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Foto: Alberto Peña KayCuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria
En la región andina, bosques y humedales situados a gran altitud, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. En Colombia, cerca de dos millones de personas dependen del páramo de Santurbán para su provisión de agua.
Los páramos en buen estado capturan además grandes cantidades de carbono, mitigando el cambio climático, y son refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico ojo de anteojos.
La tierra en y alrededor del páramo de Santurbán contiene oro y otros minerales. Una empresa canadiense, Eco Oro Minerals, quiere construir la mina de oro Angostura, la cual liberaría grandes cantidades de cianuro y arsénico en el agua que viene del páramo.
El trabajo legal de AIDA ayudó a convencer al Gobierno colombiano de:
- Negar una licencia ambiental a la mina Angostura en mayo de 2011.
- Proteger, en 2013, 76 por ciento del páramo de Santurbán de actividades industriales, un porcentaje mayor al propuesto inicialmente.
De otro lado, AIDA, junto con sus socios, abogó para que el Banco Mundial retire su inversión de la mina Angostura, lo que finalmente ocurrió en diciembre de 2016.
Apoyamos también el litigio que condujo a que el más alto tribunal de Colombia reafirmara en febrero de 2016 que la minería en páramos está prohibida.
Sin embargo, 24 por ciento de Santurbán aún está desprotegido porque no fue designado oficialmente como páramo en la delimitación hecha por el gobierno, la cual fue además invalidada por la justicia en noviembre de 2017 porque no se consultó a las comunidades afectadas.
El gobierno debe ahora realizar un nuevo proceso de delimitación en diálogo con la población de la zona. Y las amenazas para Santurbán continúan ya que Eco Oro todavía quiere construir su mina y existe otro proyecto minero que se busca implementar en sus cercanías.
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Buenas Prácticas a Nivel Mundial para los Estudios de Impacto Ambiental (EIA)
Con su trabajo en relación a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), AIDA busca ampliar el alcance de lo que se puede lograr con los procesos de evaluaciones de impacto socioambiental en América Latina y el Caribe, así como esbozar su potencial en el largo plazo. Hoy en día, los EIA son objeto de un debilitamiento constante en la región, por lo que esperamos que este documento pueda ser usado en todo el continente americano para evaluar los EIA y mejorar la protección ambiental en todos sus países. Este documento, que contiene tres partes, comienza describiendo a los EIA como un proceso de varias etapas destinado a garantizar que las consideraciones socioambientales sean incluidas en las decisiones referidas a proyectos de desarrollo potencialmente perjudiciales. Luego, el informe señala los desafíos y avances de la práctica de los EIA en la región. Finalmente, el documento proporciona un resumen de las buenas prácticas a nivel mundial que definen los principios y características básicas que deben estar presentes en todas las etapas operacionales de los EIA y establece algunas conclusiones. Descarga el informe
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Reglamentación del fracking en Mendoza vulnera compromisos climáticos de Argentina
AIDA presentó ante la Corte Suprema de Justicia de Mendoza un escrito legal para solicitar, con base en argumentos de derecho internacional, la inconstitucionalidad del decreto que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante fracturación hidráulica en la provincia argentina. Mendoza, Argentina. En respaldo a la demanda interpuesta por la Asociación Oikos Red Ambiental contra el gobierno de Mendoza, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia un escrito legal (Amicus curiae) para solicitar la inconstitucionalidad del Decreto 248, que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante fracking o fracturación hidráulica. El escrito contiene evidencia con argumentos de derecho internacional que la reglamentación vulnera los compromisos climáticos del Estado argentino, así como el principio de precaución. “Como parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y signatario del Acuerdo de París, el Estado argentino asumió obligaciones internacionales de reducir emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) para mitigar la crisis climática”, dijo Claudia Velarde, abogada de AIDA. “Apostar por el fracking implica un incremento de esas emisiones y el incumplimiento de los compromisos climáticos del país. Existen estudios que asocian un incremento considerable de metano en la atmósfera con la fuga y quema de ese gas en la extracción de hidrocarburos vía fracking. Las emisiones de metano son responsables de casi el 25% del calentamiento global. El Decreto 248 no contempla ninguna disposición ni medida efectiva para controlar las emisiones de GEI generadas por las actividades de fracking y sus efectos en el clima. “Esto pone en evidencia que la norma es insuficiente en su contenido y que desconoce el principio de precaución”, explicó Velarde. “No existen las bases suficientes para que el gobierno de Mendoza regule el fracking de manera efectiva”. El principio de precaución establece que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá evitar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación ambiental. En el fracking, siendo una técnica no convencional con un alto grado de dificultad técnica y científica, no existe certeza sobre sus impactos, lo que amerita aplicar el principio de precaución. El escrito documenta la aplicabilidad de este argumento a partir de casos similares en otros países de la región. Uno de ellos es Colombia, donde actualmente existe una moratoria judicial al fracking basada en dicho principio. “El Decreto 248 es incompatible con una adecuada observancia del principio de precaución”, recalcó Velarde. “En las últimas décadas, el desarrollo de esta técnica extrema ha despertado alarma a nivel mundial ante la evidencia de daños graves e irreversibles en el ambiente y en la salud humana, los cuales se agudizan con la crisis climática”. El escrito presentado por AIDA se suma a otras acciones similares presentadas contra el decreto que reglamenta el fracking en Mendoza por organizaciones nacionales e internacionales, entre ellas la Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos-Xumek, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y Earthjustice. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), [email protected], +5215570522107
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