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Omisión en cobertura del Día Mundial contra la Minería a Cielo Abierto

Alejandro Cardenas, communications advisor AIDA, @cardenaslopeza Except for the daily La Jornada, Image Gulf and mentions in social networks, it goes unnoticed in Mexico one of the countries with mining in the world. Only two media in Mexico covered on Sunday July 22 the " World Day Against Mining Tóxica Open Air " promoted by Persian civil organizations in Mexico and otroas countries held protests against the worst type of mining being done, by the use of hazardous chemicals and explosives, as it has documented AIDA. The newspaper La Jornada in the city of Mexico and Image Gulf in Veracruz covered the protests by citizens, one in the Ministry of Economy in Mexico City, one in the Canadian embassy and one in Orizaba. It is important that the media cover mining in Mexico because according to the " Summary of Basic Indicators Mining " held by the Federal Government, in 2011, the production value of Mexican mining reached a total of 259.5 billion pesos, an amount representing an increase of 38.4% over the previous year. " That amount, which means eight times the budget of the National Autonomous University of Mexico (UNAM), reflects that it is a very important in the country, industry where most foreign companies that have concessions from Canada. The little coverage was confirmed after a thorough review in social networks, Google and  specialized information services by words and topics . Perhaps you have covered most but what is clear is that was omitted in major national media, television and radio. PAN government and concessions At the end of the presidency of Felipe Calderon, Mexico reached the 27 000 mining concessions, 15.7% of the national territory, "and many  of these indigenous communities.  Some, like Wirikuta or the Mountain of Guerrero, fighting to defend their territory and They demand its cancellation , "published in April this year,  the Sunday magazine El Universal. This contradiction to the overwhelming mining presence in Mexico, shows the  power of the industry that mutes  any kind of expression linked to this business. For decades they have demonstrated systematic abuses of mining companies that have been evidenced both environmental authorities corruption, violation of international law and attacks against local villagers. Media companies in Mexico little space and importance give coverage of environmental issues. Also the Congress has responsibility since the protest urge to immediately ban this method of mining work and remove the public amenity value to the extraction of minerals , including reforms to the 1992 Act. More information " The exploitation of mining will destroy 30% of the country in 10 years s " La Jornada Last Sunday the World Day was held against opencast mining. University voice Protest under the World Day against opencast mining Cencos World Day Against Megaminería: Organizations demand the full implementation of the Glaciers Law in San Juan Greenpeace Argentina July 22, World Day Against Mining open pit Broad Opposition Front Mina San Xavier Opencast mining Mexico Do Something    

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Grupo del Banco Mundial inicia caso sobre mina de oro de Eco Oro Minerals ubicada en frágiles humedales colombianos

El Ombudsman de la CFI examinará denuncias de las comunidades aguas abajo. Bucaramanga, Colombia. El Grupo del Banco Mundial admitió el pasado jueves una queja sobre su inversión en el proyecto de Eco Oro Minerals (antes Greystar) Angostura—un proyecto de mina de oro a gran escala ubicada en el páramo de Santurbán que es un frágil humedal de alta montaña y que abastece de agua a más de dos millones de colombianos.  La Oficina del Asesor de Cumplimiento Ombudsman (CAO, por sus siglas en inglés) que el mecanismo independiente de rendición de cuentas de la Corporación Financiera Internacional (CFI), revisará minuciosamente las denuncias que alegan que la CFI no evaluó los impactos sociales y ambientales del proyecto minero, a pesar que son potencialmente graves e irreversibles.   La decisión de la CAO se dio como consecuencia de una denuncia presentada el mes pasado por grupos potencialmente afectados por el proyecto minero en Bucaramanga, Colombia.  La denuncia afirma que la CFI, entidad del Grupo del Banco Mundial que presta al sector privado, desconoció sus propias políticas al invertir USD $11,79 millones en el proyecto de la compañía con sede en Vancouver, Canadá.   "Es indignante que una iniciativa minera tan perjudicial esté respaldada por el Grupo del Banco Mundial, cuya misión es promover un desarrollo real y sostenible", dijo el abogado Miguel Ramos, del Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán, coalición de casi 40 grupos locales, que promovió la denuncia ante la CAO. "Hay una veintena de municipios cuyas aguas se verían afectadas por este proyecto".   El Ombudsman de la CAO evaluará el caso antes de que la CAO determine si es procedente realizar una auditoría completa del proyecto, que en caso de hacerse, examinaría si se han violado las políticas ambientales y sociales de la CFI.  En mayo de 2011, después de controversiales audiencias y protestas donde participaron decenas de miles de personas, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible colombiano negó la solicitud para la licencia ambiental de Eco Oro, citando normas ambientales constitucionales e internacionales que prohíben la actividad minera en páramos, que son humedales de alta montaña.   Los páramos son ecosistemas frágiles que suministran aproximadamente el 75% del agua dulce de Colombia, incluyendo el agua potable de millones de personas; además, desempeñan un papel clave en la mitigación y adaptación al cambio climático.   La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL) y Alerta Minera Canadá apoyan la solicitud de auditoría al proyecto minero del Comité ante la CAO, y recomiendan la retirada de la inversión de la CFI.   "La CFI determina el estándar para este tipo de inversiones en el país por lo cual debe ser muy cuidadosa para evitar financiar proyectos insostenibles como el de Angostura", dijo Astrid Puentes Riaño, Co-Directora de AIDA. "Tenemos confianza que esta investigación demostrará que la CFI no garantizó una protección mínima para las comunidades y el ambiente, al dejar de evaluar los impactos integralmente antes de invertir".   "La presencia previa de conflicto armado en esta área podría exacerbar los impactos nocivos que este proyecto tendría en las comunidades y sus fuentes de agua.  No obstante, la CFI invirtió en la mina con la esperanza de promover mayor inversión en el sector minero de Colombia,” expresó Jen Moore, Coordinadora del Programa América Latina de Alerta Minera Canadá. "Este proceso de revisión tiene fundamentos por lo cual la CFI debe retirar su inversión".   La CAO evaluará las denuncias respecto a que la CFI subestimó los problemas de seguridad potenciales relacionados con el proyecto Eco Oro.  La queja cuestiona la evaluación inicial de la CFI y presenta evidencia de violencia asociada con guerrilla y paramilitarismo, tras una operación militar y el establecimiento de instalaciones militares en la zona en 2003.   Eco Oro posee títulos mineros en cerca de 30.000 hectáreas de tierra en el páramo de Santurbán, cercano a la ciudad de Bucaramanga, en el departamento de Santander al noreste de Colombia.  Este proyecto minero de Eco Oro ya ha fomentado inversiones de por lo menos otras cinco empresas en el área inmediata, aumentando en más del doble la superficie de concesiones mineras en el páramo.   Texto completo de la queja aquí.

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Corte abre la puerta a reconocer derechos de grupos étnicos en Colombia

Por Héctor Herrera, asesor legal de AIDA, @RJAColombia Ante proyectos que pongan en riesgo la pervivencia física o cultural de grupos étnicos en Colombia, por ejemplo mineros o turísticos, se deberá contar con el consentimiento previo para que el Estado pueda dar permisos. Lo anterior fue reiterado por la Corte Constitucional de Colombia el pasado 12 de abril de 2012, hace tres meses, mediante el pronunciamiento judicial (Auto) 053 donde reitera la protección al consentimiento previo, libre e informado en cabeza de los grupos étnicos. Esto constituye una reiteración en la protección de los derechos de los pueblos indígenas y comunidades afro y un avance legal del máximo Tribunal colombiano. La decisión da esperanzas y expectativas en el sendero demarcado por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. AIDA en su boletín de mayo registró la noticia. Pero aún con esa decisión, los grupos étnicos siguen en riesgo en Colombia, no sólo por el conflicto armado que los desplaza y confina, sino por iniciativas económicas legales o ilegales que implican la ocupación de sus territorios. Los pueblos indígenas y las comunidades afro además poseen propiedad colectiva de una parte considerable del territorio colombiano, y han demostrado poder vivir y convivir con la naturaleza. De esto da cuenta el hecho que muchos de los territorios de reserva forestal en Colombia coinciden con territorios colectivos étnicos. En un escenario así, la figura legal del “consentimiento previo” es clave para la protección de los grupos étnicos y de los ecosistemas donde habitan. El reconocimiento judicial en esta materia ha sido paulatino. Acciones judiciales que implicaban el consentimiento previo fueron negadas en el pasado. De hecho, el proceso que concluyó en la Sentencia T-769 y el Auto 053 confirmatorio, relacionado con el pueblo indígena Embera Dobida, nos muestra cómo jueces de menor jerarquía y organizaciones públicas y privadas se negaban a reconocer los derechos de los grupos étnicos. En este caso, los Embera Dobida y Consejos Comunitarios afro de la cuenca del río Jiguamiandó en el noroeste de Colombia, exigieron el derecho al consentimiento previo ante un proyecto minero que afectaba sus sitios sagrados. Así, a principios de 2009 mediante acción de amparo solicitaron al Tribunal Superior de Bogotá la garantía de sus derechos, tribunal que no aceptó las exigencias de los grupos étnicos demandantes. El caso llegó hasta la Corte Suprema de Justicia, que también negó la acción en mayo de 2009. Entonces, la Corte Constitucional revisó el caso y concedió la tutela de los derechos en la Sentencia T-769 de 2009. Como respuesta a lo anterior, la empresa minera Muriel Mining y el Ministerio del Interior de Colombia,  buscaron la nulidad mediante dos solicitudes interpuestas en el año 2009, pero la Corte Constitucional no encontró sustento en los argumentos y reiteró la Sentencia mediante el Auto 053 de 2012.    Entonces, es relevante que los jueces de menor jerarquía así como las entidades públicas y las empresas, reconozcan y respeten los derechos de los grupos étnicos. Así se evitará que se repitan situaciones como las del caso mencionado, donde el reconocimiento de los derechos fue negado o desconocido por múltiples actores públicos y privados, y tuvo que llegar hasta el máximo tribunal de los colombianos para contar con un reconocimiento efectivo de los derechos. Igualmente, es recomendable una legislación más actualizada y una política pública que materialice estos derechos. En el entretanto, las autoridades étnicas y ambientales podrán aprovechar esta nueva jurisprudencia para seguir progresando en la ruta de la protección de los derechos, para que el respeto de los derechos de los grupos étnicos sea la regla general y no casos aislados que llegan hasta el máximo tribunal judicial de Colombia.

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O direito ao consentimento livre, prévio e informado dos povos indígenas

By Joelson Cavalcante, legal counsel of AIDA The right to consent of indigenous peoples enshrined in international law, remains to be clarified and implementation in the Brazilian legislation. The Convention no. 169 of the International Labour Organisation (ILO) which was ratified by Brazil in 2002 is presented as a new reference standard in cases constitutional, legislative and institutional reform that presence in the region . Thus, indigenous peoples have used to support their demands, such as the reference to legislative changes in line with the international obligations of States on the rights of indigenous people. The Inter-American Commission has also emphasized the importance of the consultation process is the protection granted to other rights. So speaks the right of indigenous peoples to be consulted about decisions that may affect them. In this sense, the state must respect, protect and promote the traditions and customs of indigenous and tribal peoples. Similarly, the free, prior and informed should be culturally appropriate, taking into account the language, cultural identity and traditions d the people involved . In addition, consultations around projects affecting the territorial integrity of indigenous peoples are of particular importance, given the special relationship that these people enjoy their land. The right to consent is linked to the right to participation enshrined in Article 23 of the American Convention, as interpreted by the Inter-American Court in the case Yatama Vs. Nicaragua . Thus, indigenous peoples have the right to participate in decision making on matters that affect their ways of being and living. In the same way that relates to the right to cultural identity, as this may be affected by such decisions. The Brazilian Constitution of 1988 ensures the protection of indigenous peoples, in Article 231, recognizing their social organization, customs, languages, beliefs and traditions, and the s rights to the lands they traditionally occupy. No doubt that states should give an effective practical implementation of the constitutional, legal and regulatory its national law in order to enshrine the rights of indigenous peoples to enjoy their rights . In this sense, it is understood that the regulation of this law shall be made ​​through a broad process of indigenous participation in accordance with rules and procedures agreed with the indigenous peoples and their representative organizations. The government should ensure sufficient time for discussion, reflection and deliberation on the subject. So, should ensure sufficient information appropriate and timely for the process to consult to, as well as the resources needed for its realization. For all that, the consent procedures, prior and informed should be regulated by Brazilian law for the rights of indigenous peoples can be adequately observed. Inter-American Court of Human Derechos if Yatama Vs. Nicaragua

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Agua para todos ¿en igual cantidad y calidad?

Por Tania Paz, asistente general de AIDA, @TaniaNinoshka Uno de los primeros valores que aprendí de niña, es que “Un vaso de agua no se le niega a nadie”, eso era pecado, algo que todos sabían. Hoy, casi 25 años después, el 37% de la población nicaragüense no tiene acceso a agua potable de acuerdo al Censo de Población 2005, INIDES, de los cuales el 27% se ubica en la zona rural del país. En las comunidades rurales donde no hay acceso a agua potable en mi país, los pobladores consumen de fuentes abiertas como: ríos, quebradas, o pozos comunitarios, que en muchos casos no cumplen con las condiciones necesarias de salubridad. Las Naciones Unidas establecen que una persona necesita entre 20 a 50 litros de agua al día para cubrir sus necesidades básicas, sin embargo 894 millones de personas alrededor del mundo carecen de este servicio (0MS-UNICEF, 2012) y se espera que al 2025 sean 3 mil millones los afectados. El “Acceso al Agua Potable y Saneamiento” es un Derecho Human reconocido por las Naciones Unidas a través de la Resolución 64/292 . Es responsabilidad de los gobiernos garantizar dicho derecho a sus ciudadanos. Para tal fin, deben tomar en cuenta la protección a las fuentes de agua dulce y las medidas de adaptación a cambio climático. a ¿Qué implica vivir con carencia de agua potable? Nací y crecí en Managua, la capital de Nicaragua, uno de los países más ricos en recursos naturales de la región centroamericana, pero con más de la mitad de su población viviendo en pobreza (55%) de acuerdo Censo de Población 2005, INIDES y con una historia de dictadura, revolución, bloqueo económico y guerra civil. Aproximadamente a partir de 1997 inició una crisis en el aprovisionamiento de agua potable que afectó mi barrio y otras zonas aledañas. En los primeros meses de 1997, el suministro  del servicio fue suspendido por un lapso de 2 a 3 horas diarias pero en los años siguientes el horario de racionamiento incrementó 6 ó 7 horas, hasta el punto que teníamos disponible agua menos de 4 horas al día Dicha crisis representó implicaciones económicas para mi familia (con un ingreso medio) porque parte del presupuesto familiar se destinó a la compra de recipientes para almacenar agua y/o compra de agua purificada para el consumo. Es decir el ingreso que antes era destinado para recreación o compra de vestimenta fue destinado para el agua. Las actividades del hogar y de la familia se modificaron a causa del racionamiento. Limitamos el agua para el consumo, para bañarnos tanto así que ya sabía exactamente cuánta cantidad necesaria  para estar limpia. También racionamos el agua para la preparación de los alimentos y el lavado de ropa, siendo esta última actividad una de las más complicadas al ser una familia numerosa de 8 miembros. Cambio de horarios por el agua En los peores años de la crisis el suministro de agua se realizaba durante la madrugada, lo que implicó reducir nuestras horas de sueño para estar preparados a la hora de llenar los recipientes. Recuerdo exactamente la sensación de dormir plácidamente y de pronto ser despertada por el ruido del grifo. Sin duda, era desagradable  despertarse tan temprano, pero lo era más, no tener agua durante el día. Durante varios días prácticamente las actividades de la casa comenzaban a la dos ó tres de la madrugada, hora en la cual, un miembro de mi familia llenaba los recipientes de agua y otro lavaba su ropa o limpiaba la casa. Evidentemente la crisis en el aprovisionamiento de agua potable afectó el nivel de bienestar de mi familia porque implicó la reducción en el presupuesto familiar, reorganizar las labores del hogar, que se volvieron más pesadas; y afectó nuestra salud, dado que disminuyeron las horas de sueño, la cantidad de agua para consumo y para preparar los alimentos Finalmente, reitero, que es responsabilidad de los gobiernos cumplir con el derecho humano de acceso al agua potable y saneamiento, con lo cual, no sólo mejorará el nivel de bienestar de su población, sino contribuirá al desarrollo socioeconómico del país.

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Líderes de movimientos brasileños en contra de Belo Monte amenazados con cárcel por protestas legales

Grupos internacionales denuncian ante la OEA y organismos de derechos humanos de la ONU intentos de criminalizar a la sociedad civil.

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Project México

Protegiendo la abundante vida marina del arrecife de Cabo Pulmo

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Cuatro años sin haberse creado el reglamento de pesca en México

Por Sandra Moguel, asesora legal de AIDA, @sandra_moguel Una de las causas por las cuales los recursos pesqueros escasean en México es la falta de políticas y reglamentos claros e integrales que ataquen problemas de sobrepesca. Desde el 24 de julio de 2007 se publicó la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables en el Diario Oficial de la Federación con los objetivos de mejorar la calidad de vida de los pescadores, generar aprovechamiento de estos recursos por parte de las comunidades y grupos indígenas, y desarrollar ordenamientos pesqueros, entre otros. La misma Ley cataloga al manejo de los recursos pesqueros como asunto de seguridad, por lo que en su artículo Sexto Transitorio obliga a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) a expedir  el Reglamento de esta ley en un término de seis meses a partir de su entrada en vigor, es decir, a más tardar el 22 de octubre de 2007. A casi cuatro años, esto todavía no sucede. La Ley mencionada no desarrolla suficiente y detalladamente aspectos como cuotas de captura, el procedimiento para la creación de zonas de refugio, derechos de propiedad en las concesiones, aspectos de inspección y vigilancia, incluyendo sanciones a las violaciones a la misma ley.  Indiferencia a la presión social y política Varios grupos de la sociedad civil han solicitado a las autoridades pesqueras que se expida el Reglamento; también los Senadores exhortaron a la CONAPESCA con carácter de urgente para expedir el Reglamento. En elexhorto señalan que se trata de un vacío injustificable que no sólo afecta al ambiente marino y su biopersidad, sino también impactalos derechos humanos a la alimentación y trabajo de las personas. Es lamentable que CONAPESCA ignore la participación de los pescadores y sector conservación ambiental incumpliendo así disposiciones delCódigo de Conducta de Pesca Responsable de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación FAO, cuyo texto señala que los Estados deberían facilitar la consulta y la efectiva participación de la industria, trabajadores de la pesca, las organizaciones ambientalistas y otras interesadas, en la toma de decisiones con respecto a la elaboración de normas y políticas relacionadas con la ordenación y el desarrollo pesqueros, y el crédito y la ayuda internacionales. México tiene la obligación de aplicar el principio precautorio de laDeclaración de Río en todas sus acciones gubernamentales; este principio reconoce que la ciencia puede no ser exacta, por lo que es necesario prevenir la ocurrencia de más daños como los que se han presentado. Por esto, el Reglamento de Pesca debe expedirse a la brevedad posible para evitar daños severos en los ecosistemas marinos causados por la sobrepesca. Para ello, cuando exista la posibilidad de ocasionar “daños graves e irreversibles”, se deberán implementar medidas eficaces para evitarlos. Dicho principio ha sido aplicado en los tribunales mexicanos. Costa Rica, el ejemplo Una legislación pesquera estricta y adecuada de la pesca podría evitar la extinción masiva; desafortunadamente, los gobiernos con frecuencia deben presionarse por sectores sociales o por grupos de la sociedad civil organizada para lograr que se apeguen a las leyes de protección al ambiente y de conservación marina. Esto sucedió en Costa Rica cuando AIDA junto con otras organizaciones socias presentaron unademanda de amparo en donde se requiere la expedición del Reglamento de la Ley de Pesca y Acuicultura de Costa Rica; este caso es muy parecido al de México, en donde la autoridad pesquera había incumplido su obligación de reglamentar las disposiciones de la Ley en un plazo de ocho meses a partir de su entrada en vigor.  Como resultado de esta acción legal, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica ordenó a la autoridad de pesca a promulgar el Reglamento mencionado con la participación de la sociedad civil. El Estado mexicano a través de la CONAPESCA debe expedir el Reglamento para cumplir con el artículo 4 Constitucional que protege el derecho al medio ambiente sano de los mexicanos, el principio precautorio, los derechos humanos, así como las obligaciones contenidas en los tratados internacionales. Las organizaciones civiles difundiremos dicho incumplimiento y coordinaremos a los afectados para que la presión social y política, al menos, no por su profesionalismo, sino por la presión mediática, atiendan esta necesidad urgente para el país.

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Queja interpuesta contra el Grupo del Banco Mundial por el financiamiento de mina de oro de Eco Oro Minerals en frágiles humedales colombianos

Comunidad que habita aguas abajo del proyecto presentó queja ante el Ombudsman de la CFI.

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Otro montaje mediático del Gobierno de México, ahora sobre Wirikuta

Por Alejandro Cárdenas, asesor en comunicaciones de AIDA, @cardenaslopeza Dos días antes de que se realizara en la ciudad de México uno de los conciertos más importantes a favor de la conservación del patrimonio de la zona sagrada en San Luis Potosí, llamado Wirikuta Fest que se realizó el 26 de mayo, súbitamente funcionarios federales de primer nivel anunciaron que cedían una parte de las concesiones mineras de la zona y se declaraba “como Reserva Minera Nacional”, a lo cual los defensores de la zona llamaron teatro “lleno de falsedades”. Si el montaje televisivo de la ciudadana francesa Florence Cassez acusada de secuestro en México generó un debate nacional sobre el uso indiscriminado de los medios de comunicación para intereses del gobierno federal y políticos, hace un par de semanas, lo hicieron con el pueblo sagrado de Wirikuta. Con la presencia de tres secretarios de estado, se realizó el jueves 24 de mayo un magno evento en el Museo Nacional de Antropología e Historia: el Secretario de Gobernación, Alejandro Poiré; el Secretario de Economía, Bruno Ferrari y el Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira. Publicaron además desplegados en medios nacionales y la agencia del gobierno, Notimex, manejó un comunicado tan confuso que persos medios lo difundieron como si el gobierno hubiera resuelto el problema de los grupos indígenas, cuando ha sido la sociedad civil la que ha presionado. comunicado-wirikuta1.pdf Con este tipo de comunicados, la información que se difundía era muy diferente a la realidad, como se puede ver la siguiente noticia:  ¿No es cauteloso el gobierno federal a realizar montajes en plena elección y en la efervescencia de las redes sociales y la crítica estudiantil a la manipulación mediática del movimiento #YoSoy132? El gobierno federal ha sido acusado por organizaciones civiles, nacionales e internacionales en los últimos 12 años de permitir que empresas extranjeras y nacionales exploten sin cumplir con normatividad internacional los recursos naturales en México, y han sido duramente criticados las formas en que viola decretos internacionales y no toma en cuenta a los grupos locales vía ejercicios legales de participación ciudadana como la “consulta previa”. La mayoría son proyectos turísticos como los arrecifes de coral Cabo Pulmo, los manglares en Marismas Nacionales y las minas en Wirikuta, entre muchas otras zonas del país, como lo han denunciado Greenpeace, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).   Los puntos en los cuales el Gobierno Federal engañó y armó una estrategia mediática, según la oranización civil Conservación Humana, para desestimar un concierto de apoyo donde participaron artistas internacionales, que en plena elección, pone en evidencia que organicen un evento para recaudar fondos porque la secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, no está cumpliendo cabalmente con su tarea. Ante la mala imagen del gobierno panista en el tena, inflan sus convenios con medios de comunicación para seguir con sus “montaje” y confundir a la ciudadanía por su deplorable actuación en el caso de San Luis Potosí. Impugnación No le bastó al gobierno de Felipe Calderón con el ruido armado hace dos semanas con su montaje con la mina First Magestic Group, sino que ahora hacen el ridículo porque el Pueblo Wixárika (huichol) impugnó a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) la candidatura presentada por el Estado mexicano para que la peregrinación que esa cultura indígena realiza desde tiempos inmemoriales sea inscrita en la Lista de Salvaguardia Urgente del Patrimonio Inmaterial de la Humanidad, en contraste de lo que se ha pedido en la Lista de Patrimonio Mundial Cultural y Natural, de acuerdo a lo publicado por La Jornada. La diferencia es que con eso se defienden todas las zonas específicas, todo el hábitat, cosa que con la inscripción como Patrimonio Inmaterial no ocurre, porque ésta sólo protege ciertas actividades, explica el especialista en materia indígena, publicó el Frente para la Defensa de Wirikuta. La estrategia permisiva del gobierno federal fue materializada a través de un evento difundido en un comunicado, la agencia estatal Notimex y entrevistas con persos medios de comunicación donde poco fue cuestionado, con un evento y comunicado del 24 de mayo a las 12:44 horas llamado “Declaran zona Wirikuta como Reserva Minera Nacional”: El gobierno federal declaró Reserva Minera Nacional una región de 45 mil hectáreas en la zona sagrada de Wirikuta y estudia convertirla en un Área Natural Protegida (ANP), informó el secretario de Gobernación, Alejandro Poiré. El Frente, respondió al tema: Las autoridades wixárika consideran incompleta la información y llena de datos falsos que distorsionan la realidad del lugar sagrado. Toda la zona tiene 140 mil 212 hectáreas de la reserva de Wirkuta y el 70% aún tiene concesiones mineras. Los 45 mil kilómetros de lo que se menciona el 30% no concesionado. El engaño: hacer creer y manipular que las 45 mil hectáreas era lo que se estaba peleando por los habitantes y las organizaciones civiles. Además, no se mencionó una mina a cielo abierto que abarcará un 30% de la "zona protegida". El gobierno federal debería proteger las tierras y a los grupos étnicos de México en realidad en lugar de usar engaños o manipulación de medios.

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