
Project
Amazon Watch / Maíra Irigaray
Barragem de Belo Monte no rio Xingu: 10 anos de impactos na Amazônia e de busca por reparações
A usina hidrelétrica de Belo Monte causou um desastre ambiental e social no coração da Amazônia: um dos ecossistemas mais importantes do planeta.
Essa situação só piorou desde que a usina começou a operar em 2016. A busca por justiça e reparação para as comunidades indígenas e ribeirinhas afetadas continua até hoje.
Em 2011, a Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) concedeu a essas comunidades medidas de proteção, que até hoje não foram totalmente implementadas pelo Estado brasileiro.
E, desde junho daquele mesmo ano, a CIDH mantém um processo contra o Estado por sua responsabilidade internacional no caso.
A CIDH pode encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, que tem o poder de emitir uma sentença condenatória contra o Estado brasileiro.
Após 10 anos de operação da usina hidrelétrica e mais de 15 anos de violações de direitos humanos documentadas, é hora da justiça ser feita para as comunidades afetadas.
Leia a carta aberta das organizações que levam o caso à CIDH
Contexto
A usina hidrelétrica de Belo Monte — a quarta maior do mundo em capacidade instalada (11.233 MW) — foi construída no rio Xingu, no estado do Pará, norte do Brasil.
Foi inaugurada em 5 de maio de 2016, com uma única turbina. Naquela época, 80% do curso do rio foi desviado e 516 km² de terra foram inundados, uma área maior que a cidade de Chicago. Desse total, 400 km² eram de mata nativa. A usina começou a operar em plena capacidade em novembro de 2019.
Belo Monte foi construída e é operada pelo consórcio Norte Energia S.A., composto principalmente por empresas estatais. Foi financiada pelo Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), que aportou ao consórcio 25,4 bilhões de reais (aproximadamente US$ 10,16 bilhões), o maior investimento de sua história. Portanto, o BNDES também é legalmente responsável pelos impactos socioambientais associados ao projeto hidrelétrico.
Décadas de danos ambientais e humanos
As violações dos direitos humanos e a degradação da Amazônia remontam ao início do projeto. Em março de 2011, a Norte Energia iniciou a construção da barragem sem consulta adequada e sem o consentimento prévio, livre e informado das comunidades afetadas.
A construção levou ao deslocamento forçado de mais de 40.000 pessoas, rompendo laços sociais e culturais. O plano de reassentamento em Altamira — cidade diretamente afetada pelo projeto hidrelétrico — incluía moradias na periferia da cidade, sem serviços públicos adequados, moradias dignas para as famílias reassentadas e moradias diferenciadas para aqueles pertencentes a comunidades indígenas.
A operação da barragem de Belo Monte impôs uma seca permanente e artificial na Volta Grande do rio Xingu, agravada pelas secas históricas na Amazônia em 2023 e 2024. Como resultado, a morte de milhões de ovos de peixe foi documentada por quatro anos consecutivos (de 2021 a 2024) e, nos últimos três anos, não houve migração de peixes rio acima para desovar e se reproduzir. Assim, a pesca artesanal, principal fonte de proteína para os povos indígenas e comunidades ribeirinhas, foi severamente afetada: o consumo de peixe caiu de 50% para 30% do total de proteínas consumidas, sendo substituído por alimentos processados. Em suma, houve um colapso ambiental e humanitário que resultou no colapso da pesca como modo de vida tradicional, insegurança alimentar e falta de acesso à água potável para milhares de famílias, empobrecimento e doenças.
Além disso, a construção da barragem aumentou o desmatamento e intensificou a extração ilegal de madeira e a insegurança em terras indígenas e tribais, colocando em risco a sobrevivência dessas comunidades. Outra consequência foi o agravamento da pobreza e dos conflitos sociais, bem como a sobrecarga dos sistemas de saúde, educação e segurança pública em Altamira, cidade considerada a mais violenta do país em 2017, onde houve aumento do tráfico de pessoas e da violência sexual. Também foram registrados casos de violência contra defensores de direitos humanos envolvidos no caso.
Em 2025, durante a 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), realizada no Brasil, o Ministério Público Federal classificou os danos causados por Belo Monte como ecocídio.
A busca por justiça e reparação
Ao longo dos anos, o Ministério Público Federal do Pará, a Defensoria Pública e organizações da sociedade civil impetraram dezenas de ações judiciais em tribunais brasileiros para contestar as diversas irregularidades do projeto, bem como seus impactos. A maioria das ações permanece sem solução, algumas há mais de 10 anos.
Essas ações não obtiveram sucesso porque o governo federal tem reiteradamente anulado decisões favoráveis às comunidades afetadas, recorrendo a um mecanismo pelo qual o presidente do Supremo Tribunal Federal pode suspender uma decisão judicial com base unicamente em argumentos genéricos como "interesse nacional" ou "ordem econômica".
Diante da falta de respostas eficazes em nível nacional, a AIDA — juntamente com uma coalizão de organizações aliadas — levou o caso à Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) e, em 2010, solicitou medidas cautelares para proteger a vida, a integridade e a saúde das comunidades indígenas afetadas.
Em 1º de abril de 2011, a CIDH concedeu essas medidas e solicitou ao Estado brasileiro a suspensão das licenças ambientais e de quaisquer obras de construção até que as condições relativas à consulta prévia e à proteção da saúde e integridade das comunidades fossem atendidas.
E, em 16 de junho de 2011, apresentamos uma denúncia formal à CIDH — juntamente com o Movimento Xingu Vivo Para Siempre, a Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira, a Diocese de Altamira, o Conselho Missionário Indígena, a Sociedade Pará de Defesa dos Direitos Humanos e a Global Justice — contra o Estado brasileiro por sua responsabilidade internacional nas violações de direitos humanos contra os povos afetados neste caso. A denúncia foi apresentada em dezembro de 2015.
Em 3 de agosto de 2011, a CIDH modificou as medidas cautelares para solicitar — em vez da suspensão de licenças e obras — a proteção dos povos que vivem em isolamento voluntário, a saúde das comunidades indígenas e a regularização e proteção das terras ancestrais.
Situação atual
As medidas de proteção concedidas pela CIDH permanecem em vigor, mas o Estado brasileiro não as cumpriu integralmente, relatando apenas ações genéricas. As comunidades documentaram as contínuas violações de seus direitos. A situação que motivou o pedido dessas medidas — o risco à vida, à segurança e aos meios de subsistência das comunidades — persiste e se agravou com a usina hidrelétrica operando em plena capacidade e com as recentes secas extremas na Amazônia.
Além do ocorrido em Belo Monte, existe o risco de maiores danos sociais e ambientais decorrentes da implementação de outro megaprojeto de mineração na Volta Grande do Xingu. Lá, a empresa canadense Belo Sun pretende construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil.
Os impactos sinérgicos e cumulativos da usina e da mina não foram avaliados. O Estado excluiu povos indígenas, comunidades ribeirinhas e comunidades camponesas do processo de licenciamento ambiental do projeto. Apesar disso, dos protestos indígenas e de outras irregularidades em torno do projeto, o governo do estado do Pará autorizou formalmente a mina em abril de 2026.
Belo Monte, assim como outras usinas hidrelétricas, agrava a emergência climática ao gerar emissões de gases de efeito estufa em seu reservatório. Além disso, é ineficiente diante das secas prolongadas e intensas causadas pela crise, pois perde capacidade de geração de energia.
O caso perante a Comissão Interamericana
Em outubro de 2017, a CIDH anunciou que decidiria conjuntamente sobre a admissibilidade (se o caso preenche os requisitos para admissão) e o mérito (se houve, de fato, violação de direitos humanos) da denúncia internacional contra o Estado brasileiro.
Quinze anos após a apresentação da denúncia, as comunidades afetadas e as organizações que as representam ainda aguardam essa decisão. Caso a CIDH conclua que houve violações de direitos humanos e emita recomendações que o Estado brasileiro não cumpra, poderá encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, cujas decisões são vinculativas.
Uma possível decisão da Corte Internacional de Direitos Humanos neste caso estabeleceria um precedente jurídico regional em relação aos direitos dos povos indígenas e ribeirinhos, à participação pública em megaprojetos e à responsabilidade do Estado no contexto da crise climática. Isso é particularmente relevante à luz do Parecer Consultivo nº 32 da Corte, que reafirmou as obrigações dos Estados de proteger pessoas e comunidades em todo o continente da emergência climática.
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El caso de Brasil, Chile y México, 2016, disponible en: https://bit.ly/2OQzAnQ (4) Von Schneidemesser, Erica, et al, “Black Carbon in Europe – Targeting an Air Pollutant and Climate Forcer”, IASS Policy Brief, 2017, p.4, disponible en: https://bit.ly/3gqDsrh Contactos de prensa Adriana Alatorre, ICM, [email protected], 55 6676 6247 Denise Rojas, El Poder del Consumidor, [email protected], 55 1298 9928 Ricardo Ruiz, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, [email protected], 55 5964 4162 Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Organizaciones que conformamos el Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA): Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Bicitekas, Centro de Energía Renovable y Calidad Ambiental, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, El Poder del Consumidor, Frente de Organizaciones de Transporte Colectivo y Alternativo, Fundación Tláloc, Greenpeace México, International Council on Clean Transportation, Iniciativa Climática de México, Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo capítulo México, Red por los Derechos de la Infancia en México, Redspira, Transita Seguro y Fondo Mundial para la Naturaleza
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