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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

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Cambio Climático

Posible, fortalecer la política climática en México

A días de que inicie la cumbre mundial de cambio climático, es necesario alinear y fortalecer dos instrumentos de política climática fundamentales: el Programa Especial de Cambio Climático (PECC) y la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC). Organizaciones de la sociedad civil presentan el resultado de una serie de mesas de trabajo donde participaron más de 60 personas de organizaciones especialistas y académicos con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la política climática en el país.   A pocos días de que se lleve a cabo la Conferencia de las Partes (COP27) de cambio climático en Egipto, organizaciones de la sociedad civil presentan una serie de propuestas para fortalecer las acciones que México puede llevar a cabo para contribuir de forma más ambiciosa y decidida a combatir la emergencia climática global, las cuales están plasmadas en el marco legal vigente: la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), el Programa Especial de Cambio Climático (PECC) y la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC). Como se ha reiterado en diversas ocasiones, México es un país altamente vulnerable al cambio climático, 68% de la población es vulnerable y alrededor del 71% del producto interno bruto (PIB) está expuesto a sus efectos (INECC, 2021). Al mismo tiempo, es el doceavo emisor a nivel mundial de los gases de efecto invernadero (GEI) que provocan el cambio climático (WRI, 2021). Es por esto que contar con políticas climáticas ambiciosas es más que necesario.  Resultado de una serie de mesas de trabajo donde participaron más de 60 personas de  organizaciones especialistas y académicos, se elaboró un documento que contiene propuestas encaminadas a fortalecer la política climática nacional en cuatro ámbitos: adaptación, mitigación, financiamiento y medios de implementación, el cual se presenta a unos días de que inicie la Conferencia de las Partes (COP27) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Como parte de los compromisos que ha adquirido ante la comunidad internacional, México tiene el mandato legal de contar con instrumentos de política pública que contribuyan a que la temperatura del planeta no se eleve por encima de los 1.5ºC. Dichos instrumentos deben respetar el principio de progresividad establecido en el Acuerdo de París, por lo que las metas climáticas deben ser más ambiciosas e incrementarse cada cinco años, pero respaldadas por acciones que puedan implementarse rápidamente para atender el llamado de urgencia.  Para cerrar la brecha entre lo que México emite y su justa contribución a la reducción de emisiones global, se deben reducir las emisiones de GEI desde la fuente, priorizando en igual medida, la atención a los espacios de mejora en el desarrollo de mecanismos para hacer frente a los impactos climáticos presentes y futuros. Es a través de una política climática robusta que México puede hacer frente a la profunda inequidad e injusticia climática.  Las recomendaciones destacan la necesidad de reducir las emisiones de metano del sector hidrocarburos; diseñar e implementar políticas transversales y multisectoriales, con enfoque de justicia climática y especial inclusión de los grupos históricamente excluidos como las mujeres, y pueblos y comunidades indígenas así como priorizar la transparencia en la implementación y evaluación de la política climática.  Consulta el documento presentado por la sociedad civil: Del PECC a la NDC: elementos para robustecer los compromisos climáticos de México   Referencias INECC, 2021. Tercer Informe Bienal de Actualización ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. WRI, 2021. Global greenhouse gas emissions 2016 excluding land-use change and forestry (LUCF) from Climate Watch. Contacto de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], +525570522107  

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Cambio Climático

México tiene la oportunidad de presentar una Contribución Nacionalmente Determinada progresiva en la COP27

Las NDC (Contribuciones Nacionalmente Determinadas, por sus siglas en inglés) son compromisos voluntarios adquiridos por los países en el Acuerdo de París para reducir sus emisiones de gases efecto invernadero (GEI). México tiene la oportunidad de actualizar su compromiso. La NDC presentada en 2020 está actualmente suspendida por ser regresiva con respecto a la NDC de 2015 en el componente de mitigación. Sin embargo, no hay impedimento legal –ni de ningún tipo– para presentar un nuevo compromiso en la COP27 (Conferencia de las Partes).   México debe redoblar esfuerzos en sus acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, comenzando por presentar una Contribución Nacionalmente Determinada (NDC por sus siglas en inglés) más ambiciosa en la próxima Conferencia de las Partes de la Organización de las Naciones Unidas sobre cambio climático (COP27), a celebrarse el próximo mes de noviembre en Egipto. Lo anterior es apremiante frente al reto de limitar el aumento de la temperatura del planeta en 1.5ºC y, con ello, prevenir afectaciones irreparables al medio ambiente y a los seres humanos a nivel global. Celebramos que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) haya realizado un esfuerzo para la recolección de propuestas de acciones climáticas en materia de adaptación y mitigación de diversos actores a nivel nacional, regional y local desde los ámbitos de la academia, la sociedad civil organizada y el gobierno. Es momento de cristalizar los insumos en una política climática justa y, por lo tanto, ambiciosa. Estos contenidos pueden dar sustento a una NDC actualizada que se presente en la COP27. La NDC actualizada en 2020 está suspendida como parte de un proceso judicial. Sin embargo, no existe un impedimento legal para que México elabore y presente una nueva NDC que incorpore un mayor nivel de ambición, así como la voz y acción climática de todas aquellas iniciativas que la enriquecen. Tal como precisó el tribunal al otorgar la suspensión, México y los otros países que han asumido compromisos en el marco del Acuerdo de París están obligados a emitir NDC sucesivas que representen una progresión, aumentando el nivel de ambición y alentando la adopción de medidas de reducción de emisiones. Esta obligación no sólo deriva expresamente del artículo 4.3 del Acuerdo de París, sino también del derecho a un medio ambiente sano establecido en el Art. 4to de la Constitución y del principio de progresividad en materia de derechos humanos que debe orientar la actuación de todas las autoridades. En ese sentido, el Estado mexicano tiene la oportunidad de presentar en la próxima COP27, una NDC con compromisos de mitigación más ambiciosos, a fin de cumplir con lo que establecen tanto el Acuerdo de París como el Pacto de Glasgow. Hacemos un llamado conjunto para que el gobierno federal lidere el esfuerzo para que la Contribución Nacionalmente Determinada que México presente en la COP27 sea un compromiso que cierre la brecha entre lo que México emite y su justa contribución a la reducción global de emisiones. Solamente a través de una política climática robusta, encabezada por una NDC justa y progresiva, es que México podrá transformar la profunda inequidad e injusticia climática, que pone al 68% de su población en condición de vulnerabilidad, en particular a quienes se encuentran en situación de mayor pobreza. Contacto de prensa: Víctor Quintanilla, AIDA, [email protected], +525570522107  

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