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El arrecife veracruzano: El más grande del Golfo de México
En el Golfo de México, 27 arrecifes de coral forman una cadena montañosa submarina que se extiende por kilómetros entre seis islas. Cientos de especies de peces de colores, pastos marinos, erizos y estrellas de mar, comparten los arrecifes con otras formas de vida. La pesca, el buceo deportivo y el turismo de playa prosperan a lo largo de la costa. Se trata del magnífico arrecife veracruzano, el ecosistema de coral más grande del Golfo.
En 1992, el gobierno de México declaró Área Natural Protegida al Sistema Arrecifal Veracruzano. En 2004, lo enlistó como Humedal de Importancia Internacional bajo la Convención Ramsar, un tratado para la protección de humedales, incluidos los arrecifes.
Pese a la relevancia reconocida del arrecife, en 2013, el gobierno redujo el tamaño del Área Natural Protegida y aprobó un proyecto de ampliación portuaria. Comunidades locales y organizaciones demandaron los permisos ambientales del proyecto y la protección del derecho a un ambiente sano.
El 9 de febrero de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió de manera unánime que las autoridades violaron el derecho a un ambiente sano de residentes de Veracruz al autorizar la ampliación portuaria con base en una evaluación de impacto ambiental fragmentada. Esto implica que los permisos para el proyecto quedan inexistentes y que se de estudiar nuevamente los impactos del proyecto a la salud de los arrecifes, esta vez de manera integral, e incluso la viabilidad de la obra.
El fallo es un precedente es histórico no sólo en México, sino para toda la región, al permitir el acceso a la justicia ambiental de las personas vecinas de un ecosistema afectado por un proyecto.
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El arrecife veracruzano y la oportunidad de cambiar la realidad
Texto publicado originalmente en Animal Político. El arrecife veracruzano o Sistema Arrecifal Veracruzano —el más grande del Golfo de México— es protagonista de la historia y cultura del país. Este sitio de anidación de peces y larvas sirve de barrera protectora contra tormentas y huracanes, constituye la fuente de subsistencia de cerca de 15,000 personas dedicadas a la pesca y atrae al turismo de buceo y snorkel, entre otros servicios ambientales. Ello motivó a dos personas residentes de Veracruz, representadas por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, a presentar una demanda judicial para proteger su derecho humano al medio ambiente sano en 2016, argumentando que la evaluación de impacto ambiental fragmentada de la ampliación del puerto de Veracruz impedía conocer las afectaciones a los arrecifes coralinos del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV). Fue hasta febrero de 2022 cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por unanimidad, en su sentencia 54/2021, que los permisos ambientales para el proyecto son ilegales. El fallo obliga a que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) evalúe de nuevo y exhaustivamente la totalidad de las obras que conlleva la ampliación portuaria, use la mejor información científica disponible e identifique los impactos de las obras en los ecosistemas de la zona. También ordena elaborar planes de restauración y requerir peritajes internacionales. En diciembre de 2022, en su oficio SRA/DGIRA/DG-06257-22, la SEMARNAT autorizó nuevamente la ampliación del puerto de Veracruz, haciendo caso omiso del criterio de la Suprema Corte; más grave aún, ignoró por completo las oportunidades de participación pública que dispone la propia legislación ambiental. En este sentido, parecería que la autoridad ambiental recopila las autorizaciones fragmentadas en una sola para “simular” un cumplimiento de la sentencia. En esta fase del proceso judicial, el Quinto Juzgado de Distrito del Séptimo Circuito –que está a cargo de determinar si la sentencia se cumplió o no– tiene la oportunidad de confirmar que la reciente autorización de impacto ambiental desacata los criterios establecidos por la Suprema Corte. El tribunal tiene en este momento la enorme responsabilidad de hacer que la sentencia 54/2021 transforme la realidad social y ambiental. De no ser así, permitiría que sea solamente una decisión judicial con estética argumentativa en papel. El fallo considera la posibilidad de requerir asistencia técnica internacional. En particular, el Secretariado de la Convención Ramsar —tratado intergubernamental para la protección de humedales de importancia internacional como el arrecife veracruzano— puede brindar apoyo especializado al gobierno mexicano para realizar esa evaluación de impacto ambiental, pero únicamente ante una solicitud específica de la propia autoridad ambiental. Esta petición gubernamental constituiría un buen gesto de la voluntad política para el cumplimiento de la sentencia en cita. En conclusión, el fallo histórico 54/2021 y su ejecución representan la gran oportunidad de México para generar un parteaguas en la evaluación de impacto ambiental y en la aplicación efectiva de la ley. En el marco del Día Mundial de los Océanos, la reflexión es que tanto las autoridades como la sociedad civil no nos conformemos con el consuelo de una sentencia protectora, sino que realmente actuemos en consecuencia para garantizar una protección real para los arrecifes coralinos de Veracruz.
Read moreSe debe evaluar nuevamente el impacto ambiental del proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz
Piden organizaciones de la sociedad civil y residentes de Veracruz que se anule la nueva e ilegal autorización emitida por la Semarnat, pues otra vez avaló un proyecto fragmentado, que no recurrió al uso de la mejor ciencia disponible y que no permitió la participación de las personas. Solicitan que se garantice el acceso a la información y la participación de la ciudadanía ya que el cumplimiento de esta sentencia es para el beneficio de todas y todos los veracruzanos. Solicitan la intervención diplomática y técnica de la Convención Ramsar sobre humedales de importancia prioritaria internacional. El pasado 23 de mayo residentes de Veracruz, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y académicos presentaron ante un juez federal un análisis de las actuaciones realizadas por las autoridades para cumplir con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde concluyeron que la nueva Autorización de Impacto Ambiental otorgada por la autoridad federal ambiental al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz debe ser declarada nula y se debe ordenar que se someta nuevamente al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA), conforme ordenó la Corte. En conferencia de prensa realizada en el barco "Artic Sunrise" de Greenpeace, el cual se encuentra atracado en el Puerto de Veracruz, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Greenpeace México, el CEMDA y el Dr. Leonardo Ortiz, académico de la Universidad Veracruzana (UV), hicieron un llamado para que: La Administración del Sistema Portuario de Veracruz, S.A. de C.V. (Asipona Veracruz) –promovente del proyecto de ampliación– elabore una nueva Manifestación de Impacto Ambiental donde se incorporen todos y cada uno de los elementos del proyecto, y se valore realmente el riesgo ambiental utilizando una metodología adecuada, pertinente y que sirva para los fines que la sentencia busca cumplir; por ejemplo, la metodología "antes/después-control/impacto" (BACI por sus siglas en inglés). La Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), garantice los derechos de acceso a la información y participación de las personas en la toma de decisiones ambientales y que exija a la Asipona considerar los descubrimientos científicos asociados al Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México[1] de por lo menos los últimos 10 años, allegándose de toda y la más actualizada información científica generada. La Convención Ramsar sobre humedales de importancia prioritaria internacional acompañe y participe activamente en la evaluación de impacto ambiental del proyecto para garantizar que sea utilizada la mejor ciencia y la mejor metodología de evaluación para proteger efectivamente los ecosistemas y los servicios ambientales que prestan a la población. Xavier Martínez Esponda, director operativo de CEMDA, explicó que el actuar de las autoridades es contrario a lo ordenado en el Acuerdo de Escazú, la Ley General para el Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la propia sentencia de la Corte. "Es como si no se hubiera aprendido nada de todo este litigio. Lo que tenía que haber ocurrido era que se hiciera una nueva Manifestación de Impacto Ambiental, con todos los elementos de la obra y haciendo uso de la mejor ciencia disponible, se aperturara un nuevo Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA) y se expidiera una nueva resolución. Es paradójico que las autoridades obligadas a cumplir no hayan considerado la jurisprudencia que se expidió a partir de este caso." Como contexto, cabe recordar que, en febrero del 2022, por unanimidad, las y los ministros que integran la Primera Sala de la SCJN resolvieron otorgar el amparo a residentes veracruzanos, quienes presentaron una demanda en contra del proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Es una victoria histórica que favorecerá a todas las personas que se benefician de los servicios ambientales impactados por el proyecto. En respuesta a la sentencia de la SCJN, en marzo del 2022, la Semarnat dejó insubsistentes las autorizaciones que se habían otorgado. Pero el pasado 30 de diciembre la DGIRA volvió a autorizar de manera condicionada el proyecto, nuevamente de manera fragmentada, sin una adecuada integración de la información, sin uso de la mejor ciencia disponible y sin posibilitar la participación de las personas[2]. Como explica el Doctor Leonardo Ortíz, "en la última década, el conocimiento científico sobre los arrecifes de Veracruz ha aumentado de una manera asombrosa y nada de eso ha sido considerado en la última autorización". También es de resaltar que la autorización se expidió sin la asistencia de autoridades internacionales como la Convención Ramsar. "Las autoridades de la Convención Ramsar decidieron esperar a que México tomara decisiones judiciales y ejecutivas respecto a la ampliación portuaria", señaló Sandra Moguel, Abogada de AIDA. "Es el momento oportuno para pedirle asistencia técnica a ese tratado para que se pronuncie respecto a los impactos al ecosistema, pero también respecto a la propia evaluación de impacto ambiental que realizó la Semarnat". Reiteramos nuestra petición al juez de distrito de no tener por cumplida la sentencia de la Corte. Ver conferencia de prensa: https://fb.watch/kTmpqiD1dp/ Organizaciones firmantes: Greenpeace México Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Pueblos Unidos de la Cuenca Antigua por los Ríos Libres (PUCARL) Gente Sustentable, A.C. Sendas, A.C. Pronatura Veracruz, A.C. [1] Para mayor información acerca del Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México consultar el libro titulado El Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México: retos y oportunidades para su protección y manejo. Disponible en: https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/el-corredor-arrecifal-del-suroeste-del-golfo-de-mexico-retos-y-oportunidades-para-su-proteccion-y-manejo/ [2] Véase, https://www.cemda.org.mx/semarnat-comete-desacato-al-incumplir-sentencia-de-la-suprema-corte-para-la-ampliacion-del-puerto-de-veracruz/
Read moreSemarnat comete desacato al incumplir sentencia de la Suprema Corte para la ampliación del puerto de Veracruz
La Semarnat otorgó una nueva Autorización de Impacto Ambiental, fragmentando nuevamente el proyecto y sin evaluar impactos sinérgicos y acumulativos, como ordenó la SCJN, invisibilizando así nuevamente los riesgos que implica el proyecto. La autorización abarca la construcción del rompeolas oriente con una longitud de 3,500 metros, que pone en riesgo a los arrecifes del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV) y del Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México. La sentencia de la Corte significó un avance sustancial para la defensa de los arrecifes y sentó un precedente sobre la forma en que debe realizarse el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA). Organizaciones de la sociedad civil hacen un llamado a la autoridad judicial para NO permitir la ejecución de las Autorizaciones de Impacto Ambiental otorgadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para ampliar el puerto de Veracruz sin antes haber revisado su constitucionalidad a la vista de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de febrero del 2022 (1) que establece los criterios para una evaluación de impacto ambiental que cumpla con el derecho a un medio ambiente sano (2). El 9 de febrero del 2022, residentes veracruzanos lograron una victoria histórica para la defensa del Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV), los ecosistemas en la zona de influencia y sus servicios ambientales frente al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Por unanimidad, en dicha fecha, las y los ministros que integran la Primera Sala de la SCJN resolvieron otorgar el amparo reclamado, sentando también un importante precedente sobre la operación del PEIA: la SCJN determinó que los proyectos deben ser evaluados de manera completa y holística, así como hacer uso de la mejor ciencia disponible. Como parte de la ejecución de esta sentencia, el 31 de marzo 2022 la Semarnat dejó insubsistentes las autorizaciones que se habían otorgado vinculadas a la Ampliación del Puerto y empezó a trabajar en un Método para la Identificación de impactos sinérgicos y residuales. Sin embargo, el pasado 30 de diciembre la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Semarnat volvió a autorizar de manera condicionada la ampliación del Puerto de Veracruz (3), nuevamente de manera fragmentada, sin una adecuada integración de la información con uso de la mejor ciencia disponible y sin posibilitar la participación de las personas. Esto significa que Semarnat autorizó el mismo proyecto sobre el cual la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación había emitido ya una sentencia. Con esta autorización, la Semarnat incumplió con su deber de proteger el derecho al medio ambiente sano bajo el estándar más alto de protección, al mismo tiempo que incumplió con el fallo de la SCJN. La autorización otorgada en diciembre del 2022 por Semarnat presenta los mismos defectos que la autorización otorgada en 2013 e incluso agravó la situación, pues en esta ocasión no se garantizó la participación de las personas de los entornos adyacentes. En esta nueva autorización, la Administración del Sistema Portuario de Veracruz, S.A. de C.V. (Asipona Veracruz-) -promovente del proyecto de ampliación-, no presentó una nueva Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) con los elementos requeridos por la SCJN, sino que fue la Semarnat quien recabó la información de las MIA que fueron anuladas y agregó algunas fuentes adicionales sin un análisis integral de los impactos al socioecosistema, lo cual resulta insuficiente para cumplir con los estándares definidos por la Corte. Para haber cumplido satisfactoriamente con lo estipulado por la SCJN en su sentencia, Asipona Veracruz debió haber realizado una NUEVA y ÚNICA Manifestación de Impacto Ambiental del proyecto de ampliación del Puerto en la cual se reconociera el verdadero Sistema Ambiental Regional (SAR) donde se inserta el proyecto, y que considerara todos y cada uno de los elementos del proyecto (bancos de roca, libramientos ferroviarios, zonas de logística, terminal portuaria, etc.). Asimismo, debió realizar las publicaciones que ordena la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en periódicos y en Gaceta Ecológica, a fin de garantizar el acceso a la información y la participación de las personas. A pesar de que, entre el 31 de marzo y el 12 de abril del 2022, la Semarnat y su delegación en el estado de Veracruz dejaron sin efecto 15 proyectos relacionados con el puerto de Veracruz, así como sus modificaciones, dejando un total de 25 oficios de autorización o modificación sin efectos, en esta nueva autorización, sólo se consideraron 10 proyectos. Incluso dejaron fuera los bancos de extracción de materiales como el de roca basáltica en Balzapote por considerar que "no está dentro de la poligonal del nuevo Sistema Ambiental Regional". Esto, a pesar de que la sentencia señala que todos los impactos que tengan que ver con un proyecto se tienen que evaluar en conjunto y de manera integral. El mismo documento de Autorización de Impacto Ambiental de Semarnat señala que nueve proyectos adicionales al denominado "Ampliación del Puerto de Veracruz" serán sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental, lo que muestra una vez más una clara intención de evaluar de forma fragmentada, práctica prohibida ya por la SCJN, lo cual constituye también un incumplimiento de la sentencia. Dado que la Semarnat NO emitió una nueva resolución que tomara en cuenta todos los impactos acumulativos, sinérgicos y residuales del proyecto, ha incumplido una sentencia de la SCJN, ha violentado nuevamente el derecho al medio ambiente sano de las personas que viven en la conurbación de Veracruz-Boca del Río-Medellín y ha revictimizado a las personas que solicitaron el amparo. Esta autorización implica graves riesgos para los arrecifes del PNSAV, el Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México y las personas que dependen de sus beneficios. Por todo lo anterior, reiteramos nuestro llamado al Juez de Distrito para que en el momento procesal oportuno califique como incumplida la sentencia emitida por la Suprema Corte en torno a la Autorización de Impacto Ambiental otorgada al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Asimismo, invitamos a organizaciones, defensores del territorio y la ciudadanía en general sumarse a la exigencia de que el Congreso de la Unión reforme el PEIA a la luz del Acuerdo de Escazú y del fallo de la SCJN, en concreto se requiere: Garantizar un análisis y evaluación integral de los proyectos, a fin de que éstos dejen de presentarse de forma fragmentada pues ello impide evaluar la totalidad de los impactos sobre los ecosistemas. Utilizar la mejor información científica disponible. Garantizar la participación de las personas en la toma De decisiones ambientales. Organizaciones firmantes Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Pronatura Veracruz A.C. Gente Sustentable A.C. Sendas A.C. Pueblos Unidos de la Cuenca La Antigua por los Ríos Libres (PUCARL) (1) Sentencia recaída al amparo en revisión 54/2021. (2) Ver: https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/sentencia-de-la-scjn-en-torno-a-las-obras-de- ampliacion-del-puerto-de-veracruz/ (3) Clave del proyecto 30VE2013V0029. Contacto de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107
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