La controversia por la represa Belo Monte hará parte de la revisión de las Naciones Unidas sobre el desempeño de Brasil en derechos humanos
La represa está bajo revisión por violaciones ambientales y en derechos humanos.
Leer másLa represa está bajo revisión por violaciones ambientales y en derechos humanos.
Leer másLos niveles deberían ser cero para realmente proteger a los niños.
Leer másPor Héctor Herrera, asesor legal de AIDA, @RJAColombia Los grupos étnicos en Colombia cuentan con leyes y decretos para proteger la diversidad cultural, para defender la vida individual y colectiva de estos pueblos y comunidades, originarias y ancestrales. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su artículo 6 estipula que los pueblos indígenas tienen derecho a la consulta previa. Es decir, deben participar en la definición de medidas que puedan impactarles, sean legislativas, como leyes o decretos; o administrativas, como licencias ambientales de carreteras, represas, minas, o pozos petroleros, entre otros casos. Dicha negociación se realiza en un contexto de buena fe y procurando lograr acuerdos entre las partes. Lo anterior cobra importancia en Colombia que es un país multiétnico, pluricultural y megadiverso. De acuerdo la Biblioteca Luis Ángel Arango en este país se hablan 65 lenguas indígenas agrupadas en 12 familias lingüísticas, de las cuales 34 tienen menos de mil hablantes; además, se hablan dos lenguas criollas de grupos ancestrales afro. Todas en gran riesgo. Colombia es, también, megadiverso en especies biológicas; primero en aves, segundo en anfibios y mariposas, tercero en reptiles, cuarto en mamíferos, de acuerdo al Instituto Humboldt. Cifras del 2011 del diario El Espectador muestran que 10% de toda la biodiversidad se encuentra en el 1% de la superficie del planeta, esto es, el territorio de Colombia, del cual 29,8% es territorio colectivo indígena y 5% es territorio colectivo ancestral afro. En este escenario, la consulta previa surge como una oportunidad para proteger la diversidad cultural y étnica de Colombia, para defender la vida individual y colectiva de estos pueblos y comunidades, originarias y ancestrales. Al mismo tiempo, podría ser una oportunidad para proteger los ecosistemas donde habitan estos grupos étnicos y para proteger la vida en todas sus formas. No se trata de imponer un modelo conservacionista o extractivo o de desarrollo, sino de garantizar un espacio efectivo de diálogo intercultural y de buena fe con los grupos étnicos, ante medidas que los puedan afectar, sean legislativas o administrativas, sean leyes nacionales oproyectos extractivos, como lo ordena el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT. Este derecho ha sido reconocido también en múltiples instrumentos jurídicos internacionales y nacionales. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 (archivo en pdf), por ejemplo en el nivel internacional. O para el caso colombiano, la Constitución Política, que además protegió los derechos al territorio colectivo de los grupos étnicos colombianos y a un ambiente sano de toda la sociedad. Entonces, con sustento en instrumentos jurídicos internacionales y la Constitución Política, la Corte Constitucional de Colombia ha amparado el derecho a la consulta previa: Al “pueblo indígena embera” ante la construcción de la represa Urrá en 1998 y a los pueblos indígenas del amazonas por la fumigación de cultivos ilícitos en 2003. Igualmente, por no haber consultado a los grupos étnicos, la alta Corte declaró inconstitucionales; el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, la ley forestal de 2006 y la reforma del código de minas de 2010. Entre otros casos. Lo anterior sin entrar al contexto regional, donde, por ejemplo, países como Bolivia en la Constitución Plurinacional de 2009 y Ecuador en la Constitución intercultural y plurinacional de 1998, reconocen el derecho a la consulta previa, o en Perú donde se acaba de reglamentar este año. Una cultura, una cosmovisión, una lengua, es algo vivo que puede permanecer en el tiempo si lo respetamos y garantizamos los derechos, como el de la consulta previa. Además, podría fortalecer la protección de ecosistemas claves y de la diversidad biológica, asunto vital, en un contexto de cambio climático y de degradación ambiental sin precedentes.
Leer másEl pasado 11 de abril, la Comisión solicitó al gobierno brasileño aclarar la situación de las comunidades tradicionales de la cuenca del Río Xingú, afectadas por la construcción de la represa hidroeléctrica de Belo Monte.
Leer másEmpresa usa tácticas legales y políticas cuestionables para presionar al gobierno.
Leer másPronunciamiento de Earthjustice, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, y Public Citizen.
Leer másPor Joelson Cavalcante, asesor legal de AIDA O Brasil sediará a Rio+20, quando mostrará seus índices sociais, e econômicos, também a controversa política ambiental, com violações de direitos humanos. Assim, economia verde e erradicação da pobreza estarão no cerne da discussão. Com a aproximação do evento da Rio+20, o país sede se prepara para mostrar aos seus pares se fez o dever de casa, mediante a implementação do conceito da sustentabilidade. Isto é, embasado no tripé da sustentabilidade econômica, com justiça social e preservação ambiental. Os números do desmatamento na Amazônia apresentaram uma redução de 11.%, o que inicialmente parece satisfatório, entretanto, ainda representam 6.238 km. Ademais, a política controversa do Governo Federal que editou Medida Provisória (MP) nº 558/2012 , publicada em janeiro de 2012, excluiu 86.288 hectares de sete Unidades de Conservação (UCs) federais na Amazônia, contrariando a legislação em vigor e divergindo dos compromissos internacionais assumidos pelo Brasil. Assim, o Código Florestal apresenta-se como emblemático nessa postura ao conduzir a questão ambiental, pois concede anistia para desmatadores irregulares. Além de reduzir as reservas legais e Áreas de Proteção Permanente, na contramão da tendência mundial de aumentar sua cobertura florestal, no contexto de mudanças climáticas. Em tempo, houve a promulgação da Lei da Política Nacional de Mudanças Climáticas, em consonância com os Acordos internacionais, no âmbito do Protocolo de Quioto. Entretanto, não há políticas concretas para mitigação dos eventos extremos que já assolaram o Brasil, como a seca na Amazônia (2005) , bem como as inundações no sudeste brasileiro , que segundo as previsões dos especialistas , tendem a agravar-se no decorrer do século. Ao mesmo tempo, há algumas semanas foram publicados os números da economia brasileira, referentes ao PIB que apresentou crescimento de 2.7% e totalizou R$ 4,143 trilhões. Contudo, tais números estão abaixo das projeções do governo que previam algo em torno de 5%. Entretanto, o que se percebe é um tom de celebração pelo fato de a economia brasileira ter ultrapassado a Grã-Bretanha . Ademais, o governo celebra o fato de que 10 milhões de brasileiros não mais se encontram sob a condição de pobreza , e que a classe média já ultrapassou 52% da população em 2009. Todavia, a demanda por saúde, educação e cultura aumentam na mesma proporção. Ao tomarmos como referência o Índice de Desenvolvimento Humano – IDH, o Brasil ainda encontra-se na posição de número 84º, atrás de países vizinhos como o Peru (80º), ou até mesmo a Líbia (64º), lembrando que o Reino Unido ocupa a 28ª posição no mesmo índice. Ou seja, há muito que avançar em sustentabilidade social. Além disso, há as mais diversas violações dos direitos humanos, especialmente no campo, bem como denúncias de censura por parte de agentes públicos, de quem esperávamos uma proteção especial. Que na Rio +20 trabalhemos para um futuro mais equânime, seguro e sustentável para a população brasileira, bem como para o planeta.
Leer másPor Natalia Jiménez, asesora legal de AIDA 26-marzo-2012 El papel del derecho ambiental está débil con respecto al tema de género, especialmente por la constante aprobación en América Latina de proyectos económicos y de desarrollo que afectan la cosmovisión particular de las mujeres, y que pueden llegar a constituir nuevas formas de violación de los derechos de nosotras. Al igual que las comunidades étnicas, hay grupos sociales con cosmovisiones que albergan valores únicos de protección ambiental, por eso, proteger y brindar garantías a estas formas de pensar implica proteger al ambiente. Las mujeres tenemos un rol determinante en la protección ambiental de forma diferenciada y particular. Aunque no es igual para todas, y seguramente muchas no sientan la necesidad de este reconocimiento, la forma de concebir la naturaleza o la creación, por un lado, y los daños ambientales por el otro, son diferentes entre hombres y mujeres, y por ello, promovemos de forma variada propuestas de manejo o de gestión ambiental. Al respecto hay mucha bibliografía valiosa en español. Cito tres libros como ejemplos: a) “Abrazar la vida. Mujer, ecología y desarrollo” de Vandana Shiva publicado en Uruguay b) “Desarrollo y feminización de la pobreza”, Ecofeminismo: hacia una redefinición filosófico-política de "Naturaleza" y "ser humano, los últimos de Alicia Puleo y publicados en España. La experiencia del Ecuador en protección de los ecosistemas de páramos, es un hermoso e inspirador ejemplo de lucha ambiental femenina en Latinoamérica y prueba de lo que se ha dicho, por ejemplo, sobre porqué las mujeres son las mejores defensoras en las negociaciones en cambio climático, y porqué sus ideas son, incluso más efectivas efectivas y sostenibles para combatir el hambre y la pobreza. Pero mientras los grupos étnicos han logrado cierto nivel de protección jurídica a través de la figura de la consulta previa hay grupos sociales que aún se encuentran a la espera de abogados creativos que puedan llevar a litigio la defensa de sus visiones. La consulta previa es un derecho de los grupos étnicos para decidir sobre proyectos o iniciativas legislativas que afecten sus territorios, para proteger su integridad cultural, social y económica. Ha sido un derecho reconocido en países como Colombia. Así, hemos visto que en Latinoamérica el aspecto social que por lo general más se resalta de las grandes luchas jurídicas en defensa ambiental es la afectación al derecho a la consulta previa de los grupos étnicos, en tanto que vulneración de su propia existencia y cultura. Pero poco o nada se ha dicho jurídicamente de la ilegalidad e inconveniencia social de un proyecto de desarrollo por la violación, por ejemplo, de los derechos de las mujeres y de su cosmovisión. Hacen falta herramientas jurídicas como precedentes jurisprudenciales, que permitan litigar y determinar, por ejemplo, que ciertos proyectos de desarrollo son o constituyen un acto discriminatorio contra la mujer. Con esto no estoy hablando de multiplicar los ya existentes mecanismos comunes de participación en los espacios de toma de decisiones, ni la cuantificación femenina en la participación o toma de decisiones. Necesitamos precedentes jurisprudenciales que protejan el ambiente basado en la cosmovisión femenina. Necesitamos herramientas jurídicas mucho más creativas que ayuden a que, del mismo modo que lo intenta hacer la consulta previa, se puedan integrar los valores ambientales femeninos a las prácticas ambientales locales y globales de forma real y eficiente. Video de experiencias en Colombia sobre la importancia de una visión de género en proyectos de manejo de agua dulce: TheWaterChannel
Leer másGladys Martínez de Lemos, asesora legal de AIDA El 25% de todas las especies marinas utilizan los hábitat de coral en algún momento de su ciclo de vida; en Costa Rica el daño a estos recursos naturales ha sido causado en gran medida por la deforestación de cuencas y otras acciones humanas. Los arrecifes de coral son un elemento escencial para el equilibro del ambiente marino porque proveen hábitat para muchas especies de consumo humano, brindan protección a las costas de la erosión y embates de huracanes, y son fuente de ingresos de las comunidades costeras que viven del turismo de buceo. Pero la falta de políticas y regulaciones claras los mantienen en peligro. Estas bellezas naturaes contribuyen al equilibrio ecológico pues son fuente de alimento de otros organismos superiores, formando redes alimentarias importantes. Su valor ambiental es tan alto que los economistas han calculado que una hectárea de arrecife coralino supera el millón de dólares por año. Aunque los arrecifes de coral cubren sólo cerca de un décimo del suelo océanico, las estimaciones sugieren que 25% de todas las especies marinas utilizan los hábitat de coral en algún momento de su ciclo de vida. Pero aún con su importancia, los arrecifes se encuentran amenazados. El calentamiento global, la acidificación de los océanos, la pesca destructiva, el desarrollo insostenible de las costas y la contaminación, entre otros, ponen en riesgo la supervivencia de los arrecifes en Costa Rica al igual que en el resto del mundo. Por ejemplo, en Costa Rica, el Decimo Quinto Informe sobre el Estado de la Nación señala que la “reducción en un 75% del coral vivo en el arrecife de Cahuita obedece fundamentalmente a la sedimentación, causada en gran medida por la deforestación de cuencas y otras acciones humanas”. Falta de acción de gobiernos La crisis por la que pasan los arrecifes de coral es evidente. La falta de políticas y regulaciones claras e integrales que aborden el problema; la ausencia de mecanismos de control, monitoreo y protección adecuada para estos recursos; y el bajo nivel de cumplimiento de las obligaciones internacionales vigentes relacionadas al tema. Esta situación no pueden ser más un pretexto para evadir el compromiso de conservar la biopersidad marina y los ecosistemas e incluso, que las generaciones futuras, puedan disfrutar de una visita a ver la impresionante belleza y persidad de los arrecifes. Todos tenemos un hijo, un sobrino, un primo pequeño que queremos tenga la oportunidad de gozar de las riquezas escénicas de los corales y que no se quede sin probar la valiosa proteína del pescado. Los tomadores de decisiones de países latinoamericanos que no han creado, en la mayoría de países, leyes especiales de protección para proteger específicamente los corales están ante un gran reto y ante una responsabilidad.
Leer másPor Andrés Pirazzoli , asesor legal de AIDA, @apirapino La disminución de los niveles actuales de concentración de Gases de Efecto Invernadero en el mundo fue uno de los temas tratados en la reciente COP17 realizada en diciembre del 2011 en Sudáfrica, lugar donde se esbozaron propuestas muy interesantes. Desde que, en 1988 comenzara su trabajo el Panel Intergubernamental de Cambio Climático (PICC, o IPCC por sus siglas en inglés)[1], la ciencia ha sido prácticamente unánime: tenemos un grave problema entre manos, probablemente el mayor desafío socio ambiental de la historia de la humanidad. En base a las conclusiones periódicamente emitidas por el PICC (AR1, AR2, AR3, y más recientemente el AR4), hemos intentado globalmente entrar en acuerdos que nos permitan estabilizar el sistema climático vía la disminución de los niveles actuales de concentración de gases de efecto invernadero, de 391 a 350 partes por millón (ppm). Lamentablemente, hemos fracasado sistemáticamente y aunque se han firmado la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Protocolo de Kioto (PK), que actualmente agoniza después de la deserción de Japón, Rusia y Canadá en la última Conferencia de las Partes (COP por sus siglas en inglés) en Durban y el Plan de Acción de Bali. Estos acuerdos multilaterales han sido insuficientes, y los países que los suscriben, se han mostrado incapaces de cumplir sus promesas con las generaciones presentes y futuras.[2] Por su gravedad, los afectados han adoptado el rostro de un tierno oso polar luchando por mantenerse en un bloque de hielo; y por su urgencia, simula también el rostro humano de los Inuit quienes demandaron en 2004 a Estados Unidos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Hoy, persos pueblos comienzan a tomar acción legal y se unen a los afectados por el Cambio Climático, e incluso comienzan a explorar la adquisición de nuevos territorios para su reubicación. Nuestro hemisferio no es la excepción. En la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) hemos documentado el rostro del cambio climático en América Latina, con la esperanza de llamar la atención de la CIDH y a su vez de la Organización de Estados Americanos (OEA) y los países que la integran, para alertar nuevamente sobre lo que está en juego: vidas humanas, familias vulnerables, territorios y culturas ancestrales. De hecho, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU recientemente ha vuelto a insistir: “las obligaciones…en materia de derechos humanos pueden guiar y reforzar la formulación de las políticas… en la esfera del cambio climático...” En Ginebra, durante la 19ª sesión del Consejo de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, un seminario discutió la urgencia y el innegable vínculo entre el cambio climático y las violaciones a los derechos humanos. En AIDA creemos que aún hay esperanzas, porque la solución aún depende de nosotros: el AR4 señaló con escaso margen de error que el cambio climático es causado por la actividad humana, principalmente asociado a la quema de combustibles fósiles para la obtención de energía. Por ello, está en nosotros y en nuestros gobiernos instrumentar los cambios hoy para que las generaciones futuras tengan acceso a un mejor mañana. Si bien la COP17 en Sudáfrica reflotó las esperanzas hacia un acuerdo global con responsabilidades comunes pero diferenciadas, es fundamental recordar las principales críticas de actores relevantes y organizaciones civiles a nuestros líderes políticos: Incluir medidas de eficiencia de manera agresiva y más fuentes de energía renovable; Incorporar el análisis de los posibles impactos del cambio climático a los derechos humanos en sus planes de mitigación y adaptación; Asegurar la participación activa de los interesados y el acceso a la información pública en la elaboración de dichos planes; Enfatizar en medidas de adaptación y mitigación que protejan ecosistemas críticos como los manglares, glaciares, humedales y páramos, que ayudan a reducir los impactos del cambio climático; y finalmente; Incluir el análisis de los impactos del cambio climático en los documentos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), tanto de los proyectos en el clima, como del clima en los proyectos. El cambio climático es un hecho y depende de nosotros estar listos para enfrentarlo. [1] Resolución 43/53 del 6 de Diciembre de 1988, que crea y describe sus primeras tareas. Fue creado por la Organización Meteorológica Mundial (OMM) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). [2] La promesa del Art. 3. 1) de la CMNUCC, aún de lenguaje débil, ha demostrado ser de difícil cumplimiento: “Las Partes deberían proteger el sistema climático en beneficio de las generaciones presentes y futuras…”
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