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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Suspendida audiencia pública del proyecto minero Angostura: AIDA publica su intervención en la que insta al Gobierno colombiano a proteger los páramos

Bogotá, Colombia. La audiencia pública programada para el viernes 4 de marzo en la ciudad de Bucaramanga (Departamento de Santander, Colombia) por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en el proceso de licenciamiento ambiental del proyecto de gran minería de oro a cielo abierto "Angostura" fue suspendida debido a situaciones que impidieron el normal desarrollo de la misma. Por esta razón, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, AIDA hará llegar al gobierno colombiano su escrito de intervención sobre las obligaciones internacionales y constitucionales del Estado colombiano de proteger los páramos, que no pudo presentar en la suspendida audiencia. En los próximos días, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial colombiano deberá pronunciarse sobre la cancelación total de la audiencia o sobre la posibilidad de reanudarla. Estaremos atentos a dicha notificación y nos aseguraremos de que los argumentos aportados por AIDA sean conocidos abiertamente y considerados dentro del proceso de solicitud de la Licencia Ambiental al proyecto Angostura.

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El Estado colombiano debe rechazar proyecto de gran minería de oro "Angostura" en zona de páramo

Desconocería obligaciones constitucionales internacionales. Bucaramanga, Colombia. Hoy, La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) instará al gobierno colombiano a detener un proyecto de gran minería de oro y otros metales que sería un precedente perjudicial para los ecosistemas frágiles en América Latina. El proyecto de minería a cielo abierto Angostura, planeado en el páramo de Santurbán, se encuentra en proceso de aprobación por parte del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial colombiano. Hoy se celebra una audiencia pública en la que el Ministerio recibirá argumentos de diferentes sectores. AIDA argumentará que las obligaciones internacionales y constitucionales del Estado colombiano de proteger el ambiente, especialmente áreas de gran importancia ecológica como los páramos, impiden la autorización. "Los páramos son ecosistemas altamente frágiles y la minería a cielo abierto causaría daños graves e irreversibles," dijo Natalia Jiménez, abogada de AIDA. "De acuerdo con la Constitución Política y los Principios de Río, la Convención de Biodiversidad y la de Cambio Climático, todos ratificados por Colombia, el Estado está obligado a conservar los páramos y procurar su intangibilidad." De ser aprobado el proyecto Angostura afectaría de forma definitiva por lo menos 575 ha del páramo de Santurbán (más del 50%), pudiendo afectar un área mayor. En Colombia, como en el resto de la región Andina en los páramos se origina la mayor parte del agua dulce que consumen los habitantes. Tienen una alta capacidad de purificar el ambiente, de estabilizar los suelos y el clima, de prevenir los deslaves y los derrumbes y de contener un alto nivel de animales y plantas. En efecto, son el hábitat de especies únicas en el mundo como el oso de anteojos y el cóndor de los Andes. La Procuraduría General de Colombia, miembros del Parlamento Andino y ex ministros de ambiente, así como organizaciones y expertos ambientales se oponen a la licencia. El proyecto carece de un adecuado Estudio de Impacto Ambiental integral, pues los impactos de la mina y los de la infraestructura complementaria, se analizan en dos procesos de forma fragmentada. Por ello, AIDA también solicita que el Ministerio los unifique y analice el impacto global del proyecto. Así lo ordenan los estándares internacionales y la Corte Suprema de Canadá, país de origen de la empresa Greystar Resources Ltds. que promueve el proyecto.

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Cancelan concesión a Industrias Infinito para Proyecto Minero Crucitas

25 de noviembre de 2010, San José, Costa Rica – El Tribunal Contencioso Administrativo sentó un histórico precedente en la región al cancelar ayer la concesión otorgada a Industrias Infinito para desarrollar el Proyecto Minero de Oro Crucitas, en Curtis de San Carlos. El Tribunal anuló esta concesión porque viola las normas y por el daño ambiental que causó la empresa.   “Celebramos la decisión del Tribunal pues hace cumplir las normas nacionales e internacionales a un proyecto que pretendía imponerse contra la ley”, dijo Gladys Martínez De L., abogada costarricense de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).  “Felicitamos a las organizaciones ambientales nacionales, especialmente a nuestra organización participante el Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (CEDARENA), por el incansable esfuerzo en este proceso judicial en la defensa del ambiente”, agregó Martínez.   “Esperamos que este ejemplo de Costa Rica sea imitado por otros Estados”, dijo Astrid Puentes R., Co-Directora de AIDA. “Las minas a cielo abierto son casos reiterados de daños ambientales irreparables y violaciones a los derechos humanos, por lo cual el estricto cumplimiento de las leyes es esencial”, agregó Puentes.   En agosto de 2008 AIDA envió al entonces Presidente de Costa Rica, Sr. Oscar Arias, un documento alertando acerca de las violaciones al derecho internacional que el Proyecto Crucitas implicaría, dada la posible afectación a territorio nicaragüense y al Río San Juan. La reciente decisión del Tribunal está en la línea de los argumentos de AIDA y reitera la importancia de cumplir con estos requerimientos. De hecho, el Tribunal en la decisión de ayer, recomendó al Ministerio Público investigar penalmente al ex Presidente Arias por haber autorizado el proyecto contrario a las normas mediante un Decreto del Ejecutivo.   AIDA es una organización no gubernamental de derecho ambiental internacional que ha luchado por la prevención de los impactos de la minería a cielo abierto en el continente americano, como parte de su misión para proteger el derecho al medio ambiente sano de las personas y comunidades. AIDA trabaja con organizaciones participantes en el hemisferio, así como con otras organizaciones y comunidades para cumplir con su misión.    Para conocer más sobre nuestro en minería por favor visite: http://www.aida-americas.org/en/freshwater

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