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Amazon Watch / Maíra Irigaray

Barragem de Belo Monte no rio Xingu: 10 anos de impactos na Amazônia e de busca por reparações

A usina hidrelétrica de Belo Monte causou um desastre ambiental e social no coração da Amazônia: um dos ecossistemas mais importantes do planeta.

Essa situação só piorou desde que a usina começou a operar em 2016. A busca por justiça e reparação para as comunidades indígenas e ribeirinhas afetadas continua até hoje.

Em 2011, a Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) concedeu a essas comunidades medidas de proteção, que até hoje não foram totalmente implementadas pelo Estado brasileiro.

E, desde junho daquele mesmo ano, a CIDH mantém um processo contra o Estado por sua responsabilidade internacional no caso.

A CIDH pode encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, que tem o poder de emitir uma sentença condenatória contra o Estado brasileiro.

 

Após 10 anos de operação da usina hidrelétrica e mais de 15 anos de violações de direitos humanos documentadas, é hora da justiça ser feita para as comunidades afetadas.

Leia a carta aberta das organizações que levam o caso à CIDH

 

Contexto

A usina hidrelétrica de Belo Monte — a quarta maior do mundo em capacidade instalada (11.233 MW) — foi construída no rio Xingu, no estado do Pará, norte do Brasil.

Foi inaugurada em 5 de maio de 2016, com uma única turbina. Naquela época, 80% do curso do rio foi desviado e 516 km² de terra foram inundados, uma área maior que a cidade de Chicago. Desse total, 400 km² eram de mata nativa. A usina começou a operar em plena capacidade em novembro de 2019.

Belo Monte foi construída e é operada pelo consórcio Norte Energia S.A., composto principalmente por empresas estatais. Foi financiada pelo Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), que aportou ao consórcio 25,4 bilhões de reais (aproximadamente US$ 10,16 bilhões), o maior investimento de sua história. Portanto, o BNDES também é legalmente responsável pelos impactos socioambientais associados ao projeto hidrelétrico.

Décadas de danos ambientais e humanos

As violações dos direitos humanos e a degradação da Amazônia remontam ao início do projeto. Em março de 2011, a Norte Energia iniciou a construção da barragem sem consulta adequada e sem o consentimento prévio, livre e informado das comunidades afetadas.

A construção levou ao deslocamento forçado de mais de 40.000 pessoas, rompendo laços sociais e culturais. O plano de reassentamento em Altamira — cidade diretamente afetada pelo projeto hidrelétrico — incluía moradias na periferia da cidade, sem serviços públicos adequados, moradias dignas para as famílias reassentadas e moradias diferenciadas para aqueles pertencentes a comunidades indígenas.

A operação da barragem de Belo Monte impôs uma seca permanente e artificial na Volta Grande do rio Xingu, agravada pelas secas históricas na Amazônia em 2023 e 2024. Como resultado, a morte de milhões de ovos de peixe foi documentada por quatro anos consecutivos (de 2021 a 2024) e, nos últimos três anos, não houve migração de peixes rio acima para desovar e se reproduzir. Assim, a pesca artesanal, principal fonte de proteína para os povos indígenas e comunidades ribeirinhas, foi severamente afetada: o consumo de peixe caiu de 50% para 30% do total de proteínas consumidas, sendo substituído por alimentos processados. Em suma, houve um colapso ambiental e humanitário que resultou no colapso da pesca como modo de vida tradicional, insegurança alimentar e falta de acesso à água potável para milhares de famílias, empobrecimento e doenças.

Além disso, a construção da barragem aumentou o desmatamento e intensificou a extração ilegal de madeira e a insegurança em terras indígenas e tribais, colocando em risco a sobrevivência dessas comunidades. Outra consequência foi o agravamento da pobreza e dos conflitos sociais, bem como a sobrecarga dos sistemas de saúde, educação e segurança pública em Altamira, cidade considerada a mais violenta do país em 2017, onde houve aumento do tráfico de pessoas e da violência sexual. Também foram registrados casos de violência contra defensores de direitos humanos envolvidos no caso.

Em 2025, durante a 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), realizada no Brasil, o Ministério Público Federal classificou os danos causados ​​por Belo Monte como ecocídio.

A busca por justiça e reparação

Ao longo dos anos, o Ministério Público Federal do Pará, a Defensoria Pública e organizações da sociedade civil impetraram dezenas de ações judiciais em tribunais brasileiros para contestar as diversas irregularidades do projeto, bem como seus impactos. A maioria das ações permanece sem solução, algumas há mais de 10 anos.

Essas ações não obtiveram sucesso porque o governo federal tem reiteradamente anulado decisões favoráveis ​​às comunidades afetadas, recorrendo a um mecanismo pelo qual o presidente do Supremo Tribunal Federal pode suspender uma decisão judicial com base unicamente em argumentos genéricos como "interesse nacional" ou "ordem econômica".

Diante da falta de respostas eficazes em nível nacional, a AIDA — juntamente com uma coalizão de organizações aliadas — levou o caso à Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) e, em 2010, solicitou medidas cautelares para proteger a vida, a integridade e a saúde das comunidades indígenas afetadas.

Em 1º de abril de 2011, a CIDH concedeu essas medidas e solicitou ao Estado brasileiro a suspensão das licenças ambientais e de quaisquer obras de construção até que as condições relativas à consulta prévia e à proteção da saúde e integridade das comunidades fossem atendidas.

E, em 16 de junho de 2011, apresentamos uma denúncia formal à CIDH — juntamente com o Movimento Xingu Vivo Para Siempre, a Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira, a Diocese de Altamira, o Conselho Missionário Indígena, a Sociedade Pará de Defesa dos Direitos Humanos e a Global Justice — contra o Estado brasileiro por sua responsabilidade internacional nas violações de direitos humanos contra os povos afetados neste caso. A denúncia foi apresentada em dezembro de 2015.

Em 3 de agosto de 2011, a CIDH modificou as medidas cautelares para solicitar — em vez da suspensão de licenças e obras — a proteção dos povos que vivem em isolamento voluntário, a saúde das comunidades indígenas e a regularização e proteção das terras ancestrais.  

Situação atual

As medidas de proteção concedidas pela CIDH permanecem em vigor, mas o Estado brasileiro não as cumpriu integralmente, relatando apenas ações genéricas. As comunidades documentaram as contínuas violações de seus direitos. A situação que motivou o pedido dessas medidas — o risco à vida, à segurança e aos meios de subsistência das comunidades — persiste e se agravou com a usina hidrelétrica operando em plena capacidade e com as recentes secas extremas na Amazônia.

Além do ocorrido em Belo Monte, existe o risco de maiores danos sociais e ambientais decorrentes da implementação de outro megaprojeto de mineração na Volta Grande do Xingu. Lá, a empresa canadense Belo Sun pretende construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil.

Os impactos sinérgicos e cumulativos da usina e da mina não foram avaliados. O Estado excluiu povos indígenas, comunidades ribeirinhas e comunidades camponesas do processo de licenciamento ambiental do projeto. Apesar disso, dos protestos indígenas e de outras irregularidades em torno do projeto, o governo do estado do Pará autorizou formalmente a mina em abril de 2026.

Belo Monte, assim como outras usinas hidrelétricas, agrava a emergência climática ao gerar emissões de gases de efeito estufa em seu reservatório. Além disso, é ineficiente diante das secas prolongadas e intensas causadas pela crise, pois perde capacidade de geração de energia.

O caso perante a Comissão Interamericana

Em outubro de 2017, a CIDH anunciou que decidiria conjuntamente sobre a admissibilidade (se o caso preenche os requisitos para admissão) e o mérito (se houve, de fato, violação de direitos humanos) da denúncia internacional contra o Estado brasileiro.

Quinze anos após a apresentação da denúncia, as comunidades afetadas e as organizações que as representam ainda aguardam essa decisão. Caso a CIDH conclua que houve violações de direitos humanos e emita recomendações que o Estado brasileiro não cumpra, poderá encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, cujas decisões são vinculativas.

Uma possível decisão da Corte Internacional de Direitos Humanos neste caso estabeleceria um precedente jurídico regional em relação aos direitos dos povos indígenas e ribeirinhos, à participação pública em megaprojetos e à responsabilidade do Estado no contexto da crise climática. Isso é particularmente relevante à luz do Parecer Consultivo nº 32 da Corte, que reafirmou as obrigações dos Estados de proteger pessoas e comunidades em todo o continente da emergência climática. 

 


Embarcaciones pesqueras en el Puerto de Veracruz, México
Océanos

El arrecife veracruzano y la oportunidad de cambiar la realidad

Texto publicado originalmente en Animal Político.   El arrecife veracruzano o Sistema Arrecifal Veracruzano —el más grande del Golfo de México— es protagonista de la historia y cultura del país. Este sitio de anidación de peces y larvas sirve de barrera protectora contra tormentas y huracanes, constituye la fuente de subsistencia de cerca de 15,000 personas dedicadas a la pesca y atrae al turismo de buceo y snorkel, entre otros servicios ambientales. Ello motivó a dos personas residentes de Veracruz, representadas por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, a presentar una demanda judicial para proteger su derecho humano al medio ambiente sano en 2016, argumentando que la evaluación de impacto ambiental fragmentada de la ampliación del puerto de Veracruz impedía conocer las afectaciones a los arrecifes coralinos del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV). Fue hasta febrero de 2022 cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por unanimidad, en su sentencia 54/2021, que los permisos ambientales para el proyecto son ilegales. El fallo obliga a que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) evalúe de nuevo y exhaustivamente la totalidad de las obras que conlleva la ampliación portuaria, use la mejor información científica disponible e identifique los impactos de las obras en los ecosistemas de la zona. También ordena elaborar planes de restauración y requerir peritajes internacionales. En diciembre de 2022, en su oficio SRA/DGIRA/DG-06257-22, la SEMARNAT autorizó nuevamente la ampliación del puerto de Veracruz, haciendo caso omiso del criterio de la Suprema Corte; más grave aún, ignoró por completo las oportunidades de participación pública que dispone la propia legislación ambiental. En este sentido, parecería que la autoridad ambiental recopila las autorizaciones fragmentadas en una sola para “simular” un cumplimiento de la sentencia. En esta fase del proceso judicial, el Quinto Juzgado de Distrito del Séptimo Circuito –que está a cargo de determinar si la sentencia se cumplió o no– tiene la oportunidad de confirmar que la reciente autorización de impacto ambiental desacata los criterios establecidos por la Suprema Corte. El tribunal tiene en este momento la enorme responsabilidad de hacer que la sentencia 54/2021 transforme la realidad social y ambiental. De no ser así, permitiría que sea solamente una decisión judicial con estética argumentativa en papel. El fallo considera la posibilidad de requerir asistencia técnica internacional. En particular, el Secretariado de la Convención Ramsar —tratado intergubernamental para la protección de humedales de importancia internacional como el arrecife veracruzano— puede brindar apoyo especializado al gobierno mexicano para realizar esa evaluación de impacto ambiental, pero únicamente ante una solicitud específica de la propia autoridad ambiental. Esta petición gubernamental constituiría un buen gesto de la voluntad política para el cumplimiento de la sentencia en cita. En conclusión, el fallo histórico 54/2021 y su ejecución representan la gran oportunidad de México para generar un parteaguas en la evaluación de impacto ambiental y en la aplicación efectiva de la ley. En el marco del Día Mundial de los Océanos, la reflexión es que tanto las autoridades como la sociedad civil no nos conformemos con el consuelo de una sentencia protectora, sino que realmente actuemos en consecuencia para garantizar una protección real para los arrecifes coralinos de Veracruz.  

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Arrecifes de coral

Se debe evaluar nuevamente el impacto ambiental del proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz

Piden organizaciones de la sociedad civil y residentes de Veracruz que se anule la nueva e ilegal autorización emitida por la Semarnat, pues otra vez avaló un proyecto fragmentado, que no recurrió al uso de la mejor ciencia disponible y que no permitió la participación de las personas. Solicitan que se garantice el acceso a la información y la participación de la ciudadanía ya que el cumplimiento de esta sentencia es para el beneficio de todas y todos los veracruzanos. Solicitan la intervención diplomática y técnica de la Convención Ramsar sobre humedales de importancia prioritaria internacional.   El pasado 23 de mayo residentes de Veracruz, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y académicos presentaron ante un juez federal un análisis de las actuaciones realizadas por las autoridades para cumplir con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde concluyeron que la nueva Autorización de Impacto Ambiental otorgada por la autoridad federal ambiental al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz debe ser declarada nula y se debe ordenar que se someta nuevamente al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA), conforme ordenó la Corte. En conferencia de prensa realizada en el barco "Artic Sunrise" de Greenpeace, el cual se encuentra atracado en el Puerto de Veracruz, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Greenpeace México, el CEMDA y el Dr. Leonardo Ortiz, académico de la Universidad Veracruzana (UV), hicieron un llamado para que: La Administración del Sistema Portuario de Veracruz, S.A. de C.V. (Asipona Veracruz) –promovente del proyecto de ampliación– elabore una nueva Manifestación de Impacto Ambiental donde se incorporen todos y cada uno de los elementos del proyecto, y se valore realmente el riesgo ambiental utilizando una metodología adecuada, pertinente y que sirva para los fines que la sentencia busca cumplir; por ejemplo, la metodología "antes/después-control/impacto" (BACI por sus siglas en inglés). La Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), garantice los derechos de acceso a la información y participación de las personas en la toma de decisiones ambientales y que exija a la Asipona considerar los descubrimientos científicos asociados al Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México[1] de por lo menos los últimos 10 años, allegándose de toda y la más actualizada información científica generada. La Convención Ramsar sobre humedales de importancia prioritaria internacional acompañe y participe activamente en la evaluación de impacto ambiental del proyecto para garantizar que sea utilizada la mejor ciencia y la mejor metodología de evaluación para proteger efectivamente los ecosistemas y los servicios ambientales que prestan a la población.   Xavier Martínez Esponda, director operativo de CEMDA, explicó que el actuar de las autoridades es contrario a lo ordenado en el Acuerdo de Escazú, la Ley General para el Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la propia sentencia de la Corte. "Es como si no se hubiera aprendido nada de todo este litigio. Lo que tenía que haber ocurrido era que se hiciera una nueva Manifestación de Impacto Ambiental, con todos los elementos de la obra y haciendo uso de la mejor ciencia disponible, se aperturara un nuevo Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA) y se expidiera una nueva resolución. Es paradójico que las autoridades obligadas a cumplir no hayan considerado la jurisprudencia que se expidió a partir de este caso." Como contexto, cabe recordar que, en febrero del 2022, por unanimidad, las y los ministros que integran la Primera Sala de la SCJN resolvieron otorgar el amparo a residentes veracruzanos, quienes presentaron una demanda en contra del proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Es una victoria histórica que favorecerá a todas las personas que se benefician de los servicios ambientales impactados por el proyecto. En respuesta a la sentencia de la SCJN, en marzo del 2022, la Semarnat dejó insubsistentes las autorizaciones que se habían otorgado. Pero el pasado 30 de diciembre la DGIRA volvió a autorizar de manera condicionada el proyecto, nuevamente de manera fragmentada, sin una adecuada integración de la información, sin uso de la mejor ciencia disponible y sin posibilitar la participación de las personas[2]. Como explica el Doctor Leonardo Ortíz, "en la última década, el conocimiento científico sobre los arrecifes de Veracruz ha aumentado de una manera asombrosa y nada de eso ha sido considerado en la última autorización". También es de resaltar que la autorización se expidió sin la asistencia de autoridades internacionales como la Convención Ramsar. "Las autoridades de la Convención Ramsar decidieron esperar a que México tomara decisiones judiciales y ejecutivas respecto a la ampliación portuaria", señaló Sandra Moguel, Abogada de AIDA. "Es el momento oportuno para pedirle asistencia técnica a ese tratado para que se pronuncie respecto a los impactos al ecosistema, pero también respecto a la propia evaluación de impacto ambiental que realizó la Semarnat". Reiteramos nuestra petición al juez de distrito de no tener por cumplida la sentencia de la Corte.   Ver conferencia de prensa: https://fb.watch/kTmpqiD1dp/   Organizaciones firmantes: Greenpeace México Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Pueblos Unidos de la Cuenca Antigua por los Ríos Libres (PUCARL) Gente Sustentable, A.C. Sendas, A.C. Pronatura Veracruz, A.C. [1] Para mayor información acerca del Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México consultar el libro titulado El Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México: retos y oportunidades para su protección y manejo. Disponible en: https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/el-corredor-arrecifal-del-suroeste-del-golfo-de-mexico-retos-y-oportunidades-para-su-proteccion-y-manejo/ [2] Véase, https://www.cemda.org.mx/semarnat-comete-desacato-al-incumplir-sentencia-de-la-suprema-corte-para-la-ampliacion-del-puerto-de-veracruz/  

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Explotación de hidrocarburos offshore: Resistencia a una amenaza creciente en América Latina

La exploración y explotación de hidrocarburos costa afuera o aguas afuera (offshore) está expandiéndose en América Latina y el Caribe como parte de una estrategia gubernamental y empresarial que implica la continuidad de la industria del petróleo y del gas, combustibles fósiles cuyo uso agrava la crisis climática mundial. El avance de la actividad offshore de hidrocarburos implica también riesgos de daños graves para el océano, el mayor regulador climático del planeta, así como para la vasta biodiversidad que alberga y para los modos de vida de comunidades costeras. A nivel mundial, las reservas de hidrocarburos costa afuera representan el 30% del total y se concentran en aguas superficiales de hasta 125 metros, según investigaciones académicas. Los principales productores son Estados Unidos, México, Noruega, Brasil y Arabia Saudita. Estos países representan el 43% del total mundial. La expansión actual de la actividad en la región se desarrolla hacia extremos con mayor complejidad ambiental, en aguas ultra profundas, con pozos que superan los 1.500mts de profundidad. La autorización de nuevos proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos costa afuera profundiza la dependencia del uso de combustibles fósiles y promueve su permanencia. Esta expansión representa un retroceso frente a las acciones urgentes que el mundo requiere actualmente para evitar un calentamiento global con consecuencias catastróficas. Constituye además un obstáculo para la transición hacia sistemas energéticos sostenibles, basados en fuentes renovables y respetuosos del ambiente y de las personas. Sin embargo, existen en la región casos que evidencian una resistencia colectiva —también en aumento— al avance ciego de los proyectos de hidrocarburos en el mar. Con ayuda del litigio estratégico y del ejercicio de la participación ciudadana, estos casos representan la oportunidad de sentar precedentes importantes a nivel nacional e internacional para la protección del ambiente, el clima y los derechos humanos frente a los daños de la explotación de hidrocarburos costa afuera.   La defensa del Mar Argentino En mayo de 2019, la Secretaría de Energía adjudicó a varias empresas un total de 18 áreas (225.000 km2 de superficie) del Mar Argentino —sector del Océano Atlántico Sudoccidental— para la búsqueda de gas y petróleo.   En diciembre de 2021, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible autorizó el proyecto de exploración sísmica en tres de las áreas adjudicadas, ubicadas frente a la costa de la provincia de Buenos Aires, a unos 300 km de las playas de Mar del Plata, las más turísticas del país. El proyecto —a cargo de la empresa estatal noruega Equinor, la argentina YPF y angloholandesa Shell— incluye la realización de un pozo exploratorio. La decisión gubernamental ha sido cuestionada y rechazada por la comunidad científica y por las asambleas de varias ciudades costeras. En enero de 2022 —ante las amenazas para la biodiversidad, el clima y las economías locales de la prospección y posible explotación de hidrocarburos en la costa argentina—, grupos científicos y organizaciones ambientales presentaron ante un Juzgado Federal de Mar del Plata una demanda colectiva contra el Estado argentino, el Ministerio de Ambiente y la Secretaría de Energía en la que solicitan la nulidad de la resolución que autoriza el proyecto de exploración sísmica y el proceso mediante el cual se licitaron las 18 áreas del Mar Argentino. A ello se sumaron protestas en las calles y otras acciones que engrosaron una batalla judicial que no ha terminado. En febrero de 2022, el juzgado suspendió temporalmente la exploración sísmica a través de una medida cautelar. Pero, en diciembre de ese año, la Cámara de Apelaciones levantó la suspensión. Esa decisión fue apelada ante la Corte Suprema de Justicia, que aún no se ha pronunciado al respecto.   Moratoria en riesgo en Belice En octubre de 2017, el gobierno de Belice estableció mediante ley una moratoria permanente a la actividad petrolera en su zona marítima. Ello ocurrió luego de que, en 2012, en un referéndum informal organizado por grupos ambientales, el 96% de las personas participantes se declarara en contra de la actividad petrolera; y de la indignación global que en octubre de 2016 generó la decisión del gobierno de permitir pruebas sísmicas de exploración petrolera a tan solo un kilómetro de distancia de la Barrera de Coral de Belice, uno de los ecosistemas más diversos del mundo.   Sin embargo, la explotación de hidrocarburos offshore todavía es un riesgo para el país caribeño. En 2022, el Primer Ministro manifestó la voluntad del gobierno de permitir la exploración sísmica sin levantar la moratoria. Frente a ello organizaciones dedicadas a la protección ambiental buscan reforzar la prohibición obligando a realizar un referéndum para decidir si se levanta o no la moratoria.   Victoria judicial en Guyana De otro lado, en Guyana, desde principios de la década de 2000 han surgido informes sobre descubrimientos de grandes reservas de petróleo y gas en el mar, en la llamada cuenca Guyana Surinam. Guyana ha sido el país sudamericano con los descubrimientos más grandes de reservas petroleras en la última década y ha decidido expandir sus reservas gasíferas.   La producción de gas offshore en Guyana también ha sido objeto de controversia debido a preocupaciones ambientales y de seguridad. Recientemente, una decisión judicial rechazó el intento de la multinacional ExxonMobil y del gobierno de disolver el compromiso escrito que obliga a la empresa a correr con todos los gastos de limpieza, restauración y compensación de daños por cualquier derrame de petróleo en sus operaciones en alta mar. El juez del caso determinó que ExxonMobil está violando el permiso otorgado al proyecto Liza 1 —el cual exige presentar garantías financieras en caso de derrames y accidentes— y que los reguladores ambientales de Guyana no están haciendo cumplir las condiciones de la autorización.   Defensa de la biodiversidad y el clima Llevar a cabo proyectos de exploración y/o explotación de hidrocarburos en el mar puede implicar la vulneración de compromisos internacionales, entre ellos los asumidos por los Estados bajo la Convención de Diversidad Biológica, la Convención sobre Derecho del Mar de la ONU y la Convención sobre Especies Migratorias. La exploración sísmica en el mar genera sonidos de niveles muy superiores a los naturales. Muchos de ellos se solapan con los rangos de audición y vocalización de especies marinas (mamíferos, tortugas, peces, aves buceadoras y otras). Ello puede causar lesiones graves, efectos físicos y fisiológicos a largo plazo e incluso la muerte. Así lo explica Pablo García Borbroglu, experto y líder de la organización Global Penguin Society, quien afirma que la actividad puede derivar además en una reducción de la actividad pesquera. Los impactos de la actividad no se limitan al área explotada, sino que afectan a todo el mar y a todas las especies que lo habitan, agravando la situación de un elevado número de especies bajo amenaza o en peligro de extinción. La expansión de esta industria significa además el incumplimiento de los compromisos de países de la región de reducir sus emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, así como de adoptar medidas orientadas al manejo de ecosistemas clave como el marino, contenidos en la Convención Marco de la ONU sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París. Los casos descritos, que han sumado múltiples y diversas voces, tienen el potencial de establecer precedentes que obliguen a que los Estados se hagan responsables de las posibles consecuencias ambientales y sociales de avalar industrias nocivas como la de hidrocarburos costa afuera. Constituyen oportunidades clave para que los tribunales y otros órganos de toma de decisiones generen precedentes ejemplares para el hemisferio en materia de protección del ambiente y los derechos humanos, especialmente frente a la crisis climática y de biodiversidad que atraviesa el mundo.  

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