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Contaminación del río Motagua en Guatemala: La búsqueda de justicia ambiental del pueblo maya poqomam

La cuenca del río Motagua, el más extenso e importante de Guatemala, está gravemente contaminada con aguas residuales, desechos sólidos y otro tipo de desperdicios.

La problemática es transfronteriza porque las aguas contaminadas del Motagua desembocan en el mar Caribe, alcanzan las costas de Honduras y amenazan al Sistema Arrecifal Mesoamericano.  

Esto ha vulnerado por décadas los derechos a la salud, al agua, al desarrollo y al ambiente sano de todas las personas que viven en la cuenca.

En junio de 2025, la comunidad maya poqomam de Santa Cruz Chinautla —apoyada por AIDA, el Bufete de Pueblos Indígenas y organizaciones aliadas— logró una victoria judicial sin precedentes para detener la degradación en la cuenca. Como respuesta al litigio que interpuso, un tribunal guatemalteco ordenó a la municipalidad de Chinautla cumplir una serie de obligaciones para frenar la contaminación de los ríos y suelos de la zona.  

La respuesta gubernamental al fallo se ha limitado al momento a reuniones de mesas técnicas de trabajo. Mientras, la comunidad continúa trabajando para que la sentencia se implemente adecuadamente y realizando otras acciones para defender su territorio y sus derechos. 

 

Antecedentes

Con 486 km de longitud, el río Motagua atraviesa 96 municipios y 14 departamentos de Guatemala. Nace en Quiché, departamento ubicado al noroeste, y desemboca en el mar Caribe.

Las actividades contaminantes ocurren en toda su cuenca, incluyendo subcuencas y microcuencas. El mayor volumen de contaminación proviene de la ciudad de Guatemala, capital del país, transportado por las aguas del río Las Vacas, que a su vez recibe una gran cantidad de desperdicios del río Chinautla.

El río Chinautla, que atraviesa el municipio del mismo nombre, lleva los desechos sólidos de un vertedero ubicado en la Zona 3 capitalina —a donde llega la basura de al menos 14 municipios del departamento de Guatemala—, además de las aguas negras generadas por unas 500 mil personas que viven en la parte norte de la capital y que no reciben ningún tratamiento previo de limpieza.

Otras fuentes de contaminación son los numerosos vertederos ilegales que hay en el municipio de Chinautla, los desechos que vehículos particulares y camiones recolectores descargan a orillas de sus ríos, así como las empresas areneras —que comenzaron a instalarse en el territorio entre 1996 y 1997— cuyas operaciones debilitan las cuencas, haciendo que los desechos sólidos sean arrastrados más fácilmente por los caudales.

Foto: Mayela Sánchez García.

 

La situación trasciende fronteras. El Motagua vierte cada año unas 20 mil toneladas de plástico al mar Caribe, siendo así en uno de los ríos que más contaminación plástica aporta al océano a nivel mundial, según estimaciones contenidas en un informe de 2025 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El caudal confluye en su desembocadura con el Arrecife Mesoamericano, por lo que la contaminación amenaza también con degradar uno de los arrecifes transfronterizos más grandes y biodiversos del planeta, que abarca las aguas territoriales de Belice, Guatemala, Honduras y México.

Además, las aguas contaminadas llegan a las costas de Honduras y se esparcen a la bahía de Amatique, situada a lo largo de la costa oriental de Guatemala, afectando al mar Caribe.

Las raíces de esta problemática crónica y transfronteriza son estructurales. Datos del proyecto Gestión Ambiental Integral de la Cuenca del Río Motagua, financiado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), dan cuenta que en Guatemala el 66% de los desechos sólidos urbanos no se recolectan y no hay garantía de que el 34% restante se elimine adecuadamente. Además, del total de vertederos del territorio nacional, el 88,32% son ilegales o no tienen autorización municipal.

Dicho de otro modo, las causas centrales que combatir son el mal manejo de desechos sólidos y de los recursos hídricos en Guatemala; el incumplimiento de las regulaciones existentes sobre el vertimiento de aguas residuales, disposición y tratamiento de desechos y residuos sólidos; así como la falta de una ley de aguas. 

 

La búsqueda de justicia del pueblo maya poqomam

Los ríos de Santa Cruz Chinautla, comunidad del pueblo maya poqomam, ubicada a tan solo doce kilómetros de la Ciudad de Guatemala, se han convertido en conductos de contaminación que degradan el río Motagua.  

Por décadas, su población ha visto dañada su salud y sus medios de vida —entre ellos la alfarería, una de las principales actividades económicas y fuente de identidad— debido a la falta de gestión de los residuos del municipio de Chinautla y de la zona urbana de la capital del país, así como a las actividades de empresas areneras.

Foto: Mario Winter.

 

Voces por el río Motagua: Olga Vázquez.

Voces por el río Motagua: Nazario Pascual. 

 

A comienzos del año 2000, la comunidad maya se organizó para detener la extracción de arena en su territorio. En ese momento, las empresas tenían licencias mineras que estuvieron vigentes hasta 2021 y 2022. Y, aunque los permisos vencieron, algunas empresas siguieron operando tras solicitar prórrogas. En junio de 2022, las autoridades indígenas del pueblo poqomam iniciaron un plantón de resistencia frente a la empresa Piedrinera San Luis, que mantuvieron por cuatro años.

En julio de 2024, el Relator Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales de la CIDH visitó Santa Cruz Chinautla. Durante su visita, autoridades ancestrales e integrantes de la comunidad expusieron sobre los impactos ambientales, al agua, la salud, la economía y la cultura de la contaminación de sus ríos.

Ese mismo año, en octubre, la comunidad —con apoyo de AIDA, el Bufete de Pueblos Indígenas y organizaciones aliadas— interpuso un litigio (petición de amparo) contra la municipalidad de Chinautla por la falta de medidas para atender la contaminación de sus ríos y suelos causada por el manejo inadecuado de desechos sólidos y la existencia de vertederos ilegales.  

El equipo científico de AIDA, junto con vecinos y autoridades de la comunidad, recolectó información clave sobre los vertederos ilegales que hay en el territorio. Este ejercicio de ciencia ciudadana sustentó el litigio al visibilizar la gravedad de la contaminación, demostrar el uso continuo de este tipo de práctica y evidenciar el incumplimiento por parte de las autoridades municipales de sus obligaciones legales respecto de la gestión de residuos. 

 

Conoce más de esta experiencia de ciencia ciudadana. 

 

En junio de 2025, la comunidad poqomam obtuvo el respaldo de la justicia guatemalteca cuando un tribunal de amparo ordenó a la municipalidad de Chinautla responder efectivamente a las peticiones del litigio para frenar la contaminación de los ríos y suelos de Santa Cruz Chinautla.

Es la primera vez que un tribunal guatemalteco reconoce el derecho de un pueblo a un ambiente sano y su papel central en la búsqueda de soluciones. 

 

Entérate de los detalles de la victoria judicial. 

 

Situación actual

Desde la emisión de la sentencia, la municipalidad de Chinautla realizó una serie de "mesas técnicas de trabajo" con representantes del gobierno central, de la sociedad civil y de la comunidad. Luego se creó un grupo más pequeño conformado por personas técnicas con la tarea de elaborar un plan de trabajo con metas claras. Han pasado varios meses sin que la municipalidad convoque a las mesas de trabajo.

Por otro lado, en diciembre de 2025, la CIDH advirtió en su informe Situación de los Derechos Humanos en Guatemala que la cuenca del río Motagua enfrenta una severa crisis de contaminación que ha generado impactos profundos en la biodiversidad y vulneraciones sistemáticas a los derechos humanos de comunidades locales, incluido el pueblo maya poqomam.

Y, en mayo de 2026, el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales canceló la licencia de la empresa arenera Piedrinera San Luis por el "incumplimiento de los compromisos ambientales".

AIDA continúa haciendo seguimiento a la ejecución del fallo judicial para garantizar el derecho a un ambiente sano de la comunidad maya poqomam y de todas las personas que habitan en la cuenca del Motagua. Mientras, la población de Santa Cruz Chinautla sigue organizada y movilizada para mejorar su entorno y defender sus derechos.  

Niña frente a un mural contra la contaminación en Santa Cruz Chinautla, Guatemala

Consulta previa: Oportunidad para la vida, el respeto y la diversidad

Por Héctor Herrera, asesor legal de AIDA, @RJAColombia Los grupos étnicos en Colombia cuentan con leyes y decretos para proteger la diversidad cultural, para defender la vida individual y colectiva de estos pueblos y comunidades, originarias y ancestrales. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su artículo 6 estipula que los pueblos indígenas tienen derecho a la consulta previa. Es decir, deben participar en la definición de medidas que puedan impactarles, sean legislativas, como leyes o decretos; o administrativas, como licencias ambientales de carreteras, represas, minas, o pozos petroleros, entre otros casos. Dicha negociación se realiza en un contexto de buena fe y procurando lograr acuerdos entre las partes. Lo anterior cobra importancia en Colombia que es un país multiétnico, pluricultural y megadiverso. De acuerdo la Biblioteca Luis Ángel Arango en este país se hablan 65 lenguas indígenas agrupadas en 12 familias lingüísticas, de las cuales 34 tienen menos de mil hablantes; además, se hablan dos lenguas criollas de grupos ancestrales afro. Todas en gran riesgo. Colombia es, también, megadiverso en especies biológicas; primero en aves, segundo en anfibios y mariposas,  tercero en reptiles, cuarto en mamíferos, de acuerdo al Instituto Humboldt. Cifras del 2011 del diario El Espectador muestran que 10% de toda la biodiversidad se encuentra en el 1% de la superficie del planeta, esto es, el territorio de Colombia, del cual 29,8% es territorio colectivo indígena y 5% es territorio colectivo ancestral afro. En este escenario, la consulta previa surge como una oportunidad para proteger la diversidad cultural y étnica de Colombia, para defender la vida individual y colectiva de estos pueblos y comunidades, originarias y ancestrales. Al mismo tiempo, podría ser una oportunidad para proteger los ecosistemas donde habitan estos grupos étnicos y para proteger la vida en todas sus formas. No se trata de imponer un modelo conservacionista o extractivo o de desarrollo, sino de garantizar un espacio efectivo de diálogo intercultural y de buena fe con los grupos étnicos, ante medidas que los puedan afectar, sean legislativas o administrativas, sean leyes nacionales oproyectos extractivos, como lo ordena el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT. Este derecho ha sido reconocido también en múltiples instrumentos jurídicos internacionales y nacionales. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 (archivo en pdf), por ejemplo en el nivel internacional. O para el caso colombiano, la Constitución Política, que además protegió los derechos al territorio colectivo de los grupos étnicos colombianos y a un ambiente sano de toda la sociedad. Entonces, con sustento en instrumentos jurídicos internacionales y la Constitución Política, la Corte Constitucional de Colombia ha amparado el derecho a la consulta previa: Al “pueblo indígena embera” ante la construcción de la represa Urrá en 1998 y a los pueblos indígenas del amazonas por la fumigación de cultivos ilícitos en 2003. Igualmente, por no haber consultado a los grupos étnicos, la alta Corte declaró inconstitucionales; el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, la ley forestal de 2006 y la reforma del código de minas de 2010. Entre otros casos.  Lo anterior sin entrar al contexto regional, donde, por ejemplo, países como Bolivia en la Constitución Plurinacional de 2009 y Ecuador en la Constitución intercultural y plurinacional de 1998, reconocen el derecho a la consulta previa, o en Perú donde se acaba de reglamentar este año. Una cultura, una cosmovisión, una lengua, es algo vivo que puede permanecer en el tiempo si lo respetamos y garantizamos los derechos, como el de la consulta previa. Además, podría fortalecer la protección de ecosistemas claves y de la diversidad biológica, asunto vital, en un contexto de cambio climático y de degradación ambiental sin precedentes.

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Gobierno de Brasil es nuevamente requerido por la Comisión Interamericana para explicar situación de derechos humanos por Belo Monte

Brasilia, Brasil. El pasado 11 de abril la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), órgano de la Organización de Estados Americanos (OEA), solicitó al gobierno brasileño aclarar la situación de las comunidades tradicionales de la cuenca del Río Xingu, afectadas por la construcción de la Represa Hidroeléctrica de Belo Monte. Esta es la segunda exigencia que la Comisión pide al gobierno, en seguimiento de las medidas cautelares otorgadas en abril de 2011. La CIDH solicitó al gobierno informar acerca de la mala calidad de agua del Río Xingu, que estaría ocasionando problemas de salud a las comunidades tradicionales e indígenas y sobre el proceso de reubicación de los agricultores y otras poblaciones tradicionales, cuyos derechos estarían siendo violados. Adicionalmente, la CIDH solicitó información sobre la implementación de las medidas para mitigar los impactos de la construcción de la represa. El requerimiento al gobierno se dio como respuesta a las denuncias enviadas a la CIDH por las organizaciones Sociedad Paraense de Defensa de Derechos Humanos (SDDH),  Justicia Global, Movimiento Xingu Vivo para Siempre (MXVPS) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), enfatizando en las tierras indígenas de Paquiçamba y Arara da Volta Grande, que son directamente afectadas por las obras de Belo Monte. “Esta solicitud de información es una buena noticia pues evidencia que la Comisión está siguiendo de cerca la implementación de Belo Monte, para proteger los derechos humanos”, señaló Astrid Puentes, co-Directora de AIDA. “Esperamos que el gobierno demuestre su voluntad y responda lo antes posible e implemente medidas de protección efectivas”, puntualizó. En enero, con la construcción de la primera barrera del Xingu, los indígenas comenzaron a tener problemas por la calidad del agua. El Ministerio Público Federal realizó un análisis independiente de la calidad del agua en el Instituto Evandro Chagas, pero los resultados todavía no han sido publicados. De acuerdo con el Ministerio Público, este monitoreo debe ser continuo debido al peligro de contaminación del río por la represa. Otro problema denunciado ante la CIDH es la falta de un plan de reasentamiento para las comunidades afectadas por la construcción de Belo Monte. Ante la falta del plan, las personas aceptaron como indemnización la mitad o menos del valor del mercado por sus tierras, porque no poseían título formal de la tierra, y tenían temor de ser expulsados sin pago alguno. Este fue el caso de los habitantes de la comunidad de Santo Antonio, en donde existían 252 propiedades de pequeños agricultores, de los cuales sólo 26 poseían un título formal de las tierras. En uno de los casos, un agricultor recibió USD$3,775 de indemnización por 361.51m2 de tierra avaluados en USD$11,787. La CIDH le dio 20 días al estado de Brasil para presentar la aclaración de la información solicitada. “La acción de la CIDH busca principalmente que el Estado brasilero cumpla con los tratados internacionales de defensa de derechos humanos y en el caso de Belo Monte, hay innumerables indicios de que éstos derechos están siendo violados”, dijo Roberta Amanajás, abogada de SDDH.

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El Congreso del Perú no debe otorgar extensión sin condiciones a Doe Run en La Oroya

Empresa usa tácticas legales y políticas cuestionables para presionar al gobierno. San Francisco, EEUU. Mientras que el Congreso peruano se encuentra considerando una norma para otorgar a la empresa Doe Run Perú (DRP) una extensión del plazo para el cumplimiento de las obligaciones del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) por tercera vez, DRP usa tácticas legales cuestionables para presionar al Perú. El gobierno peruano no debe permitir la reapertura del complejo metalúrgico de La Oroya sin que la empresa cumpla de antemano sus obligaciones ambientales, se pronunciaron el martes las organizaciones internacionales Earthjustice y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente. El Grupo Renco, la matriz de DRP, ahora mantiene una demanda en contra del Estado de Perú ante un tribunal de arbitramento internacional por $800 millones de dólares – monto que corresponde a la multa esperada como resultado de una demanda contra Renco en los EEUU interpuesta por niños envenenados de plomo en La Oroya. DRP está exigiendo al Estado que asuma la responsabilidad en este caso. En tal escenario, es importantísimo aclarar que incluso si el Congreso peruano le otorga a DRP otra extensión del PAMA y le permite reabrir el complejo metalúrgico, esto no tendría ningún impacto en el caso del arbitraje y la exigencia de que el Estado pague a DRP $800 millones de dólares. Si el Congreso peruano considera que puede o debe otorgar una extensión al PAMA, este debería insistir en al menos tres puntos no negociables: Primero, que el Grupo Renco desista de continuar con la demanda de arbitraje internacional comercial. Segundo, que Doe Run acuerde que ésta asumirá toda responsabilidad en los EEUU relacionada con la contaminación proveniente de la fundición. Tres, DRP debería cumplir con la totalidad de sus compromisos del PAMA, antes del inicio de cualquier operación, de tal manera que el Estado peruano pueda empezar la remediación de suelos y de esa manera proteger la salud y los derechos humanos de los niños de La Oroya. "El Congreso debe reconocer que una extensión de ningún manera garantizaría que la empresa desistirá de la demanda, ni que cumplirá por fin con sus obligaciones ambientales. La demanda por $800 millones de dólares no tiene nada que ver con si se le permite a DRP continuar operando el Complejo. Pero los riesgos para la salud – y los riesgos económicos por posibles demandas contra el Estado para el país – son demasiado graves para que el Estado apruebe una extensión al PAMA. Si lo hace, el Estado quedaría vulnerable a la responsabilidad que pueda surgir en casos futuros de terceros por daños sufridos en La Oroya," dijo Anna Cederstav de Earthjustice y AIDA. "No podemos seguir visibilizándonos como un país débil, que cede ante la presión de una empresa irresponsable…. El Perú que todos queremos es aquel que hace cumplir las reglas que como Estado hemos decidido e impuesto, y que la vida está sobre cualquier interés particular," dijo César Ipenza, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental.

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