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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


¡Qué rico un salmón silvestre! ¿Será que todavía hay?

Por Gladys Martínes, asesora legal de AIDA Hace un tiempo conocí a don Federico, un pescador panameño con más de 26 años de experiencia y miles de historias que compartir. Don Federico contaba que, cuando empezó a pescar, veía frecuentemente delfines, ballenas, tiburones y tortugas. En todos sus viajes, la captura era súper abundante. Además, nos contó que, por ignorancia, los pescadores mataban hasta 300 delfines que se enredaban en sus redes, durante cada jornada diaria. Hoy solamente 20 años después, vemos tristemente los efectos de la pesca sin control ypescadores como don Federico tienen muchas dificultades para sobrevivir de la actividad que ha mantenido a sus familias durante siglos. Ahora es todo un evento encontrarse delfines, ballenas y tiburones. Diferentes pesquerías han colapsado o han sido cerradas por agotamiento, y enormes cantidades de tiburones mueren desangrados a causa del aleteo. Mientras tanto, las tortugas son cada vez más escasas, amenazadas por la pesca de camarón sin los excluidores de tortugas y con palangre. Sus sitios de anidación están invadidos de construcciones y la civilización; dos factores que las alejan y les impiden cumplir con su ciclo reproductivo. Los nietos de don Federico no van a poder conocer ni una pequeña fracción de los peces que su abuelo pescaba diariamente. Quizás por la falta de pulgación de información, la mayoría de personas no conocen el grave estado de los océanos y las autoridades no priorizan las medidas de conservación. En los últimos años, estudios científicos han demostrado lo que ya saben pescadores como don Federico. Las cifras hablan por sí solas : la pesca comercial es la causa principal de la desaparición del 90% de grandes especies de pelágicos como pez espada, bacalao, marlin y tiburones. Unaevaluación global de las reservas marinas silvestres demuestra que de 441 grupos de especies estudiadas 52% están totalmente explotadas, 25% sobreexplotadas y 20% moderadamente explotadas. La realidad La crisis de los océanos es evidente. La falta de políticas claras e integrales que aborden el problema; la ausencia de mecanismos de control, monitoreo y protección adecuada para estos recursos; y el bajo nivel de cumplimiento de las leyes, regulaciones y tratados internacionales vigentes relacionados al tema. Estos factores son un pretexto para no defender la posibilidad de conservar la biopersidad marina y los ecosistemas e incluso, que las generaciones futuras puedan saborear un riquísimo salmón ahumado o un filete de corvina. Los tomadores de decisiones en temas marinos en toda América Latina tienen la oportunidad de crear legislación eficaz que proteja nuestros recursos marinos. Por ejemplo, en México está aun pendiente de expedirse el Reglamento a la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentable luego de años de espera; mientras que Honduras y Panamá tienen cuentan con leyes de 1959. No permitan que la historia de don Federico sea una profecía sino más bien una advertencia que motivé a proteger lo que pertenece a todos ahora y en el futuro.

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Inseguridad y defensores del ambiente

Por Tania Paz, asistente general de AIDA,@TaniaNinoshka En la película “Gorilas en la niebla” protagonizada por Sigourney Weaver se muestra la historia de la zoóloga estadounidense Dian Fossey, quien por más de 20 años se dedicó al estudio y protección de los gorilas de montaña. Fossey fue asesinada el 26 de enero de 1985 en su casa en Karisoke Ruanda a manos de cazadores furtivosde gorilas, quienes no estaban conformes con su trabajo de protección de la especie. Esta fue una de las primeras películas que vi cuando era niña, no recuerdo bien, si tenía 8 o 9 años, pero aún tengo en la mente lo que produjo en mí, insomnio durante unos 3 días y mucho miedo. No entendía por qué habían asesinado a una mujer que defendía a los animales, ¡que amaba a los animales! ¿Y quién defiende a los defensores? Más allá de compartir, una historia personal, el objetivo de este texto es hacer un llamado dela situación que enfrentan los defensores del ambiente alrededor del mundo y especialmente en Latinoamérica, donde las condiciones políticas, económicas y sociales contribuyen a que su laborse realice en ambientes pocos seguros. ¿Qué pasa cuando la labor de defensa del ambiente choca con los intereses de los grupos del crimen organizado? Así sucede con los defensores del bosque en Michoacán en México y con grupos de interés como los grandes empresarios del continente. Las estadísticas Global Witness , una red internacional que promueve campañas en defensa del ambiente, publicó en junio del presente año su reporte A hidden crisis? Increase in killings as tensions rise over land and forests donde se muestran estadísticas sobre las agresiones a defensores del ambiente en la última década. Según el reporte, 711 defensores han sido asesinados desde comienzos del año2002 (un promedio de más de un asesinato por semana), de los cuales 106ocurrieron en 2011. Los países que reportaron mayores denuncias de asesinatos son Brasil, Perú, Colombia y Filipinas, entre otros. El reporte también indica que las personas ultimadas estaban involucradas en casos de denuncias protestas contra operaciones mineras, de tala ilegal, contra represas hidroeléctricas, el desarrollo urbano y la caza furtiva. En México,por ejemplo, Amnistía Internacionalen su reportesobre Defensores y Defensoras de Derechos Humanos del 2010 indicó que dos luchadores en pro del ambiente fueron asesinados a causa de la labor que realizaban. El primeroAldo Zamora (2007) cuando denunciaba la tala ilegal del bosque en San Juan Atzingo en el Parque Nacional Lagunas de Zempoala y el segundo Fernando Mayén (2008)por ser un activista social contra un relleno sanitario que contaminaría las fuentes de agua de su localidad, Jilotzingo,ambos lugares en el Estado de México y cuyos crímenes siguen en la impunidad. Global Witness también indica que parte de la problemática es que existe una falta de información sistemática sobre este tipo de agresiones y asesinatos a defensores del ambiente, a nivel local e internacional. También añaden, hay un vacío a nivel de generación de conocimiento respecto al tema. “Todo esto contribuye a una cultura de impunidad, alienta nuevos abusos y desincentiva el activismo social.” Derecho ambiental y derecho humano Los defensores del ambiente no son seres omnipotentes, ni con poderes mágicos comolos superhéroes de Marvel o deDC comics,son personas de carne y hueso, cuyo único poder es el amor inagotable, hacia sus comunidades, sutierra, sus bosques y ríos. Son también personas que ponen todo su conocimiento y experienciaal servicio de la protección de nuestro planeta, como el equipo de AIDA y otras organizaciones de defensa del ambiente. Como bien dijo, María José Veramendi, asesora legal de AIDA,para el programa de Derechos Humanos y Ambiente, durante el encuentro Internacional:Derechos de la Naturaleza: Jurisdicción Universal y Extraterritorialidad en Quito,Ecuador. “Los defensores del ambiente son defensores de Derechos Humanos” y por tal razónlos gobiernos y los organismos internacionales deben proporcionarles la protección y las garantías necesarias para seguir realizando su labor sin arriesgar su vida.

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Las olas de surf como patrimonio cultural y el desarrollo costero

Por Sandra Moguel, asesora legal de AIDA, @sandra_moguel Hace unas semanas me cambié a vivir a San Miguel, la meca del surf en Ensenada, uno de los sitios más importantes en la península de Baja California donde encontré un grupo que protege las olas.  Cuando llegué me llamó la atención y me interesó una organización de la sociedad civil dedicada a la protección de las olas de surf, la cual busca registrar una reserva de este recurso de clase mundial ante la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) como patrimonio cultural inmaterial en donde se enlistan usos y espacios culturales que los inpiduos reconozcan como parte integrante de su cultura. Esta inscripción en la reserva de olas depende de la calidad y consistencia del rompimiento de la ola, características ambientales únicas del área, cultura del surf y el apoyo comunitario. Las amenazas Las olas de surf en América Latina y en el mundo están amenazadas por un sin número de actividades en la línea costera que podrían hacerlas desaparecer u ocasionar impactos negativos a las playas más apreciadas para este deporte. La infraestructura masiva costera - en particular los rompeolas - la contaminación del agua y el acceso restringido a las playas impiden el disfrute de esta exótica actividad. Estos espacios de recreación no han sido en la práctica garantizados por la ley. En México, Perú, Chile, entre otros, las playas y las olas son bienes nacionales de uso público y la ley garantiza que los inpiduos puedan acceder a ellas. Sin embargo, en la práctica esto no se cumple. El esparcimiento se asume como trivial e innecesario para el desarrollo humano y social. La recreación o esparcimiento es una actitud permanente de la vida, en la búsqueda de la felicidad humana y desarrollo cultural informó el Portal Educativo Federico Ángel. Necesidades básicas La Organización de las Naciones Unidas explica que la recreación es una necesidad básica después de la nutrición, la educación, la vivienda, el trabajo y la seguridad social. Esta actividad constituye un medio de unidad integral que promueve el desarrollo intelectual, emocional, físico y psicológico del inpiduo, de acurdo a lo publicado por Leonardo Quintana en el sitio Psicopedagogía. Por esto, las zonas para practicar actividades como surf deben protegerse y garantizarse su acceso. El problema es que la legislación ambiental y de salud se enfoca en aspectos de protección a la biopersidad y a la salud pública, pero no se reconoce explícitamente el ámbito recreativo. Los instrumentos de planeación en México se han quedado cortos en este aspecto, por ejemplo, la versión de la Comisión Intersecretarial de Mares y Océanos de la Política Nacional de Mares y Costas únicamente reconoce la necesidad de mantener e incrementar la persidad y la salud de los ecosistemas costeros y marinos de México para la recreación, la contemplación y la educación como factoresfundamentales para la calidad de vida de las personas. Si bien es cierto, este instrumento no especifica las actividades de esparcimiento, busca el fortalecimiento del carácter de “bien de uso común” de los espacios costeros y marinos y mejorar la percepción pública de ellos como áreas de recreación, convivencia y esparcimiento”, de acuerdo a la estrategia 1.3.3 de la Política Nacional de Mares y Costas. La Estrategia Nacional para el Ordenamiento Ecológico de Mares y Costas contiene mecanismos de participación e información pública, que involucre ampliamente a los sectores de la sociedad pero no realza la importancia del ordenamiento ecológico para proteger los espacios públicos recreativos. También las actividades recreativas y su importancia se reconocen en el establecimiento de áreas naturales protegidas tiene como uno de los objetivos proteger los entornos naturales de zonas, así como espacios turísticos, y otras áreas de importancia para la recreación (artículo 45 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente). En México, no hay una protección legal específica para proteger a las olas de surf. En Perú, un país costero con olas de clase mundial para esta actividad, se aprobó la Ley 27280 (Ley de Preservación de Rompientes Aptas para la Práctica Deportiva). Todavía está incompleta porque no tiene un reglamento. En México y en los países de América Latina, hace falta fortalecer los instrumentos de ordenamientos del territorio y planes de desarrollo urbano en donde se destinen espacios de uso público como las playas importantes para la cultura como lo es Balandra en La Paz, Baja California Sur, o la playa San Miguel para los ‘surfers’ en Ensenada.  Las declaratorias y programas de manejo de áreas naturales protegidas deben tener zonificaciones específicas para actividades recreativas y de esparcimiento. La evaluación de impacto ambiental debería considerar también aspectos paisajísticos y de valor social como esparcimiento para las comunidades. Por último, los instrumentos de planeación como el plan nacional de desarrollo, los programas sectoriales y las estrategias nacionales deberían incrementar mecanismos de participación pública a efecto de que los sectores de las diferentes actividades recreativas opinen.

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