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Amazon Watch / Maíra Irigaray

La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación

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La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.  

Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.

En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.  

Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.  

La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño. 

 

Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas. 

Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH 

 

Antecedentes

La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.  

Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.

Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica. 

Décadas de daños al ambiente y a las personas

Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.  

La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.  

La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.  

Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.  

En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte. 

La búsqueda de justicia y reparación

Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.  

Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".  

Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.

El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.  

Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.  

El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales. 

Situación actual

Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.

A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.  

Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.

Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía. 

El caso ante la Comisión Interamericana

En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo una violación de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.  

Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.  

Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.  

 

Leoncio Arara

Congreso de Estados Unidos Condiciona Fumigaciones en Parques Naturales de Colombia

  CONTACTOS: Astrid Puentes, AIDA (510) 550-6753 [email protected] Gastón Chillier, WOLA (202) 797-2171 [email protected]   CONGRESO DE ESTADOS UNIDOS CONDICIONA FUMIGACIONES EN PARQUES NATURALES DE COLOMBIA   OAKLAND, CA, DICIEMBRE 10— En una decisión sin precedentes, el Congreso de los Estados Unidos aceptó que los fondos del Plan Colombia sean usados para la fumigación de cultivos de coca y amapola ubicados en parques y reservas naturales en Colombia. Esta posibilidad quedó condicionada al cumplimiento de las normas de ese país y a que se agoten las alternativas a la fumigación para reducir éstos cultivos en dichas áreas.   La decisión se tomó como parte de la Ley de Apropiaciones para Ayuda Internacional, cuyo contenido fue acordado y será votado en enero del 2004. Esta ley incluye la Iniciativa Regional Andina y el Plan Colombia, programas ejecutados por el gobierno de los Estados Unidos como parte de la Guerra contra las Drogas, en conjunto con los gobiernos de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. De acuerdo con los autores de la norma, si bien es cierto que los cultivadores de coca se están desplazando a los parques nacionales, la fumigación aérea de estas zonas debería ser la última opción a aplicar. En su lugar, el Congreso de los EE.UU. apoya otras alternativas como la erradicación manual, el entrenamiento y apoyo a las autoridades para que protejan estas zonas y la relocalización de familias que se hayan desplazado allí.   “La política de fumigaciones para erradicar cultivos de coca y amapola afecta gravemente el ambiente y la salud humana; sin embargo, las condiciones del Congreso de los EE.UU. son un paso para la protección de la biodiversidad en Colombia” asegura Astrid Puentes, Directora Legal de AIDA. “Por lo tanto, debemos verificar que las autoridades encargadas de las fumigaciones cumplan con las normas vigentes, en lugar de continuar modificándolas” agregó.   Al igual que en años anteriores, para el 2004 el Congreso estadounidense condicionó las fumigaciones en Colombia a que el Departamento de Estado certifique la inexistencia de riesgos innecesarios o impactos para el ambiente o la salud humana, la compensación por los daños negativos y el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental colombiano, entre otros. Pero por primera vez, el Congreso de los Estados Unidos hizo referencia a la fumigación de los parques y reservas naturales, zonas que están bajo la presión de ser ampliamente fumigadas. En Colombia el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial –MAVDT, desde comienzos del 2001 excluyó de las fumigaciones los parques y reservas naturales. De acuerdo con el MAVDT, los cultivos de coca y amapola en las áreas naturales protegidas deberán erradicarse manual o mecánicamente. Incluso el Ministerio definió amplias franjas de seguridad alrededor de las áreas naturales protegidas, para evitar daños ambientales por efecto deriva o la fumigación accidental de éstas áreas. Dichas condiciones implementan protecciones especiales que las normas ambientales y la Constitución brindan a las áreas naturales protegidas. En conclusión, la fumigación de los parques y reservas nacionales en Colombia es claramente ilegal.   En contravía con estas normas y especialmente con lo establecido por el MAVDT, el Consejo Nacional de Estupefacientes en junio del 2003, intentó legitimar la fumigación de parques y reservas naturales. Esta decisión se encuentra demandada ante las cortes colombianas, por considerarla violatoria de normas de superior jerarquía e incluso de la Constitución.   De acuerdo con la científica Anna Cederstav, Directora de Programas de AIDA, “una política que no brinda alternativas viables para los cultivadores perpetúa la destrucción ambiental que se volvió un círculo vicioso, al principio se deforesta para sembrar plantas de coca y luego se fumiga para destruirlos. Los gobiernos de EE.UU. y de Colombia deberían hacer un verdadero esfuerzo y darle la oportunidad a la erradicación manual y a los proyectos de desarrollo alternativo para que funcionen, en lugar de depender de campañas masivas de fumigación aérea y militares para destruir estos cultivos.” Agrega que “las fumigaciones deberían ser el último recurso, pero desafortunadamente hasta ahora, son el único que se ha ejecutado sistemáticamente”.   Más allá del problema legal, preocupa que los parques naturales de uno de los países con mayor biodiversidad en el planeta, estén siendo masivamente fumigados. Colombia cuenta con una importante porción de la cuenca Amazónica y los Andes Tropicales, además del ecosistema estratégico del Chocó en el Pacífico. Estos importantes ecosistemas están siendo destruidos no sólo por los cultivos de coca y amapola, sino ahora también por las políticas gubernamentales para erradicarlos.

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Tribunal Suspende Fumigaciones

FOR IMMEDIATE RELEASE: 26 de junio de 2003   Contacts: Anna Cederstav, PhD, Científica de Earthjustice y de AIDA, (Oakland, CA) tel. 510-550-6700 Yamile Salinas, Defensoría del Pueblo en Colombia, (Bogotá, Colombia) tel. 571-314-7300 Ext. 2324   TRIBUNAL COLOMBIANO SUSPENDE FUMIGACIONES DE COCA Y AMAPOLA, FINANCIADAS POR EL GOBIERNO DE E.U.A., POR IMPACTOS EN LA SALUD Y EL MEDIO AMBIENTE   OAKLAND, CA/BOGOTA, COLOMBIA – En reciente decisión, el Tribunal Superior Administrativo de Cundinamarca, Colombia, declaró que las fumigaciones con Glifosato para la erradicación de cultivos de coca y amapola violan los derechos colectivos al medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado y a la seguridad y salubridad públicas. La sentencia, promulgada al término de una acción popular interpuesta por un grupo de ciudadanos, exige la suspensión provisional de las fumigaciones aéreas con el herbicida glifosato, hasta que el gobierno cumpla con el Plan de Manejo Ambiental y realice los estudios requeridos para la protección de la salud humana y del medio ambiente.   Esta jurisprudencia del Tribunal se suma a las sentencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, que habían exigido la abstención de las fumigaciones en territorios indígenas y el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental impuesto por el Ministerio del Medio Ambiente.   De acuerdo con Yamile Salinas de la Defensoría del Pueblo, “la decisión es trascendental pues reconoce los potenciales riesgos que el herbicida y la forma en que éste se viene aplicando implican para la salud humana y el medio ambiente en Colombia”. “La aplicación del principio de precaución es de singular importancia pues reconoce la existencia de riesgos graves e irreparables para el medio ambiente y la salud humana, razón suficiente para suspender las fumigaciones”, agregó Yamile Salinas.   “El Congreso de Estados Unidos exigió al Departamento de Estado la evaluación de los impactos ambientales y en la salud humana del Plan Colombia. El Departamento de Estado de los Estados Unidos debe tener en cuenta esta decisión del Tribunal colombiano”, afirmó Anna Cederstav, científica de Earthjustice y AIDA. “Considerando la evidencia presentada y la tajante decisión del Tribunal al respecto, el Departamento de Estado no puede certificar ante el Congreso de Estados Unidos que la mezcla del herbicida, de la forma en que esta siendo usada, no representa riesgos irrazonables o efectos adversos a los seres humanos o al medio ambiente; ni que el herbicida se usa según lo establecido en el Plan de Manejo Ambiental para dicho programa”, agregó. “Estados Unidos sería muy irresponsable de continuar el programa de erradicación en contravención con la decisión del Tribunal colombiano de suspender las fumigaciones hasta que se adelanten medidas apropiadas de protección a la salud y al medio ambiente.”   “La sentencia del Tribunal acoge formalmente las múltiples solicitudes que para la protección de la salud y el medio ambiente hemos realizado la Defensoría y la Contraloría colombianas, junto con varias organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales desde hace años”, agregó Yamile Salinas. “Esta decisión es un éxito para la protección la salud humana y del medio ambiente en Colombia”.

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Contaminación Tóxica

La Oroya No Espera

Este libro es producto de un cuidadoso análisis de los reportes de emisiones atmosféricas de la empresa Doe Run Perú, correspondientes a los años 1996 al 2001 y obtenidos del Ministerio de Energía y Minas del Perú. Esta publicación pretende así compensar en algo la ausencia de información analítica referida a los niveles de contaminación que genera en La Oroya una empresa minera de gran envergadura como lo es Doe Run Perú.El lector tendrá oportunidad de conocer de forma directa y fácil las graves afecciones a la salud de la población local, especialmente de los sectores más vulnerables como son los niños. Pero los autores van más allá y sugieren la adopción de medidas correctivas y preventivas que involucran en su ejecución tanto al Estado como a la empresa. El libro contiene además un análisis jurídico de la legislación sobre protección ambiental de la actividad minero-metalúrgica en el Perú y una reflexión sobre su eficacia.Lee y descarga el libro  

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