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Foto: Anna Laurie Miller / AIDAConservando la Ciénaga Grande de Santa Marta
Con sus 45,000 hectáreas, la Ciénaga Grande de Santa Marta es la laguna costera más grande y productiva de Colombia. Allí el río Magdalena y el mar Caribe se funden. El sitio alberga una gran variedad de fauna —mamíferos, aves y peces— y flora. En su extremo sur posee un bello santuario compuesto por manglares, pantanos y bosques anfibios.
Construidas sobre las aguas tranquilas de la ciénaga y apoyadas en pilares o simples estacas de madera, están las casas de sus famosos pueblos palafíticos, habitados por pescadores desde 1800. Los más de 2,500 pobladores del lugar han visto morir los peces a causa de la degradación de la ciénaga y, al vivir en un sitio al que solo se accede por el agua, tienen pocas oportunidades laborales además de la pesca. Lo que muchos de nosotros damos por sentado, para ellos es un lujo: servir un vaso con agua o llegar a un médico en 20 o 30 minutos.
Pese a su relevancia ecológica, la Ciénaga Grande sufre actualmente un deterioro ambiental grave a causa de actividades humanas. A comienzos de diciembre de 2014, autoridades colombianas dieron cuenta, mediante fotos áreas, de las actividades ilegales que están destruyendo el lugar: incendios forestales provocados, deforestación de grandes extensiones de terreno para la agricultura y la ganadería, tala y quema de mangle, y 27 kilómetros de diques construidos ilegalmente.
El impacto de la destrucción es global ya que los manglares de la ciénaga capturan grandes cantidades de dióxido de carbono de la atmósfera, apoyando la lucha mundial contra el cambio climático.
El complejo lagunar de la ciénaga fue declarado Reserva del Hombre y la Biosfera por la Unesco. Y el Santuario de Flora y Fauna Ciénaga Grande de Santa Marta es Parque Nacional y Humedal de Importancia Prioritaria Internacional bajo la Convención Ramsar, tratado intergubernamental para la protección de ese tipo de ecosistemas.
AIDA y sus socios abogan para que el Gobierno colombiano cumpla sus obligaciones nacionales e internacionales de proteger la Ciénaga Grande. Después de todo, una gran variedad de flora y fauna, las comunidades locales y el clima mundial dependen de ello.
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Con su trabajo en relación a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), AIDA busca ampliar el alcance de lo que se puede lograr con los procesos de evaluaciones de impacto socioambiental en América Latina y el Caribe, así como esbozar su potencial en el largo plazo. Hoy en día, los EIA son objeto de un debilitamiento constante en la región, por lo que esperamos que este documento pueda ser usado en todo el continente americano para evaluar los EIA y mejorar la protección ambiental en todos sus países. Este documento, que contiene tres partes, comienza describiendo a los EIA como un proceso de varias etapas destinado a garantizar que las consideraciones socioambientales sean incluidas en las decisiones referidas a proyectos de desarrollo potencialmente perjudiciales. Luego, el informe señala los desafíos y avances de la práctica de los EIA en la región. Finalmente, el documento proporciona un resumen de las buenas prácticas a nivel mundial que definen los principios y características básicas que deben estar presentes en todas las etapas operacionales de los EIA y establece algunas conclusiones. Descarga el informe
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Reglamentación del fracking en Mendoza vulnera compromisos climáticos de Argentina
AIDA presentó ante la Corte Suprema de Justicia de Mendoza un escrito legal para solicitar, con base en argumentos de derecho internacional, la inconstitucionalidad del decreto que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante fracturación hidráulica en la provincia argentina. Mendoza, Argentina. En respaldo a la demanda interpuesta por la Asociación Oikos Red Ambiental contra el gobierno de Mendoza, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia un escrito legal (Amicus curiae) para solicitar la inconstitucionalidad del Decreto 248, que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante fracking o fracturación hidráulica. El escrito contiene evidencia con argumentos de derecho internacional que la reglamentación vulnera los compromisos climáticos del Estado argentino, así como el principio de precaución. “Como parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y signatario del Acuerdo de París, el Estado argentino asumió obligaciones internacionales de reducir emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) para mitigar la crisis climática”, dijo Claudia Velarde, abogada de AIDA. “Apostar por el fracking implica un incremento de esas emisiones y el incumplimiento de los compromisos climáticos del país. Existen estudios que asocian un incremento considerable de metano en la atmósfera con la fuga y quema de ese gas en la extracción de hidrocarburos vía fracking. Las emisiones de metano son responsables de casi el 25% del calentamiento global. El Decreto 248 no contempla ninguna disposición ni medida efectiva para controlar las emisiones de GEI generadas por las actividades de fracking y sus efectos en el clima. “Esto pone en evidencia que la norma es insuficiente en su contenido y que desconoce el principio de precaución”, explicó Velarde. “No existen las bases suficientes para que el gobierno de Mendoza regule el fracking de manera efectiva”. El principio de precaución establece que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá evitar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación ambiental. En el fracking, siendo una técnica no convencional con un alto grado de dificultad técnica y científica, no existe certeza sobre sus impactos, lo que amerita aplicar el principio de precaución. El escrito documenta la aplicabilidad de este argumento a partir de casos similares en otros países de la región. Uno de ellos es Colombia, donde actualmente existe una moratoria judicial al fracking basada en dicho principio. “El Decreto 248 es incompatible con una adecuada observancia del principio de precaución”, recalcó Velarde. “En las últimas décadas, el desarrollo de esta técnica extrema ha despertado alarma a nivel mundial ante la evidencia de daños graves e irreversibles en el ambiente y en la salud humana, los cuales se agudizan con la crisis climática”. El escrito presentado por AIDA se suma a otras acciones similares presentadas contra el decreto que reglamenta el fracking en Mendoza por organizaciones nacionales e internacionales, entre ellas la Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos-Xumek, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y Earthjustice. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), [email protected], +5215570522107
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