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Amazon Watch / Maíra Irigaray

La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación

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La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.  

Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.

En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.  

Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.  

La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño. 

 

Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas. 

Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH 

 

Antecedentes

La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.  

Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.

Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica. 

Décadas de daños al ambiente y a las personas

Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.  

La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.  

La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.  

Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.  

En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte. 

La búsqueda de justicia y reparación

Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.  

Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".  

Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.

El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.  

Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.  

El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales. 

Situación actual

Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.

A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.  

Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.

Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía. 

El caso ante la Comisión Interamericana

En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo una violación de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.  

Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.  

Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.  

 

Leoncio Arara

Los esfuerzos del Perú para limpiar La Oroya no deben detenerse por una demanda del inversionista contra el Estado

San Francisco, EEUU. Pronunciamiento de Earthjustice, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, y Public Citizen, Organizaciones Internacionales: En 1997, hace quince años Doe Run Perú (DRP), una compañía estadounidense, compró al gobierno del Perú, la fundición de metales localizada en La Oroya, Perú. Como condición de la compra, DRP aceptó cumplir con un número de requerimientos destinados a proteger el ambiente y la salud de la población de la zona. Durante todo este tiempo DRP ha incumplido este compromiso. Hoy, en lugar de asumir sus responsabilidades, DRP y su matriz, el Grupo Renco, están usando tácticas legales y políticas cuestionables para continuar evadiendo sus responsabilidades – fundamentalmente mediante una demanda de arbitraje internacional comercial contra el Estado de Perú. En 2011 el Grupo Renco, al cual pertenece DRP, presentó una demanda en contra del Estado de Perú ante un tribunal de arbitramento internacional por $800 millones de dólares, argumentando supuestos incumplimientos del Estado peruano en honrar sus obligaciones legales. Sin embargo, el Perú no debe ser disuadido de sus esfuerzos para exigir que la empresa descontamine La Oroya. Estas son sólo algunas de las razones del por qué: Aun si el Estado peruano le otorgara a DRP otra extensión del PAMA, la responsabilidad de los reclamos en el caso del arbitraje contra el Estado permanecerá, porque la demanda de arbitraje del Grupo Renco contra el Estado peruano abarca más elementos que la extensión del PAMA contemplada la propuesta de ley. Asombrosamente el Congreso peruano se encuentra debatiendo en este momento una norma para otorgar una extensión del plazo para el cumplimiento de las obligaciones del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) por tercera vez. El proyecto de ley fue aprobado de forma singularmente rápida en la Comisión de Energía y Minas del Congreso. Sin embargo, los legisladores no deben asumir que el Grupo Renco desistirá de llevar adelante la demanda de arbitraje contra el Estado si el Congreso otorga dicha extensión. Es más, la empresa muy posiblemente encuentra ventajoso mantener en curso una demanda (o empezar nuevas) con el fin de presionar al gobierno a través del proceso del arbitraje internacional. La empresa está usando el arbitraje para aislarse de penalidades en el caso de la demanda en la Corte de Missouri, EEUU. En el 2007 un grupo de abogados presentó una demanda en Missouri (donde se encuentra la sede principal de Doe Run) en representación de los niños de La Oroya, alegando sufrir serios problemas de salud como resultado de la exposición a la contaminación de la fundición de propiedad de la empresa en el Perú. En un caso similar en Missouri resuelto el año pasado sobre daños a 16 niños, la Corte de Missouri emitió un fallo favorable a los afectados requiriendo un pago de US$ 358 millones de dólares estadounidenses. En el mencionado caso sobre La Oroya en Missouri, Doe Run ha insistido que el gobierno peruano – no la empresa – debe ser responsable de dichas demandas por envenenamiento (aunque los reclamos a favor de los niños sólo comprenden los daños ocurridos después que DRP compró la fundición). Por lo tanto, es muy probable que la empresa trate de mantener en curso la demanda de arbitraje contra el Estado peruano hasta que se haya resuelto el caso en Missouri, para que el Grupo Renco pueda usar el arbitraje con el fin que los contribuyentes peruanos paguen la condena contra la empresa. El Grupo Renco está utilizando la demanda de arbitraje para trasladar el caso de Missouri a las cortes federales y evadir su responsabilidad. Doe Run ha tratado agresivamente de desviar el caso en Missouri al insistir que los reclamos de los niños de La Oroya sean atendidos en las cortes federales de los EEUU dónde parece que Doe Run crea que es más probable ganar el caso. En dos oportunidades la juez en Missouri rechazó esta intención de la empresa. Luego de iniciar un arbitraje internacional comercial contra el Estado, Doe Run formuló un nuevo argumento y convenció a la juez de trasladar el caso de los niños de La Oroya a las cortes federales de EEUU, quienes tienen jurisdicción sobre reclamos relacionados con tratados internacionales. Dado que Doe Run necesita que el arbitraje internacional se mantenga pendiente para sostener su argumento que el caso debe llevarse en la corte federal, el Grupo Renco tiene un incentivo para mantener la demanda de arbitraje contra el Estado. Dicha demanda de arbitraje está pendiente sin importar si el poder legislativo peruano extienda el PAMA. Ceder a la amenaza del arbitraje internacional de inversión establecería un mal precedente para Perú y el mundo. Como fue mencionado arriba, el Grupo Renco está tratando de usar los procedimientos de arbitraje internacional comercial para atender intereses muy diferentes. En todo caso, el factor común es que el arbitraje amenaza con responsabilizar al Perú – y a sus ciudadanos – por la contaminación en La Oroya y de cualquier sanción que esto implique. Si el gobierno responde a esta amenaza dando un trato especial a DRP a expensa de los niños y niñas de La Oroya, ello enviaría el mensaje a DRP y a las compañías multinacionales en el mundo, que dichas amenazas son efectivas. Esto debilitaría la posibilidad del Perú de proteger sus intereses, incluyendo el ambiente y los derechos humanos, frente al mal comportamiento de las empresas. DRP usa argumentos falsos para tratar de echar la culpa a otros. Adicionalmente a las demandas del arbitraje, DRP ha argumentado por mucho tiempo que la empresa estatal Activos Mineros debería culminar las obligaciones de la ejecución del PAMA para remediar los suelos alrededor del complejo metalúrgico en La Oroya. Ahora, DRP está reclamando ser víctima de un tratamiento injusto porque Activos Mineros aún no ha sido requerido para hacerlo. Este argumento no tiene sentido. Es ampliamente conocido que los suelos limpiados serán contaminados nuevamente si continúa la contaminación. En Missouri, las autoridades estimaron que los suelos cercanos a la fundición de Doe Run se volverían a contaminar pocos años después de la ejecución de medidas de rehabilitación que costaron millones de dólares. DRP debe tener conocimiento de esto, sin embargo argumenta que los contribuyentes peruanos deberían gastar millones de dólares en la limpieza de los suelos de La Oroya que se volverían a contaminar al poco tiempo del reinicio de operaciones de la fundición, si no se instalan todos los sistemas de control de contaminación necesarios. Esto sería un gasto inútil de recursos y no resolvería los problemas de salud de La Oroya. Es cierto que urge que el Estado remedie los suelos contaminados. Sin embargo, no tiene sentido hacerlo hasta que DRP complete la instalación de la tecnología para el control de la contaminación que ha prometido y que no ha cumplido por 15 años. El gobierno del Perú debe tener en cuenta estos hechos y asegurar que su decisión NO sea tomada por la presión para abrir el complejo nuevamente. El gobierno del Perú debe garantizar que está considerando y protegiendo no solamente los derechos de los trabajadores, la economía de la región, la salud y derechos humanos de los ciudadanos de La Oroya, los que podrían ser perjudicados por la reapertura del complejo; sino también que se están protegiendo los intereses económicos nacionales. La reapertura del complejo sin deslindar las responsabilidades en casos de reclamos de terceros como aquel en curso en Missouri, sería una medida disparatada y representaría un riesgo económico significativo para la nación. Ello podría resultar incluso en mayores costos económicos para los peruanos que los beneficios obtenidos por la operación del complejo. Si el Congreso peruano siente que puede otorgar una extensión al PAMA, este debería insistir en al menos tres puntos no negociables: Primero, que el Grupo Renco desista de continuar con la demanda de arbitraje internacional comercial. Segundo, que Doe Run acuerda que ella asumirá toda responsabilidad en los EEUU relacionada con la contaminación proveniente de la fundición. Finalmente, DRP debería cumplir con la totalidad de sus compromisos del PAMA, antes del inicio de cualquier operación, de tal manera que el Estado peruano pueda empezar la remediación de suelos y de esa manera proteger la salud y derechos humanos de los niños de La Oroya. Cada día que la suerte del complejo de La Oroya permanece indefinida sin una solución final de la contaminación, las personas de La Oroya siguen expuestos a riesgos graves a la salud y al mismo tiempo aumentan los daños que los aquejan. Por lo tanto, tanto DRP como el gobierno del Perú podrían ser declarados responsables.

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O Brasil: O anfitrião da Rio +20 em alguns números

Por Joelson Cavalcante, asesor legal de AIDA O Brasil sediará a Rio+20, quando mostrará seus índices sociais, e econômicos, também a controversa política ambiental, com violações de direitos humanos. Assim, economia verde e erradicação da pobreza estarão no cerne da discussão. Com a aproximação do evento da Rio+20, o país sede se prepara para mostrar aos seus pares se fez o dever de casa, mediante a implementação do conceito da sustentabilidade. Isto é, embasado no tripé da sustentabilidade econômica, com justiça social e preservação ambiental. Os números do desmatamento na Amazônia apresentaram uma redução de 11.%, o que inicialmente parece satisfatório, entretanto, ainda representam 6.238 km.  Ademais, a política controversa do Governo Federal que editou Medida Provisória (MP) nº 558/2012 , publicada em janeiro de 2012, excluiu 86.288 hectares de sete Unidades de Conservação (UCs) federais na Amazônia, contrariando a legislação em vigor e divergindo dos compromissos internacionais assumidos pelo Brasil. Assim, o Código Florestal apresenta-se como emblemático nessa postura ao conduzir a questão ambiental, pois concede anistia para desmatadores irregulares. Além de reduzir as reservas legais e Áreas de Proteção Permanente, na contramão da tendência mundial de aumentar sua cobertura florestal, no contexto de mudanças climáticas. Em tempo, houve a promulgação da Lei da Política Nacional de Mudanças Climáticas, em consonância com os Acordos internacionais, no âmbito do Protocolo de Quioto. Entretanto, não há políticas concretas para mitigação dos eventos extremos que já assolaram o Brasil, como a seca na Amazônia (2005) , bem como as inundações no sudeste brasileiro , que segundo as previsões dos especialistas , tendem a agravar-se no decorrer do século. Ao mesmo tempo, há algumas semanas foram publicados os números da economia brasileira, referentes ao PIB que apresentou crescimento de 2.7% e totalizou R$ 4,143 trilhões. Contudo, tais números estão abaixo das projeções do governo que previam algo em torno de 5%. Entretanto, o que se percebe é um tom de celebração pelo fato de a economia brasileira ter ultrapassado a Grã-Bretanha . Ademais, o governo celebra o fato de que 10 milhões de brasileiros não mais se encontram sob a condição de pobreza , e que a classe média já ultrapassou 52% da população em 2009. Todavia, a demanda por saúde, educação e cultura aumentam na mesma proporção. Ao tomarmos como referência o Índice de Desenvolvimento Humano – IDH, o Brasil ainda encontra-se na posição de número 84º, atrás de países vizinhos como o Peru (80º), ou até mesmo a Líbia (64º), lembrando que o Reino Unido ocupa a 28ª posição no mesmo índice. Ou seja, há muito que avançar em sustentabilidade social. Além disso, há as mais diversas violações dos direitos humanos, especialmente no campo, bem como denúncias de censura  por parte de agentes públicos, de quem esperávamos uma proteção especial. Que na Rio +20 trabalhemos para um futuro mais equânime, seguro e sustentável para a população brasileira, bem como para o planeta.

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Derecho ambiental y mujeres

Por Natalia Jiménez, asesora legal de AIDA 26-marzo-2012 El papel del derecho ambiental está débil con respecto al tema de género, especialmente por la constante aprobación en América Latina de proyectos económicos y de desarrollo que afectan la cosmovisión particular de las mujeres, y que pueden llegar a constituir nuevas formas de violación de los derechos de nosotras. Al igual que las comunidades étnicas, hay grupos sociales con cosmovisiones que albergan valores únicos de protección ambiental, por eso, proteger y brindar garantías a estas formas de pensar implica proteger al ambiente. Las mujeres tenemos un rol determinante en la protección ambiental de forma diferenciada y particular. Aunque no es igual para todas, y seguramente muchas no sientan la necesidad de este reconocimiento, la forma de concebir la naturaleza o la creación, por un lado, y los daños ambientales por el otro, son diferentes entre hombres y mujeres, y por ello, promovemos de forma variada propuestas de manejo o de gestión ambiental.  Al respecto hay mucha bibliografía valiosa en español. Cito tres libros como ejemplos: a) “Abrazar la vida. Mujer, ecología y desarrollo” de Vandana Shiva publicado en Uruguay b) “Desarrollo y feminización de la pobreza”, Ecofeminismo: hacia una redefinición filosófico-política de "Naturaleza" y "ser humano, los últimos de Alicia Puleo y publicados en España. La experiencia del Ecuador en protección de los ecosistemas de páramos, es un hermoso e inspirador ejemplo de lucha ambiental femenina en Latinoamérica y prueba de lo que se ha dicho, por ejemplo, sobre porqué las mujeres son las mejores defensoras en las negociaciones en cambio climático, y porqué sus ideas son, incluso más efectivas efectivas y sostenibles para combatir el hambre y la pobreza. Pero mientras los grupos étnicos han logrado cierto nivel de protección jurídica a través de la figura de la consulta previa hay grupos sociales que aún se encuentran a la espera de abogados creativos que puedan llevar a litigio la defensa de sus visiones. La consulta previa es un derecho de los grupos étnicos para decidir sobre proyectos o iniciativas legislativas que afecten sus territorios, para proteger su integridad cultural, social y económica. Ha sido un derecho reconocido en países como Colombia. Así, hemos visto que en Latinoamérica el aspecto social que por lo general más se resalta de las grandes luchas jurídicas en defensa ambiental es la afectación al derecho a la consulta previa de los grupos étnicos, en tanto que vulneración de su propia existencia y cultura. Pero poco o nada se ha dicho jurídicamente de la ilegalidad e inconveniencia social de un proyecto de desarrollo por la violación, por ejemplo, de los derechos de las mujeres y de su cosmovisión. Hacen falta herramientas jurídicas como precedentes jurisprudenciales, que permitan litigar y determinar, por ejemplo, que ciertos proyectos de desarrollo son o constituyen un acto discriminatorio contra la mujer.  Con esto no estoy hablando de multiplicar los ya existentes mecanismos comunes de participación en los espacios de toma de decisiones, ni la cuantificación femenina en la participación o toma de decisiones. Necesitamos precedentes jurisprudenciales que protejan el ambiente basado en la cosmovisión femenina. Necesitamos herramientas jurídicas mucho más creativas que ayuden a que, del mismo modo que lo intenta hacer la consulta previa, se puedan integrar los valores ambientales femeninos a las prácticas ambientales locales y globales de forma real y eficiente.  Video de experiencias en Colombia sobre la importancia de una visión de género en proyectos de manejo de agua dulce: TheWaterChannel

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