El mes pasado, el Supremo Tribunal Federal de Brasil —la corte más alta del país— determinó que el gobierno tiene el deber constitucional de asignar los recursos económicos necesarios para el funcionamiento del Fondo del Clima, creado para apoyar el combate de la crisis climática y que ha estado paralizado en los últimos años.
Con esa decisión, el tribunal resolvió el primer litigio climático de su historia y sentó un precedente importante para Brasil y para el mundo.
En su fallo, la corte equiparó el Acuerdo de París —que busca fortalecer la respuesta mundial a la emergencia climática— con un tratado de derechos humanos, otorgándole un estatus superior al de las leyes ordinarias y al de otras normas inferiores como los decretos del Poder Ejecutivo.
Ello puede dar paso a que tribunales y jueces de otros países de América Latina hagan el mismo reconocimiento.
“El Supremo Tribunal Federal creó un marco de protección privilegiado para la mitigación y la adaptación al cambio climático, uno que asegura uno de los pilares fundamentales de la acción climática: el financiamiento”, explica Marcella Ribeiro, abogada de AIDA.
“Además, dejó claro que el Poder Ejecutivo —al restringir los recursos que por ley están destinados a la acción climática— va en contra de los acuerdos y convenciones internacionales en materia de derechos humanos de los que Brasil hace parte”.
El litigio por la omisión del gobierno brasileño de otorgar recursos al Fondo del Clima fue interpuesto en 2020 por el Partido Socialista Brasileño, el Partido Socialismo y Libertad, el Partido de los Trabajadores y el Partido Rede Sustentabilidade, con apoyo del Observatorio del Clima y el Instituto Alana.
El caso del Fondo del Clima en Brasil demuestra que el litigio climático estratégico es una forma efectiva y necesaria para contribuir a que gobiernos y empresas del continente cumplan con sus compromisos climáticos.
El mismo Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), en su informe más reciente, destacó que los litigios relacionados con el clima están en aumento y, en algunos casos, han influido en los resultados y ambición de la gobernanza climática, entendida como la manera en la que los diferentes actores —Estado, sociedad civil, academia y sector privado— definen, implementan y supervisan acciones orientadas a hacerse cargo de las causas y consecuencias del cambio climático.
“En el sur global, Brasil es uno de los países donde el litigio climático se desarrolla con más fuerza”, resalta Javier Dávalos, abogado sénior de AIDA. “El país se caracteriza por un creciente ecosistema de litigantes y organizaciones que están llevando la lucha climática a los tribunales”.
El impulso de Brasil al litigio climático en la región es fundamental debido a que ese país alberga el 65% de la Amazonía, un ecosistema clave para la regulación del clima a nivel mundial y que está en riesgo grave.
En América Latina, Brasil es el país que más emite dióxido de carbono y la deforestación es la mayor fuente de esas emisiones. En ese sentido, es fundamental que uno de los jueces que atendió el caso del Fondo del Clima señalara explícitamente el gran incremento de la deforestación de la Amazonía en 2021: más de 22% —la mayor en 15 años— y una superficie total de 13.235km².
Es clave entonces exigir ante los tribunales que el Estado brasileño cumpla sus obligaciones de protección de la Amazonía y del clima mundial.
Transitar a una economía de carbono cero y evitar los peores impactos físicos del cambio climático requiere invertir unos 125 mil millones de dólares para 2050, según el estudio Net Zero Financing Roadmaps, encargado por los Campeones de Alto Nivel de las Naciones Unidas.
Estos recursos deben provenir de dos fuentes complementarias, la privada y la pública. Respecto de la segunda, el financiamiento de la acción climática por parte de gobiernos representa una política pública relevante, por lo que debe ajustarse a las normas de un país.
En su sentencia, el Supremo Tribunal Federal de Brasil reconoció que el Fondo del Clima es el principal instrumento federal destinado a financiar la acción climática y a cumplir los objetivos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
En ese sentido, observó que el gobierno mantuvo paralizado el fondo por dos años. Al considerar que los recursos destinados a la lucha contra la crisis climática buscan materializar derechos humanos fundamentales, el tribunal concluyó que el gobierno no puede restringirlos.
“Garantizar la asignación de recursos para las acciones climáticas representa establecer un límite claro del cual no podemos retroceder”, afirma Marcella. “Pese a la clara violación de los deberes del Estado brasileño respecto al derecho al ambiente sano, reflejada en el desmantelamiento de las normas e instituciones ambientales, el fallo del Supremo Tribunal de Brasil puso un freno a la erosión de la protección jurídica del ambiente y del clima en el país”.
Conoce de este y otros casos en la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe.