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Amazon Watch / Maíra Irigaray

Barragem de Belo Monte no rio Xingu: 10 anos de impactos na Amazônia e de busca por reparações

A usina hidrelétrica de Belo Monte causou um desastre ambiental e social no coração da Amazônia: um dos ecossistemas mais importantes do planeta.

Essa situação só piorou desde que a usina começou a operar em 2016. A busca por justiça e reparação para as comunidades indígenas e ribeirinhas afetadas continua até hoje.

Em 2011, a Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) concedeu a essas comunidades medidas de proteção, que até hoje não foram totalmente implementadas pelo Estado brasileiro.

E, desde junho daquele mesmo ano, a CIDH mantém um processo contra o Estado por sua responsabilidade internacional no caso.

A CIDH pode encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, que tem o poder de emitir uma sentença condenatória contra o Estado brasileiro.

 

Após 10 anos de operação da usina hidrelétrica e mais de 15 anos de violações de direitos humanos documentadas, é hora da justiça ser feita para as comunidades afetadas.

Leia a carta aberta das organizações que levam o caso à CIDH

 

Contexto

A usina hidrelétrica de Belo Monte — a quarta maior do mundo em capacidade instalada (11.233 MW) — foi construída no rio Xingu, no estado do Pará, norte do Brasil.

Foi inaugurada em 5 de maio de 2016, com uma única turbina. Naquela época, 80% do curso do rio foi desviado e 516 km² de terra foram inundados, uma área maior que a cidade de Chicago. Desse total, 400 km² eram de mata nativa. A usina começou a operar em plena capacidade em novembro de 2019.

Belo Monte foi construída e é operada pelo consórcio Norte Energia S.A., composto principalmente por empresas estatais. Foi financiada pelo Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), que aportou ao consórcio 25,4 bilhões de reais (aproximadamente US$ 10,16 bilhões), o maior investimento de sua história. Portanto, o BNDES também é legalmente responsável pelos impactos socioambientais associados ao projeto hidrelétrico.

Décadas de danos ambientais e humanos

As violações dos direitos humanos e a degradação da Amazônia remontam ao início do projeto. Em março de 2011, a Norte Energia iniciou a construção da barragem sem consulta adequada e sem o consentimento prévio, livre e informado das comunidades afetadas.

A construção levou ao deslocamento forçado de mais de 40.000 pessoas, rompendo laços sociais e culturais. O plano de reassentamento em Altamira — cidade diretamente afetada pelo projeto hidrelétrico — incluía moradias na periferia da cidade, sem serviços públicos adequados, moradias dignas para as famílias reassentadas e moradias diferenciadas para aqueles pertencentes a comunidades indígenas.

A operação da barragem de Belo Monte impôs uma seca permanente e artificial na Volta Grande do rio Xingu, agravada pelas secas históricas na Amazônia em 2023 e 2024. Como resultado, a morte de milhões de ovos de peixe foi documentada por quatro anos consecutivos (de 2021 a 2024) e, nos últimos três anos, não houve migração de peixes rio acima para desovar e se reproduzir. Assim, a pesca artesanal, principal fonte de proteína para os povos indígenas e comunidades ribeirinhas, foi severamente afetada: o consumo de peixe caiu de 50% para 30% do total de proteínas consumidas, sendo substituído por alimentos processados. Em suma, houve um colapso ambiental e humanitário que resultou no colapso da pesca como modo de vida tradicional, insegurança alimentar e falta de acesso à água potável para milhares de famílias, empobrecimento e doenças.

Além disso, a construção da barragem aumentou o desmatamento e intensificou a extração ilegal de madeira e a insegurança em terras indígenas e tribais, colocando em risco a sobrevivência dessas comunidades. Outra consequência foi o agravamento da pobreza e dos conflitos sociais, bem como a sobrecarga dos sistemas de saúde, educação e segurança pública em Altamira, cidade considerada a mais violenta do país em 2017, onde houve aumento do tráfico de pessoas e da violência sexual. Também foram registrados casos de violência contra defensores de direitos humanos envolvidos no caso.

Em 2025, durante a 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), realizada no Brasil, o Ministério Público Federal classificou os danos causados ​​por Belo Monte como ecocídio.

A busca por justiça e reparação

Ao longo dos anos, o Ministério Público Federal do Pará, a Defensoria Pública e organizações da sociedade civil impetraram dezenas de ações judiciais em tribunais brasileiros para contestar as diversas irregularidades do projeto, bem como seus impactos. A maioria das ações permanece sem solução, algumas há mais de 10 anos.

Essas ações não obtiveram sucesso porque o governo federal tem reiteradamente anulado decisões favoráveis ​​às comunidades afetadas, recorrendo a um mecanismo pelo qual o presidente do Supremo Tribunal Federal pode suspender uma decisão judicial com base unicamente em argumentos genéricos como "interesse nacional" ou "ordem econômica".

Diante da falta de respostas eficazes em nível nacional, a AIDA — juntamente com uma coalizão de organizações aliadas — levou o caso à Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) e, em 2010, solicitou medidas cautelares para proteger a vida, a integridade e a saúde das comunidades indígenas afetadas.

Em 1º de abril de 2011, a CIDH concedeu essas medidas e solicitou ao Estado brasileiro a suspensão das licenças ambientais e de quaisquer obras de construção até que as condições relativas à consulta prévia e à proteção da saúde e integridade das comunidades fossem atendidas.

E, em 16 de junho de 2011, apresentamos uma denúncia formal à CIDH — juntamente com o Movimento Xingu Vivo Para Siempre, a Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira, a Diocese de Altamira, o Conselho Missionário Indígena, a Sociedade Pará de Defesa dos Direitos Humanos e a Global Justice — contra o Estado brasileiro por sua responsabilidade internacional nas violações de direitos humanos contra os povos afetados neste caso. A denúncia foi apresentada em dezembro de 2015.

Em 3 de agosto de 2011, a CIDH modificou as medidas cautelares para solicitar — em vez da suspensão de licenças e obras — a proteção dos povos que vivem em isolamento voluntário, a saúde das comunidades indígenas e a regularização e proteção das terras ancestrais.  

Situação atual

As medidas de proteção concedidas pela CIDH permanecem em vigor, mas o Estado brasileiro não as cumpriu integralmente, relatando apenas ações genéricas. As comunidades documentaram as contínuas violações de seus direitos. A situação que motivou o pedido dessas medidas — o risco à vida, à segurança e aos meios de subsistência das comunidades — persiste e se agravou com a usina hidrelétrica operando em plena capacidade e com as recentes secas extremas na Amazônia.

Além do ocorrido em Belo Monte, existe o risco de maiores danos sociais e ambientais decorrentes da implementação de outro megaprojeto de mineração na Volta Grande do Xingu. Lá, a empresa canadense Belo Sun pretende construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil.

Os impactos sinérgicos e cumulativos da usina e da mina não foram avaliados. O Estado excluiu povos indígenas, comunidades ribeirinhas e comunidades camponesas do processo de licenciamento ambiental do projeto. Apesar disso, dos protestos indígenas e de outras irregularidades em torno do projeto, o governo do estado do Pará autorizou formalmente a mina em abril de 2026.

Belo Monte, assim como outras usinas hidrelétricas, agrava a emergência climática ao gerar emissões de gases de efeito estufa em seu reservatório. Além disso, é ineficiente diante das secas prolongadas e intensas causadas pela crise, pois perde capacidade de geração de energia.

O caso perante a Comissão Interamericana

Em outubro de 2017, a CIDH anunciou que decidiria conjuntamente sobre a admissibilidade (se o caso preenche os requisitos para admissão) e o mérito (se houve, de fato, violação de direitos humanos) da denúncia internacional contra o Estado brasileiro.

Quinze anos após a apresentação da denúncia, as comunidades afetadas e as organizações que as representam ainda aguardam essa decisão. Caso a CIDH conclua que houve violações de direitos humanos e emita recomendações que o Estado brasileiro não cumpra, poderá encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, cujas decisões são vinculativas.

Uma possível decisão da Corte Internacional de Direitos Humanos neste caso estabeleceria um precedente jurídico regional em relação aos direitos dos povos indígenas e ribeirinhos, à participação pública em megaprojetos e à responsabilidade do Estado no contexto da crise climática. Isso é particularmente relevante à luz do Parecer Consultivo nº 32 da Corte, que reafirmou as obrigações dos Estados de proteger pessoas e comunidades em todo o continente da emergência climática. 

 


Luego del desastre, ¿dónde quedó el dinero?

Por Tania Paz, asistente general de AIDA, @TaniaNinoshka En octubre se cumplirán 15 años del huracán Mitch (1998), uno de los peores y más devastadores desastres naturales en la historia reciente. Su paso por Centroamérica dejó más de 9,000 muertos y una cifra similar de desaparecidos en cuatro países de la región. En Nicaragua, el número de muertos tras el huracán llegó a 3,045 y el de desaparecidos a 970. Las pérdidas económicas ascendieron a 988 millones de dólares, según datos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). La tragedia marcó un antes y un después en la historia de ese país. Sin embargo, Mitch no solo generó la pérdida de dinero y vidas humanas. Representó además uno de los capítulos más negros en la historia nacional por la presunta corrupciónen el manejo de los recursos financieros donados por la cooperación internacional para la atención del desastre y la recuperación del país. En el 2000, la Contraloría General de la República de Nicaragua (CGR) estableció que 412,861.13 dólares de la ayuda recibida fueron desviados para usos personales de algunos funcionarios públicos durante el período presidencial de Arnoldo Alemán (1997-2001). Entre los implicados figuraba el exitular de la Dirección General de Ingresos (DGI), Byron Jerez Solís, quien supuestamente construyó una casa con el dinero del Fondo de Emergencia de Atención a Desastres. A la fecha, no existe ningún detenido por el caso, pero el escándalo de corrupción provocó que el año 2000 se cancelara la ayuda financiera otorgada a Nicaragua por los países europeos, liderados por Suecia. En río revuelto, ganancia de pescadores Luego de un año del tsunami en Asia (2004), el cual dejó a cerca de 500,000 personas sin vivienda en la provincia indonesia de Aceh, miles de familias continuaban viviendo en carpas improvisadas a pesar de que eran beneficiarias del programa de construcción de viviendas de Save The Children. Estas familias fueron víctimas de la corrupción existente en la localidad, misma que a diciembre del 2007 había generado 44 casos de investigación en esa materia. Por otro lado, en África, se sabe de casos en los que millones de dólares de ayuda internacional para atención a desastres han sido desviados a cuentas bancarias privadas, sorprendentemente ubicadas en los mismos países de donde provino la ayuda (Baker et al., 2008 en Lewis 2010). En el caso de México, el exGobernador del Estado de Tabasco, Andrés Granier Melo, fue acusado por el actual Gobernador, Arturo Núñez Jiménez, de no rendir cuentas claras sobre el uso de recursos públicos, incluídos los del Fondo de Desastres Naturales FONDEN. Tabasco es uno de los estados que mayores ingresos recibe por participación en reservas de este fondo. Otras denuncias contra Granier Melo incluyen la vinculación de funcionarios púbicos durante su administración en operaciones de tráfico de tierras para viviendas destinadas a los damnificados por las inundaciones del 2007. Ver en PDF el reporte de Transparencia Internacional sobre prevención de la corrupción en operaciones humanitarias La ayuda humanitaria es vulnerable a la corrupción Tomando en cuenta esta problemática, Transparencia Internacionaldesarrollóel “Manual de Buenas Prácticas: Previniendo la corrupción en la Asistencia Humanitaria" (2010). En el documento se señala que “la corrupción en la ayuda humanitaria priva a los pobres  y a los más vulnerables, víctimas de desastres naturales y conflictos civiles, de los recursos esenciales que  pueden salvan sus vidas”. De acuerdo con el manual, una forma de prevenir la corrupción en este ámbito es tomar en cuenta dos aspectos clave: el contexto local y las formas de corrupción existentes, así como la participación de la ciudadanía y la sociedad civil como vigilantes del uso de los recursos económicos. Acción Ciudadana, Capítulo Guatemalteco de Transparencia Internacional, realizó un ejercicio de auditoría social (2006-2007) de los recursos públicos del Plan de Reconstrucción Nacional implementado tras el paso del huracán Stan (2005). Ello implicó la participación de actores nacionales, locales, comunitarios y ciudadanía en general. Este proceso fue de vital importancia porque en ese momento las leyes guatemaltecas facultaban al Ejecutivo a no seguir los estándares normales de compras y contrataciones en momentos de crisis como la derivada del huracán. La auditoría social permitió conocer el retraso en las operaciones de reconstrucción, sobre todo en la ejecución de los programas de viviendas; y anomalías en los avances de la infraestructura planeada y en los grupos beneficiados. Generó además capacidades en materia de auditoría a nivel local y comunitario. El Observatorio para la tierra de la NASA indica que uno de los mayores efectos del calentamiento global es el aumento de las tormentas, huracanes e inundaciones. Por lo tanto, el reto de atender tragedias como la ocasionada por Mitch será mucho mayor en los próximos años. Es necesario tener sistemas efectivos que combatan la corrupción en los procesos de ayuda humanitaria y atención a los damnificados, evitando además su revictimización.

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Informe sobre la situación de La Oroya (Perú): cuando la protección de los inversores amenaza los derechos humanos

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) presentó un balance del polémico caso de contaminación industrial. Huancayo, Perú. La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) presentó un informe sobre la situación de La Oroya, ciudad ubicada en la región andina central de Perú y que constituye un caso polémico de contaminación industrial originada por un complejo metalúrgico polimetálico que opera en el lugar desde 1922.   Durante décadas, la población de La Oroya ha estado expuesta a altos niveles de contaminación del aire debido a las emisiones tóxicas del complejo que incluyen plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre. A mediados del 2000 La Oroya fue identificada como una de las 10 ciudades más contaminadas del mundo.   Según estudios independientes, en este sitio, el 97% de los niños y niñas de entre 6 meses y 6 años, y el 98% de los infantes que tienen de 7 a 12 años, presenta aún hoy niveles elevados de plomo en la sangre. El porcentaje llega al 100% en La Oroya Antigua, la zona de la ciudad más próxima al complejo. Los efectos de la intoxicación por plomo son irreversibles.   Doe Run Perú, subsidiaria de la empresa norteamericana Doe Run Company, comenzó a operar el complejo tras su privatización en 1997. Tanto la empresa como el Estado peruano han incumplido sus obligaciones para prevenir el impacto ambiental y respetar los derechos humanos de la población de La Oroya. Ante ello, en 2005, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y otras organizaciones solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) medidas de protección para las personas cuya salud estaba en grave riesgo por la contaminación en la ciudad. El 31 de agosto de 2007, la CIDH ordenó al Estado la adopción de medidas para proteger la salud, integridad y vida de un grupo de residentes de La Oroya.   Las medidas cautelares obligan al Estado peruano a otorgar un diagnóstico médico especializado a los beneficiarios, así como tratamiento médico especializado y adecuado a quienes, con base en el diagnóstico, se encuentren en peligro de daño irreparable a su integridad personal o a su vida.   Asimismo, desde 2007, está en curso ante la CIDH una demanda contra el Estado peruano por la violación a los derechos humanos derivada de las emisiones tóxicas del Complejo Metalúrgico de La Oroya (CMLO). Las víctimas de este caso y a su vez beneficiarias de las medidas cautelares son representadas por AIDA, APRODEH, Earthjustice y el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA).   “AIDA lleva más de una década trabajando y dando seguimiento a la situación en La Oroya.  Durante estos años hemos podido constatar la gravedad de los daños a la salud de los que han sido víctimas los pobladores de La Oroya a causa de la contaminación a la que han estado y continúan estando expuestos. En esa medida, el Estado debe asumir sus obligaciones y cumplir a cabalidad las medidas cautelares de la CIDH, las cuales están vigentes”, dijo María José Veramendi, asesora legal de AIDA.   Por otro lado, padres de niños y niñas con alto nivel de plomo en la sangre intentaron obtener la reparación de los daños mediante una acción colectiva en Estados Unidos (Missouri), donde se encuentra la empresa matriz del complejo: el Grupo Renco.   A finales de 2010, Renco inició un arbitraje internacional —alegando la violación de sus derechos como inversor extranjero, garantizados por el Tratado de Libre Comercio entre Perú y Estados Unidos— y pidió una compensación de 800 millones de dólares. “La empresa no sólo negó los impactos en los ciudadanos y trató de eludir su responsabilidad, sino que, ante las protestas, siguió una campaña de estigmatización y ataques contra los que trataban de defender sus derechos”,afirmó Souhayr Belhassen, presidente de la FIDH.   Este caso ilustra el conflicto entre el derecho internacional de los derechos humanos y la protección de los inversores. También resalta la estrategia jurídica de las empresas presuntamente involucradas en violaciones de derechos humanos que buscan evadir su responsabilidad y negar el derecho de las víctimas a la reparación. El informe de la FIDH, titulado Complejo Metalúrgico de La Oroya: Donde la inversión se protege por encima de los derechos humanos, incluye una serie de recomendaciones dirigidas a las autoridades peruanas y a la empresa involucrada.   AIDA y APRODEH, como organizaciones que representan a las víctimas de La Oroya ante el Sistema Interamericano, agradecen a la FIDH y consideran que el informe es una importante contribución para visibilizar cada vez más las graves violaciones de derechos humanos que sufren los pobladores de La Oroya quienes todavía esperan que el Estado reconozca su responsabilidad y haga justicia. Del mismo modo, el Arzobispado de Huancayo, cuyo rol en la defensa del derecho a un ambiente sano en La Oroya ha sido fundamental, estima que el informe constituye un gran aporte a su labor. Vea la versión en PDF del informe.  

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La petición ciudadana y la aplicación efectiva de la legislación ambiental en el ACAAN

Por Sandra Moguel, asesora legal de AIDA, @sandra_moguel  Los tratados de libre comercio favorecen el intercambio de productos y servicios entre los Estados que los firman. Sin embargo, en ocasiones pueden contribuir también al deterioro ambiental. Por ello, estos tratados incluyen, en su mayoría, cláusulas ambientales.    La Comisión de Cooperación Ambiental (CCA) es una instancia amparada en el Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) —convenio paralelo al Tratado de Libre Comercio de América del Norte, celebrado entre Estados Unidos, Canadá y México—, que busca —entre otras cosas— la cooperación para el fortalecimiento y mejora de la política regional y la legislación ambiental, el incremento del cumplimiento y aplicación de las normas ambientales, así como la promoción de la transparencia y la participación de la sociedad en esa tarea. El cumplimiento de la ley en el marco del acuerdo Las actividades dirigidas a la aplicación de la ley son parte de las facultades de todo Estado. Las leyes imponen una relación bilateral entre el Estado y los gobernados, donde el primero hace cumplir la ley a través de conciliaciones, acciones de reparación y remediación, inspecciones o incluso mediante el empleo de la fuerza.  El Artículo 5 del ACAAN contiene medidas de  México, Estados Unidos y Canadá para conseguir el apego a las normas como la difusión pública de información sobre incumplimiento; el uso de licencias, permisos y autorizaciones; el inicio oportuno de procedimientos judiciales o administrativos para procurar sanciones o soluciones adecuadas en casos de violación de leyes y reglamentos ambientales; el establecimiento de cateos, decomisos y detenciones administrativas; o la expedición de resoluciones administrativas, incluidas las de naturaleza preventiva, reparadora o de emergencia. En cuanto a los ciudadanos o gobernados, aunque no pueden aplicar la ley por sí mismos, sí pueden jugar un rol importante en el monitoreo del cumplimiento legal. El Artículo 14 del ACAAN establece las llamadas peticiones ciudadanas, herramienta por la cual cualquier persona u organización sin vinculación gubernamental —que tenga pruebas de que México, Estados Unidos o Canadá estén incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental—, puede denunciar el hecho ante el Secretariado de la CCA. El Secretariado (el máximo órgano de la CCA) recibe la petición y verifica que cumpla con las directrices. Si así lo confirma, considera luego si el caso amerita una respuesta del Estado miembro al que se hace referencia. Recibida la respuesta, el Consejo decide si se elabora un expediente de hechos: una investigación detallada que toma en cuenta los datos técnicos y científicos disponibles para el público, o provistos por las personas u organizaciones interesadas, así como por expertos independientes. Una confirmación de las faltas El expediente de hechos no contiene una calificación  acerca de los argumentos de los peticionarios, ni recomendaciones de la CCA. Se trata de una investigación pormenorizada que es de interés de las personas involucradas y que servirá para la toma de decisiones. Puede desencadenar por ejemplo reformas legales o la mejora de políticas públicas en materia ambiental, o generar comités multisectoriales para el monitoreo o discusión de ciertos temas en ese rubro. El valor de la petición ciudadana A través de las peticiones ciudadanas, el ACAAN busca promover la participación pública, algo novedoso entre los tratados y convenios existentes entre los tres países. Se ha fortalecido la actuación de los grupos ambientales y respetado los límites establecidos en el ACAAN al no aceptar peticiones que vayan en contra la aprobación legislativa de leyes y reglamentos. La forma en que se aplica la ley no siempre satisface a los ciudadanos. Los Estados miembros pueden ver en la petición ciudadana la forma en la que las personas esperan que se aplique la ley o se ejecuten las acciones gubernamentales. Esto ya es un valor en sí mismo. Las peticiones son efectivas para movilizar la opinión pública debido a que los solicitantes agotaron previamente los recursos internos, es decir que presentaron acciones legales ante tribunales nacionales. Así, las peticiones son fuente de retroalimentación para los programas de inspección, vigilancia o de toma de decisiones gubernamentales. Según el registro de peticiones ciudadanas, a la fecha se presentaron 82 peticiones ciudadanas: 31 en contra de Canadá, 10 en contra de Estados Unidos y 41 en contra de México. De las mismas, sólo se han autorizado y publicado 18 expedientes de hechos. Usando el instrumento AIDA, junto con su socio Earthjustice y en representación de 10 organizaciones de la sociedad civil, presentó el 11 de abril una petición ciudadana a la CCA. En la misma se asevera que el Gobierno mexicano no aplicó su legislación ambiental al evaluar el impacto ambiental de mega resorts en ecosistemas sensibles del Golfo de California. La petición fue recibida bajo el nombre de Desarrollo turístico en el Golfo de California. Es necesario fortalecer varios aspectos de las peticiones ciudadanas, sin embargo, a través de este recurso, se incrementa la legitimidad de la participación ciudadana en la política de Norteamérica. El ACAAN es un instrumento que pretende coadyuvar en la aplicación de la legislación y mejorar la normatividad ambiental en México, Canadá y Estados Unidos. Las peticiones ciudadanas son un mecanismo bien definido para crear nuevas relaciones políticas y sociales entre los tres países. Mediante ellas, la ciudadanía pueda externar sus puntos de vista y preocupaciones sobre algún problema ambiental, o acerca del incumplimiento de normas ambientales. 

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