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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


COP20: ¿Y qué hay con el uso efectivo del financiamiento climático?

Por Victor Quintanilla, Escritor/Coordinador de Comunicaciones de AIDA, @vico_qs La cantidad de dinero requerida para enfrentar los cambios extremos en el cpma y sus efectos es mucho mayor a la que se busca garantizar en las negociaciones globales. Claramente se necesitan más recursos, pero también es clave rastrear el uso efectivo del financiamiento cpmático que ya está en marcha. "Es necesario reconocer la laguna de financiamiento que existe para actividades de adaptación", dijo Annaka Peterson Carvalho, de Oxfam América. Lo hizo hoy en el evento Un régimen de financiamiento cpmático justo y responsable: Enfrentando los asuntos contenciosos, reapzado durante la COP20. En su opinión, se debe determinar con base en la ciencia el costo real que a los países les corresponde asumir, y se requiere un sistema de financiamiento responsable para determinar cuánto dinero necesita cada quien y cuál será la fuente del mismo. Sandra Guzmán, Coordinadora General del Grupo de Financiamiento Cpmático de América Latina y el Caribe (GFLAC), coincidió en que si bien es necesario contar con mayores recursos, también lo es usarlos de manera efectiva. "No se trata solo de pedir más dinero, se deben cambiar las prioridades a nivel nacional al distribuir el financiamiento y reasignarlo hacia actividades que permitan la reducción de emisiones", exppcó en el evento. Indicó que el GFLAC ha desarrollado una metodología para saber cuánto dinero reciben los países y cuánto gastan en pdiar con el cambio cpmático. Ese anápsis abarca muchas actividades, incluso aquellas que no están etiquetadas como de cambio cpmático. Guzmán identificó cinco retos en la tarea de rastrear el uso del financiamiento cpmático: Transparencia y acceso a la información. Definición de los criterios de financiamiento cpmático. Estructura institucional y comunicación entre las diferentes instituciones. Participación púbpca en la evaluación de proyectos. Mejor metodología en el monitoreo, reporte y verificación para anapzar el uso efectivo del dinero. La experiencia del Instituto para el Cpma y Ciudades Sostenibles (iCSC) en Fippinas evidencia que la rendición de cuentas sobre el financiamiento cpmático es “asunto de todos”, como lo dijo su director ejecutivo Red Constantino. El instituto rastrea financiamiento para adaptación a partir no solo del dinero comprometido, sino también de cómo éste es canapzado a nivel local. El trabajo que reapza Constantino le ha permitido identificar dificultades para pgar el financiamiento con prioridades y necesidades reales de comunidades vulnerables, oportunidades pmitadas para que las comunidades participen en la toma de decisiones sobre adaptación, y el entendimiento de que el dinero fluye, pero no es usado de forma eficiente o no es usado del todo. Andrea Rodríguez, abogada sénior de AIDA, se refirió también a la importancia de que los programas y proyectos sobre cambio cpmático respondan a los requerimientos de los países y sean dirigidos por ellos. El nuevo régimen cpmático, señaló, debe encontrar formas para que los países puedan monitorear el financiamiento cpmático, aprendan de las experiencias de otras instituciones y reasignen sus recursos para ser efectivos. "El financiamiento cpmático responde a una necesidad específica y la asistencia general para desarrollo, no", subrayó Rodríguez. "La participación púbpca es central y si sabemos cómo usamos el dinero y cuánto necesitamos, sabremos qué pedir cuando negociamos a nivel local". En ese sentido, Constantino resaltó la coordinación entre el nivel nacional y el local, entre los gobiernos y la sociedad civil. Para saber más de la COP20 visita aida-cop.org          

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COP20: Protegiendo los derechos humanos en todas las acciones climáticas

Por Víctor Quintanilla, Escritor/Coordinador de Comunicaciones de AIDA, @vico_qs Todos los países tienen obligaciones en la lucha contra el cambio climático. Pero también las tienen en materia de derechos humanos. No se trata de obligaciones excluyentes. En torno a ese tema se realizó hoy en la #COP20 el evento paralelo “¿Cómo las lecciones aprendidas del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) pueden aportar al diseño de mecanismos de financiamiento climático?”, organizado por AIDA, CIEL y Carbon Market Watch. El impacto en los derechos humanos de proyectos que pretenden combatir el cambio climático fue evidenciado con el testimonio de Máximo Ba Tiul, representante del Consejo de Pueblos de Tezulutlán en Guatemala. En ese país, el proyecto hidroeléctrico Santa Rita, registrado bajo el MDL, mecanismo parte de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, ha derivado en violaciones de derechos humanos en al menos 20 comunidades. Dichos abusos incluyen la muerte de dos niños. Para Hugh Sealy, presidente de la Junta Directiva del MDL, fue "perturbador" escuchar que un proyecto registrado bajo ese mecanismo ha presuntamente violado derechos humanos. Proyectos de represas como Santa Rita son promovidos como fuentes de energía limpia y soluciones frente al cambio climático. Sin embargo, evidencia científica da cuenta que, entre otras cosas, las grandes represas producen emisiones contaminantes, incluidas de metano (gas de efecto invernadero 20 a 40 veces más potente que el CO2), especialmente en zonas tropicales. La implementación inadecuada de proyectos hidroeléctricos también implica violaciones de derechos humanos: el proyecto Santa Rita fue aprobado sin haber consultado ni obtenido el consentimiento previo, libre e informado de las personas afectadas, indicó Ba Tiul. La conexión entre cambio climático y derechos humanos, o más bien el impacto del uno en los otros, es algo ya reconocido por acuerdos climáticos como los resultantes de la COP16 en Cancún, México. Así lo recordó durante el evento Niranjali Amerasinghe, directora del Programa de Clima y Energía de CIEL. "Todos los países tienen que respetar los derechos humanos". Amerasinghe abogó además por la coherencia al interior de la Convención en términos de las salvaguardas socioambientales que son aplicadas. Con relación a esas herramientas, Andrea Rodríguez, abogada sénior de AIDA, mencionó la importancia de que el Fondo Verde Climático adopte los estándares más altos al diseñar sus salvaguardas socioambientales. De ese modo, dijo, se avanzará en la tarea de evitar que los proyectos que financie causen daños al ambiente y a los derechos humanos. El Fondo Verde adoptará, durante los primeros tres años de funcionamiento, los estándares de la Corporación Financiera Internacional (CFI). Éstos "han sido insuficientes para prevenir daños", recordó Rodríguez. Ba Tiul señaló que el reto está en que todos los mecanismos de Naciones Unidas respeten las diferencias y los derechos humanos. De su lado, Rodríguez dijo que es necesario garantizar que la aplicación de estándares internacionales en los diferentes países abarque todo el ciclo de un proyecto con evaluaciones continuas, aprender de los errores y escoger la herramienta que ha probado ser efectiva. Al concluir el evento, Sealy agradeció a los otros panelistas por la información recibida y prometió hacer todo lo posible por fortalecer el proceso de consulta del MDL. Amerasinghe mencionó que el seguimiento a proyectos registrados bajo mecanismos como el MDL debe abarcar también la fase de implementación y no quedarse solo en la de consulta y aprobación. Y, ante denuncias de violaciones de derechos humanos, lo que se debe hacer es emprender una investigación, algo para lo cual ya existen experiencias de procedimientos y entidades de las cuales partir. Para más información de la COP20 visita aida-cop.org

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AIDA solicita a Relatores Especiales de la ONU investigar ilegalidad de autorización otorgada al proyecto hidroeléctrico Las Cruces en México

La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) indicó que el Estado mexicano incumplió con su obligación de consultar y obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas afectados por el proyecto. Ciudad de México, México. En representación de las personas y comunidades afectadas por el proyecto hidroeléctrico Las Cruces en Nayarit, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) solicitó a Relatores Especiales de la Organización de las Naciones Unidas investigar la ilegalidad de la autorización otorgada al proyecto por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) el 18 de septiembre de 2014. La autoridad ambiental avaló el proyecto que sería construido sobre el río San Pedro Mezquital sin que los pueblos indígenas afectados hubieran sido consultados, y sin contar con un estudio que evaluara integralmente sus impactos sociales y ambientales. Aunque la Comisión Federal de Electricidad (CFE), promotora del proyecto, asegura haber llevado a cabo un proceso de consulta con los pueblos indígenas, las comunidades afectadas por la hidroeléctrica no reconocen haber sido consultadas. Asimismo, representantes del gobierno indígena tradicional Cora y Huichol han manifestado su rechazo total a la hidroeléctrica, y la urgencia de defender sus derechos territoriales. La propia Semarnat confirmó en su autorización al proyecto que las poblaciones de San Blasito y Saycota desconocen la realización de una consulta previa por lo que dicha entidad autorizó el proyecto condicionándolo a realizar una consulta.  "Ese condicionamiento no es obstáculo para que exista un incumplimiento de la obligación del Estado, dado que la consulta debió llevarse a cabo antes de la autorización del proyecto para cumplir con el requisito básico de ser previa. Incluso si en este momento se llevara a cabo una consulta, ello no evitaría la violación, ya consumada, de los derechos de las comunidades a ser consultadas previamente y a obtener su consentimiento libre, previo e informado", explicó María José Veramendi Villa, abogada sénior de AIDA. Una de las más graves violaciones de derechos humanos se presenta en perjuicio de los pobladores de San Blasito. Este lugar será inundado y sus residentes desplazados forzosamente, sin contar con medidas de reubicación ni compensación adecuadas. Asimismo, la construcción de la hidroeléctrica también representa un riesgo inminente para la garantía de otros derechos humanos de las comunidades indígenas y ribereñas de la zona. "Denunciamos ante los Relatores que los derechos al medio ambiente sano, la vivienda adecuada, la salud, el acceso al agua potable, y a la vida digna de las comunidades se verán seriamente vulnerados en caso de implementarse este proyecto", señaló Sandra Moguel, abogada de AIDA. "El río San Pedro Mezquital, además de ser un ecosistema estratégico y albergar lugares ceremoniales centrales para estos pueblos indígenas, constituye fuente principal de alimentación y agua potable para éstos".  Estos impactos no fueron evaluados integralmente antes de autorizar el proyecto. Por ello, AIDA pidió que los Relatores de la ONU evalúen la ausencia de un Estudio de Impacto Social que respalde la autorización de Las Cruces. "La falta de evaluación de los impactos sociales implica que tampoco se plantearon medidas de mitigación adecuadas", indicó Moguel. "Esto constituye a su vez una afectación directa al derecho de las comunidades a acceder a información completa sobre los impactos del proyecto". La omisión del Estado de garantizar el derecho a la consulta previa en este caso se presentó también en el marco de la emisión del decreto que levantó la veda del río San Pedro Mezquital. Tres días antes de autorizarse el proyecto hidroeléctrico, la Comisión Nacional del Agua y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas tomaron esta decisión con el fin de permitir el aprovechamiento de parte del caudal del río para la generación de electricidad, abriendo paso al proyecto hidroeléctrico y sin consultar con las comunidades afectadas. AIDA solicitó a los Relatores Especiales de la ONU investigar los hechos mencionados, y llevar a cabo una visita al sitio donde está previsto construir la hidroeléctrica para que conozcan de primera mano las afectaciones al ambiente y a los derechos humanos de las comunidades ribereñas y pueblos indígenas Cora, Tepehuano, Mexicanero y Huichol. De construirse Las Cruces, el caudal del río San Pedro Mezquital cambiará drásticamente, afectando sitios sagrados indígenas, actividades productivas de las que depende el sustento de los pobladores de la zona, e impactando Marismas Nacionales, humedal de importancia prioritaria internacional y ecosistema estratégico protegido. Consulte el informe enviado a Relatores Especiales de la ONU.  

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