
Project
Amazon Watch / Maíra Irigaray
Barragem de Belo Monte no rio Xingu: 10 anos de impactos na Amazônia e de busca por reparações
A usina hidrelétrica de Belo Monte causou um desastre ambiental e social no coração da Amazônia: um dos ecossistemas mais importantes do planeta.
Essa situação só piorou desde que a usina começou a operar em 2016. A busca por justiça e reparação para as comunidades indígenas e ribeirinhas afetadas continua até hoje.
Em 2011, a Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) concedeu a essas comunidades medidas de proteção, que até hoje não foram totalmente implementadas pelo Estado brasileiro.
E, desde junho daquele mesmo ano, a CIDH mantém um processo contra o Estado por sua responsabilidade internacional no caso.
A CIDH pode encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, que tem o poder de emitir uma sentença condenatória contra o Estado brasileiro.
Após 10 anos de operação da usina hidrelétrica e mais de 15 anos de violações de direitos humanos documentadas, é hora da justiça ser feita para as comunidades afetadas.
Leia a carta aberta das organizações que levam o caso à CIDH
Contexto
A usina hidrelétrica de Belo Monte — a quarta maior do mundo em capacidade instalada (11.233 MW) — foi construída no rio Xingu, no estado do Pará, norte do Brasil.
Foi inaugurada em 5 de maio de 2016, com uma única turbina. Naquela época, 80% do curso do rio foi desviado e 516 km² de terra foram inundados, uma área maior que a cidade de Chicago. Desse total, 400 km² eram de mata nativa. A usina começou a operar em plena capacidade em novembro de 2019.
Belo Monte foi construída e é operada pelo consórcio Norte Energia S.A., composto principalmente por empresas estatais. Foi financiada pelo Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), que aportou ao consórcio 25,4 bilhões de reais (aproximadamente US$ 10,16 bilhões), o maior investimento de sua história. Portanto, o BNDES também é legalmente responsável pelos impactos socioambientais associados ao projeto hidrelétrico.
Décadas de danos ambientais e humanos
As violações dos direitos humanos e a degradação da Amazônia remontam ao início do projeto. Em março de 2011, a Norte Energia iniciou a construção da barragem sem consulta adequada e sem o consentimento prévio, livre e informado das comunidades afetadas.
A construção levou ao deslocamento forçado de mais de 40.000 pessoas, rompendo laços sociais e culturais. O plano de reassentamento em Altamira — cidade diretamente afetada pelo projeto hidrelétrico — incluía moradias na periferia da cidade, sem serviços públicos adequados, moradias dignas para as famílias reassentadas e moradias diferenciadas para aqueles pertencentes a comunidades indígenas.
A operação da barragem de Belo Monte impôs uma seca permanente e artificial na Volta Grande do rio Xingu, agravada pelas secas históricas na Amazônia em 2023 e 2024. Como resultado, a morte de milhões de ovos de peixe foi documentada por quatro anos consecutivos (de 2021 a 2024) e, nos últimos três anos, não houve migração de peixes rio acima para desovar e se reproduzir. Assim, a pesca artesanal, principal fonte de proteína para os povos indígenas e comunidades ribeirinhas, foi severamente afetada: o consumo de peixe caiu de 50% para 30% do total de proteínas consumidas, sendo substituído por alimentos processados. Em suma, houve um colapso ambiental e humanitário que resultou no colapso da pesca como modo de vida tradicional, insegurança alimentar e falta de acesso à água potável para milhares de famílias, empobrecimento e doenças.
Além disso, a construção da barragem aumentou o desmatamento e intensificou a extração ilegal de madeira e a insegurança em terras indígenas e tribais, colocando em risco a sobrevivência dessas comunidades. Outra consequência foi o agravamento da pobreza e dos conflitos sociais, bem como a sobrecarga dos sistemas de saúde, educação e segurança pública em Altamira, cidade considerada a mais violenta do país em 2017, onde houve aumento do tráfico de pessoas e da violência sexual. Também foram registrados casos de violência contra defensores de direitos humanos envolvidos no caso.
Em 2025, durante a 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), realizada no Brasil, o Ministério Público Federal classificou os danos causados por Belo Monte como ecocídio.
A busca por justiça e reparação
Ao longo dos anos, o Ministério Público Federal do Pará, a Defensoria Pública e organizações da sociedade civil impetraram dezenas de ações judiciais em tribunais brasileiros para contestar as diversas irregularidades do projeto, bem como seus impactos. A maioria das ações permanece sem solução, algumas há mais de 10 anos.
Essas ações não obtiveram sucesso porque o governo federal tem reiteradamente anulado decisões favoráveis às comunidades afetadas, recorrendo a um mecanismo pelo qual o presidente do Supremo Tribunal Federal pode suspender uma decisão judicial com base unicamente em argumentos genéricos como "interesse nacional" ou "ordem econômica".
Diante da falta de respostas eficazes em nível nacional, a AIDA — juntamente com uma coalizão de organizações aliadas — levou o caso à Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) e, em 2010, solicitou medidas cautelares para proteger a vida, a integridade e a saúde das comunidades indígenas afetadas.
Em 1º de abril de 2011, a CIDH concedeu essas medidas e solicitou ao Estado brasileiro a suspensão das licenças ambientais e de quaisquer obras de construção até que as condições relativas à consulta prévia e à proteção da saúde e integridade das comunidades fossem atendidas.
E, em 16 de junho de 2011, apresentamos uma denúncia formal à CIDH — juntamente com o Movimento Xingu Vivo Para Siempre, a Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira, a Diocese de Altamira, o Conselho Missionário Indígena, a Sociedade Pará de Defesa dos Direitos Humanos e a Global Justice — contra o Estado brasileiro por sua responsabilidade internacional nas violações de direitos humanos contra os povos afetados neste caso. A denúncia foi apresentada em dezembro de 2015.
Em 3 de agosto de 2011, a CIDH modificou as medidas cautelares para solicitar — em vez da suspensão de licenças e obras — a proteção dos povos que vivem em isolamento voluntário, a saúde das comunidades indígenas e a regularização e proteção das terras ancestrais.
Situação atual
As medidas de proteção concedidas pela CIDH permanecem em vigor, mas o Estado brasileiro não as cumpriu integralmente, relatando apenas ações genéricas. As comunidades documentaram as contínuas violações de seus direitos. A situação que motivou o pedido dessas medidas — o risco à vida, à segurança e aos meios de subsistência das comunidades — persiste e se agravou com a usina hidrelétrica operando em plena capacidade e com as recentes secas extremas na Amazônia.
Além do ocorrido em Belo Monte, existe o risco de maiores danos sociais e ambientais decorrentes da implementação de outro megaprojeto de mineração na Volta Grande do Xingu. Lá, a empresa canadense Belo Sun pretende construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil.
Os impactos sinérgicos e cumulativos da usina e da mina não foram avaliados. O Estado excluiu povos indígenas, comunidades ribeirinhas e comunidades camponesas do processo de licenciamento ambiental do projeto. Apesar disso, dos protestos indígenas e de outras irregularidades em torno do projeto, o governo do estado do Pará autorizou formalmente a mina em abril de 2026.
Belo Monte, assim como outras usinas hidrelétricas, agrava a emergência climática ao gerar emissões de gases de efeito estufa em seu reservatório. Além disso, é ineficiente diante das secas prolongadas e intensas causadas pela crise, pois perde capacidade de geração de energia.
O caso perante a Comissão Interamericana
Em outubro de 2017, a CIDH anunciou que decidiria conjuntamente sobre a admissibilidade (se o caso preenche os requisitos para admissão) e o mérito (se houve, de fato, violação de direitos humanos) da denúncia internacional contra o Estado brasileiro.
Quinze anos após a apresentação da denúncia, as comunidades afetadas e as organizações que as representam ainda aguardam essa decisão. Caso a CIDH conclua que houve violações de direitos humanos e emita recomendações que o Estado brasileiro não cumpra, poderá encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, cujas decisões são vinculativas.
Uma possível decisão da Corte Internacional de Direitos Humanos neste caso estabeleceria um precedente jurídico regional em relação aos direitos dos povos indígenas e ribeirinhos, à participação pública em megaprojetos e à responsabilidade do Estado no contexto da crise climática. Isso é particularmente relevante à luz do Parecer Consultivo nº 32 da Corte, que reafirmou as obrigações dos Estados de proteger pessoas e comunidades em todo o continente da emergência climática.
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Financiamiento climático: Preguntas y respuestas
La crisis climática no conoce fronteras y sus impactos afectan a personas, ecosistemas y especies de todo el mundo. Afrontar esta crisis mundial exige transformaciones profundas e innovadoras en todas las facetas de la vida humana: la producción de energía, alimentos y otros bienes; el diseño y construcción de infraestructura; el uso y gestión de hábitats terrestres, marinos y de agua dulce; el transporte de personas y productos; entre otras. Estos cambios sistémicos demandan recursos financieros e inversiones sólidas. Por ello, oímos una y otra vez que afrontar la crisis climática es costoso e implica financiamiento. Respondiendo algunas preguntas básicas, abordaremos a continuación los aspectos principales del denominado financiamiento climático. ¿Qué entendemos por financiamiento climático? La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) lo describe como el tipo de financiación local, nacional o transnacional empleado para apoyar e implementar acciones de mitigación y adaptación al cambio climático con recursos financieros de fuentes públicas, privadas y alternativas. Estos recursos se definen como “nuevos y adicionales” y no pueden incluir aquellos comprometidos antes, por ejemplo, para la asistencia oficial al desarrollo. Para comprender mejor esta definición, podemos señalar que el financiamiento climático es aquel captado y utilizado para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y mejorar los sumideros que las absorben, o que busca disminuir la vulnerabilidad, así como mantener e incrementar la resiliencia de los sistemas humanos y ecológicos ante los efectos negativos de la crisis climática. ¿Por qué el financiamiento climático es importante? Retomando el mensaje del Secretario Ejecutivo de ONU Cambio Climático, Simon Stiell, en el Foro de Inversión Sostenible, “no podemos alcanzar nuestros objetivos climáticos sin financiamiento. Ya estemos hablando de la transición a las energías renovables, de mejorar la eficiencia energética o de proteger a las comunidades vulnerables de los efectos del cambio climático, todos estos esfuerzos requieren una inversión significativa”. El financiamiento climático tiene un efecto en todos los aspectos, desde las políticas nacionales hasta los cambios que ocurren a nivel local y que suponen diferencias concretas en la vida de las personas. “La financiación de la lucha contra el cambio climático trata, en última instancia, de lo que nosotros, como sociedades, valoramos: el mundo en el que queremos vivir y las vidas y dificultades que podemos salvar canalizando nuestro dinero para aumentar la resiliencia frente a los estragos del cambio climático”, dijo Stiell en su discurso. Financiamiento ¿de quién y para quién? Los impactos de la crisis climática son inversamente proporcionales a la responsabilidad en el problema. Los países históricamente responsables de los mayores niveles de emisiones de GEI suelen ser los menos afectados. Por ello, la CMNUCC aboga para que los países desarrollados, aquellos con más recursos económicos, ayuden financieramente a los países menos desarrollados y más vulnerables. De esto trata el principio de “responsabilidad común pero diferenciada y capacidades respectivas”, establecido en la Convención. De otro lado, el Acuerdo de París —tratado internacional legalmente vinculante y vigente desde noviembre de 2016— reafirma esta obligación de los países desarrollados, además de promover, por primera vez, las contribuciones voluntarias de otros Estados. Dispone además que los países desarrollados deben seguir liderando la movilización de la financiación para el clima a partir de una amplia variedad de fuentes, instrumentos y canales, teniendo en cuenta el importante rol de los fondos públicos, así como las necesidades y prioridades de los países en desarrollo. Es clave señalar que esta movilización de financiamiento debería representar una progresión con respecto a esfuerzos anteriores. ¿Qué mecanismos de financiamiento climático existen? Bajo la CMNUCC, existen tres mecanismos principales para que el financiamiento climático llegue a los países, creados con propósitos distintos y con alcances diferenciados: Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF por sus siglas en inglés): Otorga recursos financieros a países en desarrollo o con economías en transición para cumplir con los objetivos de los convenios y acuerdos ambientales internacionales. Maneja a su vez el Fondo Especial para el Cambio Climático y el Fondo para los Países Menos Desarrollados. Fondo de Adaptación: Creado como instrumento financiero para la adaptación y resiliencia en aquellos países que son parte del Protocolo de Kioto. Fondo Verde del Clima (GCF por sus siglas en inglés): Creado con el objetivo de financiar programas y proyectos de mitigación y adaptación orientados al desarrollo bajo en emisiones y resiliente al clima. Es la principal entidad multilateral de financiamiento climático a nivel mundial. ¿Cuánto financiamiento necesitamos? En el marco de las negociaciones climáticas de la ONU, en 2009, los países desarrollados se comprometieron a transferir a los países en desarrollo 100 mil millones de dólares anuales hasta 2020 (meta ampliada a 2025 en el Acuerdo de París). Pero este monto no se ha logrado. Por ejemplo, en 2016 solo se alcanzaron 58.5 miles de millones de dólares y aunque el monto aumentó significativamente para 2019, únicamente se alcanzaron 79,6 miles de millones de dólares. En ese sentido, para cumplir el objetivo de emisiones netas cero para 2050, la organización Climate Policy Initiative estima que se necesita un financiamiento global de 4.35 trillones (millones de billones) de dólares para 2030, cuando en 2020 sólo fue de 632 mil millones de dólares. ¿Cuáles son hoy los principales retos del financiamiento climático? El reto principal, como vimos, es la necesidad de un incremento sustancial de los flujos de financiamiento. Otro desafío clave es medir y rastrear este tipo de financiamiento, que no está sujeto a una definición universal común. En esa misma línea, dado que el compromiso de los países desarrollados ante la ONU no contempla directrices oficiales sobre qué actividades cuentan como financiamiento climático, es difícil garantizar que el dinero no se contabilice dos veces o que se destine a esfuerzos que realmente ayuden a reducir el calentamiento global y sus impactos. También está la necesidad de equilibrar la asignación de fondos de manera más equitativa entre las actividades de mitigación y de adaptación, así como las relacionadas con las pérdidas y daños que ya sufren comunidades en todo el mundo. En 2020, 90% del financiamiento mundial fue destinado a mitigación, solo 7% a proyectos de adaptación y 3% para actividades duales. Por otro lado, es importante que el financiamiento canalizado no resulte en afectaciones humanas o al ambiente, como suele suceder cuando existen grandes inversiones en las que no se implementan procesos adecuados de consulta y participación. Un proyecto de energía, por renovable y limpio que sea, puede acentuar desigualdades y vulnerabilidades si está mal planificado o si es diseñado sin la participación de las comunidades locales. Finalmente, se debe considerar que, aunque se destine mucho dinero para enfrentar la crisis climática, al mismo tiempo continúan y se incrementan en el mundo los negocios que promueven la dependencia de los combustibles fósiles y que nos mantienen en un sistema económico depredador e injusto que perpetúa el extractivismo como modo de desarrollo. Esto, por supuesto, contrarresta los avances que podamos lograr en favor del ambiente y de las comunidades. Lo cierto es que no basta una cantidad específica anual de financiamiento climático, lo que realmente necesitamos a estas alturas es que todo el dinero movilizado aporte a la regeneración del planeta y a resolver la crisis ambiental y climática mundial, no a exacerbarla. En AIDA hacemos seguimiento al financiamiento climático que llega a la región porque entendemos la importancia que tiene para incrementar las posibilidades que tenemos como humanidad de construir un futuro donde podamos vivir bien y en armonía con el ambiente. Entendemos también que los problemas que muchas veces causa el financiamiento mal diseñado se deben a una falta de conexión entre los espacios de toma de decisiones y los territorios que sufren los embates de la crisis climática y donde se proponen proyectos para superarlos. En ese sentido, AIDA intenta construir un puente entre esos dos mundos, motivando a las organizaciones de la región a estar activas, hacer seguimiento a los proyectos y a participar en las decisiones. Solo así podremos lograr que los escasos fondos climáticos no solo existan, sino que también alcancen su mayor potencial hacia el cambio de paradigma que necesitamos. Únete al grupo “Observatorio del Fondo Verde del Clima para América Latina y el Caribe”, un esfuerzo conjunto para hacer un mejor seguimiento al mayor fondo climático del mundo.
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Una acción climática para descarbonizar la energía y la economía
Texto publicado originalmente en La Silla Vacía Frente al incumplimiento de sus compromisos climáticos respecto al sector carbón, Colombia tiene hoy la oportunidad de ser un ejemplo para la región en materia de transición energética justa. Para ello, debe establecer políticas de corto, mediano y largo plazo encaminadas a la identificación, prevención y gestión de impactos climáticos generados por la cadena de este sector; así como a la salida responsable y al cierre progresivo de la minería de carbón con un enfoque de derechos humanos. La extracción, el transporte, la quema y la exportación de carbón para generar energía son una causa importante de la crisis climática y de violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Siendo el quinto exportador mundial de carbón, el país no es ajeno a esta situación. 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Aunque actualmente se está discutiendo el rol del carbón, este modelo dejó instaurada una política de ampliación de este sector económico que podría agravar los problemas generados. Si bien el carbón es el mineral que más aporta a la economía nacional, los niveles de pobreza de los departamentos donde se realiza el 90% de la extracción mediante minería a gran escala —La Guajira y Cesar— superan el promedio nacional. Están entre los departamentos con mayor tasa de pobreza y muertes infantiles por desnutrición, siendo comunidades afrocampesinas e indígenas, principalmente del pueblo Wayúu, las más afectadas. Gran parte de la extracción ocurre en El Cerrejón, la mayor mina de carbón a cielo abierto de América Latina. Su operación y crecimiento desde hace casi 40 años han traído la destrucción de ríos, arroyos y ecosistemas endémicos como el bosque seco tropical; contaminación del aire con graves consecuencias para la salud; así como violaciones continuas a los derechos de poblaciones y pueblos en La Guajira. El panorama descrito exige mejorar los controles de los procesos de la cadena del carbón, así como planificar e implementar una estrategia razonable y progresiva que incorpore estándares internacionales para dejar el carbón bajo tierra y cumplir los compromisos climáticos del país. El momento no puede ser más oportuno. Existe un debate nacional acerca de la transición energética, de cómo hacerla justa y de cuál será el rol del carbón y de los combustibles fósiles. La respuesta de la ciencia es clara. En su más reciente informe, el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC) reiteró que el 80% de las reservas de carbón deben quedarse bajo tierra y que en 2050 el uso de carbón para la generación eléctrica debe reducirse en su totalidad para evitar una elevación catastrófica de la temperatura promedio del planeta. Ante la necesidad de favorecer las condiciones para generar una descarbonización progresiva de la economía y del sistema energético nacional, una coalición de organizaciones de la sociedad civil, centros de pensamiento y universidades presentó el 4 de mayo una acción de cumplimiento dirigida a que el Estado —concretamente el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales— incorpore los impactos generados por toda la cadena productiva del carbón en la política pública y medidas concretas orientadas a la mitigación y adaptación a la crisis climática. 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También lo es la responsabilidad del Estado colombiano en los esfuerzos mundiales para frenar la explotación y quema de carbón en favor de sistemas energéticos y sociales más sostenibles, respetuosos del ambiente y de las personas. Promover el debate en torno a este tema es más que urgente.
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Los dilemas de una transición energética justa
La humanidad tiene una tarea urgente por delante: transformar los sistemas energéticos para generar energía sin seguir atiborrando la atmósfera de gases y contaminantes que la calientan. Es un hecho comprobado por la ciencia. De no hacerlo, nuestro planeta ya no será un albergue seguro para la humanidad ni para muchas otras especies. El problema es que la necesaria transición está muy lejos de ser simple. Además de lo difícil que resulta cortar la dependencia en los combustibles fósiles que nos han dominado por siglos, resulta que no cualquier transición sirve. No se trata solo de dejar de quemar dichos combustibles, sino que debemos considerar muchos otros factores, incluso más allá de lo energético, para salir de un modelo de desarrollo que por siglos ha estado separando a la humanidad entre ganadores y perdedores, vulnerando además los derechos humanos. ¿Qué es entonces la transición JUSTA? No existe actualmente un concepto único sobre lo que significa que la transición energética sea justa. En AIDA consideramos que, para ser justa, la transición debe ser equitativa e inclusiva y reconocer que los impactos del cambio climático y de la necesaria transición no se distribuyen de manera uniforme. Así, ciertos grupos —como quienes trabajan en los sectores energéticos tradicionales y/o las comunidades marginadas— pueden verse afectados desproporcionadamente. Para vislumbrar el problema, vale la pena entender que la humanidad sufre hoy varias crisis —todas interconectadas— que afectan la vida y bienestar de las personas, sobre todo de quienes se encuentran en condiciones más vulnerables. La emergencia climática, la contaminación, la pérdida de biodiversidad, las pandemias globales y las crisis democráticas son algunas de ellas. Y en el centro de todo está la desigualdad social, esa brecha cada vez mayor entre ricos y pobres que genera disparidades en todos los aspectos, incluyendo el acceso a la salud, a la educación y a las oportunidades económicas. Estas crisis están interconectadas y se refuerzan mutuamente. Las respuestas a una pueden contribuir a resolver otras, pero también pueden agravarlas. Por ejemplo, cuando la transición a fuentes de energía limpia no solo ayuda a combatir el cambio climático, sino que también reduce la contaminación del aire y mejora la salud pública, estamos resolviendo dos problemáticas en una. Un ejemplo en el sentido contrario ocurre cuando una transición rápida y sin control a la movilidad eléctrica resulta en la extracción agresiva de minerales raros como el litio, que proviene de ecosistemas frágiles de los que dependen comunidades locales. Entonces, ¿por dónde empezamos? Para asegurar una transición justa debemos guiarnos por los principios de justicia, equidad e inclusión, así como garantizar que las poblaciones en condiciones más vulnerables no se vean afectadas desproporcionadamente. Ya lo decía Naomi Klein en su libro Esto lo Cambia Todo: para abordar la crisis climática debemos entender que el cambio climático no es solo un problema ambiental, sino también de derechos humanos. La transición energética justa requiere no solo terminar con la quema de combustibles fósiles, sino también abordar la desigualdad económica, incluir la perspectiva de género, fortalecer las redes de seguridad social, proteger los derechos de los/as trabajadores/as, respetar los derechos de los pueblos indígenas, empoderar a las comunidades para que participen en las decisiones que afectan sus vidas, así como reparar a quienes han sido afectados por el actual modelo económico y energético. ¿Y qué rol puede jugar el litigio? El litigio ya se está moviendo al ritmo de los dilemas de la transición energética. Así, hemos visto un aumento en los juicios que parecieran ir en contra de la transición energética, tales como demandas que impugnan proyectos de generación de energía renovable o regulaciones en favor de la transición, o que obstaculizan la transición de cualquier otra forma. Pero, ¿se puede decir que siempre son litigios “regresivos”? Un juicio para impugnar el permiso ambiental de un emprendimiento de generación eólica podría estar bloqueando la transición, pero no es necesariamente regresivo. Si se trata, por ejemplo, de un megaproyecto, a cargo de una empresa transnacional que exportará toda la energía generada sin beneficiar a las comunidades locales, y si además pretende emplazarse en tierras indígenas sin participación local, entonces se trata de un proyecto orientado a una “transición injusta” que no nos sirve porque refuerza el mismo modelo, aquel nos tiene tan mal encaminados. A este tipo de casos se refiere el informe Litigio por la Transición Justa en América Latina, publicado en enero de 2023 por el Centro Sabin para el Derecho del Cambio Climático de la Universidad de Columbia, traducido al español por AIDA. El informe cuestiona el propósito del litigio por la transición justa, preguntándose si fomenta o por el contrario obstruye una transición energética y resiliente al clima. Al respecto, sus autores/as concluyen que los litigios de este tipo no pueden calificarse del todo como regresivos o no regresivos en relación con la transición. Como tal, consideran que el litigio por la transición justa debe verse y entenderse como una nueva categoría de litigio climático, con fundamentos propios y diversos. El tema permite reflexionar en torno a la complejidad de la tan anhelada transición. Ante este tipo de dilemas, en AIDA optamos generalmente por analizar cada caso, sin casarnos con una postura dogmática. Pero una constante y, en ese sentido, un valioso punto de partida es que todo lo que se lleve adelante en favor de la transición energética —sean proyectos, políticas o acciones— debe tener un enfoque fuerte y decisivo en el ambiente, los derechos humanos y de género. Sin eso no hay justicia; y sin justicia no hay remedio ni solución. Entonces creemos que el litigio sí tiene un rol, no solo en que la transición se lleve a cabo, sino también en que sea justa. La imperiosa necesidad de cambiar nuestros sistemas energéticos es también una oportunidad de construir un nuevo sistema que, a diferencia del que hoy reina, nos una y sea para todas las personas y seres vivos del planeta. Seguiremos entonces usando la herramienta del litigio para impugnar intentos de transición que busquen enfrascarnos en más de lo mismo.
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