El arrecife veracruzano y la oportunidad de cambiar la realidad
Texto publicado originalmente en Animal Político.
El arrecife veracruzano o Sistema Arrecifal Veracruzano —el más grande del Golfo de México— es protagonista de la historia y cultura del país. Este sitio de anidación de peces y larvas sirve de barrera protectora contra tormentas y huracanes, constituye la fuente de subsistencia de cerca de 15,000 personas dedicadas a la pesca y atrae al turismo de buceo y snorkel, entre otros servicios ambientales.
Ello motivó a dos personas residentes de Veracruz, representadas por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, a presentar una demanda judicial para proteger su derecho humano al medio ambiente sano en 2016, argumentando que la evaluación de impacto ambiental fragmentada de la ampliación del puerto de Veracruz impedía conocer las afectaciones a los arrecifes coralinos del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV).
Fue hasta febrero de 2022 cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por unanimidad, en su sentencia 54/2021, que los permisos ambientales para el proyecto son ilegales. El fallo obliga a que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) evalúe de nuevo y exhaustivamente la totalidad de las obras que conlleva la ampliación portuaria, use la mejor información científica disponible e identifique los impactos de las obras en los ecosistemas de la zona. También ordena elaborar planes de restauración y requerir peritajes internacionales.
En diciembre de 2022, en su oficio SRA/DGIRA/DG-06257-22, la SEMARNAT autorizó nuevamente la ampliación del puerto de Veracruz, haciendo caso omiso del criterio de la Suprema Corte; más grave aún, ignoró por completo las oportunidades de participación pública que dispone la propia legislación ambiental. En este sentido, parecería que la autoridad ambiental recopila las autorizaciones fragmentadas en una sola para “simular” un cumplimiento de la sentencia.
En esta fase del proceso judicial, el Quinto Juzgado de Distrito del Séptimo Circuito –que está a cargo de determinar si la sentencia se cumplió o no– tiene la oportunidad de confirmar que la reciente autorización de impacto ambiental desacata los criterios establecidos por la Suprema Corte. El tribunal tiene en este momento la enorme responsabilidad de hacer que la sentencia 54/2021 transforme la realidad social y ambiental. De no ser así, permitiría que sea solamente una decisión judicial con estética argumentativa en papel.
El fallo considera la posibilidad de requerir asistencia técnica internacional. En particular, el Secretariado de la Convención Ramsar —tratado intergubernamental para la protección de humedales de importancia internacional como el arrecife veracruzano— puede brindar apoyo especializado al gobierno mexicano para realizar esa evaluación de impacto ambiental, pero únicamente ante una solicitud específica de la propia autoridad ambiental. Esta petición gubernamental constituiría un buen gesto de la voluntad política para el cumplimiento de la sentencia en cita.
En conclusión, el fallo histórico 54/2021 y su ejecución representan la gran oportunidad de México para generar un parteaguas en la evaluación de impacto ambiental y en la aplicación efectiva de la ley.
En el marco del Día Mundial de los Océanos, la reflexión es que tanto las autoridades como la sociedad civil no nos conformemos con el consuelo de una sentencia protectora, sino que realmente actuemos en consecuencia para garantizar una protección real para los arrecifes coralinos de Veracruz.