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Foto: Jaime Rojo

La hidroeléctrica Las Cruces amenaza el ambiente y los derechos humanos

De ser construida, la hidroeléctrica Las Cruces apresará al río San Pedro Mezquital, el único que aún fluye libre en la Sierra Madre Occidental mexicana. Al interrumpir el caudal, afectará la pesca, agricultura, ganadería y otras actividades de las que cerca de 12.000 familias dependen para subsistir.

El embalse inundaría el poblado de San Blasito y afectaría al pueblo de Saycota, así como a 14 sitios sagrados y un centro ceremonial, fuentes de cultura y vida espiritual de los pueblos indígenas de la zona. Restringiría además el agua y nutrientes que el río lleva a Marismas Nacionales, uno de los bosques de manglar más grandes de México.

En septiembre de 2014, el gobierno dio los permisos ambiental y de uso de agua para la operación y construcción de la hidroeléctrica, pese al impacto que el proyecto tendrá en Marismas Nacionales y a que la entidad estatal a cargo del proyecto no consultó ni obtuvo el consentimiento de las comunidades indígenas y ribereñas afectadas. Ignoró también las opiniones técnicas de autoridades nacionales y las recomendaciones de organismos internacionales sobre las amenazas que el proyecto representa para el ambiente y los derechos humanos.

AIDA trabaja de la mano con organizaciones locales para apoyar a las comunidades afectadas por el proyecto en su lucha para que sus derechos sean respetados.

 


México: Organizaciones de la sociedad civil denuncian graves consecuencias de la “Ley Combustóleo”

El "madruguete" en el Senado para aprobar por mayoría los cambios a la Ley de la Industria Eléctrica viola derechos humanos y traerá graves daños a la salud, al ambiente y el incumplimiento de acuerdos internacionales.   Ciudad de México. Las organizaciones integrantes del Observatorio Ciudadano de la Calidad del Aire (OCCA) advirtieron que el madruguete realizado este martes por la mayoría del Senado de la República para aprobar los cambios a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), conocida como la “Ley Combustóleo” (por la preferencia de uso de este combustible que implica dicha modificación) no sólo implica violaciones al procedimiento legislativo, sino también a derechos humanos como el derecho de acceso a la participación conforme al recién ratificado Acuerdo de Escazú, a la salud y al medio ambiente sano, sobre todo de los sectores más vulnerables como las niñas, niños y jóvenes, además de retrasar aún más el cumplimiento de México a los acuerdos internacionales en combate al cambio climático.   La Ley Combustóleo que aprobaron las y los Senadores en una sesión convocada de última hora este martes, se caracterizó por la ausencia de diálogo con expertos, jóvenes y sociedad civil, pues no se convocó al ejercicio de Parlamento Abierto. La Ley llevará a México a un mayor consumo de energías fósiles, como el carbón, el gas natural y el combustóleo para generar electricidad, que dañan de manera severa la salud de la población, el medio ambiente y compromete el futuro de la niñez en México, haciendo a un lado la transición energética justa y con enfoque de derechos humanos por la que nuestro país debería avanzar.   En términos de salud y sólo a manera de ejemplo, de acuerdo con el informe “Modelado de impactos transcuenca en escenarios de cambio de combustible para la generación de energía. Estudio de caso Termoeléctrica Francisco Pérez Ríos” elaborado por Adolfo Hernández-Moreno de la UAM, la contaminación por combustóleo, sólo de la termoeléctrica de Tula, sería responsable de 14 mil muertes prematuras en la ZMVM.   La termoeléctrica de Tula funciona con combustóleo y ese es precisamente uno de los combustibles fósiles que se alienta a partir de la reforma aprobada vía “fast track” por mayoría en el Senado, en tanto que se estigmatiza a las energías renovables, bajo el argumento de que han sido usadas por empresas particulares para defraudar al Estado.   Al respecto, en el OCCA coincidimos en el hecho de que el sector eléctrico es prioritario y estratégico para el desarrollo social. Por ese motivo, CFE podría y debería asumir un rol protagónico en la transición energética justa, renovable y con enfoque de derechos humanos que el país necesita y apuntalar hacia la soberanía energética desde un modelo que garantice el derecho a un medio ambiente sano a las generaciones futuras. Sin embargo, estas medidas lejos de fortalecer a la empresa paraestatal, la anclan a la dependencia de combustibles fósiles extranjeros como el gas y a tecnologías obsoletas como el combustóleo y el carbón, relegando tecnologías renovables bajo argumentos técnicos equivocados y señalamientos de corrupción que sin duda deben ser investigados y sancionados, pero no deben ser motivo para limitar la participación de las energías renovables en la matriz energética, porque esto implica graves daños a la salud y al medio ambiente.   El daño aún puede ser revertido. Es momento de priorizar nuestra salud, la niñez, la juventud y la agenda social. La única forma es garantizar el derecho a un medio ambiente sano y evitar la catástrofe climática, evitando una mayor penetración de fuentes contaminantes, como el combustóleo y el carbón. Para asegurar nuestro consumo energético y depender menos de la importación de combustibles, México debe incrementar sustantivamente la participación de las energías renovables, y el gobierno debe asumir esa responsabilidad de manera integral y sustentable, tal y como lo establece el artículo 25 de nuestra Constitución.   CONTACTOS DE PRENSA Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz Esparza Ortega, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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El Estado mexicano y la falta de ambición de sus compromisos climáticos

Columna publicada originalmente en Animal Político Las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC por sus siglas en inglés) son el mecanismo a través del cual los países que integran el Acuerdo de París aportan al cumplimiento del objetivo del pacto global: mantener el aumento de la temperatura media del planeta por debajo de los 2°C. Las NDC de cada país condensan los compromisos nacionales de mitigación y adaptación ante la crisis climática, incluyendo los esfuerzos de reducción de emisiones. El Acuerdo de París establece que estos compromisos deben comunicarse ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) cada cinco años y que cada NDC sucesiva debe representar una progresión respecto de la anterior, reflejando la mayor ambición posible (artículo 3). Además, las NDC deben contener información suficiente sobre metas claras, transparentes y comprensibles (artículo 8, numeral 8). Y, en el caso de México, la Ley General de Cambio Climático (LGCC) considera a la NDC como uno de los instrumentos de planeación de la Política Nacional de Cambio Climático (artículo 58) y establece que esta debe observar, entre otros, el principio de progresividad, que implica que las metas establecidas deberán presentar una progresión y gradualidad a lo largo del tiempo (artículo 26, fracción XIII). En su más reciente actualización, la NDC de México no cumple con el nivel de ambición requerido por el Acuerdo de París y por la LGCC. Ambición bajo la lupa El Estado mexicano presentó su primera NDC en 2015. En ella, se comprometió de manera no condicionada —mediante recursos propios— a la reducción del 22% de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y del 51% de las emisiones de carbono negro al año 2030. A finales de diciembre de 2020, México presentó su NDC actualizada, que debería ser más ambiciosa que la anterior. Sin embargo, el nuevo instrumento se limita a refrendar los compromisos de mitigación asumidos en 2015. Más aún, el escenario Business as usual (BAU) —un escenario tentativo en el cual no hay políticas de mitigación y que sirve de línea base para las acciones climáticas— fue ajustado al alza con un nivel total de emisiones para 2030 superior al indicado en la primera NDC. Así lo determinó el Climate Action Tracker (CAT), un análisis científico independiente que hace un seguimiento de la acción climática de los gobiernos y la compara con lo pactado mundialmente en el Acuerdo de París. De acuerdo con en el análisis CAT, “dado que la NDC se basa en un porcentaje de reducción por debajo de las proyecciones del BAU, un nivel de emisiones más alto en 2030 reduce efectivamente la ambición de mitigación del país, incluso si los objetivos de reducción se mantienen sin cambios”. Por su falta de ambición, la NDC actualizada de México fue catalogada como “altamente insuficiente” dentro del ranking del CAT. Ello significa que los compromisos adoptados por el país “no son en lo absoluto consistentes con mantener el calentamiento [global] por debajo de 2°C […]”, siendo en cambio “coherente con niveles de calentamiento de entre 3°C y 4°C”. Organismos internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la Comisión Europea han hecho hincapié en la necesidad de que México aumente su ambición de mitigación, sobre todo en el sector energético, aquel que contribuye más a la crisis climática y donde existen mayores oportunidades para reducir emisiones a corto y largo plazo. Pero la reciente NDC de México no establece acciones específicas en los sectores económicos clave para lograr las metas refrendadas, aunque señala que estas se desarrollarán en una hoja de ruta de implementación de la NDC que será presentada en el siguiente Informe Bienal de Actualización. En ese sentido, el instrumento carece de información suficiente para tener metas claras, transparentes y comprensibles. En cuanto al componente de adaptación, la NDC actualizada de México incluye soluciones climáticas basadas en la naturaleza. Sin embargo, la inclusión de ese tipo de acciones no es suficiente para tener el nivel de ambición requerido para enfrentar la crisis climática y cumplir con el objetivo del Acuerdo de París. Una vulneración al principio de progresividad A la luz de los hechos, la actualización de los compromisos climáticos de México incumple el nivel de ambición requerido por el Acuerdo de París y con ello el Estado mexicano desconoce también el principio de progresividad establecido en la LGCC ya que las metas establecidas no representan una progresión y gradualidad respecto a la primera NDC. Otros países de la región —entre ellos Argentina, Colombia, Costa Rica y Chile— han actualizado sus NDC mostrando una mayor ambición climática respecto de sus primeros compromisos. Aunque incluyen medidas susceptibles de mejora, su actuación demuestra la voluntad de seguir avanzando en cuanto a su contribución a la acción climática mundial. En ese contexto, el Estado mexicano está dejando atrás los avances y el liderazgo que años atrás tuvo en materia climática. Su falta de ambición demuestra indiferencia ante la crisis climática y a sus impactos en los derechos humanos de las personas más vulnerables. México debe asumir su responsabilidad, aquella que viene de estar en la lista de los 20 emisores más grandes del mundo. Debe adoptar compromisos de mitigación y adaptación compatibles con la meta mundial de evitar que el calentamiento del planeta llegue a un punto en el que las consecuencias sean catastróficas.  

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Análise do Projeto Volta Grande Do Xingu, da empresa Belo Sun

O estado do Pará completa 15 anos consecutivos como líder em queimadas e desmatamento da Amazônia, segundo dados do Projeto de Monitoramento do Desmatamento na Amazônia Legal por Satélite (Prodes). Nos últimos anos, quase metade do desmatamento na Amazônia Legal ocorreu no Pará, estado que também concentra as seis Terras Indígenas mais desmatadas em 2020. Nesse contexto de completa vulnerabilidade e desequilíbrio ambiental, qualquer megaempreendimento que se pretenda instalar legalmente na região deve ser metodicamente planejado e executado segundo as mais avançadas técnicas de gestão ambiental. O principal instrumento de diagnóstico socioambiental anterior à implantação de projetos com alto potencial de impacto é a Avaliação de Impacto Ambiental (AIA), conhecida internacionalmente como Environmental Impact Assessment (EIA). A AIA é um processo que busca antever as consequências socioambientais de uma decisão governamental que autoriza a instalação de um empreendimento. É uma ferramenta de gestão ambiental utilizada internacionalmente que foi implementada pela primeira vez em 1969 nos Estados Unidos. A AIA inaugura uma nova perspectiva global sobre a importância de se tentar prever as consequências socioambientais de grandes alterações na natureza. Neste relatório, analisamos a AIA do projeto Volta Grande do Xingu, um megaempreendimento canadense da empresa Belo Sun que prevê a extração de 74 toneladas de ouro ao longo de 20 anos de operação. A sua localização é a mais polêmica possível: Volta Grande do Xingu, próximo a três Terras Indígenas e a poucos quilômetros da Hidrelétrica Belo Monte. Segundo seu projeto, trata-se da maior mina de ouro a céu aberto do Brasil, localizada bem no coração da Amazônia. No relatório Boas Práticas a Nível Mundial para os Estudos de Impacto Ambiental (EIA)4, foram compilados princípios e características essenciais para uma AIA democrática e de alta qualidade. Neste relatório, compararemos esses princípios com a AIA do Projeto Volta Grande da Belo Sun. A proposta do relatório não é exaurir a análise, mas debater a necessidade de se alterar a forma como ela é realizada. O objetivo, portanto, é comparar o processo de AIA do projeto Volta Grande do Xingu com as boas práticas internacionais sobre AIAs, avaliando minuciosamente se o projeto em questão se adéqua ou não aos padrões necessários para a concretização de um projeto de tamanha envergadura.       BAIXAR O ANEXO Relatório "Boas Práticas Globais Para Estudos de Impacto Ambiental"  

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