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Preservando el legado de la Sierra Nevada de Santa Marta, corazón del mundo

Elevándose abruptamente desde las costas del Caribe colombiano, la Sierra Nevada de Santa Marta alcanza los 5.775 metros de altura en sus picos Bolívar y Colón. Es el sistema montañoso costero más alto del mundo y un sitio donde la sabiduría de la naturaleza y la indígena convergen.  

El macizo montañoso conforma un territorio único en el que existen todos los pisos térmicos y donde la variedad de ecosistemas, animales y plantas es exuberante. Allí el mar está muy cerca de montañas y de nevados cuyo deshielo forma ríos y lagunas.

Pueblos indígenas protegen y cuidan esta riqueza natural con la autoridad que heredaron de sus antepasados. Se trata de los pueblos Arhuaco, Kogi, Wiwa y Kankuamo. En su cosmovisión, el territorio es sagrado e implica la comunión entre seres humanos, animales, plantas, ríos, cerros y divinidades ancestrales.

Pero su opinión no ha sido tomada en cuenta para el desarrollo de proyectos en la zona. Actualmente la existencia de la Sierra Nevada de Santa Marta está gravemente amenazada por 251 concesiones mineras, proyectos de hidroeléctricas, ganadería, urbanizaciones extensivas y obras de infraestructura.

Muchas de las concesiones fueron otorgadas sin procesos de consulta previa a los pueblos indígenas, lo que constituye una vulneración masiva, persistente y generalizada a sus derechos.

La minería —al implicar la contaminación y sedimentación de caudales— pone en riesgo la fuente de agua de los departamentos de Magdalena, César y Guajira, que se abastecen de los más de 30 ríos que nacen en la Sierra.

Todo ello ha hecho que este paraíso natural esté borde del no retorno, al igual que la vida tradicional de los pueblos indígenas, que depende enteramente de su territorio, de su espacio de sitios sagrados.

La Sierra alberga al parque arqueológico Ciudad Perdida, conocida como Teyuna, cuna de la civilización Tayrona y —según la tradición— origen de la naturaleza y corazón del mundo.

Los cuatro pueblos guardianes de la Sierra no están dispuestos a permitir que este legado natural y cultural desaparezca.

 


Parque de Los Humedales

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Por Tania Paz, asistente general de AIDA, @TaniaNinoshka “El agua no se niega”. La frase resume uno de los valores que me inculcó mi abuela Piedad, quien a su vez lo recibió de sus familiares en Diriomo (Granada, Nicaragua), su ciudad natal. Es muy común escuchar esa expresión en los poblados del país. Podría decirse que es parte de nuestra identidad. El agua y otros recursos naturales han sido vitales para la supervivencia y el desarrollo de la humanidad, para la formación de su cultura e identidad. Las grandes civilizaciones crecieron asentadas a lo largo de grandes fuentes de agua como ríos, lagos y lagunas. La civilización egipcia, por ejemplo, se extendió a lo largo de la cuenca del gran río Nilo y la gran ciudad de Tenochtitlán, el corazón del pueblo Mexica, se asentó en el lago de Texcoco, México. Tomando en cuenta esos antecedentes, en el año 2006, el Día Mundial del Agua fue dedicado a la relación entre “Agua y Cultura”, promoviendo la idea de que ambos elementos son indisociables de la vida humana: “La forma en que el agua es utilizada y valorada constituye un aspecto inherente a la identidad cultural de una sociedad”. Agua y sitios sagrados El agua es el espacio vital de los humedales —zonas terrestres inundables de manera permanente o intermitente como esteros (desembocaduras de ríos en el mar), arrecifes, manglares y otras—, ecosistemas clave para la conservación del ambiente y la supervivencia de la humanidad. El Grupo de Trabajo sobre Cultura y Humedales de la Convención de Ramsar describió los componentes básicos de los valores culturales de los humedales. Entre ellos destacan: el asentamiento (paisajes culturales, sitios del patrimonio cultural, importancia arqueológica, asentamientos contemporáneos e infraestructura) y los conocimientos, sistemas de creencias y prácticas sociales (investigación científica, educación, y conocimientos tradicionales, con inclusión de idiomas/dialectos y tradiciones orales, espiritualidad y sistemas de creencias, expresión artística). Un ejemplo de lo anterior es el Parque de los Humedales de Xixi, ubicado cerca de la ciudad de Hangzhou (China), en el delta del río Yangtze. “Existen evidencias de una cultura relacionada con los humedales que se remonta a aproximadamente 5.000 años. Durante la dinastía Dong Han (223 AC), los budistas se reunían para beber el agua de Xixi, y poco después se construyeron templos en el emplazamiento. Desde la dinastía Tang (618 DC) en adelante, la belleza y la naturaleza de Xixi quedaron reflejadas en los escritos de eminentes poetas”, se lee en la ficha informativa de Ramsar sobre los valores culturales de los humedales. Asimismo, en México, existen actualmente muchas fuentes de agua que tienen una enorme carga simbólica y cultural para los pueblos indígenas y que, pese a ello, se encuentran amenazadas por la construcción de proyectos hidroeléctricos. Una de ellas es el río San Pedro Mezquital, en Nayarit, cuya cuenca alberga 14 sitios sagrados y ceremoniales de los pueblos indígenas, mayoritariamente Náyeri o Cora. Uno de esos sitios la Muxatena, una formación rocosa de singular belleza y sede de la fiesta de San Juan cada 24 de junio.  AIDA realiza una intensa campaña para evitar la construcción de la hidroeléctrica Las Cruces sobre el caudal del San Pedro Mezquital. Entre otras consecuencias, el proyecto dañaría irreversiblemente ese centro ceremonial. Agua, mitos y leyendas La tradición oral de nuestros pueblos —cuentos, mitos y leyendas— guarda intrínseca relación con los cuerpos de agua. ¿Quién no recuerda la famosa leyenda de la llorona, una mujer que recorre la ribera de los ríos en busca de su hijo? A lo largo de América Latina se hace referencia a un personaje mítico denominado “La Madre del agua”, mujer que surge de las aguas transformada en animal o en una especie de ninfa. Según la mitología cubana, donde habitara dicha figura jamás se secarán las fuentes de agua. En la región amazónica, esa mujer es conocida como la Tucumana, un monstruo acuático más grande que una anaconda que actúa como protectora del caudaloso y profundo río Amazonas.  Agua y  tradiciones En Nicaragua, un país con una extensa red hidrológica, muchas de sus tradiciones están vinculadas con el agua. Cada Semana Santa,  en las aguas del Lago Cocibolca, la mayor fuente de agua dulce del país, se realiza el tradicional vía crucis acuático. En él, más de 20 lanchas decoradas con elementos de la Judea, frutas y flores tradicionales de la época recorren el lago bordeando las conocidas “Isletas de Granada” como muestra del fervor religioso y la identidad de quienes viven en las isletas del lago o en sus alrededores. Además, a finales del mes de octubre, en la Ciudad de Masaya, se celebra la fiesta de los Ahuizotes, vocablo de origen náhuatl que significa “Espantos (fantasmas) cerca del agua”. De ella participa un enorme grupo de personas que, disfrazadas de personajes de leyendas, recorren el pueblo asustando a la gente. Todo lo señalado hasta ahora evidencia el fuerte nexo entre el agua y la cultura e identidad de los pueblos. En ese sentido, la defensa del ambiente representa también la defensa de nuestra identidad como pueblos. Así, no me cansaré de decir siempre con orgullo que soy nicaragüense, nacida en la tierra de lagos y volcanes.

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Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibe información que cuestiona el uso que el Estado hace de instrumento legal de la época de la dictadura. Washington, D.C. Conmemorando el 50 aniversario del golpe militar en Brasil, representantes de la comunidad brasileña y sus defensores legales cuestionaron la administración de la presidenta Dilma Rousseff por el uso flagrante de un mecanismo legal que data de la dictadura en ese país (1964-1985) en una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Los participantes de la audiencia alegaron que ese mecanismo permite que los presidentes de tribunales superiores en Brasil revoquen arbitrariamente decisiones legales que protegen el ambiente y los derechos de pueblos indígenas y ancestrales amenazados por poderosos intereses económicos. Conocida como “Suspensión de Seguridad” (“Suspensão de Segurança”), este artificio legal le permite al gobierno federal solicitar la suspensión de decisiones judiciales con base en supuestas amenazas a la seguridad nacional y al “orden social y económico” del país. El mecanismo ha sido utilizado en particular para suspender demandas que favorecen el derecho de los pueblos indígenas a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado; lo que ha permitido que proyectos controversiales como la represa hidroeléctrica Belo Monte continúen pese a que violan la Constitución brasileña y convenios internacionales. Las decisiones basadas en la “Suspensión de Seguridad” no pueden ser apeladas hasta la fase final de apelaciones en la corte, bloqueando efectivamente el debido proceso legal y allanando el camino para que megaproyectos controversiales avancen como hecho consumado. El líder indígena Josias Munduruku, representante de una de las tribus más grandes que aún quedan en la Amazonía, viajó a la audiencia para denunciar los planes de Brasil para construir un complejo de proyectos de megarepresas en el río Tapajós y sus afluentes, el cual amenaza con traer impactos devastadores a sus tierras y sustento. “Estamos sufriendo las consecuencias de las represas que se están construyendo en cinco de nuestros ríos”, dijo Josias. “Los fiscales federales presentaron una demanda para detener las represas en el Tapajós, pero el gobierno anuló la decisión del tribunal utilizando la Suspensión de Seguridad, permitiendo que los proyectos continúen a pesar de que no fuimos consultados.” La jueza federal Célia Bernardes reflejó estas preocupaciones al hablar en nombre de la Asociación Jueces para la Democracia, cuya decisión sobre la ausencia de consultas previas a los Munduruku y a otros pueblos indígenas fue anulada por la “Suspensión de Seguridad”, lo que posibilitó que los polémicos proyectos de represas avancen en violación de la ley. Durante la audiencia, representantes del Gobierno brasileño argumentaron que la Suspensión de Seguridad ha sido usada sólo para defender el interés público, incluyendo el de los pueblos indígenas. Sin embargo, no se hizo mención de los casos específicos planteados por los delegados. La jueza Célia Bernardes contrarrestó el argumento del gobierno al afirmar que “la Suspensión de Seguridad se diferencia de otras herramientas legales ya que permite que el presidente de un tribunal regional anule sentencias basándose exclusivamente en argumentos políticos y económicos, sin considerar opiniones judiciales.” “Al emplear criterios amplios y subjetivos, la Suspensión de Seguridad viola la Convención Americana sobre Derechos Humanos y destruye cualquier posibilidad para la protección efectiva de los derechos humanos en el sistema judicial brasileño”, dijo Alexandre Andrade Sampaio, abogado de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). “La Suspensión de Seguridad es una violación flagrante a los derechos al debido proceso y al acceso a la justicia, establecidos en los artículos 8 y 25 de la Convención.” “La Suspensión de Seguridad es un remanente terrible de la dictadura militar en Brasil que impide al poder judicial actuar de manera independiente e imparcial”, afirmó Eduardo Baker, abogado de Justiça Global. “Cuando se trata de megaproyectos directamente vinculados a una política estatal para el crecimiento económico, el sistema judicial brasileño ha sido utilizado para negar, o simplemente pasar por alto, los derechos de las poblaciones afectadas.” La audiencia ante la CIDH de la Organización de Estados Americanos hace eco de otra denuncia oficial, hecha el 10 de marzo en el 25º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en Ginebra, sobre el uso sistemático que el Gobierno brasileño hace de este instrumento jurídico en detrimento de las comunidades afectadas por megaproyectos. La audiencia fue solicitada por las organizaciones Justiça Global, Justiça Nos Trilhos, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), International Rivers, Terra de Direitos y la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos (SDDH). Descargue el documento de la sociedad civil presentado en la audiencia (en portugués). Vea el video de la audiencia (español/portugués).

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By Hector Herrera, legal counsel of AIDA and coordinator of the Network for Environmental Justice in Colombia, @RJAColombia Every day, human activities impact the environment and biodiversity . They do so increasingly more intense and harmful , and effects as devastating as climate change or the disappearance of species such as the Andean Gadwall ( Podicepsandinus ). In Colombia, in this situation, the regulatory system has recognized the importance of protecting the environment and the right to a healthy environment in Article 79 of the Constitution, in national environmental law and in many other legal instruments. This time I will outline some of the most important legal actions that exist in Colombia to protect and realize the right to a healthy environment . Tutela It was created by the Constitution of 1991 and is applicable for protecting fundamental constitutional rights such as the right to life . Its relevance to protect the right to a healthy environment, the Constitutional Court of Colombia ruled in Judgment T-1527 of 2000: "Although the right to a healthy environment does not have the character of a fundamental right in our letter, but a collective right capable of being protected by popular actions (Article 88 CP) appropriate protection through exceptional mechanism tutela, when because of the act or omission of a public authority or a particular threaten or violate fundamental rights such as life, health, physical integrity, or affect the right of all people will enjoy a healthy environment . That is, it is a fundamental right for connectedness . " [1] Compared to other legal actions, the tutela is simpler in its procedures and expedite their time . popular action It is enshrined in the Constitution of Colombia, Article 88 and intended for the  protection of collective rights and interests related to the environment and public health , among others. Article 88 had its regulatory development of Law 472 of 1998, Article 4 contains a non - exhaustive list of collective rights and interests can be protected with this legal action in the public interest. Among them are  the enjoyment of a healthy environment, the existence of ecological balance and access to public services . The purpose of the popular action is  to end a danger, threat or violation of collective rights , and  restore things to their previous state  when possible. This action has a preventive, restitutionary compensation and character. In terms of implementation, an emblematic case was the popular action filed by the Corporation for the Sustainable Development of the San Andrés and Providencia (CORALINA) before the Administrative Tribunal of San Andres, Providencia and Santa Catalina to demand protection of the right to a healthy environment, the existence of an ecological balance, management and wise use of natural resources and the protection and care of species and ecosystems in the area to enable sustainable development of the community and the environment . The Court ruled in favor of CORALINA in a sentence that is available on this link . Action Group The Constitution enshrines this action under Article 88, which must be seen in conjunction with Article 79 which enshrines the right to a healthy environment. Regulatory developments in the Law 472 of 1998 makes Article 88, the group action is defined in Article 3. Unlike the popular action, which seeks to prevent injury to a public interest law, the group  seeks rather to financial compensation for the damage  that was caused to a group of people with similar characteristics regarding the activity that caused the damage. An emblematic case was the class action filed by farmers and fishermen affected by the oil spill of the trans - Andean pipeline, owned by Ecopetrol, which occurred in 2000 on the river Rosario in Nariño. The spill resulted in a severe environmental degradation . For a detailed explanation and understanding of the subject, I recommend directly consult the legal sources of the aforementioned actions . These include the Constitution, Law 472 of 1998 and the jurisprudence of the relevant Constitutional Court , among other legal instruments. [1] Judgment T-1527 2000 MP Alfredo Beltrán Sierra.  

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