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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) Solicita al Estado Peruano Implementar Medidas Cautelares de Urgencia para Proteger Vida de Pobladores de La Oroya Víctimas de la Contaminación
Para su difusión inmediata: 5 de septiembre de 2007 CONTACTOS: México: Astrid Puentes, AIDA (+5255) 52120141 [email protected] Perú: Luis Eduardo Cisneros, (+511) 422-2720 [email protected] Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicita al Estado Peruano implementar medidas cautelares de urgencia para proteger vida de pobladores de La Oroya victimas de la contaminación Oakland, CA; Lima, Perú – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado Peruano, el pasado viernes 31 de agosto, la implementación de medidas cautelares urgentes para proteger la salud, la integridad y la vida de los pobladores de La Oroya, Perú por la grave contaminación ambiental generada por el Complejo Metalúrgico de Doe Run Perú, ubicado en la referida ciudad peruana. Esta decisión beneficiará por ahora, a sesenta y cinco personas, incluyendo más de treinta niños en particular estado de vulnerabilidad y personas mayores que sufren de graves problemas respiratorios. La decisión se produjo a partir de una solicitud presentada por Carlos Chirinos, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA); la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA); Earthjustice y CEDHA el 21 de noviembre de 2005. Tal solicitud denuncia la ausencia regulatoria del Estado Peruano, frente a las graves violaciones a los derechos humanos que los pobladores de La Oroya sufren por la contaminación producida por Doe Run. "Las medidas son fundamentales pues reiteran lo dicho por el Tribunal Constitucional de Perú, quienes consideraron insuficientes las acciones de prevención y atención de la salud promovidas hasta ahora. Es esencial continuar insistiendo en las demás acciones para controlar la contaminación ", señaló Astrid Puentes, Directora Legal de AIDA. En cuanto al contenido de las medidas, la CIDH ordena al Estado Peruano brindar diagnóstico médico especializado para las personas afectadas por la contaminación de Doe Run. Al mismo tiempo, se solicita al Gobierno, a proveer de tratamientos médicos especializados para cualquier individuo en situación de peligro de muerte o daño irreparable. Al respecto, Carlos Chirinos, de la SPDA aseguró “Esperamos tener una coordinación fluida con las autoridades del Estado para garantizar la aplicación transparente y eficaz de estas medidas. El soporte de instituciones como la Defensoría del Pueblo y otras entidades es crucial", aseguró el abogado peruano. “Al ordenar al Perú proteger las personas de La Oroya, la Comisión apoya a quienes están amenazados por contaminación tóxica extrema en el hemisferio” sostuvo Martin Wagner de Earthjustice. “Reconoce además que este tipo de contaminación viola derechos humanos y el derecho internacional, por lo cual se exige a los Estados que eviten estas tragedias y tomen acciones para remediarlas cuando ocurren”, agregó. Cabe resaltar que la CIDH tiene pendiente por resolver una demanda presentada por las mismas organizaciones en la que se busca mejorar las fuentes de contaminación y establecer la responsabilidad del Estado por los derechos humanos afectados.
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Para difusión inmediata: 24 de abril de 2007 CONTACTOS: Astrid Puentes, AIDA (+5255) 52120141 [email protected] Carlos Chirinos, SPDA (+511) 422-2720 [email protected] CIDH remite peticion de derechos humanos de La Oroya al Estado Peruano para comentarios Importante paso en la defensa de derechos humanos afectados por contaminación WASHINGTON DC, LIMA – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (organismo de la Organización de Estados Americanos, OEA) remitió al Gobierno de Perú la petición de caso que denuncia violaciones de derechos humanos en La Oroya, Perú, dándole dos meses para responder. La petición sostiene que la contaminación severa del complejo metalúrgico propiedad de Doe Run que opera en la ciudad y la falta de acciones eficientes del Estado, amenazan gravemente los derechos humanos de la población, en particular a los derechos a la vida, salud e integridad. “Esta primera decisión de la CIDH en el caso es una muy buena noticia, pues evidencia la solidez de la petición y el buen camino del procedimiento que empezamos recientemente hacia la determinación de la responsabilidad del Estado,” aseguró Carlos Chirinos, abogado de la SPDA, institución que viene asesorando este proceso desde su inicio. La CIDH concluyó que la petición, interpuesta por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Earthjustice, el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) y el abogado peruano Carlos Chirinos, cumple con los requisitos formales, por lo cual la transmitió al Estado la semana pasada, otorgándole dos meses para enviar sus observaciones. Según el reglamento, pasado este término, la CIDH continuará evaluando la admisibilidad del caso, para concluir si hay violaciones de derechos humanos y responsabilidad del Estado Peruano. Asimismo, la Comisión continúa estudiando la solicitud de medidas cautelares urgentes para la atención de la salud de las personas. “Estamos pendientes de las observaciones del Estado a la petición, y también de la decisión de la Comisión respecto de las medidas cautelares, cuyo cumplimiento podría ayudar significativamente en la protección efectiva de los derechos de nuestros representados” puntualizó Astrid Puentes de AIDA. Dentro de las medidas cautelares, se han solicitado entre otros, brindar adecuado diagnóstico y tratamiento médico para las personas representadas, implementar programas de educación y acceso a la información eficientes, realizar un efectivo control de las emisiones y de la contaminación en la ciudad, y evaluar el estado de contaminación de zonas primordiales e implementar las medidas adecuadas de limpieza. De acuerdo con Martin Wagner de Earthjustice, el objetivo principal de las medidas cautelares urgentes es “mejorar la condición de derechos humanos de las personas que representamos en La Oroya, mientras se implementan acciones definitivas para el control de la contaminación”.
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PARA SU DIFUSIÓN INMEDIATA: 21 de marzo de 2007 Contactos: Astrid Puentes, AIDA (+5255) 52120141 [email protected] Martin Wagner, Earthjustice (510) 550-6700 [email protected] Carlos Chirinos (+511) 422-2720 [email protected] Petitorio ante la CIDH: “Respiremos esperanza en Lugar de plomo en La Oroya” Lima, Perú — 21 de marzo de 2007, en los salones del Colegio de Abogados de Lima, Perú, se llevó a cabo en presencia de los principales medios de prensa locales y extranjeros, la conferencia de prensa para anunciar la presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del caso de La Oroya, por la violación a los derechos humanos derivados de las emanaciones tóxicas del Complejo Metalúrgico que se ubica en esta ciudad. La petición interpuesta por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Earthjustice, el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) y Carlos Chirinos, abogado peruano, miembro de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental(SPDA), busca establecer la responsabilidad del Estado respecto de la actividad metalúrgica que ha ocasionado graves impactos en la salud, la vida y la integridad de las personas, en particular de los niños, niñas y madres gestantes. La conferencia “Respiremos esperanza en lugar de plomo en La Oroya” estuvo a cargo del Dr. Carlos Chirinos, director del Programa de Defensa del Interés Ciudadano de la (SPDA), quien presentó los antecedentes y las acciones legales tomadas al respecto en el Perú; y de la Dra. Astrid Puentes, Directora Legal de AIDA, quien se refirió a las acciones internacionales. En particular, puntualizaron que la intervención de la CIDH es esencial dado que las acciones internas no se han cumplido efectivamente, incluyendo una sentencia del Tribunal Constitucional obligando al Ministerio de Salud a ejecutar medidas efectivas para proteger la salud pública. De esta manera, “la demanda ante la CIDH fortalece la solicitud de medidas cautelares interpuesta en noviembre de 2005, cuya recomendación e implementación podría controlar de forma efectiva y rápida la contaminación en La Oroya, particularmente las emisiones al aire que provenientes en un 99.7 por ciento del complejo metalúrgico de propiedad de la empresa Doe Run Perú” según Puentes. Tras la intervención de los abogados, pobladores de La Oroya brindaron su dramático testimonio sobre los graves problemas de salud que desde hace años padecen por la contaminación. Un padre de familia desesperado, comentó a los medios presentes, los graves problemas sufridos por su niña de 1 año, quien sufre de constantes convulsiones y molestias debido a los altos contenidos de metales y de plomo que tiene en su sangre, a pesar que la madre de la niña fue beneficiaria de medidas implementadas en la ciudad, por convenio entre la empresa y el Ministerio de Salud. “La inacción del Estado en términos de salud es muy grande. Por ello, en la petición presentado el 27 de diciembre , estamos insistiendo en las medidas cautelares, que incluyen la recomendación de proveer diagnóstico y atención médica a los representados y a los habitantes de La Oroya, programas de educación y salud independientes y objetivos; asegurar una apropiada evaluación y seguimiento de las obligaciones del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental del Complejo Metalúrgico; controlar efectivamente las emisiones atmosféricas del complejo; y proteger a las personas que trabajan por la salud y el ambiente en la ciudad”, señaló Carlos Chirinos.
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