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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


El caso de La Oroya llega a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

En un esfuerzo por obligar al Estado peruano a resolver la crisis de salud existente en La Oroya, AIDA acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2005 para solicitarle se tomen medidas cautelares urgentes para proteger los derechos humanos de la población afectada. En colaboración con Earthjustice, el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) y nuestros colegas peruanos, llevamos este caso en representación de más de 60 adultos, así como de niños y niñas que viven en La Oroya y sufren problemas de salud, posiblemente causados por la contaminación de la metalúrgica.  El Estado incumplió las acciones ordenadas por el Tribunal Constitucional peruano en La Oroya para proteger la salud humana y el ambiente. Por eso, en 2006 presentamos una demanda de caso a la CIDH, solicitándole evaluar completamente la situación de derechos humanos y obligar al Estado peruano a prevenir que la metalúrgica de Doe Run Perú contamine la ciudad. La Comisión respondió favorablemente a nuestros esfuerzos. En 2007, ordenó implementar medidas cautelares para prevenir el daño a la salud, integridad y las vidas de las personas de La Oroya. Específicamente, como primer paso, la Comisión ordenó al Estado peruano diagnosticar y proveer tratamiento médico especializado al grupo de personas que representamos. Debido a que el Estado fue lento en su respuesta, la Comisión se reunió con las partes en 2008 y 2009, y reiteró al Estado peruano la necesidad de implementar las medidas apropiadas, mismas que están siendo implementadas parcialmente. En agosto de 2009, la Comisión aceptó la petición de AIDA de evaluar el caso en contra del Estado peruano, con base en el hecho de que las enfermedades y muertes presuntamente causadas por la severa contaminación pueden constituir violaciones a los derechos humanos a la vida e integridad personal. Además, el Estado puede haber violado el derecho a la información al manipular y no publicar datos esenciales. La Comisión concluyó también que el Estado peruano demoró injustificadamente el cumplimiento de la decisión del Tribunal Constitucional de Perú de 2006 y que por lo tanto podría estar violando los derechos de las personas al acceso a la justicia y a soluciones nacionales efectivas. En marzo de 2010, la CIDH realizó una audiencia para el caso de La Oroya. En ella, AIDA y nuestros colegas presentamos evidencia del incumplimiento de las medidas cautelares y de la debilidad de las acciones para atender la gravedad de la situación en La Oroya. El Estado peruano informó acerca de los escasos avances en la implementación de acciones y solicitó levantar las medidas cautelares argumentando que ya habían logrado garantizar la salud de los habitantes de La Oroya. Lo anterior ignora las conclusiones de los expertos independientes que siguen el caso, por lo cual AIDA insiste en el cumplimiento de dichas medidas. Mientras se produce la decisión de la CIDH en este caso, en AIDA continuaremos presionando al Ministerio de Salud peruano para que cumpla con sus obligaciones, e insistiremos para que la CIDH mantenga su atención en el Estado peruano hasta que se hayan protegido efectivamente los derechos humanos en La Oroya. Un cambio positivo en La Oroya beneficiará al grupo que representamos, a la población e incluso a la región, pues se creará un precedente legal hemisférico que se podría aplicar a otros casos en los cuales los gobiernos permiten que la contaminación tóxica afecte la salud de las personas. Audiencia CIDH - Caso La Oroya

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ONGs Piden Intervención Internacional por Amenazas a Humedales de Nayarit y Sinaloa

PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA México D.F. a 16 de junio de 2009 ONGs Piden Intervención Internacional por Amenazas a Humedales de Nayarit y Sinaloa *Organizaciones ambientalistas piden intervención de la Secretaría de RAMSAR por amenaza a ecosistemas vitales de Nayarit y Sinaloa *Solicitan una misión diplomática internacional ante la Secretaría RAMSAR, en razón de que gobierno mexicano garantice la protección de los ecosistemas –Marismas Nacionales y Laguna Huizache-Caimanero Ante las amenazas a los recursos hídricos de la región, por la construcción del proyecto turístico más grande del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), el Centro Integralmente Planeado de la Costa del Pacífico (CIP) y el proyecto de la hidroeléctrica de Las Cruces en el Río Baluarte de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que podrían causar graves daños a humedales de importancia internacional; la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C (CEMDA), apoyados por Greenpeace México, WildCoast, Conselva y la Red Manglar Internacional solicitaron la intervención de la Secretaría del Convenio Ramsar para hacer cumplir el Convenio Internacional. Específicamente se pidieron tres acciones ante la Secretaría de RAMSAR: que se llame la atención al gobierno mexicano para que cumpla con sus obligaciones internacionales; que ejerza su autoridad para que el Estado considere los potenciales daños a estos humedales; y, finalmente, la visita de una misión técnica internacional para estudiar los impactos ambientales que ambos proyectos producirían en los humedales amenazados.   “Estos humedales están amenazados por las potenciales consecuencias que les traerán el proyecto turístico más grande del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) denominado Centro Integralmente Planeado de la Costa del Pacífico (CIP) y el proyecto de la hidroeléctrica de las Cruces en el Río Baluarte. Ambos proyectos tendrán una incidencia negativa sobre los sitios Ramsar”, señaló Pablo Uribe, Director de CEMDA La Paz.   “Lo que buscamos es proteger ecosistemas estratégicos y de gran importancia para México y el mundo a través del cumplimiento del tratado internacional que específicamente protege estos humedales”, señaló Sofía Cortina abogada de AIDA. ”Además que se estudie la posibilidad de incluirlos en la lista de humedales en donde pueden producirse o se están produciendo daños negativos, para elevar su nivel de protección” continuó Cortina.   El CIP está cercano a la Laguna Huizache-Caimanero y colinda con el área de Marismas Nacionales, que cuenta con el sistema de manglar más importante del Pacífico mexicano y que representa el 10% de los manglares del país. Esta zona es de vital importancia ambiental para el país e incluso está catalogada como un humedal de importancia mundial (sitio Ramsar), como región Prioritaria Terrestre y Marina para la Conservación y como Área de Importancia para la Conservación de Aves (AICA) de acuerdo con la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio). En esta región están en riesgo 14 especies de flora nativa, hay 73 especies amenazadas o en peligro de extinción y 99 especies de fauna endémica. Además es una zona donde habitan jaguares y venados (1).   La hidroeléctrica de Las Cruces con capacidad de 480 MW creará una presa de agua con una capacidad de 840 mil metros cúbicos, disminuyendo el flujo y la calidad de agua hacia las Marismas Nacionales, entre otros daños que posiblemente se pueden causar. Esta Laguna costera es el hábitat de 83 especies de peces y de importantes poblaciones de aves playeras, en ella habitan diversas especies en riesgo como el cocodrilo de río, el lagarto enchaquirado, la boa, pato mexicano y la tortuga Golfina, entre otras.   “Los proyectos de la Presa de Las Cruces y el CIP dañarán una de las áreas más importantes de manglares del Golfo de California. Es por ello que cuando se realice la evaluación de impacto ambiental de ambos proyectos, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) deberá dar aviso a la Secretaría de la Convención de Ramsar sobre los impactos ambientales que Marismas Nacionales sufrirían. Si la SEMARNAT no implementa acciones que eviten el deterioro de Marismas Nacionales la Secretaría de Ramsar podrá incluir a Marismas Nacionales como un humedal costero en condiciones graves de deterioro” afirmó Uribe, del CEMDA.   “Las grandes hidroeléctricas como Las Cruces tienen impactos ambientales negativos muy altos. Por ejemplo, los desechos son generadores de gases de efecto invernadero como metano y bióxido de carbono. El origen de estos gases se encuentra en la descomposición de la vegetación y las tierras inundadas en los embalses, así como materia orgánica en forma de plantas, plancton, algas, que son generadas y circulan dentro de las aguas. Además, causan impactos ambientales como la desviación de ríos, pérdida de biodiversidad, disminución de la humedad en las tierras para siembra, entre otros. Para poder desarrollar este tipo de proyectos se requiere que cumplan con la legislación nacional e internacional vigente, que se hagan evaluaciones ambientales detalladas y que se desarrollen con el cumplimiento de estándares internacionales” dijo Alejandro Olivera, Coordinador de campañas de Greenpeace México.   Cabe señalar que en febrero de 2009 el CEMDA y Greenpeace presentaron una denuncia ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en contra del proyecto de FONATUR por iniciar obras sin ningún permiso ambiental. Hasta la fecha, la PROFEPA no ha clausurado las obras.   “La Convención de Ramsar al ser ratificada por México conlleva obligaciones que el Estado debe cumplir. Por lo tanto es urgente que la CFE y FONATUR consideren las implicaciones ambientales que sus proyectos causarían al ambiente. Por lo cual, deberán incluir en sus estudios las directrices de evaluación de impacto ambiental de la Secretaría de Ramsar y demás aplicables. De no hacerlo, estarán incumpliendo con lo establecido por dicha Convención” finalizó Astrid Puentes Codirectora de AIDA.     Notas: Estudio Técnico Justificativo para el establecimiento del área natural protegida Reserva de la Biosfera Marismas nacionales Sinaloa. Junio 2008. Conanp. Ficha informativa de los humedales Ramsar. Comisión nacional de Áreas naturales Protegidas.   PARA MAYOR INFORMACIÓN CONTACTAR: Claudia Gómez-Portugal M. 55256136 / 5518506827 [email protected]   Sofía Cortina 04455-34005490 [email protected]

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Ley De Pesca Deberá Reglamentarse En 3 Meses: Sala Constitucional

20 de mayo de 2009   CONTACTO: Gladys Martínez de Lemos, AIDA (506) 83214263 [email protected]   Ley De Pesca Deberá Reglamentarse En 3 Meses: Sala Constitucional   SAN JOSÉ, Costa Rica - La Sala Constitucional de la Corte Suprema deJusticia de Costa Rica resolvió favorablemente un amparo presentado por estudiantes de la Universidad de Costa Rica, dirigidos por el Lic. Alvaro Sagot; y apoyado por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y otras ongs costarricenses (APREFLOFAS, CEDARENA, Fundación Keto, Humane Society International, Justicia para la Naturaleza, MARVIVA, PRETOMA y PROMAR). En su resolución la Sala ordenó al Poder Ejecutivo reglamentar dicha Ley, máximo en 3 meses, en una decisión que protege el derecho constitucional al medio ambiente sano. Además, la Sala estableció que este proceso debe realizarse con la participación ciudadana, lo cual es esencial para proteger este derecho humano.   “La decisión es vital para la protección de los recursos marino costeros, pues la Ley de Pesca y Acuicultura, había dado al Poder Ejecutivo un plazo de 90 días para la reglamentación, contados desde el 25 de abril de 2005, cuando la Ley se publicó. Sin embargo después de más de cuatro años, el Poder Ejecutivo, en la figura de INCOPESCA, no ha emitido el Reglamento”, señaló la Licda. Gladys Martínez. “Entendemos las complejidades del tema, pero éstas no pueden ser excusa para continuar dejando vacíos legales que afectan directamente la conservación de recursos de los costarricenses y del planeta”, agregó Martínez.   Los demandantes solicitaron a la Sala Constitucional que para proteger el derecho humano al ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y asegurar el cumplimiento de obligaciones internacionales, ordenara al Poder Ejecutivo cumplir con la obligación de reglamentar esta ley. Hay aspectos fundamentales para la protección de los recursos marinos, como el desarrollo de acuicultura, pesca ilegal en áreas protegidas, control de pesca excesiva, entre otros, cuyo control es nulo o muy deficiente, por lo cual la reglamentación legal es imperiosa.   “En AIDA aplaudimos la decisión de la Sala, pues reconoce la importancia de una efectiva protección a la biodiversidad marina y además sienta un precedente al ordenar la participación ciudadana dentro del proceso”, comentó Anna Cederstav Co-Directora de AIDA, desde California. “Dada la grave situación de los mares y los recursos marinos del mundo, y la necesidad de contrarrestar la explotación excesiva y evitar impactos a generaciones presentes y futuras, es urgente resolver este tema lo antes posible. Además, Costa Rica tiene la oportunidad de ser ejemplo en la conservación de los mares y sus recursos”, finalizó Cederstav.     Para mayor información ver: http://www.aida-americas.org/aida.php?page=200&lang=es http://www.aidaamericas.org/aida.php?page=113&lang=es       ## AIDA es una ONG legal ambiental hemisférica que trabaja para fortalecer la capacidad de las personas para garantizar su derecho individual y colectivo a un ambiente sano por medio del desarrollo, aplicación y cumplimiento efectivo de la legislación nacional e internacional. Entre otros temas, AIDA prioriza trabajos para proteger el derecho de las personas a ambiente ecológicamente equilibrado incluyendo la protección de la biodiversidad marina.

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