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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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Para publicación inmediata Contactos: Astrid Puentes (México), (5255) 55212-0141, apuentes@aida-americas.org Natalia Landivar (Quito), (593) 2 22 24 962, landivar@fian.org Monti Aguirre (Berkeley, EEUU), (1-510) 848-1155, monti@internationalrivers.org Organizaciones Internacionales apoyan amparo contra Proyecto Multipropósito Baba ante Tribunal Constitucional de Ecuador para proteger derechos humanos y ambiente QUITO, MÉXICO, BERKELEY, 19 DE JUNIO DE 2008 -- La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), presentó un amicus curiae (escrito de amigo de la corte) ante el Tribunal Constitucional de Ecuador, suscrito por International Rivers y FoodFirst Information and Action Network (FIAN) International, apoyando la demanda de Amparo Constitucional interpuesta por afectados del Proyecto Multipropósito Baba. Las organizaciones internacionales argumentaron violaciones a los derechos humanos y al ambiente en la aprobación del proyecto, por lo cual se unen a los demandantes para solicitar la suspensión de su ejecución. “Existen sinnúmero de experiencias donde la implementación inadecuada de mega-represas ha generado daños irreversibles, es necesario aprender de ellas” aseguró Astrid Puentes de AIDA. “La producción de energía no puede implementarse a costa del ambiente y de los derechos humanos, más aún cuando existen alternativas que ni siquiera se han evaluado y que a la larga, podrían evitar mayores costos para los países” puntualizó. El Proyecto Baba, que incluye la construcción de una represa que inundará más de 1,000 hectáreas, fue aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente en noviembre de 2006 sin los estudios de impacto ambiental y sociales integrales que se exigen en la legislación nacional e internacionalmente. Estos estudios son de vital importancia, pues el proyecto afectará importantes zonas y tierras de cultivo, impactando seriamente la vida de cientos de personas que dependen de la pesca y la agricultura. Además, se dañará seriamente el hábitat de biodiversidad endémica y en peligro de extinción, como el ave rascón, el venado pequeño y el oso hormiguero de chaleco. “Tenemos la confianza que el Tribunal considerará los estándares internacionales en su decisión” mencionó Monti Aguirre de International Rivers. Dentro de los derechos afectados con este proyecto se incluyen el derecho a la calidad de vida, a la alimentación y a la vivienda, al ambiente sano, al debido proceso y a las garantías judiciales, y a la consulta previa, consagrados en la Constitución Ecuatoriana, en la Convención Americana, el Convenio 169 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo de San Salvador, entre otros. “Buscamos aportar argumentos ante el Tribunal Constitucional evidenciando que la aprobación del proyecto ignora normas internacionales ambientales y de derechos humanos, lo cual puede generar responsabilidad internacional del gobierno ecuatoriano” aseguró Natalia Landivar de FIAN ECUADOR. “Confiamos en que se fallará de acuerdo a las normas” agregó.
Leer másComisión Interamericana Admite Caso de Violación a Derechos Humanos de La Oroya
PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA: 18 de Agosto de 2009 CIDH acepta denuncia contra el Estado Peruano por violaciones a los derechos humanos de pobladores de La Oroya ► Según la Comisión Interamericana se evidenciaría una posible violación a los derechos de la vida e integridad, y a la información y acceso a la justicia, del Estado peruano por contaminación del complejo metalúrgico. ► Posible ampliación del PAMA anunciada por el Presidente García deberá contar con medidas eficaces para no agravar la vulneración a los derechos humanos. WASHINGTON D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió la denuncia por las violaciones de derechos humanos en La Oroya contra el Estado peruano, presentada por AIDA, Earthjustice y CEDHA, apoyada en Perú por la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). Según el Informe, “La Comisión considera las supuestas muertes y/o afectaciones a la salud de las presuntas víctimas como consecuencia de acciones y omisiones estatales frente a la contaminación ambiental derivada del complejo metalúrgico que funciona en La Oroya, de ser probadas podrían caracterizar violación de los derechos consagrados en los artículos 4 [vida] y 5 [integridad personal] de la Convención Americana”. La Comisión también estudiará si las acciones del Estado respecto al acceso a la información de la situación del ambiente y de la salud humana, y las presiones a las personas que pretenden difundir esta información, violan el derecho al acceso a la información y la libertad de expresión. Adicionalmente, “el retardo injustificado” para cumplir la sentencia del Tribunal Constitucional de 2006, que ordenó acciones de protección a la salud pública en la ciudad, puede constituir también violaciones al acceso a la justicia y a la garantía judicial. "Esta denuncia responde a la falta de medidas del Estado peruano que, por lo menos desde hace diez años, conoce los impactos de la contaminación en las personas y el ambiente, a pesar de lo cual no ha implementado acciones efectivas”, señala Astrid Puentes, Co-Directora de AIDA. “Si bien ha habido algunas acciones en La Oroya, éstas no han sido efectivas para mejorar la salud y el ambiente; como han declarado el Tribunal Constitucional Peruano e incluso el mismo Ministerio de Salud, y también menciona la Comisión”. La admisión de la demanda por la CIDH se produce en circunstancias especiales, puesto que el Gobierno Peruano y la empresa Doe Run Perú, dueña del Complejo Metalúrgico, están negociando en éstos días una posible nueva ampliación al Plan de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), cuya ejecución efectiva es indispensable para mejorar la calidad ambiental en la zona y que ya ha sido ampliado excepcionalmente antes. Por ello, la Comisión estará vigilante al proceso y los resultados serán relevantes para el caso admitido. “El PAMA vigente no contempla prórrogas y ante incumplimiento, establece la obligación de imponer multas y la ejecución de garantías financieras, que de no implementarse, demoraría aún más las acciones necesarias para controlar la contaminación, y la consecuente vulneración de los derechos humanos de los pobladores de La Oroya”, afirma José Luis Capella, Director del Programa de Defensa del Interés Ciudadano de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). “Por ello la decisión respecto al PAMA deberá considerar estas garantías exigidas e implementar finalmente, las medidas efectivas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones para mejorar la salud y el ambiente en la ciudad, pues éstas medidas no se han cumplido” finalizó. Vale la pena recordar que, vinculado a esta petición, la CIDH viene también haciéndole seguimiento a unas medidas cautelares urgentes solicitadas hace dos años por la Comisión al Estado peruano, para brindar diagnóstico y tratamiento médico especializado a favor de un grupo de pobladores de La Oroya afectados por la contaminación derivada de la actividad del complejo metalúrgico que opera en esta ciudad del Perú. “La admisión de este caso es vital para la protección de los derechos de las personas en La Oroya y del hemisferio, pues evidencia que la grave contaminación en la ciudad tiene un impacto no sólo en el ambiente, sino en la salud de las personas, y que afecta sus derechos humanos” dijo Martin Wagner Director del Programa Internacional de Earthjustice. “Es una excelente noticia que nos da esperanza para que las cosas en La Oroya se mejoren por fin” dijo una de las demandantes del caso, cuyos nombres son confidenciales, para protegerlos."
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