
Project
Alberto Peña Kay
Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria
En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.
Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.
La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.
El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.
Antecedentes
El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.
Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.
En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.
Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.
Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.
El largo camino de defensa del páramo
Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.
Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.
En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).
Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.
Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.
También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.
En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.
Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.

Foto: Aztlec.
Situación actual
En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.
Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.
De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.
En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.
Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.
Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina
Partners:

Proyectos relacionados

5 hitos de la sentencia del caso “Habitantes de La Oroya vs. Perú”
Nuestra victoria ante la Corte Interamericana, perseguida por mucho tiempo, sienta importantes precedentes para todas las comunidades que buscan justicia ambiental en el continente americano. La historia de la comunidad de La Oroya, Perú, por conseguir justicia y reparación se cuenta por décadas. La templanza de las y los residentes de esta ciudad andina ha dado frutos para toda la región pues lograron una victoria que sienta precedentes importantes para todas las comunidades que buscan justicia ambiental en el continente. La Corte Interamericana de Derechos Humanos le dio la razón a la comunidad de La Oroya y declaró al Estado peruano responsable violar el derecho al ambiente sano y otros derechos relacionados, como la salud y a la vida, de sus habitantes por la falta de medidas oportunas y efectivas para protegerlos de niveles extremos de contaminación provenientes de un complejo metalúrgico. AIDA ha estado involucrada con el caso desde el comienzo de su historia, llevando la lucha de La Oroya ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y representando legalmente a las víctimas ante la Corte. ¿Por qué la decisión del tribunal internacional en el caso “Habitantes de La Oroya vs. Perú” nos alegra y nos abre puertas? A continuación, te explicamos. 1. Da respuesta al primer caso de su tipo ante la Corte Interamericana Es la primera vez que la Corte Interamericana resuelve un caso de contaminación tóxica en el aire y en el ambiente de un municipio urbano. En su fallo, el tribunal reconoció el impacto diferenciado en mujeres, niños y niñas, y otras poblaciones vulnerables. Además, abordó la importancia de los derechos de acceso a la información y a la participación. 2. Reconoce y valora la importancia del ambiente sano como derecho humano La Corte reconoció este derecho como una norma ius cogens (de cumplimiento obligado) y aclaró las obligaciones de los Estados para garantizar el ambiente sano a todas las personas. Un punto clave de la sentencia establece que los Estados deben evitar, prevenir y controlar los daños ambientales y sus efectos en la salud de las personas haciendo uso de todos los medios a su alcance. 3. Abre las puertas a la rendición de cuentas El fallo establece precedentes para que Estados y empresas se hagan responsables de tomar las acciones necesarias para evitar impactos de por vida en la salud de las personas y el ambiente. El Estado peruano deberá indemnizar monetariamente a las personas afectadas en La Oroya y brindarles atención médica gratuita y especializada, adoptar medidas de no repetición, así como monitorear la calidad del aire y el agua en lugares con actividad minera. 4. Establece la responsabilidad del Estado en un caso de contaminación Además de establecer que las empresas deben actuar con debida diligencia y respeto a los derechos humanos, la Corte concluyó en su fallo que el Estado peruano debió actuar para proteger y garantizar los derechos de las personas expuestas a contaminación utilizando, entre otras herramientas, el principio de precaución. 5. Sienta precedentes para toda la región La sentencia supera el contexto peruano pues es vinculante para los Estados parte de la Convención Americana de Derechos Humanos, sentando un precedente clave en América Latina para la protección del derecho a un ambiente sano y para la adecuada supervisión de las actividades empresariales por parte de los Estados.
Leer más
Fallo de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya sienta precedente clave para la protección del ambiente sano
El tribunal estableció la responsabilidad del Estado peruano en la violación de derechos de residentes de La Oroya, afectados por décadas de contaminación tóxica. Le ordenó adoptar medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas. San José, Costa Rica. La sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió en el caso "Comunidad de La Oroya Vs. Perú" por décadas de contaminación tóxica proveniente de un complejo metalúrgico constituye un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en la región y para la adecuada supervisión de las actividades empresariales por parte de los Estados. El fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya.Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional y en representación de las víctimas, una coalición internacional de organizaciones presentó la denuncia contra el Estado peruano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2006. En octubre de 2021, la Comisión estableció la responsabilidad del gobierno peruano y remitió el caso a la Corte Interamericana. En octubre de 2022, más de 16 años después de iniciada la demanda internacional, las víctimas presentaron el caso ante la Corte, representadas por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), con el apoyo de Earthjustice."Esta sentencia es un avance muy importante y un precedente clave para la justicia ambiental en América Latina al ser el primer caso en el que la Corte reconoce la responsabilidad de un Estado por la violación de derecho al ambiente sano y las implicaciones que este tiene en la garantía de otros múltiples derechos", dijo Liliana Ávila, coordinadora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA. "La Corte se refirió además a la dimensión colectiva e individual de ese derecho, reconociendo afectaciones diferenciadas de su violación en niños, niñas, mujeres y personas adultas mayores, así como el rol importante de las personas defensoras ambientales".En su fallo, hecho público el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional determinó la responsabilidad del Estado peruano por la violación de los derechos al ambiente sano, la salud, la integridad personal, la vida digna, el acceso a la información, la participación política, las garantías judiciales y a la protección judicial de las 80 personas del caso; por la violación a los derechos de la niñez de 57 víctimas y por la violación del derecho a la vida de dos víctimas. La Corte concluyó también que el Estado es responsable por violar la obligación de desarrollo progresivo debido a la adopción de medidas regresivas en la protección del ambiente."La decisión constituye un precedente fundamental en la jurisprudencia internacional que fija los parámetros de la obligación estatal de regular, fiscalizar y remediar los efectos de la contaminación ambiental; así como las obligaciones derivadas del derecho al ambiente sano como un derecho autónomo y de su interdependencia e indivisibilidad con otros derechos fundamentales para la existencia humana como la salud, la vida y la integridad personal", expresó Christian Huaylinos, Coordinador del Área Legal de APRODEH. "Es además una gran satisfacción por la gran lucha de dos décadas de parte de las víctimas".Por más de 20 años, residentes de La Oroya han buscado justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación por metales pesados del Complejo Metalúrgico de La Oroya, operado por la empresa Doe Run Perú entre 1997 y 2009, y la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. La ciudad ha sido catalogada como uno de los lugares más contaminados del planeta."Hace 20 años, cuando inició esta lucha, yo iba con mi pancarta que decía que la salud de los niños vale más que el oro", recuerda don Pablo, residente de La Oroya. "Nunca desistimos, ahora estoy muy alegre con la decisión de la Corte".En la sentencia, la Corte ordenó al Estado de Perú la adopción de medidas de reparación integral de los daños causados en la población de La Oroya que incluyen: identificar, juzgar y —en su caso— sancionar a las personas responsables de hostigar a las víctimas; determinar el estado de la contaminación del aire, el agua y el suelo, así como elaborar un plan de remediación ambiental; brindar atención médica gratuita a las víctimas y garantizar atención especializada a residentes con síntomas y enfermedades relacionadas con la contaminación proveniente de la actividad minero metalúrgica; compatibilizar la normativa que regula los estándares de calidad del aire para garantizar la protección del ambiente y de la salud humana; garantizar la efectividad del sistema de alerta de la ciudad y desarrollar un sistema de monitoreo de la calidad del aire, el agua y el suelo; garantizar que las operaciones del Complejo Metalúrgico de La Oroya cumplan estándares ambientales internacionales, previniendo y mitigando daños al ambiente y a la salud humana; indemnizar monetariamente a las víctimas por daño material e inmaterial."Lo que esperamos ahora es que se implemente la sentencia, que el Estado cumpla por primera vez con sus obligaciones y que garantice nuestros derechos como personas defensoras ambientales", dijo Yolanda Zurita, residente de La Oroya y peticionaria en el caso. "El cumplimiento de esta sentencia es lo mínimo que esperamos de un Estado comprometido con la garantía de los derechos de sus ciudadanos y ciudadanas".Desde 1999, el gobierno de Perú sabe que todos/as los niños/as que viven cerca del complejo sufren envenenamiento por plomo, pero no les ha brindado atención médica adecuada. Durante décadas, la población de La Oroya estuvo expuesta a niveles extremos de plomo y otros contaminantes nocivos, como arsénico, cadmio y dióxido de azufre. La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros."Esta sentencia es un llamado urgente a los Estados de todo el continente a no quedarse de brazos cruzados mientras las empresas multinacionales envenenan a las comunidades locales", afirmó Jacob Kopas, abogado sénior de Earthjustice. "A partir de ahora, las empresas sabrán que exponer a las familias a niveles insalubres de contaminación industrial es una violación del derecho internacional y que los Estados deben hacer responsables a quienes contaminan". RecursosComunicado de la Corte acerca de la sentencia, disponible aquí.Resumen oficial de la sentencia, disponible aquí.Texto íntegro de la sentencia, disponible aquí.Más información del caso, disponible aquí.Carpeta con fotografías, disponible aquí.Contacto de prensaVíctor Quintanilla-Sangüeza (México), AIDA, [email protected], +521 70522107
Leer más
Pobladores de Tocopilla y ONG ambientales presentan recurso de protección para detener la quema de 94.000 t de carbón
El Coordinador Eléctrico Nacional autorizó a AES Andes la quema de 94.000 toneladas de carbón sin justificación legal ni ambiental y sin haberse evaluado potenciales perjuicios para terceros y para el equilibrio del mercado. Esto significa, además, el incumplimiento de las Resoluciones de Calificación Ambiental de las unidades Norgener 1 y 2. La quema viene ocurriendo desde el 18 de febrero. Habitantes de Tocopilla —acompañados por las organizaciones ambientales Chile Sustentable, Greenpeace y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)— presentaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago solicitando que se ordene el cese inmediato de la quema forzada y acelerada de los excedentes de carbón de las unidades Norgener 1 y 2 de la empresa AES Andes SA, que ascienden a 94.000 toneladas. La quema en Tocopilla comenzó el 18 de febrero y fue autorizada por el Coordinador Eléctrico Nacional (CNE). AES argumenta que es la única alternativa viable para cumplir con sus obligaciones ambientales luego de confirmarse el cierre anticipado de sus unidades Norgener 1 y 2. En el recurso de protección se solicita también que se revoque la autorización otorgada a la empresa, que se respete el orden de despacho económico que rige el sistema eléctrico nacional y que se ordene a la empresa cumplir con su obligación de elaborar los Planes de Abandono correspondientes para sus unidades Norgener 1 y 2 en retiro. "La quema intensiva de 94.000 t de carbón en Tocopilla genera impactos en su población y en el ambiente de los que ni la empresa ni el Coordinador Eléctrico se harán cargo", dijo Cristina Lux, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). "La autorización de la quema responde a la necesidad comercial de AES de deshacerse rápido de su carbón y no es aceptable que las personas y el ambiente tengan que cargar con las consecuencias". La autorización recién se conoció públicamente el 26 de febrero, fecha en la que Sara Larraín, representante de la Fundación Chile Sustentable, envió una carta a los ministros de Energía y Medio Ambiente para solicitar el cese inmediato de la operación. La alarma levantada no fue suficiente para terminar con la quema ni con la desproporcionada carga ambiental que ya pesa sobre Tocopilla, declarada zona saturada de contaminación y reconocida públicamente como zona de sacrificio ambiental. Entre los argumentos que sostienen el recurso de protección destacan la omisión de AES de tramitar los permisos ambientales pertinentes para ejecutar la gestión de sus excedentes de carbón. En las comunicaciones dirigidas al CNE, la empresa admite expresamente no haberse comunicado con la autoridad ambiental para buscar alternativas a la quema ni haber evaluado los potenciales perjuicios a terceros ni al equilibrio de mercado. Esta omisión implica un incumplimiento de las obligaciones ambientales de AES contenidas en las autorizaciones ambientales para la operación de sus unidades Norgener 1 y 2. Las resoluciones de calificación ambiental, que constituyen la licencia ambiental de la termoeléctrica, imponen la obligación de elaborar un Plan de Abandono para cada unidad antes de su retiro, lo que no ha ocurrido. En la acción de protección también se denuncia el actuar ilegal del CNE por haber autorizado la quema de los excedentes de carbón sin fundamentos legales ni ambientales, pasando por encima de su obligación de seguir el orden económico de despacho en el sistema eléctrico nacional, por la cual debe priorizar siempre la energía más económica, que es también la más limpia. Además de ser una vulneración a los derechos humanos y ambientales de los habitantes de Tocopilla, lo sucedido afecta injustamente a las generadoras de energía renovable y limpia, que quedan desplazadas y deben verter su energía. Todos estos hechos deben ser reconocidos en el contexto actual de Tocopilla, zona saturada de contaminación y cuyo Plan de Descontaminación vigente no ha logrado revertir la situación. Diversos estudios evidencian las desproporcionadas tasas de morbilidad que afectan a sus habitantes. Su población ya estaba vulnerada incluso antes de autorizarse la quema. "Estamos ante una gravísima situación de vulneración de derechos fundamentales, en la que se está ahogando a una población que ya ha sufrido demasiado", dijo Florencia Ortúzar, abogada sénior de la AIDA. "Haremos todo lo necesario para detener la quema indiscriminada de ese carbón, exigiendo que se respete la regulación vigente". Lo que se espera con la presentación de la acción es una actuación rápida de la Corte, que ponga cese inmediato al acto violatorio, asegurando el respeto y la protección de los derechos fundamentales a la vida, la salud y a un medio ambiente libre de contaminación para las y los habitantes de Tocopilla. Contacto de prensa Víctor Quintanilla-Sangüeza (México), [email protected], +521 5570522107
Leer más