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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Controversias sobre derechos indígenas relacionadas con la represa Belo Monte consumen el sistema de justicia brasileño

La licencia de la represa podría ser suspendida por incumplimiento de las condicionantes socioambientales. Altamira, Brasil. Las demandas interpuestas recientemente por el Ministerio Público Federal de Brasil (MPF) relacionadas con la represa de Belo Monte reclaman la responsabilidad del consorcio constructor Norte Energía, el Banco Nacional de Desarrollo de Brasil (BNDES) y la agencia ambiental estatal IBAMA por su incumplimiento con las medidas de mitigación ordenadas a favor de los pueblos indígenas Juruna y Xikrin Kayapó, los cuales son afectados por el mega proyecto. Las demandas demuestran que las condicionantes impuestas en el proceso de licenciamiento ambiental no han sido cumplidas y por ende requieren que se efectúe una compensación por los impactos socioambientales de la represa que está actualmente siendo construida en el río Xingú en la Amazonía Brasileña.   El MPF interpuso una demanda a finales de agosto demostrando que Norte Energía estaba deliberadamente incumpliendo con su obligación de comprar tierras y proveer servicios de salud para la comunidad indígena Juruna del Km 17, una de las más vulnerables frente a los impactos de la construcción de Belo Monte dada su cercanía al movimiento constante de maquinaria pesada y de trabajadores. Esta demanda llevó a la Fundación Nacional del Indio (FUNAI) a presentar una queja ante IBAMA, requiriendo que Norte Energía sea responsabilizado por su incumplimiento con esta condición formal de las licencias ambientales para Belo Monte. La Corte Federal de Pará respondió esta semana dando 60 días a Norte Energía para comprar las tierras Juruna y proveer servicios de salud, bajo pena de multas diarias por R$200,000 (US$87,000).   “La situación aquí solo ha empeorado”, señaló Sheyla Juruna, integrante de la comunidad Juruna del Km 17 y conocida por su activismo nacional e internacional en defensa de sus derechos y los de su comunidad. “Belo Monte creó la ilusión de que las personas tendrían todo lo que antes no tenían. Ahí es donde comenzaron los problemas. El apoyo de la FUNAI nunca vino y nuestra situación de salud es precaria. La sociedad civil cree que los indígenas tienen derechos pero nuestros derechos están siendo violados todos los días”.   Tras el fallo a favor de la comunidad Juruna el MPF interpuso otra demanda que apunta hacia la negligencia del BNDES, IBAMA y Norte Energía, derivada de la ausencia de un análisis previo de los impactos y medidas de compensación asociadas para las comunidades Xikrin Kayapó que también son afectadas por Belo Monte. La demanda alega que estas tres instituciones violaron los derechos de los Xikrin Kayapó al permitir que la construcción iniciara sin medir los impactos que causaría a los pueblos indígenas cuyas comunidades se ubican en el río Bacajá, un afluente del Xingú directamente adyacente a los impactos más serios de la represa.   El MPF solicitó al Poder Judicial que suspendiera la licencia de instalación de Belo Monte, con el fin de parar el proyecto hasta que Norte Energía presente conclusiones sobre los impactos del proyecto y las compensaciones correspondientes en favor de las comunidades indígenas. El alcance de esta demanda no tiene precedentes pues podría obligar al Consorcio y al BNDES, financiador del 80% de la represa, a indemnizar las comunidades indígenas afectadas del Xingú por la demora al medir y mitigar las repercusiones socioambientales.   “Realmente tenemos una razón para celebrar al ver que el BNDES finalmente está siendo considerado parte responsable de los desastrosos impactos de Belo Monte” señaló Maíra Irigaray Castro de Amazon Watch. “Es hora de que los financiadores respondan por su negligencia criminal ejemplificada en el incumplimiento de los condicionantes, las cuales también deberían monitorear en todos los proyectos que financian”.   El incumplimiento de Norte Energía con las condicionantes de Belo Monte no es nueva. IBAMA emitió un reporte en julio, confirmando que el grado de cumplimiento ha empeorado mientras que la construcción de la represa se ha acelerado. El reporte muestra que solo cuatro de las 23 condicionantes relacionadas con la población urbana han sido cumplidas.   “La semana pasada tuvimos una reunión con representantes del gobierno y personas locales, y su inconformidad es clara” dijo Antonia Melo, coordinadora del Movimiento Xingu Vivo para Siempre. “No hay agua potable, ni electricidad, atención en salud, escuelas o saneamiento básico. No podemos aceptar que las condicionantes, que son derechos fundamentales garantizados en la Constitución, sean desconocidas de esta manera. IBAMA debe suspender la construcción, tal como está definido en la ley, hasta que estas condiciones sean cumplidas”.   “Estas acciones legales se suman a la evidencia existente de los severos impactos que la represa Belo Monte está teniendo en los derechos humanos y el ambiente en el Xingú, y de la responsabilidad de todas las agencias brasileras involucradas en el proyecto” dijo María José Veramendi de AIDA. “Esperamos que el resultado de estas acciones legales sea positivo y que Brasil cumpla efectivamente con la normativa nacional e internacional aplicable, tomando en cuenta que todas las agencias involucradas pueden ser legalmente responsables y el Estado puede ser internacionalmente responsable por estas violaciones de derechos humanos”, señaló Veramendi.   Por solicitud de la FUNAI, así como por las demandas interpuestas por el Ministerio Público, tanto el IBAMA como los jueces federales podrían suspender la licencia de instalación de la represa hasta que los requerimientos y las condicionantes sean cumplidas.   “La caracterización de las represas en la Amazonía como fuentes de energía limpia y barata se basa en la capacidad de los emprendedores, incluyendo el BNDES, de “externalizar” sus verdaderos impactos y riesgos sociales y ambientales. Estas demandas son significativas en la medida en que envían un mensaje de que están siendo responsabilizados por sus decisiones y el daño que causan al ambiente y a los pueblos indígenas,” señaló Brent Millikan, Director del Programa de Amazonía de International Rivers.

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Derechos Humanos

Denuncia de Convención Americana sobre Derechos Humanos por Venezuela debilita protección de los derechos fundamentales de sus ciudadanos/as

Las organizaciones abajo firmantes, integrantes de la Coalición Internacional de Organizaciones por los Derechos Humanos en las Américas, lamentamos la inminente entrada en vigor de la denuncia formulada por Venezuela a la Convención Americana sobre Derechos Humanos a partir del próximo 10 de septiembre de 2013. Haciendo eco del llamado realizado por la Alta Comisionada de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, instamos al Estado venezolano a que reconsidere de manera urgente su decisión de privar a sus ciudadanos/as de la protección que ofrece este instrumento internacional.La Corte Interamericana, al igual que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, son órganos autónomos e independientes, que en el ejercicio de sus funciones han protegido los derechos de miles de víctimas y ciudadanos/as de nuestro continente. Con esta decisión, las violaciones a los derechos humanos tutelados por la Convención Americana ocurridas en territorio venezolano a partir de dicha fecha no podrán ser presentadas al Tribunal Interamericano. La Comisión Interamericana podrá seguir conociendo de las violaciones a los derechos humanos que se produzcan en el futuro en Venezuela, en virtud de ser miembro de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Es decir, el Estado venezolano debe cumplir con las obligaciones que le imponen la Carta de la OEA y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.   Desde su creación, la Corte y la Comisión Interamericanas han analizado situaciones de graves violaciones a los derechos humanos aportando de forma significativa a la consolidación de instituciones democráticas, la adopción de legislación más igualitaria y garantista, así como a la lucha contra la impunidad. Cabe destacar la labor enfocada en la debida protección de personas o grupos en situación de vulnerabilidad, la lucha por la erradicación de la violencia de género y la discriminación por orientación sexual, la protección de los derechos de los pueblos indígenas,  la prohibición de la tortura así como de prácticas de desaparición forzada. Asimismo, ambos órganos han hecho una importante contribución para la promoción, desarrollo y una mejor garantía de los derechos económicos, sociales y culturales.   En este sentido, la denuncia de la Convención Americana por parte de Venezuela representa un grave retroceso para la protección de los derechos humanos en la región. Además, dicha denuncia está precedida en los últimos años por un incumplimiento de la mayor parte de las sentencias y medidas de protección emitidas por la Corte Interamericana.   Finalmente, en el marco de los compromisos asumidos en la XLIV Asamblea General Extraordinaria de la OEA, celebrada el pasado 22 de marzo de 2013 en relación con el proceso de fortalecimiento del Sistema Interamericano, hacemos un llamado a los Estados Parte de la organización a reafirmar su compromiso con la universalidad del Sistema Interamericano mediante la realización de todas las acciones necesarias para que el Estado venezolano reconsidere su decisión de denunciar la Convención Americana sobre Derechos Humanos.  

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Suelos andisoles: Importancia y amenazas

¿Ha oído hablar de los suelos andisoles? Dada su relevancia para ecosistemas como los bosques andinos y los páramos, y para el cultivo de alimentos, en este texto hablaré de ellos y de la necesidad de preservarlos. La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) define a los andisoles como suelos negros de origen volcánico que típicamente se encuentran en zonas montañosas. Los andisoles ocupan más o menos el 1% del suelo libre de hielo en el mundo, principalmente en el Cinturón de Fuego del Pacífico (larga cadena de volcanes y otras estructuras tectónicas activas que rodean el Océano Pacífico), el cual incluye a Chile, Ecuador, México, Japón, Java y Nueva Zelanda, entre otros países. Colombia es uno de los países con más suelos andisoles. Los suelos andisoles permiten variedad de cultivos: caña de azúcar, tabaco, papa, té, vegetales, trigo y arroz, entre otros. Estos suelos son una fuente esencial de alimentos, además de ser sustento de valiosos ecosistemas en las cordilleras, bosques andinos y páramos, a los cuales proveen de nutrientes y les permiten regular su ciclo hídrico. En suma, los andisoles son suelos vitales para Colombia. En un contexto de incremento sostenido de la población mundial, la protección de los suelos es tarea clave. En el 2050 habrá 9000 millones de personas y se deberán “producir al año otros 1000 millones de toneladas de cereales y 200 millones de toneladas adicionales de productos pecuarios”, según la FAO. La conservación de suelos, la protección de ecosistemas y la producción sostenible de alimentos son temas trascendentales para la humanidad en este momento. Un uso racional y respetuoso de los suelos es estratégico. En el 2050, una persona no podrá comer billetes, artefactos electrónicos, carros, lingotes de oro, joyas, ni gasolina. De no existir suelos fértiles donde cultivar los alimentos, estaremos en graves aprietos. Al mencionar dicho panorama no podemos desconocer que actualmente ya hay millones de personas que padecen hambre, fruto de una distribución injusta de los alimentos. Datos de la FAO, correspondientes a 2011, dan cuenta que “casi 1,000 millones de personas están subnutridas, en particular en el África subsahariana (239 millones) y Asia (578 millones)”. Es contradictorio que caracterizándose los andisoles por su fertilidad e importancia ecosistémica, por ser sustento de procesos ecológicos y agrícolas, y por servir al cultivo de alimentos; en Colombia se esté desarrollando al mismo tiempo un modelo extractivo, minero-energético, con altos impactos sobre estos suelos. Es necesario entonces una política pública que regule y garantice su uso respetuoso y ambientalmente adecuado. De ello dependerá la seguridad y soberanía alimentaria del país, así como la conservación de ecosistemas en las cordilleras colombianas. Los andisoles requieren de una figura legal especial que les brinde protección efectiva y permita por un lado su uso racional y la producción ambientalmente adecuada de alimentos y, por el otro, garantice el no desarrollo de actividades extractivas perjudiciales. La Carta Mundial de los Suelos de la FAO de 1982 da la siguiente directriz a los países, incluido Colombia: “Elaborar una política para una apropiada utilización de las tierras según la adecuación de las mismas a los diferentes tipos de utilización y las necesidades del país”. Independientemente de lo señalado por las Naciones Unidas o cualquier otro organismo internacional, en nuestras manos está, como sociedad colombiana, pensar o no en cómo garantizar nuestra viabilidad, supervivencia y, por supuesto, nuestra comida. Podemos además deliberar sobre cómo cumplir con la responsabilidad que nos ha sido otorgada al ser bendecidos con uno de los países más biopersos del mundo, con tal cantidad de ecosistemas, especies, sistemas hídricos y suelos andisoles.

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