible son los primeros impactos socio-ambientales en la zona. Así lo evidencian estas duras fotos de nuestros colegas de ISA. La empresa a cargo del proyecto debía, por ejemplo, tener un plan de compensación para las personas afectadas que incluya la provisión de casas a las familias que perdieron y perderán la suya. El desalojo se inició hace más de un año y miles de personas todavía no reciben las indemnizaciones prometidas, tampoco se han comenzado a construir las casas, que deberían estar listas en 2014. A este ritmo, la empresa deberá construir 365 casas por mes para cumplir con su obligación. 3. Mortandad de peces. En septiembre de 2012, en la visita que hicimos a la comunidad de Santo Antonio, fui testigo de algunos de los impactos de la construcción de la represa. En ese lugar, a orillas del río, vi los peces que, según los pescadores, habían muerto tras explosiones con dinamita. En efecto, a la entrada de las obras, un letrero anuncia cuatro rondas de explosiones diarias. Según don Leóncio Arará, fundador de la aldea Maia en la tierra indígena de los Arará, antes pescaba unos 100 peces al día y ahora, sólo seis o siete. 4. Grandes migraciones y falta de infraestructura. Uno de los impactos de este tipo de proyectos, también denunciado ante la CIDH, es la alta migración que reciben las poblaciones donde se ejecutan las obras y el consecuente aumento en la demanda de servicios e infraestructura con los que generalmente no se cuenta. Según el Ministerio Publico, Altamira tiene 50,000 nuevos habitantes, lo que está generando graves problemas para el tratamiento de desechos, acceso a servicios de salud y la calidad del agua. 5. Huelgas, manifestaciones y ocupaciones. Los impactos ocasionados por Belo Monte motivaron varias protestas de indígenas y comunidades locales. Durante el famoso encuentro internacional de Rio+20, en junio de 2012, las comunidades del río Xingú hicieron una impresionante demostración llamada Xingu+23 y ocuparon simbólicamente la zona de construcción. Hubo nueve huelgas de trabajadores y cuatro protestas más de la comunidad que paralizaron momentáneamente las obras. 6. Una alta corte brasileña suspendió el proyecto. En agosto de 2012, un Tribunal Regional suspendió las obras al concluir que no se había consultado a las comunidades indígenas, el mismo argumento de la CIDH para solicitar las medidas cautelares. Dos semanas después, el Supremo Tribunal de Justicia suspendió ese fallo argumentando seguridad nacional, pero sin analizar la situación de derechos humanos derivada de la construcción de la represa, la cual reinició de inmediato. 7. Un cambio en las medidas cautelares. En julio de 2012, la CIDH modificó las medidas cautelares y dejó de exigir la suspensión de la construcción del proyecto: la medida realmente efectiva para evitar los impactos irreversibles en los derechos humanos. En todo caso, la Comisión reiteró otras medidas como la protección de salud a comunidades indígenas, la aclaración de títulos agrarios y la protección a pueblos no contactados. 8. Espías y militares en el río Xingú. Aunque parezca de película, en febrero pasado, durante una reunión de estrategia de los grupos que exigimos que Belo Monte respete el ambiente y los derechos humanos, descubrimos un espía. Denunciamos el hecho a las autoridades y a la opinión pública, pero todavía no tenemos respuesta. En reacción a las protestas y para presionar aún más a quienes demandamos el cumplimiento de los derechos humanos, el Ministerio de Minas y Energía pidió el envío de tropas del ejército nacional para evitar que las obras paren de nuevo. 9. Proceso de fortalecimiento del Sistema Interamericano y cambios en la CIDH. En gran medida por la reacción de Brasil, los Estados de la OEA implementaron un proceso para “fortalecer” el Sistema Interamericano, el cual comenzó en la Asamblea General de junio de 2011. El proceso duró 22 meses y concluyó en la Asamblea Extraordinaria del pasado 22 de marzo, tras una complicada negociación de 12 horas que tuve el honor de presenciar. Además, derivó en la reforma del reglamento y prácticas de la CIDH. 10. Financiamiento del proyecto. En noviembre de 2012, el Banco Nacional de Desarrollo de Brasil (BNDES) aprobó un préstamo de aproximadamente US$10.8 billones para Belo Monte. Las personas afectadas, agrupadas por el Movimento Xingú Vivo para Siempre, y 68 organizaciones solicitamos al BNDES no desembolsar el dinero por las violaciones a las normas y afectaciones a derechos humanos. La entidad no nos hizo mucho caso y a comienzos de 2013 desembolsó el primer monto. Dos años después Así ha transcurrido una historia en la cual el Gobierno de Brasil continúa sin responder ante la CIDH por las medidas cautelares. Pero no todo ha sido negativo. También en estos dos años se comenzó a implementar el comité de gestión para dar seguimiento a las condiciones de la licencia de Belo Monte. En él participan todos los ministerios y la dirección de la Secretaría de la Presidencia. Continuaremos insistiendo para que el gobierno, en particular la Presidencia —instancia que asumió el caso— responda ante la Comisión Interamericana y se anime a dar su versión de los hechos. A quienes tengan curiosidad, les cuento que también en este periodo nació mi bebé. Ahora tiene 18 meses y justo hace cinco días recibió sus primeros puntos de cirugía tras una caída en el jardín infantil. A veces las noticias no son positivas y no son las deseadas. Para mí fue duro saber que mi hijito debía recibir puntos en la cara. Seguro que a la Presidenta Dilma le ha tocado enfrentar muchas cosas parecidas. Igual y las medidas cautelares de Belo Monte no son una noticia tan agradable, pero hay que enfrentarlas, responder y tratar de resolver el asunto. Ignorarlas no hace que desaparezcan… Ya les seguiré contando. Mientras tanto, pueden consultar mayor información en nuestras páginas de Facebook, Twitter y unirse a la defensa de los derechos de los indígenas del río Xingú.

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