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AIDA Apoya Acción Contra Represa Baba

Para publicación inmediata Contactos: Astrid Puentes (México), (5255) 55212-0141, [email protected] Natalia Landivar (Quito), (593) 2 22 24 962, [email protected] Monti Aguirre (Berkeley, EEUU), (1-510) 848-1155, [email protected]   Organizaciones Internacionales apoyan amparo contra Proyecto Multipropósito Baba ante Tribunal Constitucional de Ecuador para proteger derechos humanos y ambiente   QUITO, MÉXICO, BERKELEY, 19 DE JUNIO DE 2008 -- La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), presentó un amicus curiae (escrito de amigo de la corte) ante el Tribunal Constitucional de Ecuador, suscrito por International Rivers y FoodFirst Information and Action Network (FIAN) International, apoyando la demanda de Amparo Constitucional interpuesta por afectados del Proyecto Multipropósito Baba. Las organizaciones internacionales argumentaron violaciones a los derechos humanos y al ambiente en la aprobación del proyecto, por lo cual se unen a los demandantes para solicitar la suspensión de su ejecución.   “Existen sinnúmero de experiencias donde la implementación inadecuada de mega-represas ha generado daños irreversibles, es necesario aprender de ellas” aseguró Astrid Puentes de AIDA. “La producción de energía no puede implementarse a costa del ambiente y de los derechos humanos, más aún cuando existen alternativas que ni siquiera se han evaluado y que a la larga, podrían evitar mayores costos para los países” puntualizó.   El Proyecto Baba, que incluye la construcción de una represa que inundará más de 1,000 hectáreas, fue aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente en noviembre de 2006 sin los estudios de impacto ambiental y sociales integrales que se exigen en la legislación nacional e internacionalmente. Estos estudios son de vital importancia, pues el proyecto afectará importantes zonas y tierras de cultivo, impactando seriamente la vida de cientos de personas que dependen de la pesca y la agricultura. Además, se dañará seriamente el hábitat de biodiversidad endémica y en peligro de extinción, como el ave rascón, el venado pequeño y el oso hormiguero de chaleco.   “Tenemos la confianza que el Tribunal considerará los estándares internacionales en su decisión” mencionó Monti Aguirre de International Rivers. Dentro de los derechos afectados con este proyecto se incluyen el derecho a la calidad de vida, a la alimentación y a la vivienda, al ambiente sano, al debido proceso y a las garantías judiciales, y a la consulta previa, consagrados en la Constitución Ecuatoriana, en la Convención Americana, el Convenio 169 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo de San Salvador, entre otros.   “Buscamos aportar argumentos ante el Tribunal Constitucional evidenciando que la aprobación del proyecto ignora normas internacionales ambientales y de derechos humanos, lo cual puede generar responsabilidad internacional del gobierno ecuatoriano” aseguró Natalia Landivar de FIAN ECUADOR. “Confiamos en que se fallará de acuerdo a las normas” agregó.  

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Comisión Interamericana Admite Caso de Violación a Derechos Humanos de La Oroya

PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA: 18 de Agosto de 2009 CIDH acepta denuncia contra el Estado Peruano por violaciones a los derechos humanos de pobladores de La Oroya ► Según la Comisión Interamericana se evidenciaría una posible violación a los derechos de la vida e integridad, y a la información y acceso a la justicia, del Estado peruano por contaminación del complejo metalúrgico. ► Posible ampliación del PAMA anunciada por el Presidente García deberá contar con medidas eficaces para no agravar la vulneración a los derechos humanos.   WASHINGTON D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió la denuncia por las violaciones de derechos humanos en La Oroya contra el Estado peruano, presentada por AIDA, Earthjustice y CEDHA, apoyada en Perú por la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). Según el Informe, “La Comisión considera las supuestas muertes y/o afectaciones a la salud de las presuntas víctimas como consecuencia de acciones y omisiones estatales frente a la contaminación ambiental derivada del complejo metalúrgico que funciona en La Oroya, de ser probadas podrían caracterizar violación de los derechos consagrados en los artículos 4 [vida] y 5 [integridad personal] de la Convención Americana”. La Comisión también estudiará si las acciones del Estado respecto al acceso a la información de la situación del ambiente y de la salud humana, y las presiones a las personas que pretenden difundir esta información, violan el derecho al acceso a la información y la libertad de expresión. Adicionalmente, “el retardo injustificado” para cumplir la sentencia del Tribunal Constitucional de 2006, que ordenó acciones de protección a la salud pública en la ciudad, puede constituir también violaciones al acceso a la justicia y a la garantía judicial. "Esta denuncia responde a la falta de medidas del Estado peruano que, por lo menos desde hace diez años, conoce los impactos de la contaminación en las personas y el ambiente, a pesar de lo cual no ha implementado acciones efectivas”, señala Astrid Puentes, Co-Directora de AIDA. “Si bien ha habido algunas acciones en La Oroya, éstas no han sido efectivas para mejorar la salud y el ambiente; como han declarado el Tribunal Constitucional Peruano e incluso el mismo Ministerio de Salud, y también menciona la Comisión”. La admisión de la demanda por la CIDH se produce en circunstancias especiales, puesto que el Gobierno Peruano y la empresa Doe Run Perú, dueña del Complejo Metalúrgico, están negociando en éstos días una posible nueva ampliación al Plan de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), cuya ejecución efectiva es indispensable para mejorar la calidad ambiental en la zona y que ya ha sido ampliado excepcionalmente antes. Por ello, la Comisión estará vigilante al proceso y los resultados serán relevantes para el caso admitido.   “El PAMA vigente no contempla prórrogas y ante incumplimiento, establece la obligación de imponer multas y la ejecución de garantías financieras, que de no implementarse, demoraría aún más las acciones necesarias para controlar la contaminación, y la consecuente vulneración de los derechos humanos de los pobladores de La Oroya”, afirma José Luis Capella, Director del Programa de Defensa del Interés Ciudadano de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). “Por ello la decisión respecto al PAMA deberá considerar estas garantías exigidas e implementar finalmente, las medidas efectivas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones para mejorar la salud y el ambiente en la ciudad, pues éstas medidas no se han cumplido” finalizó.   Vale la pena recordar que, vinculado a esta petición, la CIDH viene también haciéndole seguimiento a unas medidas cautelares urgentes solicitadas hace dos años por la Comisión al Estado peruano, para brindar diagnóstico y tratamiento médico especializado a favor de un grupo de pobladores de La Oroya afectados por la contaminación derivada de la actividad del complejo metalúrgico que opera en esta ciudad del Perú. “La admisión de este caso es vital para la protección de los derechos de las personas en La Oroya y del hemisferio, pues evidencia que la grave contaminación en la ciudad tiene un impacto no sólo en el ambiente, sino en la salud de las personas, y que afecta sus derechos humanos” dijo Martin Wagner Director del Programa Internacional de Earthjustice. “Es una excelente noticia que nos da esperanza para que las cosas en La Oroya se mejoren por fin” dijo una de las demandantes del caso, cuyos nombres son confidenciales, para protegerlos."

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La Oroya triunfó en Corte Constitucional, pero el fallo no fue acatado

En 2006, el Tribunal Constitucional peruano reconoció que los altos niveles de contaminación en La Oroya estaban causando serios problemas de salud a la población. El Tribunal ordenó al Ministro de Salud cumplir con la ley y tomar acciones urgentes para prevenir impactos adicionales irreversibles al ambiente y al derecho humano a la salud. Esta decisión se basó en numerosos estudios científicos del gobierno, organizaciones de la sociedad civil, y Doe Run Perú, empresa que opera la metalúrgica. En su fallo, el Tribunal aceptó todos los argumentos presentados por la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), quien representó a las personas de La Oroya en este caso que AIDA apoyó. El Tribunal dio 30 días al Estado peruano para: Brindar atención médica de emergencia a las personas contaminadas con plomo, dando prioridad a las mujeres embarazadas y a los niños; Implementar un plan de acción para mejorar la calidad del aire en La Oroya; Declarar Estado de Emergencia cuando los niveles de contaminación sean excesivos; Establecer programas de monitoreo epidemiológico y ambiental. Esta sentencia constituye un precedente legal clave por tres razones fundamentales: reconoce que los niveles de contaminación extremadamente altos, como los de La Oroya, pueden causar serios e irreversibles daños a la salud de las personas, violando los derechos humanos; reitera la obligación del Estado de proteger a las personas, ordenándole acciones específicas para reducir las amenazas a la salud; al ordenar al Estado que coordine con la compañía contaminadora, confirma que las corporaciones son responsables de desarrollar sus negocios respetando los derechos humanos a la salud, la vida y a un ambiente sano. En respuesta a la sentencia, el Estado peruano realizó algunos cambios, pero de ninguna forma cumplió completamente con la orden. Por lo tanto, en 2006, AIDA, junto con abogados peruanos, Earthjustice y CEDHA, presentaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Por medio del mismo, buscamos que se aplique la orden del Tribunal y se implementen medidas adicionales que verdaderamente protegerán la salud en La Oroya.

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El caso de La Oroya llega a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

En un esfuerzo por obligar al Estado peruano a resolver la crisis de salud existente en La Oroya, AIDA acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2005 para solicitarle se tomen medidas cautelares urgentes para proteger los derechos humanos de la población afectada. En colaboración con Earthjustice, el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) y nuestros colegas peruanos, llevamos este caso en representación de más de 60 adultos, así como de niños y niñas que viven en La Oroya y sufren problemas de salud, posiblemente causados por la contaminación de la metalúrgica.  El Estado incumplió las acciones ordenadas por el Tribunal Constitucional peruano en La Oroya para proteger la salud humana y el ambiente. Por eso, en 2006 presentamos una demanda de caso a la CIDH, solicitándole evaluar completamente la situación de derechos humanos y obligar al Estado peruano a prevenir que la metalúrgica de Doe Run Perú contamine la ciudad. La Comisión respondió favorablemente a nuestros esfuerzos. En 2007, ordenó implementar medidas cautelares para prevenir el daño a la salud, integridad y las vidas de las personas de La Oroya. Específicamente, como primer paso, la Comisión ordenó al Estado peruano diagnosticar y proveer tratamiento médico especializado al grupo de personas que representamos. Debido a que el Estado fue lento en su respuesta, la Comisión se reunió con las partes en 2008 y 2009, y reiteró al Estado peruano la necesidad de implementar las medidas apropiadas, mismas que están siendo implementadas parcialmente. En agosto de 2009, la Comisión aceptó la petición de AIDA de evaluar el caso en contra del Estado peruano, con base en el hecho de que las enfermedades y muertes presuntamente causadas por la severa contaminación pueden constituir violaciones a los derechos humanos a la vida e integridad personal. Además, el Estado puede haber violado el derecho a la información al manipular y no publicar datos esenciales. La Comisión concluyó también que el Estado peruano demoró injustificadamente el cumplimiento de la decisión del Tribunal Constitucional de Perú de 2006 y que por lo tanto podría estar violando los derechos de las personas al acceso a la justicia y a soluciones nacionales efectivas. En marzo de 2010, la CIDH realizó una audiencia para el caso de La Oroya. En ella, AIDA y nuestros colegas presentamos evidencia del incumplimiento de las medidas cautelares y de la debilidad de las acciones para atender la gravedad de la situación en La Oroya. El Estado peruano informó acerca de los escasos avances en la implementación de acciones y solicitó levantar las medidas cautelares argumentando que ya habían logrado garantizar la salud de los habitantes de La Oroya. Lo anterior ignora las conclusiones de los expertos independientes que siguen el caso, por lo cual AIDA insiste en el cumplimiento de dichas medidas. Mientras se produce la decisión de la CIDH en este caso, en AIDA continuaremos presionando al Ministerio de Salud peruano para que cumpla con sus obligaciones, e insistiremos para que la CIDH mantenga su atención en el Estado peruano hasta que se hayan protegido efectivamente los derechos humanos en La Oroya. Un cambio positivo en La Oroya beneficiará al grupo que representamos, a la población e incluso a la región, pues se creará un precedente legal hemisférico que se podría aplicar a otros casos en los cuales los gobiernos permiten que la contaminación tóxica afecte la salud de las personas. Audiencia CIDH - Caso La Oroya

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Project Perú

Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

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Project Costa Rica

Corte pone fin a la matanza "legal" de la tortuga marina verde

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Project Costa Rica

Victoria: Declaran zona restringida a refugio de tortugas baulas

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ONGs Piden Intervención Internacional por Amenazas a Humedales de Nayarit y Sinaloa

PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA México D.F. a 16 de junio de 2009 ONGs Piden Intervención Internacional por Amenazas a Humedales de Nayarit y Sinaloa *Organizaciones ambientalistas piden intervención de la Secretaría de RAMSAR por amenaza a ecosistemas vitales de Nayarit y Sinaloa *Solicitan una misión diplomática internacional ante la Secretaría RAMSAR, en razón de que gobierno mexicano garantice la protección de los ecosistemas –Marismas Nacionales y Laguna Huizache-Caimanero Ante las amenazas a los recursos hídricos de la región, por la construcción del proyecto turístico más grande del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), el Centro Integralmente Planeado de la Costa del Pacífico (CIP) y el proyecto de la hidroeléctrica de Las Cruces en el Río Baluarte de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que podrían causar graves daños a humedales de importancia internacional; la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C (CEMDA), apoyados por Greenpeace México, WildCoast, Conselva y la Red Manglar Internacional solicitaron la intervención de la Secretaría del Convenio Ramsar para hacer cumplir el Convenio Internacional. Específicamente se pidieron tres acciones ante la Secretaría de RAMSAR: que se llame la atención al gobierno mexicano para que cumpla con sus obligaciones internacionales; que ejerza su autoridad para que el Estado considere los potenciales daños a estos humedales; y, finalmente, la visita de una misión técnica internacional para estudiar los impactos ambientales que ambos proyectos producirían en los humedales amenazados.   “Estos humedales están amenazados por las potenciales consecuencias que les traerán el proyecto turístico más grande del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) denominado Centro Integralmente Planeado de la Costa del Pacífico (CIP) y el proyecto de la hidroeléctrica de las Cruces en el Río Baluarte. Ambos proyectos tendrán una incidencia negativa sobre los sitios Ramsar”, señaló Pablo Uribe, Director de CEMDA La Paz.   “Lo que buscamos es proteger ecosistemas estratégicos y de gran importancia para México y el mundo a través del cumplimiento del tratado internacional que específicamente protege estos humedales”, señaló Sofía Cortina abogada de AIDA. ”Además que se estudie la posibilidad de incluirlos en la lista de humedales en donde pueden producirse o se están produciendo daños negativos, para elevar su nivel de protección” continuó Cortina.   El CIP está cercano a la Laguna Huizache-Caimanero y colinda con el área de Marismas Nacionales, que cuenta con el sistema de manglar más importante del Pacífico mexicano y que representa el 10% de los manglares del país. Esta zona es de vital importancia ambiental para el país e incluso está catalogada como un humedal de importancia mundial (sitio Ramsar), como región Prioritaria Terrestre y Marina para la Conservación y como Área de Importancia para la Conservación de Aves (AICA) de acuerdo con la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio). En esta región están en riesgo 14 especies de flora nativa, hay 73 especies amenazadas o en peligro de extinción y 99 especies de fauna endémica. Además es una zona donde habitan jaguares y venados (1).   La hidroeléctrica de Las Cruces con capacidad de 480 MW creará una presa de agua con una capacidad de 840 mil metros cúbicos, disminuyendo el flujo y la calidad de agua hacia las Marismas Nacionales, entre otros daños que posiblemente se pueden causar. Esta Laguna costera es el hábitat de 83 especies de peces y de importantes poblaciones de aves playeras, en ella habitan diversas especies en riesgo como el cocodrilo de río, el lagarto enchaquirado, la boa, pato mexicano y la tortuga Golfina, entre otras.   “Los proyectos de la Presa de Las Cruces y el CIP dañarán una de las áreas más importantes de manglares del Golfo de California. Es por ello que cuando se realice la evaluación de impacto ambiental de ambos proyectos, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) deberá dar aviso a la Secretaría de la Convención de Ramsar sobre los impactos ambientales que Marismas Nacionales sufrirían. Si la SEMARNAT no implementa acciones que eviten el deterioro de Marismas Nacionales la Secretaría de Ramsar podrá incluir a Marismas Nacionales como un humedal costero en condiciones graves de deterioro” afirmó Uribe, del CEMDA.   “Las grandes hidroeléctricas como Las Cruces tienen impactos ambientales negativos muy altos. Por ejemplo, los desechos son generadores de gases de efecto invernadero como metano y bióxido de carbono. El origen de estos gases se encuentra en la descomposición de la vegetación y las tierras inundadas en los embalses, así como materia orgánica en forma de plantas, plancton, algas, que son generadas y circulan dentro de las aguas. Además, causan impactos ambientales como la desviación de ríos, pérdida de biodiversidad, disminución de la humedad en las tierras para siembra, entre otros. Para poder desarrollar este tipo de proyectos se requiere que cumplan con la legislación nacional e internacional vigente, que se hagan evaluaciones ambientales detalladas y que se desarrollen con el cumplimiento de estándares internacionales” dijo Alejandro Olivera, Coordinador de campañas de Greenpeace México.   Cabe señalar que en febrero de 2009 el CEMDA y Greenpeace presentaron una denuncia ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en contra del proyecto de FONATUR por iniciar obras sin ningún permiso ambiental. Hasta la fecha, la PROFEPA no ha clausurado las obras.   “La Convención de Ramsar al ser ratificada por México conlleva obligaciones que el Estado debe cumplir. Por lo tanto es urgente que la CFE y FONATUR consideren las implicaciones ambientales que sus proyectos causarían al ambiente. Por lo cual, deberán incluir en sus estudios las directrices de evaluación de impacto ambiental de la Secretaría de Ramsar y demás aplicables. De no hacerlo, estarán incumpliendo con lo establecido por dicha Convención” finalizó Astrid Puentes Codirectora de AIDA.     Notas: Estudio Técnico Justificativo para el establecimiento del área natural protegida Reserva de la Biosfera Marismas nacionales Sinaloa. Junio 2008. Conanp. Ficha informativa de los humedales Ramsar. Comisión nacional de Áreas naturales Protegidas.   PARA MAYOR INFORMACIÓN CONTACTAR: Claudia Gómez-Portugal M. 55256136 / 5518506827 [email protected]   Sofía Cortina 04455-34005490 [email protected]

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Ley De Pesca Deberá Reglamentarse En 3 Meses: Sala Constitucional

20 de mayo de 2009   CONTACTO: Gladys Martínez de Lemos, AIDA (506) 83214263 [email protected]   Ley De Pesca Deberá Reglamentarse En 3 Meses: Sala Constitucional   SAN JOSÉ, Costa Rica - La Sala Constitucional de la Corte Suprema deJusticia de Costa Rica resolvió favorablemente un amparo presentado por estudiantes de la Universidad de Costa Rica, dirigidos por el Lic. Alvaro Sagot; y apoyado por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y otras ongs costarricenses (APREFLOFAS, CEDARENA, Fundación Keto, Humane Society International, Justicia para la Naturaleza, MARVIVA, PRETOMA y PROMAR). En su resolución la Sala ordenó al Poder Ejecutivo reglamentar dicha Ley, máximo en 3 meses, en una decisión que protege el derecho constitucional al medio ambiente sano. Además, la Sala estableció que este proceso debe realizarse con la participación ciudadana, lo cual es esencial para proteger este derecho humano.   “La decisión es vital para la protección de los recursos marino costeros, pues la Ley de Pesca y Acuicultura, había dado al Poder Ejecutivo un plazo de 90 días para la reglamentación, contados desde el 25 de abril de 2005, cuando la Ley se publicó. Sin embargo después de más de cuatro años, el Poder Ejecutivo, en la figura de INCOPESCA, no ha emitido el Reglamento”, señaló la Licda. Gladys Martínez. “Entendemos las complejidades del tema, pero éstas no pueden ser excusa para continuar dejando vacíos legales que afectan directamente la conservación de recursos de los costarricenses y del planeta”, agregó Martínez.   Los demandantes solicitaron a la Sala Constitucional que para proteger el derecho humano al ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y asegurar el cumplimiento de obligaciones internacionales, ordenara al Poder Ejecutivo cumplir con la obligación de reglamentar esta ley. Hay aspectos fundamentales para la protección de los recursos marinos, como el desarrollo de acuicultura, pesca ilegal en áreas protegidas, control de pesca excesiva, entre otros, cuyo control es nulo o muy deficiente, por lo cual la reglamentación legal es imperiosa.   “En AIDA aplaudimos la decisión de la Sala, pues reconoce la importancia de una efectiva protección a la biodiversidad marina y además sienta un precedente al ordenar la participación ciudadana dentro del proceso”, comentó Anna Cederstav Co-Directora de AIDA, desde California. “Dada la grave situación de los mares y los recursos marinos del mundo, y la necesidad de contrarrestar la explotación excesiva y evitar impactos a generaciones presentes y futuras, es urgente resolver este tema lo antes posible. Además, Costa Rica tiene la oportunidad de ser ejemplo en la conservación de los mares y sus recursos”, finalizó Cederstav.     Para mayor información ver: http://www.aida-americas.org/aida.php?page=200&lang=es http://www.aidaamericas.org/aida.php?page=113&lang=es       ## AIDA es una ONG legal ambiental hemisférica que trabaja para fortalecer la capacidad de las personas para garantizar su derecho individual y colectivo a un ambiente sano por medio del desarrollo, aplicación y cumplimiento efectivo de la legislación nacional e internacional. Entre otros temas, AIDA prioriza trabajos para proteger el derecho de las personas a ambiente ecológicamente equilibrado incluyendo la protección de la biodiversidad marina.

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Corte Constitucional Admite Nueva Demanda Contra Código De Minas Para Defender El Principio De Precaución Frente A Las Actividades Mineras

 CORTE CONSTITUCIONAL ADMITE NUEVA DEMANDA CONTRA CÓDIGO DE MINAS PARA DEFENDER EL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN FRENTE A LAS ACTIVIDADES MINERAS   PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA CONTACTOS: Jerónimo Rodríguez, AIDA, Tel. (571) 2681804 Andrés Idarraga, CENSAT, Tel. (571) 2440581 [email protected] [email protected]   BOGOTÁ, 20 de mayo de 2009.- La Corte Constitucional colombiana admitió esta semana la acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), CENSAT – Agua Viva, el Observatorio de Conflictos Ambientales de la Universidad de Caldas y la Corporación Gestión por los Intereses Ambientales y Públicos (Iniciativa GESAP) contra los artículos 203 y 213 del Código de Minas, que permiten el uso de los recursos naturales para la exploración minera sin licencia ambiental y limitan las causales por las que las autoridades ambientales pueden negar una licencia ambiental para actividades mineras.   Los artículos del Código de Minas demandados violan la Constitución de Colombia y la legislación ambiental internacional. Estos artículos priorizan la actividad minera sobre la protección ambiental, al punto de limitar las capacidades de las propias autoridades para verificar las condiciones de la explotación, y eventualmente autorizar la exploración y explotación con condiciones que sean ambientalmente sostenibles. Por esto, se violan entre otros, los principios de desarrollo sostenible y el principio de precaución que son parte fundamental de nuestra legislación.   “Reconocemos que la minería es una industria importante para nuestro país, pero también lo es la protección de los recursos naturales, que garantizan la existencia misma de la especie humana en la actualidad y en el futuro. Por esto solicitamos a la Corte que aplique el principio de desarrollo sostenible reconocido en nuestra Constitución para que la minería se implemente sin la generación de daños severos e irreversibles a zonas estratégicas, como los páramos, y de las que dependen muchas comunidades”, señaló Jerónimo Rodríguez, asesor legal de AIDA en Colombia.   Esta demanda se une a la presentada por AIDA y otros contra el artículo 34 del Código de Minas, que está pendiente de sentencia por la Corte Constitucional Colombiana. Ambas demandas recogen e insisten sobre las preocupaciones del Ministerio de Ambiente y de la Procuraduría General de la Nación frente a los efectos de las actividades mineras en el ambiente y la necesidad imperiosa de control, sin debilitar aún más las normas.   “Buscamos con esta demanda de inconstitucionalidad la efectiva protección al ambiente y que el uso ocasional o transitorio de los recursos naturales en las actividades de exploración deba evaluarse por las autoridades ambientales. Además que las licencias ambientales no estén limitadas por causales formales, sino que las autoridades ambientales puedan, cuando sea necesario para protección ambiental y del interés público, negar licencias para la minería en aplicación del principio de precaución y de normas ambientales aplicables”, concluyó Rodríguez.   AIDA es una ONG legal ambiental hemisférica que trabaja para fortalecer la capacidad de las personas para garantizar su derecho individual y colectivo a un ambiente sano por medio del desarrollo, aplicación y cumplimiento efectivo de la legislación nacional e internacional. Entre otros temas, AIDA prioriza la protección del derecho al agua y asegurar recursos de agua dulce adecuados para las comunidades y los ecosistemas.

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