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Coordinando la Red por la Justicia Ambiental en Colombia

Bajo el objetivo de contribuir a la defensa del derecho a un ambiente sano, la Red de Justicia Ambiental en Bolivia es un espacio para que organizaciones e individuos desarrollen estrategias y argumentos conjuntos usando herramientas legales y académicas.

Teniendo como antecedente el éxito de la Red por la Justicia Ambiental en Colombia, AIDA lanzó la Red en Bolivia, proyecto similar pero adecuado a las particularidades y necesidades de ese país, en 2016. La iniciativa agrupa actualmente a varias organizaciones de la sociedad civil boliviana y a profesionales independientes expertos en justicia ambiental.

Su objetivo es promover —entre actores de la sociedad civil y del ámbito académico— el debate público, la generación de información y la articulación y fortalecimiento de acciones orientadas a la protección del derecho humano a un ambiente sano y de los derechos de la Madre Tierra, así como al uso sostenible de nuestros bienes comunes.

 

¿Qué hace exactamente la Red?

 

  • Organizar conversatorios, foros y otros eventos para construir capacidades y agendas comunes para hacerle frente a problemáticas ambientales claves.
  • Construir argumentos y propuestas sólidas y concretas en temas de justicia ambiental.
  • Mejorar la articulación, el aprendizaje y la retroalimentación de acciones colectivas entre personas y organizaciones.
  • Difundir información útil a través de formatos sencillos y claros, priorizando el uso de las redes sociales y otras tecnologías de comunicación.
  • Promover el desarrollo de políticas ambientales más efectivas en los ámbitos local, departamental y nacional.

Latest News


Miles de personas se congregaron en la capital de Colombia por la Acción Climática Mundial

Por Seble Gameda, geógrafa  Sonidos de instrumentos de viento, tambores, campanas de bicicleta y cantos, llenaron las calles de Bogotá, Colombia, el domingo 21 de septiembre. Ese día, más de tres mil personas —llevando pancartas, carteles, banderas y pintura en la cara— se congregaron por la acción climática urgente como parte de la Marcha Internacional de la Gente por el Clima. "Estamos haciendo una petición global a los jefes de Estado para que firmen un tratado vinculante que responda a la crisis climática, y necesitamos que los gobiernos locales y nacionales se comprometan también", dijo Ana Sofía Suarez, Coordinadora de Campaña del movimiento ciudadano internacional Avaaz, y Coordinadora de la Marcha de la Gente por el Clima en Bogotá.  Más de 100 líderes mundiales se reunieron en la ciudad de Nueva York para discutir la crisis climática y la reducción de emisiones de carbono, tan solo unos meses antes de la Conferencia de las Partes (COP) 20, la cual tendrá lugar en Lima, Perú, como parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Se tiene previsto que un acuerdo vinculante sea firmado en la COP21 en París en diciembre de 2015. La Cumbre del Clima de las Naciones Unidas en Nueva York también se centró en el Fondo Verde Climático, en el cual los países desarrollados tienen como objetivo recaudar 100 mil millones de dólares al año para el 2020 en financiamiento climático con el fin de ayudar a los países en desarrollo hacia "un desarrollo bajo en carbono y resiliente al clima". Héctor Herrera, Coordinador de la Red por la Justicia Ambiental en Colombia, habló de la importancia de que los países desarrollados participen en las marchas por el clima, afirmando que "aunque el norte es el principal responsable del cambio climático, nosotros en el sur somos los más afectados, y los menos preparados para adaptarnos a un clima cambiante." Se organizaron manifestaciones en todo el mundo para mostrar el poder del movimiento por el clima de la gente. "Somos la primera generación que está realmente consciente del cambio climático, pero somos los últimos en poder hacer algo al respecto", afirmó Juan David García, de la organización ambiental 350.org. La Marcha por el Clima de Bogotá estuvo llena de diversidad: artistas, profesores, jóvenes, banqueros, ciclistas, ancianos. Como Suarez comentó, "en estos espacios en los que todos se reúnen, comienzas a darte cuenta que no estás solo, que somos muchos soñando algo diferente, y que si empezamos a exigir cambios, entonces podemos hacer que ese sueño se haga realidad". El cambio climático ya no es una cuestión aislada de científicos y ambientalistas, estamos alcanzando una masa crítica, mostrando una vez más que la protesta es poderosa; es el movimiento de la gente el que genera el cambio: antibélico, por los derechos civiles, la salud, la educación, y…la justicia climática.

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La participación ambiental es vital

Por Héctor Herrera, asesor legal de AIDA y coordinador de la Red por la Justicia Ambiental en Colombia, @RJAColombia "Del 1950 al 2000, la población del mundo se duplicó, la producción agrícola se triplicó, el consumo de energía y la producción se cuadruplicaron, pero la generación de basura se quintuplicó". Tal descripción está contenida en el libro Environmental and Natural Resource Economics: A Contemporary Approach (2006) de Jonathan M. Harris. Si vamos a ese ritmo, cabe preguntarse ¿cuál será la situación en el año 2050? Este planeta lo compartimos seres vivos animales y vegetales, incluida la especie humana. De lo que hasta ahora se conoce del universo, es el único planeta con las condiciones necesarias para albergar vida. Por eso nos toca compartirlo como un bote salvavidas en un océano inerte e infinito. Si le hacemos agujeros al bote, todas las criaturas a bordo naufragaremos. Nos guste o no, hacemos parte del planeta tierra, participamos de él. Ello se asemeja a cuando alguien tiene una participación en el capital de un negocio o una empresa y, como socio, participa procurando las mejoras decisiones. Por tanto, participar en las decisiones y acciones ambientales relativas a este planeta único es fundamental. La participación ambiental ha sido reconocida, protegida y promovida por instrumentos jurídicos desarrollados en espacios de decisión nacionales e internacionales. Un ejemplo de esto son las Conferencias de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, conocidas como Cumbres de la Tierra. En ellas, gobiernos y representantes de la sociedad civil de todo el mundo han aportado a la construcción de acuerdos sobre las políticas ambientales. La primera Cumbre de la Tierra fue en Estocolmo en 1972 y la segunda, en Río de Janeiro en 1992. De esa última resultó la Declaración de Río, la cual contiene 27 principios que promueven la protección de la integridad del sistema ambiental de la Tierra, nuestro hogar. El Principio 10 de la Declaración de Río proclama: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.” Entonces, los tres pilares de la #ParticipaciónAmbiental son: acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia. En 2010, el Programa de las Naciones para el Medio Ambiente adoptó en Bali, Indonesia, las Guías para el Desarrollo de la Legislación Nacional en Acceso a la Información, Participación Pública, y Acceso a la Justicia en asuntos ambientales (en inglés). Se trata de pautas voluntarias para orientar a los Estados en la implementación de sus compromisos con el Principio 10. Asimismo, en el plano nacional, la mayoría de Constituciones Políticas han reconocido y protegido el derecho a un ambiente sano. Entre ellas podemos citar las de Bolivia (art. 33), Brasil (art. 225), Chile (art. 8), Colombia (art. 79), Costa Rica (art. 50), Cuba (art. 27), Ecuador (art. 14), México (art. 4), Nicaragua (art. 60), Perú (art. 68) y Uruguay (art. 47). En resumen, el esfuerzo por reconocer, proteger y promover la #ParticipaciónAmbiental continúa. Y tú ¿haces parte del planeta Tierra?, ¿cómo participas en la protección del ambiente?, ¿cómo cuidas nuestro hogar?, ¿cómo podemos pasar del reconocimiento jurídico a la protección efectiva del ambiente? Es de pensarse y, sobre todo, de actuar.

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Acciones judiciales para proteger el ambiente en Colombia

By Hector Herrera, legal counsel of AIDA and coordinator of the Network for Environmental Justice in Colombia, @RJAColombia Every day, human activities impact the environment and biodiversity . They do so increasingly more intense and harmful , and effects as devastating as climate change or the disappearance of species such as the Andean Gadwall ( Podicepsandinus ). In Colombia, in this situation, the regulatory system has recognized the importance of protecting the environment and the right to a healthy environment in Article 79 of the Constitution, in national environmental law and in many other legal instruments. This time I will outline some of the most important legal actions that exist in Colombia to protect and realize the right to a healthy environment . Tutela It was created by the Constitution of 1991 and is applicable for protecting fundamental constitutional rights such as the right to life . Its relevance to protect the right to a healthy environment, the Constitutional Court of Colombia ruled in Judgment T-1527 of 2000: "Although the right to a healthy environment does not have the character of a fundamental right in our letter, but a collective right capable of being protected by popular actions (Article 88 CP) appropriate protection through exceptional mechanism tutela, when because of the act or omission of a public authority or a particular threaten or violate fundamental rights such as life, health, physical integrity, or affect the right of all people will enjoy a healthy environment . That is, it is a fundamental right for connectedness . " [1] Compared to other legal actions, the tutela is simpler in its procedures and expedite their time . popular action It is enshrined in the Constitution of Colombia, Article 88 and intended for the  protection of collective rights and interests related to the environment and public health , among others. Article 88 had its regulatory development of Law 472 of 1998, Article 4 contains a non - exhaustive list of collective rights and interests can be protected with this legal action in the public interest. Among them are  the enjoyment of a healthy environment, the existence of ecological balance and access to public services . The purpose of the popular action is  to end a danger, threat or violation of collective rights , and  restore things to their previous state  when possible. This action has a preventive, restitutionary compensation and character. In terms of implementation, an emblematic case was the popular action filed by the Corporation for the Sustainable Development of the San Andrés and Providencia (CORALINA) before the Administrative Tribunal of San Andres, Providencia and Santa Catalina to demand protection of the right to a healthy environment, the existence of an ecological balance, management and wise use of natural resources and the protection and care of species and ecosystems in the area to enable sustainable development of the community and the environment . The Court ruled in favor of CORALINA in a sentence that is available on this link . Action Group The Constitution enshrines this action under Article 88, which must be seen in conjunction with Article 79 which enshrines the right to a healthy environment. Regulatory developments in the Law 472 of 1998 makes Article 88, the group action is defined in Article 3. Unlike the popular action, which seeks to prevent injury to a public interest law, the group  seeks rather to financial compensation for the damage  that was caused to a group of people with similar characteristics regarding the activity that caused the damage. An emblematic case was the class action filed by farmers and fishermen affected by the oil spill of the trans - Andean pipeline, owned by Ecopetrol, which occurred in 2000 on the river Rosario in Nariño. The spill resulted in a severe environmental degradation . For a detailed explanation and understanding of the subject, I recommend directly consult the legal sources of the aforementioned actions . These include the Constitution, Law 472 of 1998 and the jurisprudence of the relevant Constitutional Court , among other legal instruments. [1] Judgment T-1527 2000 MP Alfredo Beltrán Sierra.  

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