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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


Jueces de la Corte Interamericana en audiencia sobre emergencia climática y derechos humanos

Decisión de la Corte Interamericana sobre emergencia climática: un hito para el mundo

Texto publicado originalmente en Animal Político. El próximo 3 de julio de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitirá su tan esperada Opinión Consultiva 32 (OC-32) sobre la emergencia climática y los derechos humanos, solicitada conjuntamente por los Estados de Chile y Colombia en enero de 2023.En su dictamen, la Corte IDH abordará cuestiones clave del derecho internacional que ambos Estados incluyeron en su solicitud, como la naturaleza y el alcance de las obligaciones estatales en contextos de emergencia climática.Adicionalmente, el tribunal se pronunciará sobre los deberes de prevención y garantía de los Estados en materia de derechos humanos frente al cambio climático, así como respecto de sus obligaciones específicas hacia grupos diferenciados, como mujeres, niños y niñas, pueblos indígenas y personas defensoras del ambiente. También hará precisiones sobre la responsabilidad común pero diferenciada de los Estados en materia de derechos humanos en el contexto de la crisis climática, entre otros aspectos.La OC-32 será también el resultado de un proceso sin precedentes ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el que decenas de Estados, organizaciones de la sociedad civil, pueblos indígenas, activistas y miembros de la academia participaron activamente mediante intervenciones orales en audiencias públicas y observaciones escritas.Sin duda, esta decisión será un hito no solo para el continente americano, sino también para el desarrollo del derecho internacional en materia de clima y derechos humanos a nivel global. Una contribución clave al derecho internacionalLa decisión de la Corte IDH se enmarca en otros procesos de opinión consultiva muy relevantes en todo el continente. Ya en 2024 el Tribunal Internacional del Derecho del Mar hizo pública una decisión importante acerca de las obligaciones de los Estados en relación con la crisis climática y la protección del medio marino.Además, en marzo de 2023, la Asamblea General de Naciones Unidas solicitó formalmente una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre las obligaciones de los Estados respecto al cambio climático, impulsada por Vanuatu y respaldada por más de 130 países. La decisión final de este proceso está aún por conocerse.La Opinión Consultiva 32 de la Corte IDH será, sin duda, de la mayor relevancia por al menos cinco razones: 1. Aportes desde el enfoque de derechos humanosSerá la primera vez que un tribunal regional de derechos humanos defina con claridad obligaciones concretas para que los Estados protejan efectivamente a las personas y comunidades afectadas por la crisis del clima. Incorporar el marco de derechos humanos a la emergencia climática es clave para enriquecer el contenido de las obligaciones estatales, complementar el régimen de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y aportar una perspectiva de justicia en la respuesta a esta problemática. 2. Continuidad del liderazgo del tribunalCon este dictamen, la Corte IDH fortalecerá la rica jurisprudencia que ha desarrollado y que ha sido muy relevante para vincular la protección del ambiente con los derechos humanos. Ya en su Opinión Consultiva 23 de 2017 estableció que los Estados tienen obligaciones tanto dentro como fuera de su territorio para prevenir daños ambientales que afecten los derechos humanos. Y en 2024, al resolver el caso “Comunidad de La Oroya vs. Perú” —el primer caso contencioso sobre contaminación ambiental en un contexto urbano—, el tribunal desarrolló las obligaciones de los Estados y ordenó medidas de reparación integral. 3. Énfasis en grupos con necesidades de protección reforzadaLa Corte IDH ha desarrollado una rica jurisprudencia para la protección de pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y pueblos en aislamiento voluntario, así como en relación con mujeres, niños y niñas. Estos grupos suelen enfrentar los impactos más severos de la crisis climática, por lo cual la experiencia del tribunal será clave para delimitar en la OC-32 las obligaciones reforzadas de los Estados en su protección. 4. Debida diligencia de las empresasLa Corte IDH ha reconocido que los Estados tienen el deber de prevenir, supervisar y sancionar actividades empresariales que afecten los derechos humanos. En varios casos contenciosos, ha delimitado las obligaciones estatales respecto de las empresas y con la OC-32 puede enriquecer los estándares de debida diligencia climática en el ámbito internacional. Esta doctrina será muy valiosa para fortalecer la rendición de cuentas de actores no estatales en contextos de emergencia climática. 5. Reparación integral de las pérdidas y dañosDesde sus primeros fallos, la Corte IDH ha establecido que la reparación del daño debe ser integral, incluyendo elementos como la restitución, la indemnización, las medidas de satisfacción y las garantías de no repetición. Este enfoque, incorporado en el dictamen por venir, puede aportar elementos clave al debate internacional sobre “pérdidas y daños” (loss and damage), que cada vez cobra más fuerza, proyectándose como una exigencia legítima de comunidades y países afectados por los impactos de la emergencia climática. De esta forma, la decisión que emitirá la Corte Interamericana no solo será histórica para el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Su precedente llegará en un momento clave para nutrir y fortalecer el proceso de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia, ofreciendo un enfoque centrado en las personas y en los derechos humanos.En un escenario global donde la acción de los Estados sigue siendo insuficiente, el derecho internacional puede y debe jugar un papel fundamental y transformador.El dictamen de la Corte IDH representa una oportunidad crucial para consolidar un marco normativo claro que haga frente a la emergencia climática como uno de los desafíos más latentes que enfrentamos actualmente como humanidad.  

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Contaminación del río Chinautla en Guatemala

Comunidad maya guatemalteca obtiene respaldo judicial para frenar contaminación transfronteriza

Un tribunal de amparo ordenó a la municipalidad de Chinautla atender la grave crisis ambiental que afecta a la comunidad maya poqomam. El fallo sienta un precedente para la protección del derecho a un ambiente sano de las comunidades que habitan en la cuenca del río Motagua, cuya contaminación alcanza al Mar Caribe y amenaza al Arrecife Mesoamericano.Ciudad de Guatemala. La comunidad del pueblo maya poqomam de la aldea de Santa Cruz Chinautla obtuvo el respaldo de la justicia guatemalteca con un fallo judicial que ordena a la municipalidad de Chinautla responder de manera efectiva a sus peticiones para frenar la contaminación de sus ríos y suelos, provocada por el manejo inadecuado de desechos sólidos y la proliferación de vertederos ilegales.El fallo representa un paso decisivo para la protección del derecho a un ambiente sano en Guatemala y sienta un precedente que podría beneficiar a las comunidades que habitan en la cuenca del río Motagua, una de las más importantes del país, cuya contaminación llega al Mar Caribe y amenaza al ecosistema marino del Arrecife Mesoamericano.Santa Cruz Chinautla se ubica en las riberas de los ríos Chinautla, Tzaljá y Las Vacas, este último un afluente directo del río Motagua, el más extenso de Guatemala, por lo que tiene un impacto directo en la salud de toda la cuenca y el equilibrio ecológico regional.La sentencia responde a la petición de amparo presentada por la comunidad en octubre de 2024 y en ella el tribunal establece obligaciones que el Concejo Municipal de Chinautla debe cumplir como resultado directo del fallo judicial:Asumir la responsabilidad constitucional y legal de gestionar de forma adecuada los recursos naturales y mitigar la contaminación ambiental, en cumplimiento de las obligaciones de prevención, regulación, prestación de servicios públicos, supervisión y fiscalización, propias de su rol como municipalidad.Resolver las peticiones presentadas a través del representante de las Autoridades Ancestrales de Santa Cruz Chinautla relacionadas con el cierre técnico de vertederos ilegales, la restauración de los ecosistemas, medidas de gestión de los desechos sólidos y acciones para detener la contaminación de los ríos proveniente del área metropolitana en Guatemala. Las respuestas deben ser adecuadas, oportunas y proporcionales, tendientes a resolver la problemática de manera efectiva, las cuales deben ser realizables a corto, mediano y largo plazo.Atender las problemáticas de contaminación denunciadas por la comunidad, a través de un estudio minucioso, consensuado, profesional, técnico, científico y bien fundamentado.Planificar y tomar decisiones para la gestión adecuada de los recursos naturales, garantizando los derechos de acceso a la información y la participación de los habitantes locales, respetando la forma de organización propia de la comunidad maya poqomam de Santa Cruz Chinautla.Si bien la sentencia no profundizó en los argumentos de fondo presentados por la comunidad y respaldados por organizaciones nacionales e internacionales, establece de forma clara la responsabilidad de la municipalidad en la atención y resolución de la problemática de contaminación denunciada.AIDA dará seguimiento a la ejecución del fallo para asegurar el cumplimiento del derecho a un ambiente sano y promover condiciones ambientales, sociales y culturales dignas para la comunidad maya poqomam. En caso de que la municipalidad decida apelar la sentencia ante la la Corte de Constitucionalidad, la organización presentará los argumentos legales y científicos necesarios para garantizar la protección efectiva de los derechos de la comunidad.Contacto de prensa:Víctor Quintanilla, [email protected], +52 5570522017 

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Casa y bote en medio de la Amazonía, Brasil
Cambio Climático

Alerta: Brasil contradiz sua liderança na COP30 ao entregar a Amazônia à indústria do petróleo

Por Sebastián Abad Jara e Florencia Ortúzar* À medida que o Brasil se projeta como anfitrião e líder da 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), o país está avançando rapidamente na expansão de sua indústria petrolífera na Amazônia, o coração verde do planeta.Isto compromete seriamente a credibilidade das negociações climáticas e o próprio objetivo do Acordo de Paris de limitar o aquecimento global a 1,5°C em relação ao período pré-industrial, ao qual o governo brasileiro alinhou sua meta climática mais recente. Expansão alarmante da fronteira petrolífera na AmazôniaNo dia 17 de junho —em meio a protestos de grupos ambientais e indígenas—, a Agência Nacional do Petróleo, Gás Natural e Biocombustíveis do Brasil (ANP) realizou um leilão de 172 blocos para exploração de petróleo. A maioria dos lotes está em áreas ainda inexploradas, incluindo 47 em águas profundas próximas à foz do Rio Amazonas e da Bacia Amazônica, ao lado de territórios indígenas.Dessa oferta, 19 blocos foram adquiridos pela Chevron Brasil Oil, ExxonMobil Brasil, Petrobras e CNPC Brasil e ameaçam um ecossistema de importância crítica devido à sua biodiversidade única e função como sumidouro de carbono.Tudo isso está acontecendo meses antes do Brasil sediar a primeira COP realizada na Amazônia, programada para os dias 10 a 21 de novembro na cidade de Belém do Pará.A decisão do governo brasileiro representa um grave retrocesso ambiental, com consequências potencialmente irreversíveis, além de um impacto ambiental e climático devastador. De acordo com estudos recentes, queimar o petróleo existente na floresta amazônica pode liberar até 4,7 gigatoneladas de CO₂ na atmosfera, mais do que todas as emissões acumuladas do Brasil nos últimos cinco anos.A medida também é um duro golpe para a legitimidade de uma COP latino-americana, que pretende marcar uma mudança de rumos.Nessa mesma linha, organizações da sociedade civil de todo o mundo fizeram um chamado urgente para reformar as negociações climáticas da ONU. Ameaças ao meio ambiente e aos direitos humanosEm resposta à situação, o Ministério Público Federal do Brasil entrou com uma Ação Civil Pública pedindo a suspensão da expansão da produção de petróleo na Margem Equatorial, em especial na Bacia Amazônica. A ação argumenta que a ausência de avaliação do impacto climático e de consulta às comunidades afetadas constitui violação do direito humano à estabilidade climática e pode levar à responsabilização internacional do Estado brasileiro.Para facilitar o início dos trabalhos, o Instituto Brasileiro do Meio Ambiente e dos Recursos Naturais Renováveis (IBAMA) aprovou [enlace] um Plano de Proteção e Atendimento à Fauna Oleada apresentado pela Petrobras para testar na prática a capacidade de resposta em caso de acidentes com derramamento de óleo.O plano foi aprovado apesar das objeções de 29 especialistas da própria instituição, que alertaram para as graves deficiências ambientais e indígenas. Embora a autorização seja preliminar, ela abre caminho para a expansão extrativista sem as devidas salvaguardas de proteção ambiental e dos direitos humanos.Mas essa não é a única ameaça. O Projeto de Lei 2159/2021, atualmente em tramitação, compromete substancialmente os processos de avaliação de impactos ambientais, limitando seu escopo e qualidade técnica em todo o país. A lei vai permitir a concessão de licenças simplificadas sem análise técnica preliminar, isenções para setores agrícolas e de infraestrutura e a exclusão de terras indígenas e quilombolas sem titulação dos processos de consulta prévia.De acordo com o recente Comunicado dos Relatores Especiais da ONU, essa regulamentação pode causar danos irreversíveis ao meio ambiente e aos direitos humanos, além de violar os compromissos internacionais do Brasil.A abertura de novos poços de petróleo em áreas sensíveis e a aprovação de leis ambientais regressivas podem levar o Brasil a violar seus compromissos com o Acordo de Paris, a Convenção Americana sobre Direitos Humanos, a Convenção de Ramsar sobre Zonas Úmidas e a Convenção sobre Diversidade Biológica, entre muitos outros instrumentos internacionais. A necessidade de coerência para uma verdadeira liderança climáticaO panorama apresentado mostra uma contradição do Brasil na liderança real e coerente ao que se espera do país tendo em vista a COP30 em Belém.Brasil promete reduzir suas emissões em até 67% até 2035, mas se continuar com essa agenda extrativista, trairá não apenas seus compromissos climáticos, mas também a esperança de milhões de pessoas que confiam que a COP para a Amazônia e a América Latina será um ponto de virada em direção a um futuro justo e sustentável.É urgente que o governo brasileiro fortaleça seu sistema jurídico ambiental, cumpra rigorosamente suas obrigações internacionais e garanta os direitos dos povos indígenas e comunidades locais, bem como a proteção dos ecossistemas amazônicos.O Brasil ainda tem tempo de mostrar a liderança que tanto necessitamos, de fazer com que a COP30 seja lembrada como a COP da Amazônia e de impedir que a maior floresta tropical do mundo, assim como ecossistema mega variedado e estabilizador climático global, seja destruído e entregue à indústria petrolífera. *Sebastian Abad Jara é advogado do Programa de Ecossistemas da AIDA, e Florencia Ortúzar é diretora do Programa Climático. 

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