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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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Tribunal Suspende Fumigaciones
FOR IMMEDIATE RELEASE: 26 de junio de 2003 Contacts: Anna Cederstav, PhD, Científica de Earthjustice y de AIDA, (Oakland, CA) tel. 510-550-6700 Yamile Salinas, Defensoría del Pueblo en Colombia, (Bogotá, Colombia) tel. 571-314-7300 Ext. 2324 TRIBUNAL COLOMBIANO SUSPENDE FUMIGACIONES DE COCA Y AMAPOLA, FINANCIADAS POR EL GOBIERNO DE E.U.A., POR IMPACTOS EN LA SALUD Y EL MEDIO AMBIENTE OAKLAND, CA/BOGOTA, COLOMBIA – En reciente decisión, el Tribunal Superior Administrativo de Cundinamarca, Colombia, declaró que las fumigaciones con Glifosato para la erradicación de cultivos de coca y amapola violan los derechos colectivos al medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado y a la seguridad y salubridad públicas. La sentencia, promulgada al término de una acción popular interpuesta por un grupo de ciudadanos, exige la suspensión provisional de las fumigaciones aéreas con el herbicida glifosato, hasta que el gobierno cumpla con el Plan de Manejo Ambiental y realice los estudios requeridos para la protección de la salud humana y del medio ambiente. Esta jurisprudencia del Tribunal se suma a las sentencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, que habían exigido la abstención de las fumigaciones en territorios indígenas y el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental impuesto por el Ministerio del Medio Ambiente. De acuerdo con Yamile Salinas de la Defensoría del Pueblo, “la decisión es trascendental pues reconoce los potenciales riesgos que el herbicida y la forma en que éste se viene aplicando implican para la salud humana y el medio ambiente en Colombia”. “La aplicación del principio de precaución es de singular importancia pues reconoce la existencia de riesgos graves e irreparables para el medio ambiente y la salud humana, razón suficiente para suspender las fumigaciones”, agregó Yamile Salinas. “El Congreso de Estados Unidos exigió al Departamento de Estado la evaluación de los impactos ambientales y en la salud humana del Plan Colombia. El Departamento de Estado de los Estados Unidos debe tener en cuenta esta decisión del Tribunal colombiano”, afirmó Anna Cederstav, científica de Earthjustice y AIDA. “Considerando la evidencia presentada y la tajante decisión del Tribunal al respecto, el Departamento de Estado no puede certificar ante el Congreso de Estados Unidos que la mezcla del herbicida, de la forma en que esta siendo usada, no representa riesgos irrazonables o efectos adversos a los seres humanos o al medio ambiente; ni que el herbicida se usa según lo establecido en el Plan de Manejo Ambiental para dicho programa”, agregó. “Estados Unidos sería muy irresponsable de continuar el programa de erradicación en contravención con la decisión del Tribunal colombiano de suspender las fumigaciones hasta que se adelanten medidas apropiadas de protección a la salud y al medio ambiente.” “La sentencia del Tribunal acoge formalmente las múltiples solicitudes que para la protección de la salud y el medio ambiente hemos realizado la Defensoría y la Contraloría colombianas, junto con varias organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales desde hace años”, agregó Yamile Salinas. “Esta decisión es un éxito para la protección la salud humana y del medio ambiente en Colombia”.
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