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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Costa Rica, Panamá y México: Mucho turismo poco sostenible

Por Sandra Moguel, asesora legal de AIDA, @sandra_moguel En la actualidad, el turismo de sol y playa es uno de los sectores de más rápido crecimiento económico. Una tendencia en este rubro es el desarrollo de viviendas para extranjeros, sobre todo estadounidenses y canadienses, que se retiran y optan por vivir en alguna playa de América Latina. El turismo masivo y de gran escala ha impactado negativamente en costas y océanos. En este texto, les platicaré un poco de lo que sucede al respecto en países como Costa Rica, Panamá y México. Ecoturismo y problemas sociales Costa Rica ha sido reconocido por impulsar una industria de ecoturismo exitosa desde finales de los 80. Los viajes de placer son ahora el primer generador de pisas del país. Según cifras oficiales, entre 1986 y 2005, las visitas de turistas internacionales aumentaron seis veces y el ingreso bruto por ese concepto se incrementó 12 veces. Al haber introducido el ecoturismo, Costa Rica, captura más de mil dólares por visitante. Pero no todo es miel sobre hojuelas. A pesar de la fama de turismo sostenible que Costa Rica promueve a nivel mundial, el país ha caído también en la tentación de favorecer las ocupaciones masivas en mega resorts con servicios “all inclusive”, lo cual genera varios problemas sociales. Cuando se favorece el turismo masivo surgen desalojos masivos, distribución inequitativa de la riqueza y escasez de servicios públicos como recolección de basura y suministro de energía. Otros impactos son la pérdida de identidad de las poblaciones locales, la competencia por recursos hídricos y el acceso a las playas, así como daños ambientales. La Bahía de Panamá Panamá no está exenta de problemas. Las políticas ambientales y de turismo en ese país favorecen la violación de derechos indígenas y los impactos negativos en esa materia. Tan sólo un ejemplo: desarrolladores turísticos presentaron varias demandas cuestionando la legalidad del decreto de creación del área protegida Bahía de Panamá. El objetivo de los intereses privados era tener menos restricciones para hacer sus proyecciones de construcción y operación de mega resorts en el sitio. En 2012, AIDA apoyó a sus socios en Panamá para defender la Bahía, la cual mantiene su estatus de protección. México y la competitividad del turismo En 2011, 22.3 millones de turistas internacionales arribaron a México y los ingresos por ello sumaron $1.18 billones de dólares, según estadísticas de la Organización Mundial del Turismo (OMT). Asimismo, el Reporte de Competitividad de Turismo sitúa al país en el lugar 43 por la certeza que brinda para la inversión en turismo. Durante la presidencia de Felipe Calderón se hicieron algunos ajustes para mejorar la posición global de México en materia de viajes y el gobierno mantuvo el discurso de transformar a la industria turística en competitiva y sostenible.  Aunque se iniciaron algunas políticas públicas y se aprobó la Ley General de Turismo, el plan de acción para incrementar la visita de extranjeros a México todavía es escaso. Por ejemplo, la ley no tiene un reglamento que detalle las nuevas figuras que se crean y que otorgue certeza jurídica no sólo a inversionistas, sino también a las comunidades locales sobre su involucramiento en la toma de decisiones relativas al lugar donde viven. El Centro para el Turismo Responsable (CREST) elaboró el documento Modelos Alternativos de Desarrollo y Buenas Prácticas para el Turismo Costero Sostenible: Un Marco para la Toma de Decisiones en México, el cual presenta datos interesantes sobre el uso de energía en mega resorts. Los Centros Integralmente Planeados (CIP), promovidos por el gubernamental Fondo Nacional de Turismo (FONATUR), se basan en la quema de combustibles fósiles para obtener energía. Malas prácticas como la destrucción de manglares o arrecifes de coral afectan la competitividad del turismo e impiden que México cumpla las obligaciones internacionales de proteger sus humedales y reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero para combatir el cambio climático. Por ello AIDA y su socio Earthjustice, en representación de 11 organizaciones de la sociedad civil, presentaron el pasado 16 de agosto una petición ciudadana revisada a la Comisión de Cooperación Ambiental de América del Norte. En ella se señala que México no está aplicando su legislación ambiental al evaluar los impactos ambientales de mega resorts en el Golfo de California. Esto supone que el gobierno reduce sus salvaguardas para atraer mayor inversión al país, generando así una competencia —posiblemente desleal— con sus socios comerciales: Estados Unidos y Canadá. En el turismo de escala masiva, las comunidades locales no son consultadas sobre los proyectos de mega resorts y el modelo de desarrollo que con ellos se plantea. El Código Global de Ética para Turismo de la OMT dispone que los profesionales en turismo, particularmente inversionistas, “deben entregar, con la mayor transparencia y objetividad, información sobre sus futuros programas y sus previsibles repercusiones, y buscar el diálogo con las poblaciones locales concernientes”. Los desarrollos masivos vienen acompañados de hidroeléctricas, carreteras, aeropuertos y otros proyectos de infraestructura para dotar al nuevo centro turístico de servicios públicos. Esto no necesariamente favorece a las comunidades locales. La Resolución XI.7 de la Convención de Ramsar —un tratado internacional que protege humedales de importancia prioritaria internacional—, del cual México, Panamá y Costa Rica son parte, apunta a la necesidad de realizar “una colaboración más estrecha entre los sectores del turismo y de la conservación y el uso racional de los humedales a fin de maximizar y conservar a largo plazo los beneficios derivados de contar con los conocimientos especializados de ambos sectores”.  Vale la pena resaltar la propuesta de Ramsar porque se observan incongruencias entre las políticas de ambientales y de turismo. Al respecto, llama la atención el caso de Argentina, cuya Administración de Parques Naturales (APN) es un organismo público a cargo del Ministerio de Turismo. La infraestructura de baños, centros de visitantes, señalización, caminos trazados, entre otros, refleja la sostenibilidad del plan de negocios y de manejo de los sitios. Hay una estrecha coordinación entre las políticas de turismo y medio ambiente.  Hay mucho trabajo pendiente en América Latina con miras a un turismo sostenible. Sin embargo, se pueden dar pasos agigantados si se logra estrechar las políticas de turismo y las medioambientales, y establecer metodologías de consulta pública o involucramiento de las comunidades locales.

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Organizaciones apoyan cuestionamiento a proyecto hidroeléctrico en Panamá por violar derechos de los pueblos indígenas

Ciudad de México,  México – Organizaciones de la sociedad civil presentaron ayer un amicus curiae ante la Corte Suprema de Justicia de Panamá apoyando la demanda contra la evaluación de impacto ambiental del proyecto hidroeléctrico Barro Blanco presentada por el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM) en representación del pueblo indígena Ngäbe-Buglé.   El amicus presentado por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Center for International Environmental Law (CIEL) y Earthjustice, sostiene que el gobierno panameño violó el derecho internacional al aprobar el proyecto sin consultar adecuadamente ni obtener el consentimiento libre, previo e informado del pueblo indígena Ngäbe - Buglé, y por no haber evaluado adecuadamente los impactos ambientales sobre su territorio.   “Queremos agradecer a las organizaciones internacionales que apoyaron nuestra lucha para proteger nuestras tierras y recursos naturales, que son los aspectos mas importantes de nuestra cultura,” señaló Goejet Miranda, Presidente de la comunidad en el movimiento en defensa del río Tabasará frente a proyectos de desarrollo.   Una vez finalizada la construcción, la represa inundará hogares y sitios religiosos, históricos y culturales del territorio del pueblo Ngӓbe-Buglé.  La represa Barro Blanco también hará que el río Tabasará pase de ser un ecosistema lótico a uno léntico, lo que ocasionará la reubicación forzada de familias indígenas.  El Relator Especial de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya, tras su visita a las comunidades indígenas de Panamá el mes pasado, concluyó que el gobierno debió haber consultado adecuadamente al pueblo Ngäbe antes del otorgamiento de la concesión para el proyecto hidroeléctrico.   “Los pueblos indígenas gozan de una protección especial bajo el derecho internacional” señaló la abogada sénior de CIEL Alyssa Johl.  “En el caso Barro Blanco, Panamá violó el derecho internacional al haber ignorado el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado del pueblo Ngäbe, el cual requiere a los Estados garantizar que los pueblos indígenas se involucren activamente y se apropien de las decisiones que puedan afectar sus vidas y modos de vida”.   El amicus apoya los argumentos de la demanda contencioso administrativa presentada CIAM mediante la cual se solicita que se declare la nulidad de la resolución que aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Barro Blanco y la suspensión de la construcción de la represa, hasta tanto no se lleve a cabo un EIA adecuado.  “De conformidad con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos de Panamá” explicó María José Veramendi, abogada sénior de AIDA, “esperamos que la Corte falle en favor del pueblo Ngäbe fortaleciendo la protección de las comunidades indígenas frente a proyectos de desarrollo en Panamá y contribuyendo al desarrollo de una jurisprudencia sólida y coherente en asuntos relativos a la protección de los derechos humanos y el ambiente en la región”.   Barro Blanco también ha sido objeto de críticas por su registro en el Mecanismo de Desarrollo Limpio de las Naciones Unidas (MDL), un esquema de compensación de carbono establecido por el Protocolo de Kyoto.  En teoría, el MDL – con su doble objetivo de reducir las emisiones de carbono y alcanzar un desarrollo sostenible – podría ser una herramienta valiosa en la lucha contra el cambio climático.  Sin embargo, entre otros problemas, el MDL falla en asegurar que los proyectos registrados no violen los derechos humanos.   “Los mecanismos para hacer frente al cambio climático deberían hacer más que proveer beneficios económicos a las compañías que desarrollan los proyectos” señaló la abogada de Earthjustice, Abby Rubinson.  “Éstos deben asegurar la protección de los derechos humanos y soluciones equitativas en terreno”.    Para más información: AMICUS CURIAE Barro Blanco

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Fuentes de Agua Dulce

Organizaciones e individuos piden la delimitación de los páramos en Colombia

En una carta, organizaciones y personas que protegen el ambiente piden al Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia, Juan Gabriel Uribe, la delimitación de los páramos en ese país con base en la cartografía elaborada por el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt.

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