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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

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Hidroeléctrica Las Cruces no es viable hoy, ni a futuro; revela nuevo estudio

Retiran el proyecto Las Cruces de los planes de la Secretaría de Energía. El costo del proyecto pasó de $ 7,995 millones de pesos en 2012 a $ 13,300 millones de pesos en 2018. Sus impactos negativos en la salud y la economía local no se consideraron. Estos hechos se suman a la defensa del territorio y derechos humanos de comunidades indígenas de la cuenca del río San Pedro Mezquital. Tepic, Nayarit. El proyecto hidroeléctrico Las Cruces es inviable estratégica y financieramente, según concluye el estudio realizado por la Asociación Civil, SuMar-Voces por la Naturaleza. Dada esta situación, organizaciones de la sociedad civil piden al actual gobierno federal que anuncie la cancelación definitiva de dicho proyecto y que se dé paso a un proceso abierto de diálogo e inclusión con las comunidades para discutir alternativas de desarrollo que generen un verdadero desarrollo sustentable en la región.   Representantes de organizaciones civiles señalaron que la Secretaría de Energía (Sener) ha retirado el proyecto hidroeléctrico Las Cruces del Programa para el Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen 2016-2030); y en el Prodesen 2017-2031, propone en su lugar una diversificación de la matriz eléctrica con tecnología renovable.   El estudio identifica que, en el nuevo contexto del sector energético, Las Cruces no es necesaria hoy, ni a futuro, para satisfacer los requerimientos del sistema eléctrico nacional. “La inversión en tecnologías renovables a pequeña escala y cerca del lugar de consumo, es más atractivo para los inversionistas, más estratégico para el sistema eléctrico nacional y más eficiente para las redes de distribución”, señaló Ernesto Bolado Martínez, director de SuMar.   La apertura del sector eléctrico a la inversión privada y las tendencias internacionales de generación de energía con fuentes renovables, han cambiado las proyecciones de la Sener respecto al proyecto hidroeléctrico Las Cruces. Lo anterior aunado a un incremento de sus costos en más del 80 por ciento, tanto por el incremento de los materiales de construcción como de la variación en el tipo de cambio respecto al dólar, que elevó su costo a más de 13 mil millones de pesos.   Según documentos de la Secretaría de Energía, el sistema eléctrico en México presenta una pérdida de energía por transmisión y distribución de aproximadamente del 13 por ciento, lo que a su vez representa pérdidas de $ 42,246 millones de pesos anuales. Estas pérdidas no se valoraron para el proyecto Las Cruces, que produciría energía en Nayarit, para enviarla a Jalisco, Guanajuato, Michoacán y San Luis Potosí, quienes demandarían el 73 por ciento de esta energía.   Por otro lado, el proyecto hidroeléctrico Las Cruces se analizó bajo el enfoque de sustentabilidad financiera y ambiental, resultando que en su valoración no se consideraron los costos de impactos ambientales, sociales y económicos en localidades aguas abajo de la presa y sus respectivas medidas de mitigación. Tampoco se incluyeron los costos de operación, mantenimiento y abandono de las instalaciones durante y después de su vida útil.   Otro factor que no se evaluó son los costos a la salud por el incremento de enfermedades relacionadas con la presa durante su construcción y operación. El estudio señala que las mujeres son las más vulnerables y los casos de diarrea se incrementan en un 60 por ciento durante el proceso de construcción. Además, se identifican al menos 12 localidades que deberían reubicarse por estar dentro de la zona de riesgo de contraer enfermedades transmitidas por mosquitos.   Las hidroeléctricas no deberían considerarse fuentes de energía limpia, ya que una hidroeléctrica en un clima tropical, durante sus primeros 10 años de vida, emitirá cuatro veces más gases de efecto invernadero que una planta que funcione con combustibles fósiles, revela la investigación hecha por la asociación civil. Además, el cálculo de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre la emisión de gases de efecto de invernadero para Las Cruces es incorrecto.   En septiembre de 2014, la Semarnat, autorizó el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) del proyecto hidroeléctrico Las Cruces, promovido por la CFE. La autorización se otorgó de manera condicionada a cumplir con una serie de observaciones. En particular, la Condicionante I del resolutivo de Semarnat (Oficio No. SGPA/DGIRA/DG 07893), exige a la CFE, entre otros, el cumplimiento del artículo 120 de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE, 2014), respecto a la obligación de presentar una evaluación de impacto social que “deberá contener la identificación, caracterización, predicción y valoración de los impactos sociales que podrán derivarse de sus actividades, así como las medidas de mitigación correspondientes”.   En rueda de prensa, representantes de organizaciones civiles y de las comunidades de la cuenca del río San Pedro, refrendaron su solicitud al gobierno federal para que confirme el retiro del proyecto hidroeléctrico Las Cruces de los planes de la Secretaría de Energía.   Descargue el estudio completo. Contacto de prensa: Ernesto Bolado Martínez, [email protected]    

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Tribunal de arbitraje del Banco Mundial se niega a escuchar a afectados por minería en Santurbán

El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), parte del Banco Mundial, declinó aceptar un escrito legal (Amicus Curiae) que iba a ser presentado por el Comité por la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán y organizaciones internacionales aliadas. Bucaramanga, Bogotá, Washington, Ottawa, Ámsterdam. Organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil rechazaron la respuesta negativa del Centro Internacional de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) a aceptar un escrito legal (Amicus Curiae) dentro del proceso del arbitraje internacional de Eco Oro Minerals Corp. contra Colombia. En esa instancia cursa una demanda de arbitraje internacional contra la nación andina por parte de la empresa canadiense en mención, que pretende ejecutar el proyecto de minería aurífera Angostura en el páramo de Santurbán, ubicado al nororiente del país. La demanda cuestiona las decisiones adoptadas por el Estado colombiano para proteger sus páramos, humedales de alta montaña que son fuente natural de agua para el 70% de sus habitantes. El arbitraje fue iniciado ante el CIADI, organismo dependiente del Banco Mundial que está a cargo de la resolución de controversias entre inversionistas y Estados. Colombia  podría ser condenada a pagar $746 millones de dólares, una sanción sin precedentes para el país. “En el momento en que los Estados de Latinoamérica acogen los principios de democracia ambiental con la adopción del Acuerdo de Escazú, el CIADI va en dirección contraria. Es lamentable que ante el movimiento regional por transparencia y participación el CIADI se constriña aún más, solo generando más ira y desconfianza, no solo ante este mecanismo, sino frente al sistema de arbitraje de inversores contra Estados a nivel mundial”, declaró Carla García Zendejas, abogada del Center for International Environmental Law (CIEL). “Las comunidades afectadas por la minería en Santurbán deben ser escuchadas y pueden aportar elementos cruciales para el caso”, sostuvo Carlos Lozano, abogado sénior de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Las organizaciones consideran que el Comité por la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán tiene un interés significativo en el resultado del proceso, y que la experticia que habrían podido proveer al Tribunal habría sido de ayuda para una mejor decisión del caso. Del mismo modo, urgen al CIADI a ampliar la participación ciudadana y transparentar sus procedimientos para la toma de decisiones, trascendentales para el interés público de los países cuyos Estados son sometidos a su jurisdicción. Encuentre aquí más información. Contactos de prensa: Alix Mancilla, Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán, [email protected], +57 311 2439273 Carla García Zendejas, CIEL, [email protected], +1 202 374 2550 Carlos Lozano Acosta, AIDA, [email protected], +57 300 56 40 282 Kirsten Francescone, MiningWatch Canada, [email protected], +14373459881 Kristen Genovese, SOMO, [email protected], +31 65 277 3272, Manuel Perez Rocha, Institute for Policy Studies, [email protected] +1 240 838 6623  

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Arrecifes de coral

Peces herbívoros y arrecifes de coral: una relación que debemos proteger

Los peces herbívoros tienen colores vibrantes y se alimentan de macroalgas, principalmente de las macroalgas que cubren a los arrecifes de coral. Juegan un rol fundamental en la salud de esos entornos marinos, pues los limpian de las algas que les quitan luz y oxígeno. Este papel se considera vital para el mantenimiento de su equilibrio ecológico y para su sobrevivencia.  Recomendaciones para su preservación Es urgente implementar medidas orientadas a mantener e incrementar la salud y capacidad de recuperación de los arrecifes de coral, y a preservar a las comunidades de peces herbívoros que son vitales para ello. Se requiere: Establecer y adoptar estrategias firmes de gestión de pesca y conservación que lleven a la recuperación de poblaciones de peces herbívoros, en particular de peces loro.  Esto incluye iniciativas de ordenamiento pesquero, entre ellas el establecimiento de vedas temporales y espaciales, así como cuotas estrictas de pesca.  Otras medidas incluyen la diversificación pesquera.  En el Caribe, se podría promover la pesca del pez león, una especie invasora, como alternativa económica para cientos de comunidades pesqueras. Establecer áreas protegidas marinas o zonas de recuperación pesquera donde se prohíba la captura de peces a fin de brindar una protección más efectiva.  Estas áreas o zonas, e incluso hábitats críticos deben decretarse con la urgencia y pertinencia debido a que son considerados un refugio para ejemplares juveniles y adultos.  Esto permitiría que especies funcionales, como los peces herbívoros, logren completar su ciclo de vida y contribuyan así a la resiliencia de entornos marinos claves como los arrecifes de coral. Estandarizar el monitoreo de la población de peces e implementar alternativas de manejo.  Esto permitiría contar con información óptima sobre la población de peces herbívoros, lo que facilitaría su manejo. Entre las alternativas a considerar está la restauración de arrecifes, medida ya adoptada en varias zonas de México.  Promover una gestión integral regional que involucre a las autoridades locales para compartir experiencias y establecer herramientas compartidas de manejo y conservación. Crear e implementar normas y leyes que permitan la conservación de arrecifes y peces herbívoros, el manejo pesquero adecuado y el combate efectivo de amenazas originadas en la sobrepesca, el turismo y el desarrollo costero de bajo impacto, que cuente además con una planificación técnica y científica.    

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