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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


Comunidades de Argentina, Bolivia y Chile en el Salar del Hombre Muerto, Argentina

Comunidades de Argentina, Chile y Bolivia alertan de los impactos de la minería de litio

Comunidades originarias de Argentina, Chile y Bolivia, junto con las organizaciones ambientales que integran la Alianza por los Humedales Andinos, realizaron un encuentro en la provincia argentina de Catamarca, donde visitaron el Salar del Hombre Muerto, en Antofagasta de la Sierra: un humedal gravemente afectado por la industria minera de litio.A lo largo de varios días, integrantes de comunidades indígenas atravesaron largas distancias —desde la Puna jujeña, el norte chileno y la región andina de Bolivia— para encontrarse en el territorio, compartir experiencias y fortalecer una voz común frente al avance del extractivismo. La visita al salar fue parte de una serie de acciones que buscan visibilizar los daños socioambientales que la minería de litio está provocando en los humedales andinos, las cuencas de agua y las formas de vida que dependen de ellos.Desde 1997, la extracción de litio por parte de la empresa Minera del Altiplano S.A. —subsidiaria de la empresa Livent que actualmente pertenece a Río Tinto— ha generado daños ambientales profundos en el Salar del Hombre Muerto, entre ellos la desecación de  de más de 5 kilómetros de la vega del río Trapiche, un impacto que persiste hasta hoy. Actualmente, en el Salar del Hombre Muerto se desarrollan 12 proyectos de litio, en distintas etapas. Ante la afectación del río Trapiche y la pretensión de cinco empresas mineras de extraer agua del río Los Patos, la comunidad que habita el salar decidió judicializar el reclamo. En 2024, la Corte de Justicia de Catamarca reconoció el daño a la vega del río y ordenó al gobierno provincial abstenerse de otorgar nuevos permisos para la actividad minera en la zona del Río Los Patos, hasta que se realice un estudio de impacto ambiental acumulativo e integral de todos los proyectos funcionando a la vez. Un año después, el Ejecutivo provincial presentó un informe que no cumple con lo ordenado: recupera información antigua y omite analizar los efectos acumulativos reales, concluyendo, sin fundamentos técnicos, que no existen impactos negativos en la cuenca del Río Los Patos. Actualmente, la Corte de Justicia de Catamarca debe evaluar si el estudio presentado por el gobierno cumple con lo ordenado o debe ser rechazado por insuficiente.Elizabeth Mamani, de la comunidad indígena Atacameños del Altiplano, en Antofagasta de la Sierra, señaló: "Una de las consecuencias de la minería fue la muerte de una de las vegas del río Trapiche, la matanza de animales y también la desviación del río Los Patos".Desde Jujuy, Franco Vedia, integrante de la comunidad aborigen Tusaquillas de la Cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc, advirtió que "en Jujuy lo que está pasando con la minería es que las empresas están intentando entrar al territorio sin consultar a las comunidades. Se están violando derechos fundamentales: el derecho de las comunidades a decidir, a conservar su identidad cultural y, sobre todo, el derecho colectivo al agua".Además, indicó: "para nosotros, la extracción de litio es algo terrible; significa la muerte, porque se están llevando el agua. En Catamarca vimos lo que no debería pasar, están dejando morir a la Pachamama, a la tierra y a sus habitantes".Desde Chile, Rodrigo Espíndola Araya, de la Comunidad Lickan Antay de Toconao, remarcó las similitudes entre ambos países: "Lo que está pasando en Catamarca, Argentina, es similar a lo que está pasando en Chile, particularmente por el tema del agua. Ya se vaticina que va a ser una lucha muy fuerte en contra de las mineras. Nosotros, como pueblo originario, tenemos una lucha con respecto al uso y al derecho del agua. Pero acá, en Argentina, es algo impactante de ver: cómo la minera avasalla a los hermanos y hermanas argentinos, cortándoles el agua".Por su parte, Cindy Quevedo Monardes, de la comunidad Colla Finca El Chañar, en la comuna de Tierra Amarilla, Copiapó, Chile, expresó: "Ha sido doblemente conmovedor ver la naturaleza, todo lo que tienen acá en Catamarca, pero también ver el impacto de lo que significa tener a una empresa minera que está afectando de manera increíble estos espacios, donde todavía se ve naturaleza y biodiversidad. La afectación ha sido grande al secar vegas completas, como la del río Trapiche. Creo que es impactante verlo no solo desde afuera, sino estar acá, ver lo que ha ocurrido y lo que nos puede ocurrir a los países y a las regiones que estamos expuestas a la minería". La minería de litio y la amenaza a los humedales andinosLos humedales andinos —salares, bofedales, lagos y lagunas— de Argentina, Bolivia y Chile enfrentan un grave riesgo por el avance de la extracción de litio y otros minerales demandados para la transición energética del norte global. En estos ecosistemas se concentra más del 53% de los recursos de litio del planeta.Los gobiernos locales deben realizar estudios ambientales integrales que evalúen los impactos en los ecosistemas de manera completa y acumulativa. Además, tienen la obligación de garantizar la participación de las comunidades locales, así como su acceso a información ambiental completa, veraz y transparente en temas ambientales, de acuerdo con los estándares del Acuerdo de Escazú.Frente a este contexto, el pasado 3 de julio, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) publicó la Opinión Consultiva 32 sobre emergencia climática y derechos humanos. Este pronunciamiento esclarece las obligaciones que los Estados del continente deben cumplir para proteger efectivamente a personas y comunidades afectadas por la crisis climática.La Corte IDH reconoció, por primera vez, la existencia del derecho humano autónomo a un clima sano, derivado del derecho a un ambiente sano, reafirmando que la crisis climática afecta derechos humanos, entre ellos el derecho a la vida, a la integridad personal, a la salud, al agua, a la alimentación, a la propiedad y al trabajo.Este pronunciamiento brinda herramientas para garantizar el respeto de los derechos humanos en toda la cadena de valor de los minerales para la transición energética, así como para asegurar la integridad de los ecosistemas en América Latina. 

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Vista aérea del Parque Nacional Manuel Antonio en Costa Rica
Cambio Climático, Océanos

Océano y clima: 5 claves para entender un vínculo esencial para el planeta

Por Víctor Quintanilla y Natalia Oviedo* Aunque el océano es indispensable para la estabilización del clima en el planeta, rara vez es el centro de atención cuando hablamos de la crisis climática global.El océano es nuestro mejor aliado frente a la emergencia climática porque absorbe gran parte de los gases de efecto invernadero que la humanidad emite y que son el origen del problema.Al mismo tiempo, el océano es una víctima de la crisis climática, cuyos impactos lo están llevando al límite con la acidificación de sus aguas, el aumento del nivel del mar y la pérdida de oxígeno, procesos que afectan seriamente la vida marina.Pese a su importancia, la relación entre océano y clima no ha sido incluida de forma integral en las negociaciones internacionales en las que los gobiernos buscan acuerdos y políticas para enfrentar la crisis climática.Frente a ese vacío y en un avance histórico, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar emitió en 2024 un dictamen que aclara las obligaciones de los Estados para proteger el medio marino de la crisis climática.A continuación, presentamos cinco claves para entender el vínculo entre océano y clima.  1. El rol del océano ante la crisis climática.A decir del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, el océano es "un regulador climático fundamental en escalas de tiempo que van desde estacionales hasta milenarias". Desde 1955, ha absorbido el 90% del exceso de calor provocado por el calentamiento global, junto con una cuarta parte del dióxido de carbono liberado por actividades humanas.Asimismo, las corrientes oceánicas transportan agua cálida de los trópicos a los polos, enviando agua más fría de regreso. Con esto equilibran la temperatura y hacen que gran parte de la Tierra sea habitable. El océano influye además en las variaciones climáticas en tierra firme al ser la fuente principal de la lluvia, lo que alimenta ríos y otros sistemas vitales de agua dulce.El océano también es un pulmón para el planeta ya que, a través de organismos microscópicos conocidos como fitoplancton, es responsable de generar aproximadamente la mitad del suministro de oxígeno del mundo. Por su parte, ecosistemas costeros como los manglares, marisma y pastos marinos absorben enormes cantidades de carbono de la atmósfera, mitigando la crisis climática. 2. El impacto de la crisis climática en el océano.La crisis climática altera las propiedades físicas y químicas del océano, afectando su capacidad de regular el clima. Uno de los impactos irreversibles del cambio climático es el calentamiento del océano, cuya tasa y absorción de calor se ha más que duplicado desde 1993. A medida que sus aguas se calientan, comienzan a liberar dióxido de carbono de nuevo a la atmósfera.Además, se prevé que el aumento de la temperatura oceánica reduzca la cantidad de oxígeno disponible, alterando los ciclos de nutrientes y afectando con ello la distribución y abundancia de peces. Otra consecuencia es el aumento del nivel del mar, que se debe a la expansión térmica del océano y a la pérdida de hielo terrestre.Finalmente, la absorción de una creciente cantidad de dióxido de carbono ha resultado en la acidificación del océano, entendida como la disminución de su pH. Esto reduce los niveles de calcio, sustancia necesaria para las conchas y los esqueletos externos de varias especies de fauna marina y de ecosistemas como los arrecifes de coral.  3. La inclusión del océano en las negociaciones climáticas internacionales.Aunque el vínculo entre océano y cambio climático fue reconocido desde los orígenes de las negociaciones bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) —al incluirse al océano en la definición de “sistema climático”—, su presencia en ellas ha sido progresiva. Un hito decisivo sucedió en la 25ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP25), en 2019, donde se ordenó celebrar el primer diálogo oficial acerca del tema y el cual resultó en recomendaciones para alinear la acción climática y oceánica, promoviendo además la movilización de financiamiento para proteger los ecosistemas marinos.  Desde entonces, el océano ha ganado un espacio permanente en la agenda climática. En conferencias posteriores, la inclusión del océano se profundizó. El Pacto de Glasgow para el Clima (COP26, 2021) reconoció al océano como aliado en la absorción de carbono, exhortó a integrar la acción basada en el océano en los planes de trabajo de la CMNUCC y ordenó un diálogo anual sobre el tema. En la COP27 (2022) se alentó a los países a incluir la acción basada en el océano en sus contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC, por sus siglas en inglés). Y en la COP28 (2023) se incluyó al océano en el primer balance global del Acuerdo de París.De cara a la COP30 de este año en Brasil, que tendrá un eje específico sobre "Bosques, Océanos y Biodiversidad", el reto es pasar del reconocimiento político a la implementación de medidas concretas de protección del océano. 4. Obligaciones de los Estados para proteger el océano ante la crisis climáticaLa salud y resiliencia del océano es indispensable no solo para enfrentar la crisis climática, sino también para el ejercicio de derechos humanos fundamentales como la vida, la salud, la cultura, la alimentación, el acceso al agua y el derecho a un ambiente sano. Esto evidencia la interdependencia entre océano, cambio climático y derechos humanos.Reconociendo ese nexo, el 21 de mayo de 2024, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar hizo pública una decisión importante que aclara las obligaciones de los Estados para preservar el océano frente a la crisis climática. Estos deberes incluyen la adopción de medidas concretas de mitigación para minimizar la liberación de sustancias tóxicas en el medio marino, así como el ejercicio de una estricta debida diligencia para garantizar que los actores no estatales cumplan efectivamente con dichas medidas.El tribunal resaltó las obligaciones estatales de prevenir la contaminación relacionada con el cambio climático que afecte a otros Estados y al medio marino fuera de la jurisdicción nacional. En relación con el derecho a un ambiente sano, el dictamen subraya el uso los enfoques de precaución y ecosistémico en el contexto de las obligaciones de los Estados de realizar evaluaciones de impactos ambientales y socioeconómicos de cualquier actividad que pueda causar contaminación marina relacionada con el cambio climático. Eso incluye que, ante la posibilidad de daño grave o irreversible al medio marino, la falta de certeza científica plena no debe utilizarse como excusa para retrasar medidas de protección. 5. Algunas acciones clave para cuidar nuestro océano y, con ello, el clima.La protección efectiva de nuestro océano requiere el compromiso de los gobiernos, quienes deben adoptar acciones a nivel nacional e internacional para priorizar su salud. Estas incluyen:Priorizar medidas concretas que integren al océano en las acciones climáticas de mitigación y adaptación. Entre las más efectivas están la protección y restauración de ecosistemas, en especial aquellos que además de capturar y almacenar enormes cantidades de carbono, protegen las costas y mantienen servicios ecosistémicos vitales (manglares, marismas, pastos marinos, humedales costeros y arrecifes de coral, entre otros).Garantizar la protección y uso sostenible de la biodiversidad en la zona del océano que está fuera de las jurisdicciones nacionales. Esto implica la implementación efectiva del Tratado de Alta Mar, que entrará en vigor el 17 de enero de 2026, además de su ratificación por parte de los países que aún no lo han hecho para garantizar una gobernanza justa, equitativa y sostenible.Defender el fondo marino de la minería. Esto requiere aplicar moratorias a las actividades de minería submarina bajo el fundamento de la falta de información técnica y científica suficiente para prevenir, controlar y mitigar los potenciales impactos en la diversidad biológica de los ecosistemas desconocidos que están en aguas profundas y en los fondos marinos.Proteger los derechos de las comunidades costeras e insulares, que viven de la pesca y del turismo local. Estas poblaciones enfrentan impactos crecientes por la crisis climática y por múltiples presiones ambientales. Los gobiernos tienen la responsabilidad de garantizar su resiliencia y bienestar, resguardando la diversidad biológica marino-costera que sustenta sus modos de vida y cultura. Valorar el vínculo entre océano y clima, así como trasladarlo a medidas concretas y efectivas, es fundamental para proteger y mantener en equilibrio ambos sistemas de vida.Es lo que garantizará la salud de la biodiversidad marino-costera, nuestra seguridad alimentaria y, en suma, un futuro para el planeta. *Víctor Quintanilla es el Coordinador de Contenido de AIDA; Natalia Oviedo es abogada internacionalista costarricense y expasante de la organización. 

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Paisaje del Pantanal en Brasil
Cambio Climático, Derechos Humanos

Litigio climático en el sector de hidrocarburos: Perspectivas desde América Latina y el Caribe

Los efectos de la crisis climática amenazan una gran variedad de derechos humanos, incluidos el derecho a la vida, la alimentación, la vivienda, la salud y el acceso a un medio ambiente sano (IACHR, 2021). A medida que el fenómeno se intensifica, agrava las desigualdades existentes, afectando desproporcionadamente a las personas más vulnerables (Benesch et al., 2024). Las políticas climáticas globales han sido insuficientes para responder a esta crisis, impulsada en gran medida por la dependencia de los combustibles fósiles. Se estima que, para 2030, los países podrían tener una producción de combustibles fósiles aproximadamente un 110% superior a lo que sería compatible con el objetivo de limitar el calentamiento global a 1,5 ºC, y un 69% por encima de lo alineado con un límite de 2 ºC (SEI et al., 2023).En este escenario surge el litigio climático como herramienta para abordar la crisis climática, generando cambios sociales e institucionales que van más allá de los efectos particulares de un caso específico (Ezer & Patel, 2018). En el contexto de América Latina y el Caribe, la justicia climática es esencial para abordar los impactos desproporcionados que enfrentan los grupos vulnerables debido a los desequilibrios sistémicos de poder (Tigre, Urzola, et al., 2023).En consecuencia, el litigio climático en la región se ha fundamentado principalmente en un enfoque de derechos humanos, donde el constitucionalismo ambiental desempeña un papel central (Beckhauser, 2024; Tigre, Urzola, et al., 2023). Recientemente, las obligaciones del Acuerdo de París se han incorporado cada vez más en las acciones judiciales, reflejando un compromiso con la protección constitucional de los derechos humanos (de Carvalho & da Rosa, 2024; Peel & Lin, 2019).El Informe Global sobre Litigio Climático de 2023, publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), destacó que en la región se han presentado varios casos impugnando los esfuerzos de los gobiernos por desregular o flexibilizar las regulaciones climáticas (UNEP, 2023). Los sectores del petróleo y del gas son fuente principal de litigios por violaciones de derechos humanos en América Latina y el Caribe (Business & Human Rights, 2022). En este contexto, el litigio climático es crucial para el desarrollo de políticas públicas que apoyen la transición energética justa en la región. La definición de transición energética justa puede variar según el contexto. Esta se refiere a la necesidad de considerar y mitigar la distribución de los impactos ambientales, económicos y sociales, tanto positivos como negativos, que conlleva la eliminación progresiva de los combustibles fósiles y la descarbonización de las economías. Asimismo, implica garantizar un diálogo amplio, democrático e inclusivo para orientar estos procesos.   Este informe analiza el impacto del litigio climático en los sectores de petróleo y gas en América Latina y el Caribe, con énfasis en su influencia sobre las políticas de transición energética y en la prevención y reparación de violaciones a los derechos humanos y colectivos asociadas a la producción, exploración y explotación de combustibles fósiles. Asimismo, examina similitudes y diferencias entre el litigio climático en el norte global y en el sur global —en particular en América Latina— con el fin de aportar insumos para su desarrollo futuro en la región. El análisis de litigios climáticos abarcó tanto América Latina como el Caribe, dado que se revisaron casos de toda la región en las bases de datos consultadas. Sin embargo, solo se identificó un caso de litigio climático en el Caribe (Thomas & De Freitas v. Guyana, 2021), ocurrido en Guyana, un país que, si bien geográficamente se encuentra en América del Sur, está integrado regionalmente al Caribe. Este caso ha sido considerado el primer litigio climático en el Caribe (Kaminski, 2021).A nivel regional, muchos análisis responden a dinámicas sociales y económicas compartidas en América Latina y el Caribe. No obstante, es fundamental reconocer las diferencias en las tradiciones jurídicas de la región para comprender mejor las particularidades del litigio climático en cada jurisdicción. En los países angloparlantes del Caribe, el sistema legal predominante es el common law, resultado de la colonización británica, mientras que en los países francófonos e hispanohablantes del Caribe predomina la tradición del civil law, influenciado por las colonizaciones francesa y española (Bermúdez-Abreu & Villaroel, 2021; Karst, 1968). Algunos países cuentan con sistemas jurídicos híbridos; por ejemplo, Guyana combina elementos del common law británico con aspectos heredados del civil law neerlandés. En América Latina continental, la tradición del civil law domina, con excepción de Guyana y Belice (UC Berkeley Law, s. f.).Este informe está dirigido a una amplia gama de audiencias, incluyendo profesionales del derecho, integrantes del poder judicial, responsables de políticas públicas, activistas, organizaciones de la sociedad civil (OSC) y comunidades académicas de diversas disciplinas. Para esta última audiencia, el informe propone visibilizar los vacíos de información existentes y destacar cómo la incorporación del conocimiento científico puede fortalecer las estrategias legales y los argumentos utilizados en los litigios climáticos.Lee y descarga el informe 

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