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Jbdodane / Flickr

Brindando apoyo científico a comunidades para frenar los daños de la minería

La minería es una actividad económica que causa daños ambientales profundos. Con frecuencia, las comunidades en donde se realizan proyectos mineros no cuentan con información veraz, completa y objetiva acerca de sus beneficios y perjuicios.

A ello se suma la contaminación y uso excesivo del agua de ríos, lagos y otras fuentes naturales, un riesgo asociado con frecuencia a proyectos mineros cuyos daños no fueron adecuadamente evaluados antes de ser autorizados, entre otras razones porque ese análisis no se basó en la mejor información científica disponible.

Romper con esa brecha de información entre empresas mineras y comunidades afectadas es una necesidad urgente.


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Minería y derechos humanos en Colombia

Como lo anotó recientemente Manuel Rodríguez Becerra, somos muchos los que esperamos que el estudio Minería en Colombia: Fundamentos para superar el modelo extractivista, promovido por la Contraloría General de la República, “sea punto de partida de un debate profundo y transparente que sirva para reorientar la política minera” del país.   Una de las virtudes del estudio es la utilización de un sofisticado marco teórico que ubica a la minería en el contexto de la globalización contemporánea y por el que se concluye que la política minero-energética colombiana encaja en el modelo del extractivismo extremo. Dicho modelo se manifiesta en los diferentes conflictos sociales y ambientales que vive el país. Según el estudio, se trata de un proyecto económico que aplica políticas que profundizan la apertura a los capitales nacionales y extranjeros para la explotación del subsuelo; cuestión ya preocupante si se considera la debilidad del régimen regulatorio, de la institucionalidad pública y del sistema tributario en el país. Pero además es un proyecto político que ha profundizado la violencia, el desplazamiento forzado de comunidades rurales, el resurgimiento de bandas emergentes del paramilitarismo, y que ha derivado en que casi el 20% del territorio continental de Colombia esté sujeto a la solicitud y aprobación de licencias mineras. En Colombia, los impactos de los proyectos minero-energéticos están relacionados con la generación de conflictos y con la exacerbación de los ya existentes. Aquellos en los que se hace visible la tensión entre derechos inpiduales y colectivos ocupan un lugar preponderante en el estudio de la Contraloría, y algunas de sus dimensiones resultan clave en la relación minería-derechos humanos. Una primera muestra de esa tensión es que mientras la población campesina no tiene derecho formal de propiedad en cerca del 40% de la tierra que habita; poderosos capitales nacionales y extranjeros titulan bienes agrícolas y recursos naturales, logran el licenciamiento extensivo del subsuelo para la explotación de recursos naturales no renovables, e implantan modalidades para la mercantilización del uso de la tierra como el derecho real de superficie (DRS). Asimismo, el grave impacto que causan las actividades mineras legales e ilegales contradice el modelo de desarrollo sostenible adoptado en la Constitución Política de 1991. La tensión se traduce también en la pérdida de vigencia de derechos fundamentales relacionados con el derecho a disfrutar de una vida digna. El estudio menciona finalmente el nexo entre la presencia minera en los territorios en conflicto y violaciones a los derechos humanos. Teniendo en cuenta la complejidad de la dinámica minería-derechos humanos, la investigación apunta a la necesidad de considerar a la primera como un macro-sistema y no como un mero sector inpidual. Desde ese punto de vista, sus conclusiones son tajantes. De un lado, señala, la minería a gran escala es un factor constitutivo del conflicto armado y una de las principales causas del desplazamiento forzado. Por tanto, es un componente central para superar el Estado de Cosas Inconstitucional, declarado por la Corte Constitucional ante la vulneración sistemática de derechos fundamentales provocada por el delito de desplazamiento forzado, con documentación de casos en los que se ha puesto en evidencia la relación funcional entre la minería y el actuar macro-criminal (Sentencia T-025 de 2004 y Autos de seguimiento). Así, es inconsistente que se siga presentando a la minería como un sector de utilidad pública cuando está claro que sectores como la agricultura tienen una jerarquía constitucional superior por su importancia para garantizar la seguridad alimentaria y la provisión de tierra a la gran mayoría de la población rural del país. De otra parte, en términos de economía política, la globalización contemporánea ha producido una suerte de "plusvalía ecológica y cultural". La primera acumula materiales contaminantes sobrantes de los procesos extractivos en los países periféricos y consume productos “limpios” en los centrales. La segunda impone los valores “humanos” del modelo de desarrollo extractivista, negando así modelos de desarrollo sostenible como los de las comunidades étnicas y los sectores campesinos.   Como bien lo anota la profesora Astrid Ulloa en su libro Perspectivas Culturales del Clima, los escenarios de transnacionalización de la naturaleza han supuesto cambios radicales en la economía del país. En los 80, el filósofo francés Michel Foucault develó con el concepto de "gubernamentalidad" las complejas redes de poder en las que el sujeto es construido y controlado y en las que se autoconstruye y autocontrola. En la globalización contemporánea, señala Ulloa, es preciso descubrir las complejas redes de poder que construyen y controlan la naturaleza. En el caso de la política minero-energética de Colombia, esta "ecogubernamentalidad" tendrá que centrarse en al menos cuatro puntos: la pérdida del control territorial de los sectores rurales por las presiones de las bandas emergentes del paramilitarismo, las guerrillas y el propio Estado; la cosificación de la naturaleza y el mercado emergente de los servicios ambientales (sumideros de carbono y proyectos de reforestación); la agenda de una geopolítica del conocimiento que defiende modelos de desarrollo extractivistas; y la construcción de un territorio global que desconoce las prácticas concretas de los territorios locales. En buena hora el estudio de la Contraloría  pone de nuevo sobre la mesa la necesidad de que el Gobierno colombiano proponga un modelo de desarrollo que respete sus compromisos nacionales e internacionales de protección ambiental derivados de la Constitución Política (Artículos 8º, 58º, 79º, 80º, 333 y 334º) y de los tratados internacionales ratificados por el país (como los Convenios 169 de la OIT, de persidad Biológica y de Humedales de Importancia Internacional Ramsar, y la Convención de Cambio Climático). De lo contrario, como lo demuestra la investigación, la violación a los derechos humanos y la exclusión social será cada vez más profunda en las poblaciones próximas a las áreas de explotación minera.  

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Minería

Declaración Colectiva al Gobierno de Colombia en relación con la caída de la Ley 1382 de 2010 que reformó el Código de Minas

Las organizaciones y personas firmantes de la Declaración presentamos al Gobierno de Colombia nuestras preocupaciones por las implicaciones de la caída del Código de Minas vigente hasta el 11 de mayo pasado (Ley 1382 de 2010) y la consecuente regresión al Código de Minas anterior (Ley 685 de 2001), particularmente por las graves consecuencias para el medio ambiente en el país (detalladas en el documento). Para prevenir esos impactos pedimos que se tomen las siguientes medidas: Presentar en el menor tiempo posible un proyecto de Código de Minas que supere las deficiencias de la normatividad minera y que armonice esta legislación con los deberes de protección del agua y la biodiversidad; garantizando previamente el derecho a la consulta previa, libre e informada de los grupos étnicos. Mantener la moratoria de títulos mineros hasta tanto no se presente y apruebe un nuevo Código de Minas. Decretar una moratoria de licencias ambientales de manera inmediata con el objetivo de evitar la eliminación de las cláusulas de protección ambiental.

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Minería, Contaminación Tóxica

Minería: ¿Un riesgo para el derecho humano al agua?

Nací en octubre de 1982 en Managua, capital de Nicaragua. Mi país es el más grande de Centroamérica, con 130,373.4 kilómetros cuadrados, pero el menos densamente poblado con 5.1 millones de habitantes. Esconocido como la “tierra de lagos y volcanes” por sus 21 cuencas hidrográficas —que albergan 85 ríos, 47 lagunas y dos grandes lagos— y su extensa cadena volcánica. Pero los recursos hídricos de Nicaragua se encuentran en peligro por actividades humanas (no sostenibles) como agricultura, pesquería y minería, situación similar en muchas partes del mundo. Observar el atardecer frente a la Laguna de Apoyo en el Departamento de Masaya, teniendo en el horizonte a la Ciudad de Granada (ciudad colonial), asentada a orillas del Lago Cocibolca, es una de las experiencias más maravillosas que he vivido, razón por la cual, me preocupa el daño a las fuentes de agua de mi país y de otros en la región y como esto afectará la calidad de vida y el nivel de bienestar de la personas. Daño al agua La Organización Mundial para la Salud (OMS) establece que “El agua dulce es un recurso limitado y su calidad está bajo presión constante. Preservar la calidad del agua dulce es importante para el abastecimiento de agua potable, la producción de alimentos y el uso de aguas recreativas.” La minería es una de las industrias más intensivas del mundo en el consumo de agua, afectando tanto lacantidad (disponibilidad) como la calidad de la misma. La primera se ve impactada por los grandes caudales quese utilizan en todo el proceso de extracción de minerales. A nivel internacional, un claro ejemplo del alto consumo de agua, son las actividades mineras desarrolladas en el desierto del Nordeste de Nevada, Estados Unidos, donde entre 1986 y 2001 se bombearon 580 millones de galones de agua, lo suficiente para abastecer a Nueva York por más de un año. Al respecto, Safe Drinking Water Foundation, organización canadiense que realiza investigaciones sobre el tema, indica que la calidad del agua se ve afectada por diferentes procesos de contaminación. Al remover la tierra para extraer los minerales, se libera el sulfuro que se encuentra en las rocas por naturaleza, pero que al entrar en contacto con el agua y el aire, se convierte en ácido sulfúrico (Drenaje Acido de Minas), altamente dañino para la calidad del agua y la biopersidad. Además, para extraer y separar minerales como el oro, se utilizan ciertos agentes químicos como el ácido sulfúrico y el cianuro, nocivos para el ser humano y la biopersidad. La exposición crónica a sustancias químicas en el agua potable puede afectar el desarrollo cognitivo de los niños. Algunos casos A lo largo del continente americano, encontramos diferentes experiencias y testimonios de los impactos negativos de la minería en el ambiente. En Centroamérica, se encuentra la mina El Limón, en Nicaragua, cuya población aledaña sufre la carencia de agua potable por la contaminación de las fuentes de agua con cianuro y otros metales pesados. En Sudamérica está el caso de la ciudad de La Oroya, en Perú, donde las actividades de la metalúrgica Doe Run —empresa procesadora de cobre, plomo y zinc— han generado una crisis de salud pública debido a la liberación de gases tóxicos. Otro caso es el de la Mina Yanacocha, también en Perú, que en el año 2000 provocó una crisis similar a la anterior a causa de un derrame de mercurio que afectó a 925 personas, de las cuales 135 fueron hospitalizadas por la contaminación. En conclusión, la minería no sostenible representa un riesgo para el Derecho Humano de“Acceso al Agua Potable y Saneamiento” —reconocido por las Naciones Unidas en la Resolución 64/292.— al poner en peligro la cantidad y calidad de las fuentes hídricas. De igual forma, al afectar la calidad del agua, la minería viola además otros derechos como el Derecho Humano a la Salud y a un Ambiente Sano.

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