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Amazon Watch / Maíra Irigaray
La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación
La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.
Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.
En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.
Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.
La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño.
Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas.
Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH
Antecedentes
La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.
Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.
Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica.
Décadas de daños al ambiente y a las personas
Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.
La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.
La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.
Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.
En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte.
La búsqueda de justicia y reparación
Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.
Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".
Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.
El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.
Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.
El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales.
Situación actual
Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.
A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.
Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.
Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía.
El caso ante la Comisión Interamericana
En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo una violación de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.
Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.
Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.
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Organizaciones respaldan a defensores del arrecife veracruzano
Envían escrito con argumentos técnicos y jurídicos para apoyar la demanda contra la modificación de los límites del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV). El sitio sirve de barrera natural contra tormentas y huracanes; su protección está respaldada por obligaciones internacionales del Estado mexicano. Veracruz, México. Seis organizaciones de la sociedad civil presentaron ante un tribunal de justicia un escrito (amicus curiae) con argumentos jurídicos y técnicos para fortalecer la demanda de amparo interpuesta contra el decreto por el cual la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) modificó y redujo los límites del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV), decisión que pone en riesgo la conservación del sitio catalogado como humedal de importancia internacional. El escrito fue presentado al Juzgado Tercero de Distrito de Veracruz el pasado 25 de abril por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), la Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos (Litiga OLE), SENDAS, POBLADORES, y la Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental (LAVIDA). El Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV) fue declarado Área Natural Protegida (ANP) en 1992 para —entre otras cosas— salvaguardar la diversidad genética de las especies que alberga, asegurar el aprovechamiento racional de sus recursos y favorecer el estudio del ecosistema y su equilibrio. En 2004, fue inscrito como humedal de importancia internacional en la Lista Ramsar. En el escrito se resalta la importancia de proteger el SAV para la región y el país. “Los arrecifes de coral son barreras naturales contra grandes olas y tormentas, así ocurrió en Veracruz en 1992 con el paso del huracán Karl; proveen además abundante pesca e información valiosa para la investigación médica; permiten actividades recreativas; y ayudan a mantener la biodiversidad marina”, explicó Sandra Moguel, asesora legal de AIDA. Por otro lado, se argumenta que el decreto de modificación de los límites del PNSAV no sólo es una amenaza a la biodiversidad de la zona sino que además viola el derecho humano al ambiente sano e incumple las obligaciones internacionales que el Estado mexicano tiene de proteger ese ecosistema. “La población del lugar queda más expuesta a sufrir los impactos de huracanes y otros fenómenos climáticos pues el decreto deja por fuera del área protegida arrecifes (los de Punta Gorda y la Bahía de Vergara) que sirven de protección natural contra esos embates”, afirmó Xavier Martínez Esponda, director regional del CEMDA para el Golfo de México. Asimismo, las organizaciones sostienen en el escrito que el decreto vulnera normas nacionales y tratados internacionales. Entre ellos está la Convención para la Protección de la Flora, Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América, según la cual los límites de los parques naturales sólo pueden ser modificados en los Estados Parte por autoridades legislativas y la CONANP no lo es. El decreto también infringe la Convención Ramsar porque la modificación del polígono del PNSAV, parte de los Sitios Ramsar, no siguió el procedimiento establecido por ese tratado intergubernamental para la protección de los humedales de importancia internacional. Finalmente, el escrito pone de manifiesto que el decreto de la CONANP es una medida regresiva porque va en contra de los beneficios de protección ambiental conseguidos tras la creación del área protegida en 1992. “Retrocesos como éste pueden ocasionar daños irreversibles”, sostuvo Moguel.
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De la frustración a la esperanza: Viendo la luz en los rostros de las víctimas
Por María José Veramendi Villa, abogada sénior de AIDA, @MaJoVeramendi Tengo que confesar que a veces me frustro. Me ocurre cuando intento explicar que el trabajo que hacemos los abogados y abogadas que litigamos casos de violaciones de derechos humanos no siempre produce resultados inmediatos, que se trata de luchas a largo plazo en busca de justicia para las víctimas y cambios profundos en los Estados y en nuestras sociedades. Es frustrante ver que agendas orientadas hacia una supuesta protección de los derechos humanos se ven influenciadas por intereses políticos. Es frustrante la falta de recursos para llevar y atender los procesos, y lo son también las largas esperas, la injusticia o la justicia que tarda. ¿Qué hacer en esos momentos de desilusión? Mi respuesta es volver a los orígenes, a lo básico, a la razón de ser de nuestra lucha y compromiso: las víctimas. A fines de marzo tuve la oportunidad de conocer en Washington D. 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Como ellos, hay muchos más en los que los derechos de las comunidades y personas afectadas por grandes proyectos de “desarrollo” son reducidos a una categoría inferior bajo argumentos ficticios de interés económico, seguridad y orden público. Esperamos y confiamos que acciones como las mencionadas permitan visibilizar los impactos que la aplicación de la Suspensión de Seguridad tiene en los derechos humanos de cientos de personas y comunidades, y consigan que los organismos internacionales hagan un llamado al cambio a Brasil. Gracias a todos los que trabajaron intensamente para que la audiencia fuese posible. Gracias a los colegas en Brasil sin cuyo trabajo y compromiso el viaje de Josías y Alaíde no hubiese sido posible. Y gracias a esos dos luchadores brasileños por brindarme una lección de vida que hace que la niebla de la frustración se despeje y que el sol se asome nuevamente. 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Leer másLo que el Ministerio de Ambiente de Colombia NO ha dicho sobre Santurbán
Por Carlos Lozano, asesor legal de AIDA, @CLozanoAcosta Texto pubpcado originalmente en Tío Conejo, blog sobre medio ambiente de La Silla Vacía El lunes 31 de marzo, la Ministra de Ambiente, Luz Helena Sarmiento, anunció en Bucaramanga haber decidido ya la depmitación del páramo de Santurbán. Sarmiento no exppcó con exactitud qué determinación tomó. Y hay que decir que la depmitación no ha sido adoptada por acto administrativo y, por lo tanto, jurídicamente no existe. En torno a Santurbán se ha producido uno de los confpctos ambientales más visibles en los medios de comunicación colombianos, incluyendo a La Silla Vacía. La importancia de este ecosistema, ubicado entre los departamentos de Santander y Norte de Santander, radica en que, además de albergar biodiversidad estratégica y de contribuir a la mitigación del cambio cpmático, es fundamental para la provisión de agua en el área metropoptana de Bucaramanga. De los proyectos mineros propuestos en el páramo, Angostura, de la empresa Eco Oro (antes Greystar), ha sido el más polémico. Inicialmente, la firma canadiense quería hacer una mina de oro a cielo abierto, pero no obtuvo la pcencia ambiental requerida. Sin embargo, Eco Oro busca desarrollar una nueva propuesta minera, esta vez subterránea. Esa operación se encuentra principalmente en el área de un título minero específico: el número 3452, según la Agencia Nacional de Minería. Buena parte de ese título se superpone al páramo de Santurbán, como se ve en el siguiente mapa. El área en rojo corresponde al título, mientras las áreas en verde y azul son páramos: La decisión sobre la depmitación no ha sido comunicada de la mejor manera. La nota de prensa emitida por el Ministerio no dice mucho y tampoco lo hacen las notas pubpcadas por diferentes medios tras el anuncio. El Ministerio no entregó registro escrito de la determinación, la cual tampoco estaba disponible en el sitio web de la entidad al momento de redactar este texto. Otros aspectos todavía desconocidos son los estudios técnicos que sustentan la depmitación, las conclusiones de las mesas de trabajo que se reapzaron previamente a la misma y el borrador del acto administrativo mediante el cual será adoptada la medida. El Gobierno pubpcó un mapa que no dice mucho, entre otras cosas porque sólo da cuenta del área depmitada en Santander. Todo lo anterior imppca que la sociedad colombiana no tiene certeza sobre el alcance de lo decidido. Sin embargo, de los registros de prensa se puede entender que: La depmitación "está psta", pero no será adoptada jurídicamente hasta dentro de tres meses. El área depmitada es de (¿al menos? ¿máximo?) 44 mil hectáreas. Las empresas mineras con título minero y pcencia ambiental podrán quedarse en el páramo hasta que terminen la operación permitida en la pcencia. Las empresas cuyos títulos quedan dentro del páramo, pero que no tienen pcencia ambiental, tendrán que irse. Esos datos no son suficientes para hacer un balance completo de la depmitación. Por eso, Tío Conejo tiene ciertas preguntas que por razones de interés púbpco el Ministerio de Ambiente debería responder: ¿Cuál es el área total de la depmitación de Santurbán en los dos departamentos? El gobierno dice que cuadruppcó el área protegida, es decir, que pasó de las 11 mil hectáreas del Parque Natural Regional a 44 mil luego de la depmitación. Técnicamente, eso es cierto. Pero también se puede ver de otra manera: de ser esa la extensión máxima, la depmitación habría dejado por fuera 38 mil de las 82 mil hectáreas que Santurbán abarca según el Atlas de Páramos (2007) elaborado por el Instituto Humboldt. Es crucial tener un pronunciamiento oficial sobre la extensión total del área depmitada tanto en Santander como en Norte de Santander. ¿El proyecto Angostura va o no va? 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La convocatoria no fue suficientemente amppa y las conclusiones de las mesas no han sido comunicadas adecuadamente.
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