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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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Projeto Belo Sun coloca a Amazônia brasileira em sério risco de contaminação
Baseado em informações conflitantes, a empresa canadense, não contempla medidas suficientes para impedir contaminação das águas subterrâneas e superficiais do rio Xingu e planeja usar grandes quantidades de cianeto, substância altamente perigosa para a saúde das pessoas e ecossistemas. Altamira (PA) - Uma avaliação técnica concluiu que a mina de ouro que a empresa canadense Belo Sun Mining Corp. pretende instalar na Volta Grande do Rio Xingu - Projeto Volta Grande, no Pará, no coração da Amazônia, implica em um sério risco de contaminação ao meio ambiente e às comunidades ribeirinhas e indígenas da região. Isso se deve, entre diversos fatores, à possível infiltração de fluidos poluentes, ao uso de grandes quantidades de cianeto e de processos químicos que gerariam fluidos ácidos que podem atingir rios e aquíferos. A análise, feita por Andrés Ángel, geólogo e consultor científico da Associação Interamericana de Defesa do Meio Ambiente (AIDA), encontrou inconsistências nas informações que a empresa publicou no processo de licenciamento ambiental. Ángel consta que, no relatório de viabilidade de 2015, apresentado aos investidores do projeto, a empresa apontou que o solo e as rochas da área são impermeáveis, ou seja, não permitiriam a infiltração de poluentes. No entanto, nos estudos de impacto ambiental de 2012 e 2016, a Belo Sun apresentou dados às autoridades reguladoras que contradizem o exposto em 2015, afirmando que os solos e as rochas se comportam como aqüíferos porosos ou fraturados. Os estudos recentes não contemplam a impermeabilização de determinadas estruturas. Por esses motivos, explica o especialista, o desenho geral do projeto e as medidas de gestão propostas pela empresa são insuficientes para garantir que não haja contaminação das águas superficiais e subterrâneas. O parecer também alerta para o uso de grandes quantidades de cianeto para a extração do ouro. Entre 330 e 390 gramas seriam usadas para cada tonelada de material processado, de um total estimado de 116 milhões de toneladas de minério. "Existem alternativas menos poluentes e perigosas, entre elas a exportação de concentrados polimetálicos, nos quais a separação do material de interesse econômico ocorre posteriormente. Seria essencial considerar essa opção na floresta amazônica ”, diz Ángel. O relatório também destaca que o cianeto pode ser letal, mesmo em doses muito baixas, tanto para a fauna aquática quanto para as pessoas. Outro sério risco evidenciado pelo estudo é a geração de fluidos ácidos como resultado do processo químico previsto para eliminar o cianeto usado (dióxido de enxofre e ar) com impacto cumulativo após a vida útil do projeto, levando em conta que algumas unidades foram classificadas como tendo um potencial moderado de geração de ácido. Embora seja proposto um tratamento ativo (adição de cal a fluidos), a medida implica em uma maior demanda por reagentes e, portanto, em maiores impactos ambientais. Por fim, Ángel evidenciou a falta de informações sobre os impactos sinérgicos entre a barragem de Belo Monte — que já afeta a área — e o projeto de mineração no trecho de vazão reduzida do rio Xingu, que por sua vez determinará o tipo e o alcance dos riscos da mina em caso de falha grave. A justiça brasileira suspendeu a Licença de Instalação do projeto em 2017 porque a empresa não havia realizado os estudos sobre os impactos nas comunidades indígenas , nem cumprido a exigência de realização de um processo de consulta livre, prévia e informada. A Belo Sun submeteu os estudos do componente indígena à Fundação Nacional do Índio (Funai) no início de 2020 e eless pendem de avaliação de mérito pelo órgão indigenista. A avaliação feita por Ángel foi protocolada na Funai e na Secretaria de Estado do Meio Ambiente (SEMAS) do Pará, entidades responsáveis pela concessão de licenças para o projeto. O parecer se soma a outros dois pareceres apresentados anteriormente por pesquisadores independentes, cujo trabalho demonstra explicitamente a inviabilidade do projeto Belo Sun como é concebido atualmente. Os pareceres se concentraram nos impactos negativos do projeto na ictiofauna e na fragilidade dos estudos de impacto ambiental apresentados pela Belo Sun do ponto de vista geológico. Se somam aos pesquisadores independentes diversas organizações que vêm denunciando a inviabilidade socioambiental do projeto como a Rede Xingu +, o Movimento Xingu Vivo para Sempre, Amazon Watch, Instituto Socioambiental (ISA), International Rivers, Above Ground e AIDA. Contato Marina Terra (Brasil), ISA, [email protected] Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +5215570522107
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Proteger a las y los defensores ambientales, deber impostergable del Estado
Diariamente, hombres y mujeres alrededor del mundo dedican sus vidas a proteger ecosistemas de los que dependen comunidades enteras y otros seres vivos. Esta labor —indispensable para el cuidado del planeta— se desarrolla en ámbitos legales, sociales y políticos. Tristemente, las personas defensoras del ambiente son víctimas de amenazas y asesinatos. Desde hace muchos años, América Latina es la región más peligrosa del mundo para ser defensor o defensora ambiental, concentrando al menos el 60% de los crímenes. Ello ocurre pese a que el derecho a la libertad de expresión, al ambiente sano y los derechos de la naturaleza están reconocidos en legislaciones nacionales y regionales. El informe presentado por Global Witness en 2019 da cuenta del asesinato de 164 personas defensoras de la tierra y el ambiente, la mayoría en la región: Colombia (24); Brasil (20), Guatemala (16) y México (14). Evidencia además que “el peor sector fue el de la minería, que causó 43 muertes, aunque también aumentaron las muertes relacionadas con conflictos por fuentes de agua. Continuaron los ataques motivados por la agroindustria, la industria maderera y los proyectos hidroeléctricos”. Actualmente y en el contexto de la pandemia COVID-19, la situación de riesgo grave para defensores y defensoras ambientales. Pese al aislamiento social y otras medidas adoptadas ante la crisis sanitaria, la violencia en su contra persiste. Es importante considerar que la pandemia debilita las redes de protección de las y los defensores en situación de riesgo para responder a emergencias, poniéndoles en una situación de mayor vulnerabilidad. Eso, sumado a la falta de voluntad y capacidad institucional para atender problemáticas diferentes a la sanitaria, configura un escenario muy complejo para su seguridad. En efecto, los Estados deben respetar y garantizar los derechos humanos en todo momento. Son obligaciones impostergables —aún en situaciones de emergencia— y su cumplimento debe robustecerse para personas en riesgo como las que defienden el ambiente. El rol protector de los Estados El trabajo que hacen las personas defensoras ambientales ha sido reconocido dentro del sistema internacional de los derechos humanos, donde se ha destacado su rol esencial en una sociedad democrática para el fortalecimiento del respeto y goce de los demás derechos. La realidad de peligro en la que viven las y los defensores ha sido acompañada por una evolución jurídica que se evidencia en instrumentos legales internacionales como el Acuerdo Regional de Escazú, que por primera vez contempla a las personas defensoras como sujetos de protección especial. Ese tipo de protección es particularmente necesaria debido a las amenazas e intimidaciones en su contra, señaló la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los Estados tienen la obligación de: Evitar vulnerar derechos humanos y prevenir a su vez que terceros lo hagan, algo que aplica a todas las personas. Garantizar un ambiente seguro y propicio para que las y los defensores ambientales puedan desarrollar libremente su labor, por lo que deben adoptar acciones especiales para protegerlos cuando son objeto de amenazas; abstenerse de imponer obstáculos que dificulten la realización de su labor; e investigar seria y eficazmente las violaciones cometidas en su contra. Garantizar el cumplimiento de los derechos procedimentales en materia ambiental, es decir el derecho a la información, a la participación pública y al acceso a la justicia. Abstenerse de actuar de manera tal que propicien, estimulen, favorezcan o profundicen la vulnerabilidad de estas personas; y adoptar medidas necesarias y razonables para prevenir o proteger los derechos de quienes se encuentren en tal situación. Esto es relevante frente al incremento de la criminalización de personas defensoras por parte de gobiernos, quienes las acusan de “ir contra el desarrollo” en un discurso que tiene gran alcance. Llevar a cabo una investigación de oficio, sin dilación, seria, imparcial y efectiva en casos de muerte violenta. Considerar en todo momento un enfoque diferencial y con perspectiva de género, toda vez que las mujeres defensoras están expuestas a mayores niveles de violencia debido al contexto de desigualdad preexistente. Por último, es necesario resaltar la importancia y necesidad de que todas las medidas de los Estados respeten plenamente los derechos humanos y, del mismo modo, aseguren en todo momento la vida e integridad de las y los defensores ambientales como elemento indispensable para la justicia climática y la democracia ambiental.
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Proyecto minero de Belo Sun es inviable, según estudio técnico
El estudio revela graves vacíos en el proyecto de minería de oro que la empresa canadiense pretende instalar en la Volta Grande del río Xingú, en el estado de Pará (Brasil). Identifica altas probabilidades de fallas en la presa de relaves, lo que implica que los residuos podrían llegar al río en siete minutos. Altamira, Brasil. En apenas siete minutos, aproximadamente 9 millones de metros cúbicos de desechos tóxicos pueden llegar al río Xingu, en el estado brasileño de Pará, y recorrer más de 40 kilómetros en dos horas, causando impactos irreversibles en el ambiente, así como en los pueblos indígenas y ribereños que viven allí y en el Amazonas. Este es el escenario conservador en caso de que se rompa la presa de relaves del proyecto Volta Grande de la empresa canadiense Belo Sun Mining, señala un estudio técnico. El documento da cuenta de la inviabilidad del proyecto y recomienda que éste sea rechazado por las autoridades reguladoras de Brasil. Belo Sun dice que, en caso de accidente, los desechos llegarían al río en 97 minutos, pero no menciona los detalles del cálculo empleado. Es uno de los ejemplos resaltados en el dictamen, el cual advierte también de la alta probabilidad de falla de la presa. El estudio, firmado por el Dr. Steven H. Emerman, experto en geología y minería, evidencia una serie de vacíos en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por la empresa minera. La empresa promete ser la mayor minera de oro a cielo abierto de Brasil y pretende asentarse en el Volta Grande del Xingú, uno de los sitios de mayor biodiversidad del mundo, el cual ya enfrenta los impactos de la represa hidroeléctrica Belo Monte. La región alberga dos Tierras Indígenas y varias comunidades ribereñas. Con la Licencia de Instalación (LI) suspendida por la justicia desde 2017, la empresa espera una respuesta de la Fundación Nacional del Indio (FUNAI) y de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente (SEMAS) de Pará para continuar con el proceso de licenciamiento. La LI fue suspendida a comienzos de año debido a una acción del Ministerio Público Federal que cuestionó la falta de estudios del componente indígena en el EIA y la ausencia del proceso de Consulta Previa, Libre e Informada con los pueblos indígenas y ribereños. La empresa presentó los Estudios de Impacto Ambiental del Componente Indígena a la FUNAI, entidad que debe analizarlos y puede solicitar información adicional. Antes de que los estudios sean aprobados por el organismo indígena, el proceso de consulta con los Juruna (Yudjá) debe finalizar de acuerdo con su Protocolo de Consulta, el cual establece la necesidad de transparencia como base del proceso: “Para entender los impactos y riesgos de cualquier proyecto, exigimos que la información se dé en palabras sencillas y claras, hasta que todas nuestras dudas y preguntas sean respondidas", dice el texto del Protocolo. Con base en el dictamen de Emerman, la Red Xingú + y el Movimiento Xingú Vivo por Siempre enviaron una carta a la FUNAI sugiriendo que se soliciten estudios complementarios, "indispensables para la evaluación de la viabilidad socioambiental y cultural del proyecto minero de Volta Grande, teniendo en cuenta, sobre todo, el grave riesgo para las comunidades indígenas y ribereñas situadas aguas abajo del sitio destinado a albergar la presa de colas". El documento también fue enviado a la SEMAS. El documento resalta que la Volta Grande del Xingú sufre ya los impactos negativos de la aplicación del Hidrograma de Consenso de Belo Monte, medida que reduce drásticamente el caudal del río en la región. Esto agrava los riesgos de un eventual accidente en el dique de colas, previsto para el proyecto de Belo Sun. Por tanto, es necesario evaluar con mayor precisión los impactos acumulativos de los dos proyectos, como se ha exigido ante la Fiscalía Federal de Altamira. El dictamen es parte de los esfuerzos de una articulación de investigadores independientes de diversos campos de acción, vinculados a instituciones nacionales e internacionales. El mes pasado, el grupo remitió a las autoridades a cargo de la concesión de licencias para el proyecto de Belo Sun un informe técnico destacando las deficiencias de los Estudios de Impacto Ambiental del Componente Indígena en los ecosistemas acuáticos y de ictiofauna de la Volta Grande del Xingú presentados por la empresa minera. Y se remitirá otro informe con observaciones técnicas sobre las inconsistencias de los documentos presentados para la obtención de las licencias ambientales del proyecto. La articulación cuenta además con organizaciones como la Red Xingú +, el Movimiento Xingú Vivo por Siempre, Amazon Watch, el Instituto Socioambiental (ISA), International Rivers, Above Ground y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Fallas, inseguridad e información conflictiva Desde información contradictoria hasta la ausencia de criterios de seguridad sísmica, la opinión del Dr. Emerman destaca ocho puntos principales que apoyan la recomendación de rechazar el proyecto de la Volta Grande: 1. El dique de colas no fue diseñado bajo ningún criterio de seguridad sísmica, violando las regulaciones brasileñas al respecto. Cualquier presa de colas debe ser diseñada para soportar eventos como inundaciones y terremotos. Contrariamente a la norma brasileña, la empresa no incluyó en sus estudios un análisis de la sismicidad local ni simuló la respuesta de la estructura a una hipotética aceleración sísmica. 2. Aunque se han mapeado las fallas geológicas en el sitio de la presa de colas, no se han hecho estudios de la sismicidad local, lo que también viola las regulaciones brasileñas sobre presas de colas. La actividad sísmica es responsable de causar la disolución de los residuos saturados en el agua, una de las causas más comunes de las fallas en las presas de residuos. En Brasil, sólo en 2019, hubo tres fallas de represas, entre ellas la ruptura de la presa de Vale en Brumadinho (Minas Gerais), que causó por lo menos 250 muertes. Casos así demuestran la necesidad e importancia de los estudios de la sismicidad local y son indispensables para la evaluación adecuada del riesgo de fallas de un dique de colas. 3. No se ha hecho ningún análisis de riesgo de las fallas geológicas mapeadas en las cercanías del lugar del proyecto. Tres de estas fallas, que son estructuras presentes en las rocas y que pueden promover movimientos sísmicos, se cruzan en el sitio exacto de la presa de relaves propuesta. 4. La simulación oficial de la ruptura asume, sin justificación alguna, que el flujo de los desechos se interrumpiría al llegar al río Xingú, ignorando la capacidad de los elementos tóxicos para viajar decenas de kilómetros a lo largo de la Volta Grande. Las conclusiones del EIA también apoyan la hipótesis de que el flujo de colas tardaría 97 minutos en llegar al Xingú, pero sin mencionar los detalles del cálculo utilizado. Según la modelización presentada en el dictamen, considerando el volumen de los relaves almacenados del orden de 35 millones de metros cúbicos y suponiendo un derrame de aproximadamente el 25%, en un escenario conservador la inundación cubriría una distancia inicial de hasta 41 kilómetros a lo largo del río. Con una velocidad de 20 km/h, la inundación de la presa de Belo Sun llegaría al Xingú en sólo siete minutos, cubriendo la distancia de 41 km en sólo dos horas, llegando a la Tierra Indígena de la Volta Grande. Tras la ruptura de la presa de Vale en Brumadinho, el recorrido de los relaves alcanzó los 120 km/h, 100 km/h más que el escenario más conservador propuesto en el dictamen. En el peor de los casos, con la liberación del 100% de los relaves almacenados, el flujo inicial cubriría 98 kilómetros a lo largo del río Xingú y podría llegar al río Amazonas y al Océano Atlántico. 5. Existe un alto riesgo de que se derramen aguas tóxicas en el Xingú. El proyecto prevé que se reciclará lixiviado de cianuro, sustancia utilizada para separar el oro, lo que puede dar lugar a un agua de desecho altamente enriquecida con elementos tóxicos como el arsénico y el mercurio. El resultado, cuyo análisis está ausente en los documentos oficiales, podría ser el derrame de una mezcla de residuos y agua altamente tóxica para los organismos acuáticos en el río Xingú en caso de que la presa fallara o se produjera un derrame. 6. En el EIA no hay ningún plan para cerrar la mina o la presa de colas, una cuestión fundamental para la viabilidad social y ambiental del proyecto minero. El documento contiene una promesa del grupo empresarial de averiguar, a posteriori, cómo estabilizar permanentemente el dique de colas. 7. El sistema de almacenamiento de residuos adoptado al momento no es viable y va en contra de las buenas prácticas mineras. Parte de la solución para reducir la probabilidad de fallo del dique de colas es disminuir el contenido de agua en el depósito de colas. Pero el proyecto de Belo Sun prevé que todos los residuos estarán saturados y bajo siete metros de agua libre, encima de la superficie de los residuos sólidos. 8. Consciente de la cuestión planteada en el punto anterior, la empresa parece haber decidido que el plan actual para inundar los desechos no es viable. El presidente ejecutivo de Belo Sun Mining declaró a MiningWatch Canadá que abandonaría el plan actual por una instalación de almacenamiento de relaves filtrados, que debería tener un contenido de agua significativamente menor. Sin embargo, la empresa proporcionó información contradictoria a las organizaciones y autoridades reguladoras brasileñas: en una presentación ante la FUNAI en octubre de 2019, la empresa describió el mismo plan de almacenamiento de desechos húmedos del EIA. "El suministro de información contradictoria a diferentes públicos por parte de Belo Sun Mining y su filial brasileña es algo muy grave en cuanto a la fiabilidad de la información proporcionada en los procesos administrativos", reitera el dictamen. CONTACTOS Dr. Steven Emerman, Malach Consulting, +1-801-921-1228 (Utah, USA) Brent Milikan, Amazon Program Director, International Rivers, +55-61-98153-7009 (Brasilia, Brasil) Karyn Keenan, Director, Above Ground, +1-613-791-7532 (Ottawa, Canadá)
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