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Foto: #RealChile

Protegiendo los mares de la Patagonia chilena de la industria del salmón

En la región de Magallanes, ubicada en plena Patagonia chilena, está el mayor número de áreas naturales protegidas del país. Glaciares, lagos, ríos y mares —alimentados por nieves permanentes— conforman paisajes únicos que son hogar de muchas especies protegidas como la ballena azul, el cachalote, el pingüino de Magallanes, la foca elefante, la tortuga laúd, el delfín austral y el delfín chileno, entre otras.

Las frías aguas de este rincón alejado del mundo son aún prístinas y, por tanto, menos resistentes a la presencia de actividades humanas de alto impacto. Esa fragilidad está siendo de a poco invadida por la industria del salmón, que ya ha causado estragos ambientales en otras regiones del país.    

En Chile, los criaderos de salmón se han multiplicado en condiciones dañinas para la naturaleza y sin una regulación y supervisión adecuada por parte de las autoridades. Las empresas de esa industria han sobrepasado el número de peces que las aguas pueden soportar y las han llenado de cantidades enormes de antibióticos y otros químicos con los que alimentan a los salmones. Esos desechos, junto con las heces de los propios animales, provocan, entre otros daños, la falta parcial o completa de oxígeno, lo cual amenaza toda forma de vida en el mar.

Las grandes salmoneras han puesto ahora los ojos en la región de Magallanes, causando ya daños verificados. Según una auditoría gubernamental, más de la mitad de las granjas de salmón que operan allí actualmente están afectando la disponibilidad de oxígeno de la zona, algo que no ocurría antes de su llegada.


Lee nuestro informe sobre los riesgos de la expansión salmonera

 

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Amenazas de Represa La Parota, México, Fueron Demandadas en Escrito de Amicus Curiae

AIDA y organizaciones nacionales e internacionales presentaron el 27 de marzo de 2008 documento de amicus curiae (amigo de la corte) al Tribunal Colegiado de Guerrero en Acapulco (México), apoyando a los demandantes, CECOP y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, en la acción de amparo contra la CFE y otras autoridades en el proyecto de construcción de la presa La Parota. La aprobación del proyecto además de las normas nacionales, desconoce normas internacionales de derechos humanos y ambientales, incluyendo los derechos de garantía y audiencia, y los derechos económicos, sociales y ambientales, como el derecho a la vivienda, al medio ambiente sano, a la alimentación y a la salud. Dentro de las mayores fallas del proyecto se incluye la falta del estudio de impacto ambiental integral que evalúe los daños que la represa va a causar, las medidas para prevenirlos, así como las posibles alternativas al proyecto. Ante tales inconsistencias y por las violaciones a los derechos humanos de los pobladores afectados por el megaproyecto de La Parota, apelamos al Tribunal Colegiado de Guerrero, para que otorgue el recurso de Amparo para los pobladores, acoja los argumentos del Amicus, y se cancele todo trabajo en la construcción de la presa La Parota, hasta que el Gobierno Mexicano cumpla a cabalidad con la demanda de los pobladores de la zona y las normas nacionales e internacionales aplicables. En AIDA continuaremos haciendo seguimiento a este caso, que además es un ejemplo paradigmático en el hemisferio de una situación en la cual el desarrollo de infraestructura puede causar graves daños ambientales y violaciones a los derechos humanos.

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Derechos Humanos

Guía de Defensa Ambiental

Esta guía tiene como objetivo promover el conocimiento del sistema regional de protección de los derechos humanos. En ella se abordan elementos jurídicos y estratégicos que pueden implementarse en situaciones de violaciones de los derechos humanos derivados de la degradación del ambiente. Esperamos que esta publicación sea consultada y utilizada por las comunidades, organizaciones, abogados, abogadas y autoridades que desde diferentes perspectivas abordan estos casos. Confiamos además en que contribuya a impulsar la efectiva presentación de casos ante el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y, por tanto, a mejorar la protección de los derechos humanos de todos los habitantes del continente. Lee y descarga la guía  

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Juez Federal Suspende la Construcción del Proyecto Hidroeléctrico La Parota!

    PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA 28 Agosto, 2007 CONTACTOS: Claudia Gómez-Portugal, Comunicación AIDA, 52683323 ext. 23 [email protected]   JUEZ FEDERAL SUSPENDE LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO LA PAROTA México DF., a 28 de agosto, 2007 - Como resultado de un amparo presentado por los campesinos de la Comunidad Indígena de Bienes Comunales de Cacahuatepec en Acapulco, Guerrero, representados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), el pasado 14 de agosto, una Juez Federal con sede en Acapulco, ordenó la suspensión provisional de todas las obras del Proyecto Hidroeléctrico La Parota. La suspensión se otorgó para evitar daños irreparables a los derechos constitucionales al ambiente sano, a la garantía de audiencia y legalidad de los comuneros. Asimismo, la Juez admitió el amparo en virtud a que la autorización de impacto ambiental emitida por SEMARNAT y la concesión de aguas sobre el río Papagayo otorgada por la Comisión Nacional del Agua a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para construir el proyecto hidroeléctrico, podrían violar los derechos antes mencionados. “La suspensión de La Parota es un importante precedente en México, porque antepone la protección del medio ambiente a un proyecto de infraestructura de esta envergadura y permite la protección del interés público” afirmó Xavier Martínez Esponda, abogado del CEMDA.  “De construirse la presa, se causarían graves e irreparables daños sobre selva baja y mediana caducifolia, impactando cientos de especies de flora y fauna amenazadas y en peligro de extinción. También se afectarían la calidad y cantidad del agua del río Papagayo, aunado a los impactos de las comunidades de la región”, puntualizó. En el amparo se alega la inconstitucionalidad de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley de Aguas Nacionales (LAN), porque en los procedimientos para otorgar las autorizaciones al proyecto, las comunidades afectadas no pudieron participar, violándose sus garantías individuales (artículos 14 y 16 constitucionales) referentes a que nadie puede ser privado de la vida, la libertad, sus propiedades, posesiones o derechos, sin tener un juicio previo. En este caso esto no ocurrió, pues al emitir las autorizaciones de impacto ambiental y de concesión del río Papagayo, no se notificó a las comunidades a pesar que con estas decisiones se afectan sus tierras y su derecho al agua sobre este río. “El fin del amparo es suspender definitivamente la presa, ya que de construirse, los campesinos perderían sus tierras, tendrían que desplazarse de su pueblo y se causarían otros daños sociales y ambientales irreparables. Se pretende entonces evitar como en muchos otros casos similares, el desarrollo de grandes proyectos sin las compensaciones e indemnizaciones necesarias”, sostuvo Astrid Puentes Riaño, Directora Legal de AIDA. En relación con lo anterior, es un hecho que los proyectos implementados por CFE no contemplan compensaciones e indemnizaciones justas, y cuando éstas ocurren, tienen lugar mucho tiempo después de la generación de los daños. Finalmente, es pertinente mencionar que en este amparo se demandaron ocho autoridades, entre ellas, al Presidente de la República, al Congreso Federal, a la Comisión Nacional del Agua, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Federal de Electricidad, cuyas decisiones están directamente involucradas con las ilegalidades y violaciones de derechos demandados.    

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