Líderes de movimientos brasileños en contra de Belo Monte amenazados con cárcel por protestas legales
Grupos internacionales denuncian ante la OEA y organismos de derechos humanos de la ONU intentos de criminalizar a la sociedad civil.
Leer másGrupos internacionales denuncian ante la OEA y organismos de derechos humanos de la ONU intentos de criminalizar a la sociedad civil.
Leer más

Por Sandra Moguel, asesora legal de AIDA, @sandra_moguel Una de las causas por las cuales los recursos pesqueros escasean en México es la falta de políticas y reglamentos claros e integrales que ataquen problemas de sobrepesca. Desde el 24 de julio de 2007 se publicó la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables en el Diario Oficial de la Federación con los objetivos de mejorar la calidad de vida de los pescadores, generar aprovechamiento de estos recursos por parte de las comunidades y grupos indígenas, y desarrollar ordenamientos pesqueros, entre otros. La misma Ley cataloga al manejo de los recursos pesqueros como asunto de seguridad, por lo que en su artículo Sexto Transitorio obliga a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) a expedir el Reglamento de esta ley en un término de seis meses a partir de su entrada en vigor, es decir, a más tardar el 22 de octubre de 2007. A casi cuatro años, esto todavía no sucede. La Ley mencionada no desarrolla suficiente y detalladamente aspectos como cuotas de captura, el procedimiento para la creación de zonas de refugio, derechos de propiedad en las concesiones, aspectos de inspección y vigilancia, incluyendo sanciones a las violaciones a la misma ley. Indiferencia a la presión social y política Varios grupos de la sociedad civil han solicitado a las autoridades pesqueras que se expida el Reglamento; también los Senadores exhortaron a la CONAPESCA con carácter de urgente para expedir el Reglamento. En elexhorto señalan que se trata de un vacío injustificable que no sólo afecta al ambiente marino y su biopersidad, sino también impactalos derechos humanos a la alimentación y trabajo de las personas. Es lamentable que CONAPESCA ignore la participación de los pescadores y sector conservación ambiental incumpliendo así disposiciones delCódigo de Conducta de Pesca Responsable de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación FAO, cuyo texto señala que los Estados deberían facilitar la consulta y la efectiva participación de la industria, trabajadores de la pesca, las organizaciones ambientalistas y otras interesadas, en la toma de decisiones con respecto a la elaboración de normas y políticas relacionadas con la ordenación y el desarrollo pesqueros, y el crédito y la ayuda internacionales. México tiene la obligación de aplicar el principio precautorio de laDeclaración de Río en todas sus acciones gubernamentales; este principio reconoce que la ciencia puede no ser exacta, por lo que es necesario prevenir la ocurrencia de más daños como los que se han presentado. Por esto, el Reglamento de Pesca debe expedirse a la brevedad posible para evitar daños severos en los ecosistemas marinos causados por la sobrepesca. Para ello, cuando exista la posibilidad de ocasionar “daños graves e irreversibles”, se deberán implementar medidas eficaces para evitarlos. Dicho principio ha sido aplicado en los tribunales mexicanos. Costa Rica, el ejemplo Una legislación pesquera estricta y adecuada de la pesca podría evitar la extinción masiva; desafortunadamente, los gobiernos con frecuencia deben presionarse por sectores sociales o por grupos de la sociedad civil organizada para lograr que se apeguen a las leyes de protección al ambiente y de conservación marina. Esto sucedió en Costa Rica cuando AIDA junto con otras organizaciones socias presentaron unademanda de amparo en donde se requiere la expedición del Reglamento de la Ley de Pesca y Acuicultura de Costa Rica; este caso es muy parecido al de México, en donde la autoridad pesquera había incumplido su obligación de reglamentar las disposiciones de la Ley en un plazo de ocho meses a partir de su entrada en vigor. Como resultado de esta acción legal, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica ordenó a la autoridad de pesca a promulgar el Reglamento mencionado con la participación de la sociedad civil. El Estado mexicano a través de la CONAPESCA debe expedir el Reglamento para cumplir con el artículo 4 Constitucional que protege el derecho al medio ambiente sano de los mexicanos, el principio precautorio, los derechos humanos, así como las obligaciones contenidas en los tratados internacionales. Las organizaciones civiles difundiremos dicho incumplimiento y coordinaremos a los afectados para que la presión social y política, al menos, no por su profesionalismo, sino por la presión mediática, atiendan esta necesidad urgente para el país.
Leer másComunidad que habita aguas abajo del proyecto presentó queja ante el Ombudsman de la CFI.
Leer más
Por Alejandro Cárdenas, asesor en comunicaciones de AIDA, @cardenaslopeza Dos días antes de que se realizara en la ciudad de México uno de los conciertos más importantes a favor de la conservación del patrimonio de la zona sagrada en San Luis Potosí, llamado Wirikuta Fest que se realizó el 26 de mayo, súbitamente funcionarios federales de primer nivel anunciaron que cedían una parte de las concesiones mineras de la zona y se declaraba “como Reserva Minera Nacional”, a lo cual los defensores de la zona llamaron teatro “lleno de falsedades”. Si el montaje televisivo de la ciudadana francesa Florence Cassez acusada de secuestro en México generó un debate nacional sobre el uso indiscriminado de los medios de comunicación para intereses del gobierno federal y políticos, hace un par de semanas, lo hicieron con el pueblo sagrado de Wirikuta. Con la presencia de tres secretarios de estado, se realizó el jueves 24 de mayo un magno evento en el Museo Nacional de Antropología e Historia: el Secretario de Gobernación, Alejandro Poiré; el Secretario de Economía, Bruno Ferrari y el Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira. Publicaron además desplegados en medios nacionales y la agencia del gobierno, Notimex, manejó un comunicado tan confuso que persos medios lo difundieron como si el gobierno hubiera resuelto el problema de los grupos indígenas, cuando ha sido la sociedad civil la que ha presionado. comunicado-wirikuta1.pdf Con este tipo de comunicados, la información que se difundía era muy diferente a la realidad, como se puede ver la siguiente noticia: ¿No es cauteloso el gobierno federal a realizar montajes en plena elección y en la efervescencia de las redes sociales y la crítica estudiantil a la manipulación mediática del movimiento #YoSoy132? El gobierno federal ha sido acusado por organizaciones civiles, nacionales e internacionales en los últimos 12 años de permitir que empresas extranjeras y nacionales exploten sin cumplir con normatividad internacional los recursos naturales en México, y han sido duramente criticados las formas en que viola decretos internacionales y no toma en cuenta a los grupos locales vía ejercicios legales de participación ciudadana como la “consulta previa”. La mayoría son proyectos turísticos como los arrecifes de coral Cabo Pulmo, los manglares en Marismas Nacionales y las minas en Wirikuta, entre muchas otras zonas del país, como lo han denunciado Greenpeace, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Los puntos en los cuales el Gobierno Federal engañó y armó una estrategia mediática, según la oranización civil Conservación Humana, para desestimar un concierto de apoyo donde participaron artistas internacionales, que en plena elección, pone en evidencia que organicen un evento para recaudar fondos porque la secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, no está cumpliendo cabalmente con su tarea. Ante la mala imagen del gobierno panista en el tena, inflan sus convenios con medios de comunicación para seguir con sus “montaje” y confundir a la ciudadanía por su deplorable actuación en el caso de San Luis Potosí. Impugnación No le bastó al gobierno de Felipe Calderón con el ruido armado hace dos semanas con su montaje con la mina First Magestic Group, sino que ahora hacen el ridículo porque el Pueblo Wixárika (huichol) impugnó a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) la candidatura presentada por el Estado mexicano para que la peregrinación que esa cultura indígena realiza desde tiempos inmemoriales sea inscrita en la Lista de Salvaguardia Urgente del Patrimonio Inmaterial de la Humanidad, en contraste de lo que se ha pedido en la Lista de Patrimonio Mundial Cultural y Natural, de acuerdo a lo publicado por La Jornada. La diferencia es que con eso se defienden todas las zonas específicas, todo el hábitat, cosa que con la inscripción como Patrimonio Inmaterial no ocurre, porque ésta sólo protege ciertas actividades, explica el especialista en materia indígena, publicó el Frente para la Defensa de Wirikuta. La estrategia permisiva del gobierno federal fue materializada a través de un evento difundido en un comunicado, la agencia estatal Notimex y entrevistas con persos medios de comunicación donde poco fue cuestionado, con un evento y comunicado del 24 de mayo a las 12:44 horas llamado “Declaran zona Wirikuta como Reserva Minera Nacional”: El gobierno federal declaró Reserva Minera Nacional una región de 45 mil hectáreas en la zona sagrada de Wirikuta y estudia convertirla en un Área Natural Protegida (ANP), informó el secretario de Gobernación, Alejandro Poiré. El Frente, respondió al tema: Las autoridades wixárika consideran incompleta la información y llena de datos falsos que distorsionan la realidad del lugar sagrado. Toda la zona tiene 140 mil 212 hectáreas de la reserva de Wirkuta y el 70% aún tiene concesiones mineras. Los 45 mil kilómetros de lo que se menciona el 30% no concesionado. El engaño: hacer creer y manipular que las 45 mil hectáreas era lo que se estaba peleando por los habitantes y las organizaciones civiles. Además, no se mencionó una mina a cielo abierto que abarcará un 30% de la "zona protegida". El gobierno federal debería proteger las tierras y a los grupos étnicos de México en realidad en lugar de usar engaños o manipulación de medios.
Leer más
Por Astrid Puentes, co directora de AIDA, @astridpuentes Escribo este blog desde Cochabamba, a donde vine para asistir a la 42ª Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA). Es la primera vez que vengo, tanto a Bolivia como a una Asamblea General. Consideramos que había que participar para, entre otros, aportar nuestro esfuerzo hacia verdaderamente “fortalecer el Sistema Interamericano” y prevenir que algunas propuestas de Estados puedan resultar en menor independencia y efectividad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Nuestro objetivo es reiterar la autonomía y rol de los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos por ende, la posibilidad para proteger los derechos humanos en la región. O sea, proteger sus derechos, los míos y los nuestros. El resumen de una historia compleja: el proceso de “fortalecimiento” lo iniciaron algunos Estados en el 2011, después de sólo dos años en que se habían modificado los Reglamentos de la Comisión y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Algunas reacciones de los Estados vinieron después de llamados de atención de la Comisión por situaciones de derechos humanos en sus países. El año pasado se creó un Grupo de Trabajo para evaluar cómo se podría “fortalecer” al Sistema Interamericano. Este Grupo produjo su informe, que la Comisión ya respondió, respecto al cual también nos pronunciamos las ONG. Hace unos días el Secretario General de la OEA, José Miguel Insulza, publicó un informe al respecto, que personalmente considero inadecuado, dado que varias de sus recomendaciones implicarían debilitar, en lugar de fortalecer, el Sistema. Por ejemplo, dice el Secretario que “Existe pues un vacío en el Estatuto de la Comisión sobre la figura de las medidas cautelares que puede ser llenado por… la Asamblea General de la OEA”. Vale la pena mencionar que es la Comisión quien determina su propio Reglamento, justamente como una de las herramientas que aseguran su independencia. El informe de Insulza dejó por fuera elementos respecto a los cuales se le había pedido pronunciarse, como opciones para mejorar el financiamiento al Sistema Interamericano. Por ende, de acogerse sus recomendaciones, el resultado sería contrario al objetivo que tanto el Secretario Insulza como los Estados, han establecido como meta última. Afortunadamente en las declaraciones durante la Asamblea General, el Secretario desestimó algunas de las recomendaciones lo que podría implicar que ya van perdiendo fuerza. Tres de los puntos importantes del proceso de “fortalecimiento” que se discutirán durante los próximos días en la Asamblea en Cochabamba y que seguramente continuarán después, incluyen: Financiamiento para la operación del Sistema Interamericano: un elemento sin duda esencial pues no puede pedirse a la Comisión ser eficiente con sus funciones con un presupuesto irrisorio; “Unificar de manera constructiva” lo que los Estados y la CIDH entienden por las medidas cautelares: un tema presentando por algunos Estados y recogido por el Secretario Insulza. Esto último francamente sorprende justo por venir del propio informe del Secretario por dos razones: a) acatar lo que el Sistema dicte es parte del acuerdo mismo de los Estados al crearlo, y b) porque la Corte Interamericana ha sido muy clara al concluir que las medidas son obligatorias. De los Estados puede preverse, ¿a quién le gusta un jalón de orejas, aunque sea suave, que además sean públicas en los medios? Lo que no implica que no estén razonadas. Si la Comisión debería tener un rol más de promoción que de protección. Es decir si debería asesorar más a los Estados respecto a los derechos humanos, o dedicarse a atender las quejas que por violaciones a los derechos humanos llegan. Los jalones de orejas Para entender el proceso es importante tener en cuenta las motivaciones que han surgido de los Estados para promover estos cambios. Así, casualmente Estados como Brasil, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela quieren “fortalecer” el Sistema, contra los cuales la CIDH ha dictado importantes decisiones recientemente: 1.-A Brasil le solicitó suspender la construcción de la represa Belo Monte por violar derechos indígenas y destruir el ambiente, 2.-El Informe de Democracia y Derechos Humanos en Venezuela evidenció serias violaciones, 3.-Las graves violaciones a derechos humanos en Colombia han sido varias veces incluidas en el capítulo IV del informe anual, 4.-A Ecuador le han llamado múltiples ocasiones la atención de la Relatoría de Libertad de Expresión, entre otros. Juez y parte Si en lugar de Estados habláramos de un director cuya organización está a punto de contratar a un familiar suyo, sin duda debería declararse impedido para involucrarse en el proceso por el conflicto de intereses. O si, en la final del Mundial de Futbol el árbitro fuera de la misma nacionalidad de uno de los equipos, claramente habría protestas del otro equipo. Dado que estos impedimentos no existen en la OEA, pues obviamente son los mismos Estados contra los cuales llegan quejas a la Comisión quienes en la Asamblea podrían modificar sus funciones, es justo por ello que se requiere la voluntad para no intervenir aún cuando no compartan sus decisiones. Es vital que los Estados reconozcan en el discurso y en la realidad, la independencia del Sistema Interamericano. Que reiteren su compromiso con los acuerdos suscritos hace más de 60 años y respalden a los órganos que crearon, justamente para garantizar justicia en caso que a nivel interno hubiera fallas para el respecto de los derechos humanos. (Ver texto en inglés).
Leer másLa represa está bajo revisión por violaciones ambientales y en derechos humanos.
Leer másLos niveles deberían ser cero para realmente proteger a los niños.
Leer másPor Héctor Herrera, asesor legal de AIDA, @RJAColombia Los grupos étnicos en Colombia cuentan con leyes y decretos para proteger la diversidad cultural, para defender la vida individual y colectiva de estos pueblos y comunidades, originarias y ancestrales. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su artículo 6 estipula que los pueblos indígenas tienen derecho a la consulta previa. Es decir, deben participar en la definición de medidas que puedan impactarles, sean legislativas, como leyes o decretos; o administrativas, como licencias ambientales de carreteras, represas, minas, o pozos petroleros, entre otros casos. Dicha negociación se realiza en un contexto de buena fe y procurando lograr acuerdos entre las partes. Lo anterior cobra importancia en Colombia que es un país multiétnico, pluricultural y megadiverso. De acuerdo la Biblioteca Luis Ángel Arango en este país se hablan 65 lenguas indígenas agrupadas en 12 familias lingüísticas, de las cuales 34 tienen menos de mil hablantes; además, se hablan dos lenguas criollas de grupos ancestrales afro. Todas en gran riesgo. Colombia es, también, megadiverso en especies biológicas; primero en aves, segundo en anfibios y mariposas, tercero en reptiles, cuarto en mamíferos, de acuerdo al Instituto Humboldt. Cifras del 2011 del diario El Espectador muestran que 10% de toda la biodiversidad se encuentra en el 1% de la superficie del planeta, esto es, el territorio de Colombia, del cual 29,8% es territorio colectivo indígena y 5% es territorio colectivo ancestral afro. En este escenario, la consulta previa surge como una oportunidad para proteger la diversidad cultural y étnica de Colombia, para defender la vida individual y colectiva de estos pueblos y comunidades, originarias y ancestrales. Al mismo tiempo, podría ser una oportunidad para proteger los ecosistemas donde habitan estos grupos étnicos y para proteger la vida en todas sus formas. No se trata de imponer un modelo conservacionista o extractivo o de desarrollo, sino de garantizar un espacio efectivo de diálogo intercultural y de buena fe con los grupos étnicos, ante medidas que los puedan afectar, sean legislativas o administrativas, sean leyes nacionales oproyectos extractivos, como lo ordena el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT. Este derecho ha sido reconocido también en múltiples instrumentos jurídicos internacionales y nacionales. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 (archivo en pdf), por ejemplo en el nivel internacional. O para el caso colombiano, la Constitución Política, que además protegió los derechos al territorio colectivo de los grupos étnicos colombianos y a un ambiente sano de toda la sociedad. Entonces, con sustento en instrumentos jurídicos internacionales y la Constitución Política, la Corte Constitucional de Colombia ha amparado el derecho a la consulta previa: Al “pueblo indígena embera” ante la construcción de la represa Urrá en 1998 y a los pueblos indígenas del amazonas por la fumigación de cultivos ilícitos en 2003. Igualmente, por no haber consultado a los grupos étnicos, la alta Corte declaró inconstitucionales; el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, la ley forestal de 2006 y la reforma del código de minas de 2010. Entre otros casos. Lo anterior sin entrar al contexto regional, donde, por ejemplo, países como Bolivia en la Constitución Plurinacional de 2009 y Ecuador en la Constitución intercultural y plurinacional de 1998, reconocen el derecho a la consulta previa, o en Perú donde se acaba de reglamentar este año. Una cultura, una cosmovisión, una lengua, es algo vivo que puede permanecer en el tiempo si lo respetamos y garantizamos los derechos, como el de la consulta previa. Además, podría fortalecer la protección de ecosistemas claves y de la diversidad biológica, asunto vital, en un contexto de cambio climático y de degradación ambiental sin precedentes.
Leer másEl pasado 11 de abril, la Comisión solicitó al gobierno brasileño aclarar la situación de las comunidades tradicionales de la cuenca del Río Xingú, afectadas por la construcción de la represa hidroeléctrica de Belo Monte.
Leer más