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Foto: Ana Rodríguez Carrington (CC BY 2.0)

Victoria: Reserva de la Biósfera, a Salvo de una Mina Tóxica

Conocido como un “tesoro ecológico”, la Reserva de la Biósfera Sierra La Laguna, ubicada en el extremo sur de Baja California, no será dañada por desechos mineros tóxicos, en parte gracias al trabajo de AIDA.

La reserva era una isla por lo que alberga especies raras de plantas y animales. En su cordillera de granito y en sus bosques tropicales de tierras bajas existen cañones, pozas y aguas termales.

Gracias a AIDA y a nuestros socios en México, el gobierno de ese país negó el permiso ambiental para la mina de oro Paredones Amarillos, frenando el proyecto por ahora. Para proteger a la reserva, AIDA contribuyó a educar a grupos comunitarios y tomadores de decisión sobre los riesgos de la mina. Ello ayudó a construir el momento político necesario para que el gobierno niegue el permiso.

Para extraer oro de las montañas, la empresa canadiense Vista Gold propuso arrancar cantidades enormes de roca —cada tonelada con solo un gramo de oro–, molerla hasta convertirla en lodo y tratar éste con cianuro. La empresa planeaba arrojar grandes cantidades de residuos tóxicos (llamados “colas”) detrás de una presa en la que se pretendía almacenarlos para siempre. Desafortunadamente, los diques de colas se pueden romper por varias razones, como ocurrió en 1996 con la mina Porco en Bolivia. Cuando esa presa se derrumbó, más de un cuarto de millón de toneladas métricas de relaves inundaron un río y contaminaron 800 kilómetros de cursos de agua en Bolivia, Argentina y Paraguay.

La mina podría también haber causado drenaje ácido de minas. Cuando rocas que contienen sulfuro son expuestas al aire y al agua, se produce ácido sulfúrico, el cual causa que metales pesados tóxicos se disuelvan y se filtren en la cuenca hídrica. El riesgo de drenaje ácido de minas en Sierra La Laguna fue significativo y el costo humano y ambiental hubiera sido terrible: miles de personas y un sinnúmero de vida silvestre dependen del agua del sitio para sobrevivir.

El agotamiento del agua dulce era una amenaza más porque las minas usan ingentes cantidades de agua. Debido a la escasez de agua en la reserva, Vista Gold propuso construir una planta en la costa del Pacífico para remover la sal del agua de mar en un proceso que consume mucha energía, para luego bombearla 45 kilómetros hacia la mina. La planta desalinizadora implicaba una amenaza para la tortuga marina baula, especie en peligro de extinción.

Solos y en conjunto, los impactos de la mina habrían devastado una joya rara, un paraíso único y exuberante que vale la pena preservar para las generaciones futuras.


Amenazas de Represa La Parota, México, Fueron Demandadas en Escrito de Amicus Curiae

AIDA y organizaciones nacionales e internacionales presentaron el 27 de marzo de 2008 documento de amicus curiae (amigo de la corte) al Tribunal Colegiado de Guerrero en Acapulco (México), apoyando a los demandantes, CECOP y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, en la acción de amparo contra la CFE y otras autoridades en el proyecto de construcción de la presa La Parota. La aprobación del proyecto además de las normas nacionales, desconoce normas internacionales de derechos humanos y ambientales, incluyendo los derechos de garantía y audiencia, y los derechos económicos, sociales y ambientales, como el derecho a la vivienda, al medio ambiente sano, a la alimentación y a la salud. Dentro de las mayores fallas del proyecto se incluye la falta del estudio de impacto ambiental integral que evalúe los daños que la represa va a causar, las medidas para prevenirlos, así como las posibles alternativas al proyecto. Ante tales inconsistencias y por las violaciones a los derechos humanos de los pobladores afectados por el megaproyecto de La Parota, apelamos al Tribunal Colegiado de Guerrero, para que otorgue el recurso de Amparo para los pobladores, acoja los argumentos del Amicus, y se cancele todo trabajo en la construcción de la presa La Parota, hasta que el Gobierno Mexicano cumpla a cabalidad con la demanda de los pobladores de la zona y las normas nacionales e internacionales aplicables. En AIDA continuaremos haciendo seguimiento a este caso, que además es un ejemplo paradigmático en el hemisferio de una situación en la cual el desarrollo de infraestructura puede causar graves daños ambientales y violaciones a los derechos humanos.

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Derechos Humanos

Guía de Defensa Ambiental

Esta guía tiene como objetivo promover el conocimiento del sistema regional de protección de los derechos humanos. En ella se abordan elementos jurídicos y estratégicos que pueden implementarse en situaciones de violaciones de los derechos humanos derivados de la degradación del ambiente. Esperamos que esta publicación sea consultada y utilizada por las comunidades, organizaciones, abogados, abogadas y autoridades que desde diferentes perspectivas abordan estos casos. Confiamos además en que contribuya a impulsar la efectiva presentación de casos ante el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y, por tanto, a mejorar la protección de los derechos humanos de todos los habitantes del continente. Lee y descarga la guía  

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Juez Federal Suspende la Construcción del Proyecto Hidroeléctrico La Parota!

    PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA 28 Agosto, 2007 CONTACTOS: Claudia Gómez-Portugal, Comunicación AIDA, 52683323 ext. 23 [email protected]   JUEZ FEDERAL SUSPENDE LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO LA PAROTA México DF., a 28 de agosto, 2007 - Como resultado de un amparo presentado por los campesinos de la Comunidad Indígena de Bienes Comunales de Cacahuatepec en Acapulco, Guerrero, representados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), el pasado 14 de agosto, una Juez Federal con sede en Acapulco, ordenó la suspensión provisional de todas las obras del Proyecto Hidroeléctrico La Parota. La suspensión se otorgó para evitar daños irreparables a los derechos constitucionales al ambiente sano, a la garantía de audiencia y legalidad de los comuneros. Asimismo, la Juez admitió el amparo en virtud a que la autorización de impacto ambiental emitida por SEMARNAT y la concesión de aguas sobre el río Papagayo otorgada por la Comisión Nacional del Agua a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para construir el proyecto hidroeléctrico, podrían violar los derechos antes mencionados. “La suspensión de La Parota es un importante precedente en México, porque antepone la protección del medio ambiente a un proyecto de infraestructura de esta envergadura y permite la protección del interés público” afirmó Xavier Martínez Esponda, abogado del CEMDA.  “De construirse la presa, se causarían graves e irreparables daños sobre selva baja y mediana caducifolia, impactando cientos de especies de flora y fauna amenazadas y en peligro de extinción. También se afectarían la calidad y cantidad del agua del río Papagayo, aunado a los impactos de las comunidades de la región”, puntualizó. En el amparo se alega la inconstitucionalidad de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley de Aguas Nacionales (LAN), porque en los procedimientos para otorgar las autorizaciones al proyecto, las comunidades afectadas no pudieron participar, violándose sus garantías individuales (artículos 14 y 16 constitucionales) referentes a que nadie puede ser privado de la vida, la libertad, sus propiedades, posesiones o derechos, sin tener un juicio previo. En este caso esto no ocurrió, pues al emitir las autorizaciones de impacto ambiental y de concesión del río Papagayo, no se notificó a las comunidades a pesar que con estas decisiones se afectan sus tierras y su derecho al agua sobre este río. “El fin del amparo es suspender definitivamente la presa, ya que de construirse, los campesinos perderían sus tierras, tendrían que desplazarse de su pueblo y se causarían otros daños sociales y ambientales irreparables. Se pretende entonces evitar como en muchos otros casos similares, el desarrollo de grandes proyectos sin las compensaciones e indemnizaciones necesarias”, sostuvo Astrid Puentes Riaño, Directora Legal de AIDA. En relación con lo anterior, es un hecho que los proyectos implementados por CFE no contemplan compensaciones e indemnizaciones justas, y cuando éstas ocurren, tienen lugar mucho tiempo después de la generación de los daños. Finalmente, es pertinente mencionar que en este amparo se demandaron ocho autoridades, entre ellas, al Presidente de la República, al Congreso Federal, a la Comisión Nacional del Agua, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Federal de Electricidad, cuyas decisiones están directamente involucradas con las ilegalidades y violaciones de derechos demandados.    

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