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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

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Pueblo indígena en México pide que Ley Minera sea declarada inconstitucional

Organizaciones internacionales entregan Amicus Curiae a la Corte Suprema mexicana en respaldo a la acción legal del pueblo Maseual del estado de Puebla. Se entregan también más de 4 mil firmas de apoyo ciudadano recabadas a través de change.org.mx Ciudad de México. Organizaciones internacionales de la sociedad civil han respaldado la demanda interpuesta por el pueblo indígena maseual de Cuetzalan del Progreso, asentado en la Sierra Norte del estado mexicano de Puebla, en contra de la Ley Minera, solicitando a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ésta sea declarada inconstitucional debido a que viola derechos fundamentales de los pueblos indígenas. Earthjustice, el Environmental Defender Law Center (EDLC) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) han decidido apoyar la causa, elaborando sendos Amicus curiae para entregar a la SCJN a fin de ofrecer argumentos encaminados a reforzar el litigio emprendido por el Consejo Maseual Altepetajpianij y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA). El sentido de los Amicus curiae, al igual que la demanda de amparo promovida en marzo de 2015, es que la Ley Minera no fue consultada de forma previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas. Por tanto, no incorporó los valores y visión indígena, lo que significa que no se desarrollaron mecanismos para proteger y respetar los derechos humanos de los pueblos indígenas, ello a pesar de que un gran número de concesiones mineras se encuentran sobre sus territorios. Pero, sobre todo, dicha Ley contraviene sus derechos a la libre determinación sobre su territorio, porque asigna a la actividad minera un carácter prioritario, que la pone por encima de las demás actividades, amenazando así las formas de vida que las comunidades han decidido mantener. “Las concesiones mineras no pueden ser otorgadas únicamente con base en la legislación minera. Se aplica obligatoriamente a situaciones como la presente un marco legal más amplio, de jerarquía superior, fundado en los derechos humanos y en el derecho ambiental y en la interrelación entre los dos temas. Este marco normativo más amplio y obligatorio condiciona y limita la concesión de títulos mineros cuando se trate de tierras y territorios”, señala EDLC en las conclusiones de su Amicus. “Nuestra aportación presentada en el Amicus destaca que las obligaciones internacionales vinculan al estado mexicano a celebrar consultas previas, libres e informadas con los pueblos indígenas antes de aprobar cualquier instrumento legislativo que les afecten, especialmente a sus derechos territoriales. Esto también incluye la forma en la que se explotan los recursos naturales que se encuentran en sus territorios, lo que se aplica directamente al caso de la Ley Minera” señaló Guillermo Zúñiga, abogado de Earthjustice. “La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en México, tiene la oportunidad de sentar un precedente ejemplar para la región en materia de protección de derechos indígenas”, señaló Carlos Lozano Acosta, abogado de AIDA. “A su vez, la Suprema Corte puede aprender de la experiencia regional, adoptando los estándares relevantes que tribunales de otros países han proveído en favor de pueblos indígenas, como se evidencia en nuestro Amicus”. Finalmente, también se hicieron llegar a la ministra y ministros integrantes de la Segunda Sala de la SCJN cartas de apoyo de otros pueblos indígenas asentados en México, Colombia, Brasil, Bolivia y Guatemala, así como las 4.091 firmas recabadas hasta el 26 de junio, respaldando la petición lanzada a través de la plataforma change.org.mx.   CONFERENCIA DE PRENSA Contactos Ricardo Ruiz (México), CEMDA, 5559644162, [email protected] Victor Quintanilla (México), AIDA, 5570522107, [email protected] Robert Valencia (Estados Unidos), Earthjustice, [email protected]  

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Proyecto de Belo Sun pone a la Amazonía brasileña en grave riesgo de contaminación

Basándose en información contradictoria, la empresa canadiense no contempla medidas suficientes para evitar que la mina de oro que busca construir en Brasil contamine aguas subterráneas y superficiales. Prevé además usar altas cantidades de cianuro, sustancia altamente peligrosa para la salud de las personas y de los ecosistemas, y emplear procesos que generarían fluidos ácidos. Altamira, Brasil. Una evaluación técnica concluyó que la mina de oro que la empresa canadiense Belo Sun Mining Corp. pretende instalar en la Volta Grande del río Xingú, en el estado brasileño de Pará, en plena Amazonía, implica un grave riesgo de contaminación para el ambiente y para las comunidades indígenas y ribereñas de la zona. Ello se debe, entre otras cosas, a la posible infiltración de fluidos contaminantes, al uso de altas cantidades de cianuro y al empleo de procesos químicos que generarían fluidos ácidos que podrían llegar a ríos y acuíferos. El análisis fue elaborado por Andrés Ángel, geólogo y asesor científico de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), quien encontró inconsistencias en la información que la empresa ha publicado en el marco del proceso de licenciamiento ambiental. Ángel encontró que, en el informe de factibilidad de 2015, presentado a los inversionistas del proyecto, la empresa señaló que el suelo y las rocas de la zona son impermeables, es decir, que no pueden permitir la infiltración de contaminantes. Sin embargo, en los estudios de impacto ambiental de 2012 y 2016, Belo Sun muestra a las autoridades reguladoras datos, descripciones y análisis que contradicen lo expuesto en 2015, llegando incluso a decir que los suelos y rocas se comportan como acuíferos porosos o fracturados. Por ello, en los estudios reciente, el diseño general del proyecto y las medidas de manejo propuestas por la empresa, que ni siquiera contemplan impermeabilizar ciertas estructuras, resultan insuficientes para disminuir la probabilidad de contaminación de aguas superficiales y subterráneas, explicó el experto. El dictamen alerta además del uso de grandes cantidades de cianuro como método escogido para la separación del oro. Se prevé usar entre 330 y 390 gramos por tonelada de material procesado, de un total estimado de 116 millones de toneladas de mineral. “Existen alternativas menos contaminantes y peligrosas, entre ellas la exportación de concentrados polimetálicos en los que la separación del material de interés económico se da posteriormente. Sería indispensable considerar esta opción en la selva amazónica”, señala Ángel. El informe también resalta que el cianuro puede ser letal incluso en dosis muy bajas tanto para fauna acuática como para personas. Otro de los graves riesgos evidenciados por el estudio es la generación de fluidos ácidos como resultado del proceso químico previsto por la empresa para eliminar el cianuro empleado (dióxido de azufre y aire) y como impacto acumulativo posterior al tiempo de vida del proyecto, teniendo en cuenta que algunas unidades fueron clasificadas como con potencial moderado de generación de ácido. Si bien para esto se propone un tratamiento activo (adición de cal a los fluidos), tal medida implica mayor demanda de reactivos y, por tanto, mayores impactos ambientales totales. Finalmente, Ángel evidenció la falta de información sobre los impactos sinérgicos entre la represa Belo Monte —que ya afecta a la zona— y el proyecto minero aguas abajo en la sección de caudal reducido del río Xingú, que a su vez determinarán el tipo y alcance de los riesgos de la mina en caso de fallas graves. La justicia brasileña suspendió la Licencia de Instalación del proyecto en 2017 porque la empresa no realizó estudios sobre el impacto de la mina en las comunidades indígenas ni cumplió con la exigencia de realizar un proceso de consulta libre, previa e informada. Belo Sun presentó a inicios de 2020 los estudios del componente indígena a la Fundación Nacional del Indio (FUNAI) y está a la espera de una evaluación y respuesta por parte de la entidad. La evaluación hecha por Ángel fue presentada a la FUNAI y a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente (SEMAS) de Pará, entidades responsables de la concesión de licencias para el proyecto. El dictamen se suma a otros dos presentados antes como parte de un esfuerzo conjunto de investigadores independientes cuyo trabajo demuestra explícitamente la inviabilidad del proyecto de Belo Sun tal como está concebido actualmente. Los dictámenes anteriores se enfocaron en los impactos negativos del proyecto en la ictiofauna y en la fragilidad de los estudios de impacto ambiental presentados por Belo Sun desde el punto de vista geológico. Además de los investigadores independientes, varias organizaciones han denunciado la inviabilidad social y ambiental del proyecto, entre ellas la Red Xingú +, el Movimiento Xingú Vivo por Siempre, Amazon Watch, el Instituto Socioambiental (ISA), International Rivers, Above Ground y AIDA. Contactos Marina Terra (Brasil), ISA, [email protected] Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +5215570522107  

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Projeto Belo Sun coloca a Amazônia brasileira em sério risco de contaminação

Baseado em informações conflitantes, a empresa canadense, não contempla medidas suficientes para impedir contaminação das águas subterrâneas e superficiais do rio Xingu e planeja usar grandes quantidades de cianeto, substância altamente perigosa para a saúde das pessoas e ecossistemas. Altamira (PA) - Uma avaliação técnica concluiu que a mina de ouro que a empresa canadense Belo Sun Mining Corp. pretende instalar na Volta Grande do Rio Xingu - Projeto Volta Grande, no Pará, no coração da Amazônia, implica em um sério risco de contaminação ao meio ambiente e às comunidades ribeirinhas e indígenas da região. Isso se deve, entre diversos fatores, à possível infiltração de fluidos poluentes, ao uso de grandes quantidades de cianeto e de processos químicos que gerariam fluidos ácidos que podem atingir rios e aquíferos. A análise, feita por Andrés Ángel, geólogo e consultor científico da Associação Interamericana de Defesa do Meio Ambiente (AIDA), encontrou inconsistências nas informações que a empresa publicou no processo de licenciamento ambiental. Ángel consta que, no relatório de viabilidade de 2015, apresentado aos investidores do projeto, a empresa apontou que o solo e as rochas da área são impermeáveis, ou seja, não permitiriam a infiltração de poluentes. No entanto, nos estudos de impacto ambiental de 2012 e 2016, a Belo Sun apresentou dados às autoridades reguladoras que contradizem o exposto em 2015, afirmando que os solos e as rochas se comportam como aqüíferos porosos ou fraturados. Os estudos recentes não contemplam a impermeabilização de determinadas estruturas. Por esses motivos, explica o especialista, o desenho geral do projeto e as medidas de gestão propostas pela empresa são insuficientes para garantir que não haja contaminação das águas superficiais e subterrâneas. O parecer também alerta para o uso de grandes quantidades de cianeto para a extração do ouro. Entre 330 e 390 gramas seriam usadas para cada tonelada de material processado, de um total estimado de 116 milhões de toneladas de minério. "Existem alternativas menos poluentes e perigosas, entre elas a exportação de concentrados polimetálicos, nos quais a separação do material de interesse econômico ocorre posteriormente. Seria essencial considerar essa opção na floresta amazônica ”, diz Ángel. O relatório também destaca que o cianeto pode ser letal, mesmo em doses muito baixas, tanto para a fauna aquática quanto para as pessoas. Outro sério risco evidenciado pelo estudo é a geração de fluidos ácidos como resultado do processo químico previsto para eliminar o cianeto usado (dióxido de enxofre e ar) com impacto cumulativo após a vida útil do projeto, levando em conta que algumas unidades foram classificadas como tendo um potencial moderado de geração de ácido. Embora seja proposto um tratamento ativo (adição de cal a fluidos), a medida implica em uma maior demanda por reagentes e, portanto, em maiores impactos ambientais. Por fim, Ángel evidenciou a falta de informações sobre os impactos sinérgicos entre a barragem de Belo Monte — que já afeta a área — e o projeto de mineração no trecho de vazão reduzida do rio Xingu, que por sua vez determinará o tipo e o alcance dos riscos da mina em caso de falha grave. A justiça brasileira suspendeu a Licença de Instalação do projeto em 2017 porque a empresa não havia realizado os estudos sobre os impactos  nas comunidades indígenas , nem cumprido a exigência de realização de um processo de consulta livre, prévia e informada. A Belo Sun submeteu os estudos do componente indígena à Fundação Nacional do Índio (Funai) no início de 2020 e eless pendem de avaliação de mérito pelo órgão indigenista. A avaliação feita por Ángel foi protocolada na Funai e na Secretaria de Estado do Meio Ambiente (SEMAS) do Pará, entidades responsáveis pela concessão de licenças para o projeto. O parecer se soma a outros dois pareceres apresentados anteriormente por pesquisadores independentes, cujo trabalho demonstra explicitamente a inviabilidade do projeto Belo Sun como é concebido atualmente. Os pareceres se concentraram nos impactos negativos do projeto na ictiofauna e na fragilidade dos estudos de impacto ambiental apresentados pela Belo Sun do ponto de vista geológico. Se somam aos pesquisadores independentes diversas organizações que vêm denunciando a inviabilidade socioambiental do projeto como a Rede Xingu +, o Movimento Xingu Vivo para Sempre, Amazon Watch, Instituto Socioambiental (ISA), International Rivers, Above Ground e AIDA. Contato Marina Terra (Brasil), ISA, [email protected] Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +5215570522107  

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